SERVIU podrá solicitar a los oferentes durante el proceso de evaluación que salven errores u omisiones formales o aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Tanto la solicitud de aclaración de la oferta, por parte de SERVIU como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información.
Se indicará al momento de la solicitud de aclaración de la oferta, el plazo de respuesta a través del portal ya referido.