10. Otras Cláusulas
10.1. Validez de las Ofertas
Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.
Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.
10.2. Apertura de las Ofertas
La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente la garantía por seriedad de la oferta.
10.3. Metodología de Evaluación
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, Subdirector Jurídico y el Subdirector de Administración y Finanzas, mediante Ordenes de Servicio.
Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.
La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.
SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.
Las ofertas se evaluarán por proveedor considerándose todas las líneas de servicio, y aplicando la siguiente metodología de evaluación:
a) Experiencia del Oferente (A):
En este aspecto se requiere certificar la experiencia del oferente, de acuerdo a lo indicado en el Anexo N°3, en labores referidas a la ejecución y/o mantención de sistemas de aguas lluvias, contabilizándose los meses involucrados. El puntaje será asignado según la siguiente tabla:
Puntaje
|
|
1
|
15
|
30
|
60
|
90
|
100
|
Experiencia (rango en meses)
|
|
0-5
|
6-12
|
13-18
|
19-24
|
25-36
|
37 o más
|
b) Precio u Oferta Económica (B):
Para establecer el precio ofertado, en primera instancia, se ponderará el valor unitario ofertado de cada línea de servicio con la cantidad referencial de cada línea de servicio indicada en la siguiente tabla.
Línea
|
Cantidades de Referencia
|
Unidad de Medida
|
Detalle del Producto/Servicio
|
Precio Referencia ($)
|
1
|
96
|
N°
|
Cuadrilla de Emergencia
|
345.000
|
2
|
24
|
N°
|
Encargado de Cuadrilla
|
150.000
|
3
|
6
|
N°
|
Coordinador de Emergencia
|
150.000
|
4
|
48
|
N°
|
Habilitación Paso Bajo Nivel Inundado
|
320.000
|
5
|
48
|
N°
|
Habilitación Punto Bajo Inundado
|
450.000
|
6
|
15
|
N°
|
Limpieza de Sumidero Tipo S1, S2, S2 Doble, S3, S4, SERVIU
|
296.000
|
7
|
10
|
N°
|
Reposición Tapa Tipo Calzada D=0.6m ó 0.8m
|
124.500
|
8
|
10
|
N°
|
Reposición Tapa Cuadrada Tipo Acera para Cámara
|
100.000
|
9
|
3
|
N°
|
Construcción Cámara de Inspección Tipo A
|
1.800.000
|
10
|
3
|
N°
|
Construcción Cámara de Inspección Tipo B
|
1.700.000
|
11
|
3
|
N°
|
Construcción Cámara de Inspección Tipo E
|
1.200.000
|
12
|
15
|
N°
|
Reposición Rejilla Fierro Laminado para Sumidero, 0.66x0.41m, 0.98x0.41m ó 1.02x0.80m
|
250.000
|
13
|
15
|
N°
|
Reposición de Satélite de Sumidero
|
70.000
|
14
|
5
|
N°
|
Construcción de Sumidero Tipo S2 con conexión
|
1.500.000
|
15
|
5
|
N°
|
Construcción de Sumidero Tipo S2 Doble con conexión
|
1.650.000
|
16
|
4
|
N°
|
Construcción de Sumidero Tipo SERVIU con conexión
|
2.000.000
|
17
|
3
|
N°
|
Construcción de Sumidero Tipo S2 con cámara en calzada y con conexión
|
1.650.000
|
18
|
3
|
N°
|
Construcción de Sumidero Tipo S2 Doble con cámara en calzada y con conexión
|
1.800.000
|
19
|
10
|
N°
|
Reconstrucción de Sumidero Tipo S2
|
700.000
|
20
|
10
|
N°
|
Reconstrucción de Sumidero Tipo S2 Doble
|
850.000
|
21
|
4
|
N°
|
Reconstrucción de Sumidero Tipo SERVIU
|
1.200.000
|
22
|
3
|
N°
|
Reconstrucción de Sumidero Tipo S2 con cámara en calzada
|
850.000
|
23
|
3
|
N°
|
Reconstrucción de Sumidero Tipo S2 Doble con cámara en calzada
|
1.000.000
|
24
|
6
|
ml
|
Reconstrucción de tubería D=300mm-500mm de profundidad 0-4m
|
412.000
|
25
|
6
|
ml
|
Reconstrucción de tubería D=550mm-700mm de profundidad 0-4m
|
440.324
|
26
|
6
|
ml
|
Reconstrucción de tubería D=750mm-900mm de profundidad 0-4m
|
473.500
|
27
|
6
|
ml
|
Reconstrucción de tubería D=950mm-1200mm de profundidad 0-4m
|
522.500
|
28
|
6
|
ml
|
Reconstrucción de tubería D=300mm-500mm de profundidad 4-6m
|
483.190
|
29
|
6
|
ml
|
Reconstrucción de tubería D=550mm-700mm de profundidad 4-6m
|
521.108
|
30
|
6
|
ml
|
Reconstrucción de tubería D=750mm-900mm de profundidad 4-6m
|
563.700
|
31
|
6
|
ml
|
Reconstrucción de tubería D=950mm-1200mm de profundidad 4-6m
|
626.975
|
32
|
6
|
ml
|
Reparación de tubería D=175mm-500mm
|
300.000
|
33
|
6
|
ml
|
Reparación de tubería D=501mm-700mm
|
350.000
|
34
|
6
|
ml
|
Reparación de tubería D=701mm-900mm
|
450.000
|
35
|
6
|
ml
|
Reparación de tubería D=901mm-1200mm
|
600.000
|
36
|
50
|
m2
|
Reposición de Superficie de Escurrimiento en Hormigón e=0.15m a 0.18m y Base e=0.13m a 0.20m
|
45.100
|
37
|
50
|
m2
|
Reposición de Superficie de Escurrimiento en Hormigón e=0.22m y Base e=0.20m
|
48.400
|
38
|
50
|
m2
|
Reposición de Superficie de Escurrimiento en Asfalto e=0.05m, Binder e=0.05m, Base e=0.15m, Subbase e=0.20m
|
39.600
|
39
|
50
|
m2
|
Reposición de Superficie de Escurrimiento en Asfalto e=0.07m 0.08m, Binder e=0.07m a 0.08m, Base e=0.15m, Subbase e=0.30m a 0.35m
|
46.200
|
40
|
50
|
m2
|
Reposición de Superficie de Escurrimiento, Vereda e=0.07m a 0.10m, Base e=0.05m a 0.10m
|
22.000
|
41
|
500
|
ml
|
Ductoscopia
|
2.000
|
Definiciones:
Precio de referencia de cada partida = PRi
Cantidades de referencia = Qi
Precio Total de Referencia = PTR = ∑ [PRi*Qi]
Precio de cada ítem de la oferta = PUi
Cantidades de referencia = Qi
Precio total de la oferta = PTO = ∑ [PUi*Qi]
Finalmente,
Puntaje de la oferta económica = [1-PTO/PTR]*100
c) Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (C):
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio.
d) Cálculo Puntaje Total Ponderado:
Para determinar el puntaje total ponderado (PTP), se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:
PTP = A * 0,15 + B * 0,80 + C * 0,05
Donde:
ü PTP: Puntaje Total Ponderado.
ü A: Puntaje Experiencia del Oferente.
ü B: Puntaje Precio.
ü C: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.
La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio experiencia del oferente. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio precio. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Finalmente, en última instancia, en caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.
Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.
10.4. Adjudicación
SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.
La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.
SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.
10.5. Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación
SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.
10.6. Del Contrato
10.6.1. Suscripción del Contrato
Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).
El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado o no haber regularizado en forma oportuna su estado de inhabilidad en el registro recién mencionado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.
10.6.2. Documentos Integrantes del Contrato
Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.
10.6.3. Gastos del Contrato
Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.
10.6.4. Domicilio y Jurisdicción
El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
10.7. Responsabilidad del Oferente Adjudicado
El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién para estos efectos podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.
En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 ó F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.
Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
10.8. De la Orden de Compra
Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano, cada vez que requiera este tipo de servicio, emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado, considerando en cada ocasión el tipo de servicio y cantidad a requerir. Para lo cual la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales solicitará a la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, mediante Formulario de Compra, emitir una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público de acuerdo a las necesidades del Servicio. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.
10.9. Del Pago
El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de la Orden de Compra emitida a través del Portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.
SERVIU Metropolitano pagará al proveedor en forma mensual el servicio adjudicado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura ó Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.
El adjudicatario deberá emitir una Factura ó Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura ó Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:
ü Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda.
ü Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.
La Factura o Boleta de Honorarios podrá ser en soporte físico o en formato electrónico despachado al correo electrónico adquisicionesserviurm@minvu.cl. La entrega física de la Factura o Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos para el pago, se efectuará en la Sección Control Egresos ubicada en Arturo Prat 48 entrepiso, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la Factura o Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.
Los pagos se harán en las dependencias del SERVIU Metropolitano, mediante cheque nominativo, o bien, mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Es opción de SERVIU Metropolitano realizar los pagos, preferentemente a través de transferencia electrónica, si esta opción se encontrare disponible tanto para éste como para el proveedor.
Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.
10.10. Multas
SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales, en su conjunto no podrán superar el 5% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Por tanto, se aplicarán multas de acuerdo a su clasificación y a la siguiente tabla.
Descripción
|
Multa
|
El contratista no da comienzo a los trabajos inmediatamente una vez recibida la orden, con un máximo de 1 hora de desfase.
|
3 UF por cada hora de retraso, medidos desde la hora de instrucción por parte del administrador de contrato.
|
El contratista abandona un frente de trabajo sin haber terminado el servicio contratado.
|
10 UF por cada hora de retraso en su cumplimiento.
|
Todo el personal deberá tener todo su equipo de seguridad (casco, chaleco reflectante, botas de goma, guantes, linterna, etc.), así como equipo de lluvia compuesto por traje de agua, botas y guantes.
|
3 UF por cada vez que se incumpla dicha disposición.
|
Todo el material extraído con motivo de la limpieza y desobstrucción u otro, no deberá acopiarse sobre el suelo, sino que deberá cargarse directamente en el acopio para transporte, el equipo de transporte o tolva, deberá ser estanco para evitar la caída de líquidos al suelo.
|
3 UF por cada incumplimiento detectado.
|
El recorrido de monitoreo por parte de los encargados de cuadrillas, deberá realizarse con la frecuencia necesaria para mantener informado del estado de cada punto de su nivel de inundación u otro aporte en la toma de decisiones.
|
2 UF por cada vez que se detecte el incumplimiento de esta disposición.
|
Durante la emergencia el coordinador de emergencias debe disponer de un listado con la nómina actualizada de las personas trabajando, sus funciones y los implementos de seguridad que disponen, el cual será solicitado y a la vez puede ser verificado en terreno por la ITO.
|
La no presentación del listado o la inconsistencia de la información con lo que realmente está sucediendo en terreno, dará derecho a la aplicación de una multa al contratista de 2 UF por cada incumplimiento detectado.
|
El contratista deberá entregar al encargado del contrato, un informe en conjunto con cada estado de pago en el cual se consigne con fotografías, texto y videos de todos aquellos lugares indicados en la orden de trabajo, antes y después de efectuados los servicios. Dicho informe deberá ser entregado junto al estado de pago.
|
1 UF por cada día de atraso.
|
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Encargado del Contrato notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Encargado del Contrato, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.
Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa, la cual será notificada al proveedor mediante su publicación en el Portal www.mercadopublico.cl. Si el proveedor, hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (10) diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, mediante su publicación en el Portal www.mercadopublico.cl.
Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso.
10.11. Modificaciones del Contrato
Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.
10.12. Término Anticipado del Contrato
Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
- En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.
Se considerará incumplimiento grave el hecho acumular multas por más 5% del valor total del contrato.
b.1) No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.
b.2) No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.
b.3) No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.
b.4) Aplicar multas que en su conjunto no podrán superar el 5% del contrato.
- Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.
- Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.
- Cualquier incumplimiento de lo establecido en las especificaciones técnicas de las presentes bases de licitación.
Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.
Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.
10.13. Confidencialidad y Seguridad de la Información
a) Los Proveedores que presten servicios al SERVIU Metropolitano y que se encuentren físicamente en nuestras dependencias deberán conocer y cumplir con la Política de Seguridad de la Información disponible en la Página Web del SERVIU Metropolitano (www.serviurm.cl).
b) El Proveedor que tiene acceso a información del SERVIU Metropolitano deberá considerar que dicha información siempre tendrá el carácter de confidencialidad, y no podrán ser difundidas, a excepción que existan cláusulas específicas en el contrato.
c) El Proveedor que tenga acceso a la información confidencial durante la prestación del contrato, contenida en los sistemas computacionales, documentada e impresas, deberá entender que dicha información es estrictamente confidencial y sin que ello le confiera derecho alguno de posesión, titularidad o copia de estas.
d) Las empresas contratistas y subcontratistas que ejecuten trabajos en las distintas dependencias de SERVIU Metropolitano, no podrán acceder a las distintas áreas del Servicio sin previa autorización de su contraparte técnica (Inspección Técnica de Obras, Comisión Técnica, Administrador del Contrato o Unidad correspondiente), y sólo podrán realizar el trabajo encomendado en el área asignada, sin acceder a información, equipos y bienes allí disponibles.
e) El Proveedor deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios. El proveedor deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.
f) La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
g) Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.
10.14. Renovación y prórroga del contrato
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato de servicio de mantención preventiva y correctiva de vehículos y maquinarias de la planta asfáltica, podrá ser renovado o prorrogado de común acuerdo por las partes, según sea el caso, por una única vez y al mismo precio contratado en los siguientes casos:
a) Cuando habiéndose declarado desierto un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.
b) Cuando tratándose de un proceso licitatorio en curso, las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.
c) Cuando se ha revocado o invalidado un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato vigente, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.
d) Cuando previo al vencimiento del plazo del contrato, sea menester su renovación a fin de garantizar la continuidad del servicio de mantención preventiva y correctiva de vehículos y maquinarias de la planta asfáltica.
e) Cuando existan razones debidamente fundadas que justifiquen la renovación del contrato, y estas sean expresadas en el acto administrativo correspondiente.
En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación, deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo.
Asimismo, SERVIU Metropolitano de común acuerdo con el proveedor, podrán prorrogar el contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. La prórroga deberá hacerse efectiva antes del término de la vigencia del contrato.
Bases Técnicas
1. Especificaciones técnicas generales.
1.1. Introducción.
La presente licitación “EMERGENCIA DE AGUAS LLUVIAS 2020, PARA LAS COMUNAS DEL GRAN SANTIAGO”, tiene como objetivo, dar solución a las emergencias de inundaciones que se puedan producir durante las lluvias en las comunas del Gran Santiago: San Joaquín, Macul, Peñalolén, La Granja, San Ramón, La Florida, Puente Alto, La Pintana, San Miguel, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos, Maipú, Lo Espejo, La Cisterna, El Bosque, San Bernardo, Ñuñoa, La Reina, Providencia, Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, Huechuraba, Recoleta, Santiago, Quilicura, Pudahuel, Renca, Conchalí, Independencia, Cerro Navia, Quinta Normal, Lo Prado, Estación Central. La solución a las emergencias de inundación implicara, la limpieza de sumideros, tramos de colectores en puntos críticos, que por estar obstruidos generan grandes inundaciones. También incluye a pasos bajo nivel, en los cuales se deberá realizar trabajos de bombeo las aguas lluvias hacia otros lugares, desobstruir y limpiar los sumideros, tramos de colectores y cualquier otra actividad de este tipo.
Los ítems que se deben ofertar en la presente licitación dan cuenta de las actividades a realizar.
1.2. Definiciones
a) Conservación de colectores
Se entenderá por conservación de la red de colectores de evacuación y drenaje de aguas lluvias, la realización de trabajos destinados a mantener la red funcionando al máximo de su capacidad disponible, sin aumentar su nivel de servicio relativo a su capacidad máxima, asegurando además continuidad en el servicio.
b) Red de evacuación de aguas lluvias
b.1) Red superficial: Es aquella compuesta por todas aquellas obras que permiten el almacenamiento e infiltración de volúmenes de agua lluvia, incluyendo aquellos cauces pequeños no considerados como colectores de aguas lluvias en el Plan Maestro.
b.2) Red subterránea: Es aquella compuesta por todas aquellas obras de captación del agua lluvia superficial hacia la red colectora subterránea, sumideros, cámaras de inspección y la red de colectores propiamente tal.
1.3. Referente a las actividades de emergencia
a) Cuadrilla de Emergencia: Estarán destinadas a las eventualidades que se presenten con motivo de lluvia, tales como, inundaciones, anegamientos, colapso de sistemas de saneamiento u obstrucción de los mismos. Esta cuadrilla deberá contar con los elementos necesarios para el retiro de cualquier desecho, escombro u otro material que obstruya los sumideros y/o los sistemas de captación y evacuación de aguas lluvias, para lo cual el contratista deberá de disponer del personal, herramientas y equipos necesarios para realizar esta faena.
b) Habilitación paso bajo nivel inundado: Trabajos para habilitar pasos bajo nivel producto de inundaciones (Ver Especificaciones Técnicas Especiales ítem 2.8).
c) Habilitación de punto bajo inundado: Trabajos para habilitar pasos bajo nivel producto de inundaciones (Ver Especificaciones Técnicas Especiales ítem 2.9).
d) Las actividades a realizar, destinadas a solucionar puntos críticos de inundación, se pagarán de acuerdo a los ítems ofertados. Si bien las actividades a realizar surgirán durante los días de lluvia, las cuadrillas deben estar disponibles para operar durante todo el plazo que dure el contrato.
e) Los puntos críticos de inundación y su ubicación serán asignados por la ITO.
f) Las instrucciones de la ITO podrán ser, vía correo electrónico o telefónico. El contratista deberá estar disponible las 24 horas y los siete días de la semana a recibir instrucciones, por lo que deberá a lo menos mantener un número telefónico operativo, para recibir instrucciones.
g) El contratista deberá dar comienzo a los trabajos inmediatamente una vez recibida la orden, con un máximo de 1 hora de desfase, el no cumplimiento del plazo de comienzo dará derecho a aplicar al contratista una multa de 3 UF por cada hora de retraso, medidos desde la hora de instrucción por parte de la ITO.
h) Si el contratista abandona un frente de trabajo sin haber terminado el servicio contratado, se aplicará una multa de 10 UF por cada hora de retraso en su cumplimiento.
i) Debido al carácter de emergencia de las actividades a realizar, las ordenes de trabajo serán emitidas hasta 4 días hábiles después de dada la instrucción por parte de la ITO.
1.4. Cuadrillas Mínimas.
Para realizar estas actividades, se debe contar con al menos 16 cuadrillas disponibles, tal como se especifica más adelante (Ver Especificaciones Técnicas Especiales ítem Sin embargo de ser necesario y a solicitud de la ITO, el número de cuadrillas totales deberá estar acorde a la cantidad de pasos bajo nivel y punto bajo inundados.
- Especificaciones Técnicas especiales.
2.1. Antecedentes Generales.
El trabajo consiste principalmente en la limpieza sistemática con agua a presión, retirando además el material árido y orgánico que se pudiera encontrar al interior de las tuberías, y que pudieran dificultar el flujo normal de las aguas lluvias.
Las operaciones y trabajos a ejecutar se ajustarán íntegramente a lo señalado en las presentes Especificaciones Técnicas, sin embargo, como complemento, serán aplicables las especificaciones que se detallan a continuación, en todos aquellos aspectos pertinentes no contemplados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación.
ü Especificaciones Técnicas para pavimentos del SERVIU Metropolitano.
ü Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación de SERVIU Metropolitano.
Todos los trabajos que el encargado del contrato estime defectuosos o con falla constructiva deberán ser demolidos y reconstruidos sin cargo para el mandante.
Todos los materiales que el encargado del contrato estime que no cumplen con lo proyectado o especificado deberán ser reemplazados sin cargo para el mandante.
La empresa adjudicada deberá tener presente en forma especial las siguientes normas de seguridad:
ü NCh 349 Of. 55 Prescripciones de seguridad en excavaciones
ü NCh 436 Of. 51Prescripciones generales acerca de prevención de accidentes de trabajo
ü NCh 438 Of. 51Protecciones de uso personal
Serán de cargo de la empresa los daños o perjuicios que se pudieren ocasionar a terceros debido a la mala acción de los trabajos.
Salvo indicación contraria, todos los materiales y elementos a utilizar serán suministrados por la empresa.
2.2. Instalación de faena
Será de responsabilidad de la Empresa disponer de un recinto destinado para instalación de faenas. Por la extensión del territorio a abarcar, a saber, toda la Región Metropolitana, podrá ser necesario disponer de varias instalaciones de faenas ubicadas en lugares estratégicos, de tal forma de facilitar los trabajos a lo largo del Gran Santiago. Será el encargado de contrato el delegado de aprobar la ubicación de la instalación de faena propuesta por la Empresa, en base al reglamento vigente y a la cercanía de ésta con respecto a los trabajos a realizar.
La instalación de faena deberá considerar las dependencias que se requiera para el personal de la empresa; éstas deberán estar implementadas con los servicios básicos. Además, para el personal de terreno se deberá contar con un baño químico, durante el transcurso de los trabajos.
2.3. Señalización y medidas de seguridad
El contratista durante la ejecución de los trabajos, deberá adoptar todas las precauciones y medidas de seguridad que la situación y la normativa vigente en la materia hagan recomendables, para cautelar la seguridad de su personal y la del público en general.
Se deberá cuidar especialmente, las disposiciones relativas a señalización de tránsito y seguridad en las faenas, siendo de su exclusiva responsabilidad y cargo, todo daño o indemnización a terceros que por la ejecución de los trabajos se deriven. Por lo tanto, el contratista deberá tomar un seguro contra terceros por un monto mínimo de 1000 UF, que deberá presentar al encargado del contrato dentro de los 5 días hábiles después de la total tramitación del contrato. La póliza debe tener vigencia durante el plazo del contrato.
El uso de franjas plásticas de señalización en la zona de trabajo, no libera al Contratista de la exigencia de colocar el Letrero Portátil.
En todas las calles el uso de los letreros será obligatorio, cualquiera sea la magnitud del trabajo a ejecutar en calzadas o aceras respectivamente.
Durante el desarrollo de las obras, el Contratista deberá colocar las señalizaciones que sean necesarias para evitar accidentes de peatones y vehículos, conforme a lo que exijan las Direcciones de Tránsito o Departamentos Municipales correspondientes y a lo establecido en las siguientes normas legales:
ü Ley Nª 8946/49
ü Ley Nª 18290/84 (Ley de Tránsito)
ü Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y su Anexo D.S. Nº 78/2012.
Las protecciones que se empleen deberán tener una presentación uniforme y adecuada.
Bajo cualquier circunstancia, el Contratista deberá confeccionar el Plan de Desvíos y Señalizaciones correspondientes, el cual deberá contar con la debida aprobación de la Dirección de Tránsito Municipal y/o de la Secretaría Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, según corresponda, previo al inicio de los trabajos.
Del mismo modo los desvíos de circulación peatonal deberán ser convenientemente señalizados, debiendo para ello observarse y cumplirse todas las Normas de seguridad que exijan los Departamentos o Direcciones Municipales correspondientes.
Cualquier accidente que sea ocasionado por la falta de atención, omisión o incumplimiento de lo expuesto anteriormente, será de exclusiva responsabilidad del Contratista.
Las indemnizaciones que solicitaren terceros, accidentados con motivo de falta de señalización y/o protecciones serán de cargo exclusivo del contratista.
2.4. Personal
Para que el trabajo sea ejecutado en forma adecuada y oportuna, el contratista deberá proveer el personal necesario para cumplir el volumen de trabajo encomendado. La ITO se reserva el derecho a solicitar el cambio de personal a costas del contratista y su reposición en forma oportuna, en los casos que estos no acaten con las instrucciones dadas en terreno, malos hábitos de trabajos, hablar en forma descortés con las personas, etc.
Durante el desempeño de sus funciones, el personal deberá vestir con ropa de seguridad, debidamente identificados con logo o leyenda de la empresa más una credencial personal, que lo acredita como trabajador autorizado, permitiendo su identificación ante los usuarios y funcionarios fiscalizadores. El mismo procedimiento deberá efectuarse para los móviles.
El contratista deberá cumplir oportunamente con todas las exigencias vigentes de la legislación laboral, lo que deberá certificar ante el encargado de contrato previo a la presentación de los Estados de Pago, o ante un requerimiento específico.
Todo el personal deberá tener todo su equipo de seguridad (casco, chaleco reflectante, guantes, linterna, zapatos de seguridad, etc.), así como equipo de lluvia compuesto por traje de agua, botas de goma y guantes. La ausencia de parte o de la totalidad de los elementos de seguridad personal en los trabajadores que se encuentran operando, dará derecho a la aplicación de una multa (ver punto 10.10 de las bases administrativas)
2.5. Materiales y Equipos
Para la correcta, completa y oportuna realización de los trabajos se debe contemplar, como mínimo el uso de los siguientes equipos y elementos:
a) Camión mixto Tipo Vac-Con o similar, capaz de entregar en forma sostenida una presión de trabajo de mínimo 2.000 psi, con un estanque de agua suficiente para una hora de trabajo continuo. Caudales en bombas de vacío mínimo de 1.150 m³/h y bombas de alta presión con un mínimo de 375 l/min.
b) Camión aljibe con capacidad mínima de 8m3.
c) Sistema de tracción de mangueras capaz de recoger hasta 120 ml de manguera mientras se sostiene una presión de trabajo de 2.000 psi o la que se requiera según el equipo.
d) Motobomba motor diésel, autónoma, portátil, para altos caudales y elevaciones medias, capaz de aspirar sólidos. Diámetro Succión mínimo de 3”, Caudal 1300 lts/min
e) Manguerotes de succión flexible de 3” de 15mts. Una por motobomba.
f) 1 Rejilla en canastillo de 3”. Una por motobomba.
g) Manguera Flexible de 3”, 100 metros de longitud. Una por motobomba.
h) Toberas para sistema hidrojet, distintos diámetros según requerimiento.
i) Sistema con pistola de hidrolavado.
j) Equipo de iluminación autónoma (focos halógenos, generadores, linternas, etc.).
k) Herramientas menores (palas, chuzos, barretas cortas, baldes, cuerdas, etc.).
l) Ropa de trabajo adecuada (ropa de agua, botas pescadoras con punta de acero, guantes de PVC con la adherencia requerida, mascarillas para gases orgánicos, antiparras, etc.).
m) Elementos de seguridad personal (chalecos reflectantes, cascos, etc.).
n) Capachos ranurados para retener el material arrastrado en la canaleta de la cámara.
- o) Capachos para el retiro del material desde la cámara de inspección.
p) Guías porta manguera de tubo metálico o cola de tigre.
q) Elementos de señalización vial (barreras, conos, delineadores, balizas, etc.). Para el caso de los conos, se requieren como mínimo 5 unidades de 70 cm de altura por cuadrilla.
r) Ropa de trabajo adecuada, trajes de agua con cintas reflectantes, botas, guantes de goma, trajes de cuerpo entero tipo pescador, mascarillas, etc.
s) Smartphone de media gama o equivalente, con cámara fotográfica incorporada de mínimo 8 MP de resolución, capaz de tomar fotografías nocturnas nítidas.
Todos los materiales y equipos a utilizar para realizar la limpieza, serán suministrados por el contratista. Estos deberán ser de las características adecuadas para los trabajos a realizar. La mantención, limpieza y conservación será de responsabilidad y cargo del contratista. El mandante no será responsable por pérdidas o deterioro de mangueras y equipos, ni por mangueras o toberas atrapadas al interior de las tuberías.
El suministro de agua para limpieza será de entera responsabilidad del contratista, en todo caso solo podrá ser agua potable la que se utilizará para dichas labores. El carguío de agua desde puntos no autorizados se considerará para todos los efectos del personal involucrado como imprudencia temeraria.
Todos los móviles y vehículos que se utilicen en el contrato, tanto ejecuten las labores de limpieza, u otros, deberán tener una antigüedad mínima al año 2012, además de contar un dispositivo o carro de arrastre para el acopio del material extraído. Todos los vehículos destinados por el contratista para la ejecución de este contrato deberán dar correcto y oportuno cumplimiento a la Ley del Tránsito.
Los equipos a utilizar deberán estar disponibles permanentemente y corresponder como mínimo a los ofrecidos en su propuesta.
En lo que se refiere a mangueras, toberas, herramientas, elementos de seguridad y ropa de trabajo, al momento de comenzar los trabajos deberán ser nuevos y su reposición deberá programarse de acuerdo a su vida útil o bien cuando el encargado del contrato estime conveniente por existir peligro de un accidente o riesgo de la integridad de los trabajadores.
Cada cuadrilla estará compuesta por al menos de 3 operarios.
Cada integrante de la cuadrilla tendrá que contar con todos los implementos de seguridad necesarios para esta faena (casco, chaleco reflectante, botas de goma, guantes, linterna, etc.), como así también se tendrán los elementos de limpieza necesarios (Palas, chuzos, Escobillones, etc.).
En el caso de presentar similares o equivalentes, el oferente deberá señalarlo en el anexo correspondiente, lo cual será revisado por la contraparte técnica del Servicio, quien evaluará la efectividad de su equivalencia. Lo anterior, para garantizar la buena y correcta ejecución de los trabajos.
En caso que éste no cumpla con las características, su oferta será declarada fuera de bases.
2.6. Disposición final de los excedentes
Todo el material extraído con motivo de la limpieza y desobstrucción u otro, no deberá acopiarse sobre el suelo, sino que deberá cargarse directamente en el acopio para transporte, el equipo de transporte o tolva, deberá ser estanco para evitar la caída de líquidos al suelo. El incumplimiento de esta disposición dará derecho a la aplicación de una multa (ver punto 10.10 de las bases administrativas).
Con el propósito de resguardar los intereses del servicio, respecto de la disposición final de los excedentes, el contratista deberá entregar al encargado de contrato un informe mensual, en el que se identifique el relleno sanitario y el volumen acumulado de material durante ese periodo de tiempo, documento que será imprescindible al momento de dar V° B° a los estados de pagos.
El contratista será responsable de la disposición final del material excedente.
2.7. Cuadrillas de Emergencia y Estructura Organizacional frente a Emergencias
Cuadrillas de Emergencia.
a) Cuadrillas de Emergencia
El contratista deberá considerar dentro de su oferta al menos 16 cuadrillas de emergencia, para toda la Región Metropolitana y dispuestas por lo tanto a realizar las actividades ofertadas. Estarán destinadas a las eventualidades que se presenten, tales como, lluvias que provoquen inundaciones, anegamientos u obstrucción a los sistemas de evacuación de aguas lluvias. Esta cuadrilla deberá contar con los elementos necesarios para el retiro de cualquier desecho, escombro u otro material que obstruya los sumideros y/o los sistemas de captación y evacuación de aguas lluvias, para lo cual el contratista deberá de disponer el personal, herramientas y equipos necesarios para realizar esta faena.
Cada cuadrilla de emergencia debe estar compuesta por 3 operarios. Cada cuadrilla debe poseer un teléfono celular con cámara (Smartphone de media gama o equivalente, con cámara fotográfica incorporada de mínimo 8 MP de resolución, capaz de tomar fotografías nocturnas nítidas) que permita la comunicación constante con los encargados de cuadrillas y poder ir informando con registro fotográfico o de video el progreso de la emergencia.
Cada integrante de la cuadrilla tendrá que contar con todos los implementos de seguridad necesarios para esta faena (casco, chaleco reflectante, botas de goma, guantes, linterna, etc.), como así también se tendrán los elementos de limpieza necesarios (Palas, chuzos, Escobillones, etc.).
Se deberá contar con al menos 1 motobomba por cada cuadrilla, de mínimo 4” con sus respectivas mangas que permita evacuar las aguas que generen anegamientos e inundaciones.
b) Encargados de Cuadrillas
El contratista deberá considerar dentro de su oferta 4 encargados de cuadrillas, cada uno con una camioneta con una antigüedad máxima al año 2012 y un Smartphone. Los profesionales encargados de cuadrillas deberán tener título de profesional o técnico del área de la construcción o a fin y licencia de conducir clase B.
Las labores de cada Encargado de Cuadrillas son:
- Monitoreo y apoyo de las cuadrillas asignadas.
- Cada encargado tendrá asignado un grupo específico de cuadrillas para su monitoreo y apoyo (4 cuadrillas por encargado).
- El recorrido de monitoreo deberá visitar con la frecuencia necesaria para mantener informado del estado de cada punto de su nivel de inundación u otro aporte en la toma de decisiones. El incumplimiento de esta disposición dará derecho a la aplicación de una multa al contratista de 2 UF, por vez que se detecte el incumplimiento de esta disposición.
- El traslado de equipamiento, materiales y personas.
- Velar por la seguridad de los operarios de las cuadrillas.
- Mantener constante comunicación entre las cuadrillas y el coordinador de la emergencia.
c) Coordinador de Emergencia
El contratista deberá considerar dentro de su oferta 1 coordinador de emergencias. El coordinador de emergencia deberá ser un profesional del área de la construcción, quien deberá estar en contacto con los encargados de cuadrillas, con los equipos de emergencia de las municipalidades, con la ONEMI, con autoridades que soliciten información y con la ITO. Deberá poseer un computador con internet y un Smartphone y un lugar físico desde donde operar, como equipamientos mínimos de trabajo y coordinación (Equipamientos que forman parte de la instalación de faenas).
Las labores del Coordinador de Emergencia son:
- Coordinar las labores de los encargados de cuadrillas y las cuadrillas.
- Coordinar el envío de materiales y equipamientos a los distintos puntos de emergencia.
- Solicitar a los encargados de cuadrillas los registros fotográficos de la evolución de la emergencia, para posteriormente elaborar un informe que será entregado a la ITO.
- Deberá reportar a la ITO del estado de los puntos críticos mediante registro fotográfico y texto, identificando el punto y hora del registro.
- Entregar información a autoridades que lo soliciten.
- Durante la emergencia el coordinador de emergencias debe disponer de un listado con la nómina actualizada de las personas trabajando, sus funciones y los implementos de seguridad que disponen, el cual será solicitado y a la vez puede ser verificado en terreno por la ITO. La no presentación del listado o la inconsistencia de la información con lo que realmente está sucediendo en terreno, dará derecho a la aplicación de una multa (ver punto 10.10 de las bases administrativas).
Las cuadrillas y todo el equipo de personas destinadas a las emergencias deberán estar disponibles las 24hrs, en periodos de lluvias y la respuesta a los requerimientos de la ITO, no debe ser mayor a 1 hora desde el momento en que se recibe la instrucción.
d) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será una cantidad global (N°). Dicha unidad global corresponde a una jornada de trabajo de 8 horas continuas, medidas desde el inicio de instrucción, y descontado el plazo de traslado al lugar de trabajo.
Ítem
|
Unidad de Medida
|
Detalle del Producto/Servicio
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1
|
N°
|
Cuadrilla de Emergencia, Jornada de 8 horas
|
2
|
N°
|
Encargado de Cuadrilla, Jornada de 8 horas
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3
|
N°
|
Coordinador de Emergencia, Jornada de 8 horas
|
2.8. Habilitación paso bajo nivel inundado
Este Ítem corresponde a la extracción de la totalidad del agua, lodos y sedimentos de un paso bajo nivel inundado a través de todos los medios necesarios que se requieran, ya sea con motobombas u otro medio. Se debe limpiar los sumideros y conexión involucrados. Además, debe considerar el retiro de excedentes y la limpieza del pavimento. Por lo tanto, se resume en un solo Ítem una labor que pudiese implicar varias actividades y formas de proceder. El número de cuadrillas involucradas en dichos trabajos deberá ser la apropiada dada la envergadura de la inundación. Dentro de los trabajos a realizar en este ítem el contratista deberá limpiar a lo menos 100mts aguas arriba y 100mts aguas abajo del paso bajo nivel, los colectores y los sumideros que aportan al paso bajo nivel inundado.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será la Unidad (N°) de pasos bajo nivel habilitados.
Ítem
|
Unidad de Medida
|
Detalle del Producto/Servicio
|
4
|
N°
|
Habilitación Paso Bajo Nivel Inundado
|
2.9. Habilitación de punto bajo inundado
Este Ítem corresponde a la extracción de la totalidad del agua, lodos y sedimentos de un punto bajo inundado a través de todos los medios necesarios que se requiera, ya sea con motobombas u otro medio. Se debe limpiar los sumideros y conexión involucrados y, además, debe considerar el retiro de excedentes y la limpieza del pavimento. Este Ítem se diferencia del anterior ya que esta actividad puede requerirse en distintos lugares, como por ejemplo puntos bajos de calles, pasajes, y que no sea un paso bajo nivel. Dentro de los trabajos a realizar en este ítem el contratista deberá limpiar a lo menos 100 mt. aguas arriba los colectores y los sumideros que aportan al punto bajo, así también considera la limpieza 100 mt. aguas debajo de los colectores y los sumideros que evacúan a dicho punto, todo ello después de habilitado el punto bajo inundado.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será la Unidad (N°) de punto bajo inundado.
Ítem
|
Unidad de Medida
|
Detalle del Producto/Servicio
|
5
|
N°
|
Habilitación Punto Bajo Inundado
|
2.10. Limpieza de Sumidero
Se contempla la limpieza de un sumidero tipo S1, S2, S2 Doble, S3, S4, SERVIU u homologable a cualquiera de los anteriores, junto con su conexión al colector. Los desechos deben ser extraídos y no deben ser arrastrados hacia el colector. Terminada la limpieza, los desechos deben ser retirados y llevados a un botadero autorizado.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será por Unidad (N°) de sumidero limpiado.
Ítem
|
Unidad de Medida
|
Detalle del Producto/Servicio
|
6
|
N°
|
Limpieza de Sumidero Tipo S1, S2, S2 Doble, S3, S4, SERVIU
|
2.11. Reposición Tapas Tipo Calzada para Cámaras
Esta partida se refiere a la reposición de tapas de cámaras de inspección que se encuentren dañadas o inexistentes, las cuáles serán solicitadas por la ITO.
Las tapas se ejecutarán y colocarán de acuerdo con el plano tipo EMOS Nº401-01 (hormigón armado) o HG e1. Se incluye la armadura metálica con su relleno.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será por Unidad (N°) de tapa tipo calzada repuesta.
Ítem
|
Unidad de Medida
|
Detalle del Producto/Servicio
|
7
|
N°
|
Reposición Tapa Tipo Calzada D=0.6m ó 0.80m
|
2.12. Reposición Tapas Cuadrada Tipo Acera para Cámaras
Esta partida se refiere a la reposición de tapas de cámaras de inspección cuadradas tipo acera, que se encuentren dañadas o inexistentes, las cuáles serán solicitadas por la ITO.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será por Unidad (N°) de tapa cuadrada tipo acera repuesta.
Ítem
|
Unidad de Medida
|
Detalle del Producto/Servicio
|
8
|
N°
|
Reposición Tapa Cuadrada Tipo Acera para Cámara
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2.13. Construcción Cámaras de Inspección
Esta partida considera la construcción de una cámara de inspección. Esta partida incluye: Rotura de pavimentos, excavación, suministro y colocación de cámaras, retiro de excedentes, rellenos, reposición de pavimentos, tapa tipo calzada y satélite.
La instrucción del lugar exacto de ubicación, será dada por la ITO.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será por Unidad (N°) de tapa cuadrada tipo acera repuesta.
Ítem
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Unidad de Medida
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Detalle del Producto/Servicio
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9
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N°
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Construcción Cámara de Inspección Tipo A
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10
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N°
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Construcción Cámara de Inspección Tipo B
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11
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N°
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Construcción Cámara de Inspección Tipo E
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2.14. Reposición de Rejillas para Sumideros
Esta partida se refiere al suministro y colocación de rejillas para sumideros que se encuentren dañadas o inexistentes, las cuáles serán solicitadas por la ITO. Los tipos de rejillas a reponer son las 0.66x0.41m, 0.98x0.41m, 1.02x0.80m u otra homologable a las anteriores.
El fierro para las rejillas y demás deberá cumplir con lo establecido en el “Pliego para la construcción de Alcantarillado”. No se aceptarán sopladuras ni fallas de ninguna especie, ni podrán éstas repararse con plomo u otro material.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será la Unidad (N°) de rejilla para sumideros repuesta.
Ítem
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Unidad de Medida
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Detalle del Producto/Servicio
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12
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N°
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Reposición Rejilla Fierro Laminado para Sumidero, 0.66x0.41m, 0.98x0.41m, 1.02x0.80m u homologable.
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2.15. Reposición de Satélite de Sumidero
Esta partida incluye la rotura y reposición de la estructura del sumidero alrededor de las rejillas y que permite sostener y empotrar la rejilla. Además, incluye la rotura y reposición de los pavimentos alrededor del sumidero y que sea necesario reponer, para la reposición del satélite.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será la Unidad (N°) de satélite de sumidero repuesta.
Ítem
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Unidad de Medida
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Detalle del Producto/Servicio
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13
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N°
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Reposición de Satélite de Sumidero.
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2.16. Construcción de Sumidero con Conexión
Esta partida considera la construcción de un sumidero nuevo en un lugar de necesidad, por lo general, un punto bajo. La instrucción de la ubicación exacta de la descarga, será dada por la ITO.
Incluye: excavación, relleno y retiro de excedentes, rotura de pavimentos, demolición y reposición de soleras, suministros de materiales para hormigones y estucos, fierro y toda la mano de obra, incluso la colocación de la rejilla. La confección de cámaras de acceso de los sumideros, incluye el suministro y la colocación de la tapa con su anillo.
Considerar la rotura y reposición de un área de pavimento de 2x7m para sumideros tipo S2, 3x7m para sumideros tipo S2 Doble y 5x7m para sumideros tipo SERVIU.
Considerar que la conexión del sumidero será con una tubería de HDPE D=315mm reforzada a una profundidad de 1.5m, y una zanja de excavación-relleno de tubería de profundidad 1.6m, ancho 1.4m y largo 7m.
De todas formas, las medidas anteriores pueden variar y deben ser asumidas por el contratista.
Las especificaciones técnicas se detallan en el Anexo A.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será la Unidad (N°) de Construcción de Sumidero con Conexión.
Ítem
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Unidad de Medida
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Detalle del Producto/Servicio
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14
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N°
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Construcción de Sumidero Tipo S2 con conexión
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15
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N°
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Construcción de Sumidero Tipo S2 Doble con conexión
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16
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N°
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Construcción de Sumidero Tipo SERVIU con conexión
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17
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N°
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Construcción de Sumidero Tipo S2 con cámara en calzada y con conexión
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18
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N°
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Construcción de Sumidero Tipo S2 Doble con cámara en calzada y con conexión
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2.17. Reconstrucción de Sumidero
Esta partida tiene como objetivo reconstruir un sumidero existente deteriorado. La demolición de un sumidero existente puede incluir la posterior construcción de un sumidero de mejor estándar. De todas formas, la instrucción específica será dada por la ITO.
Esta partida incluye: la demolición del sumidero existente, el corte, demolición y reposición de pavimentos adyacentes, retiro y transporte de escombros, demolición y reposición de soleras, suministros de materiales para hormigones y estucos, fierro y toda la mano de obra, incluso la colocación de la rejilla. La confección de cámaras de acceso de los sumideros, incluye el suministro y la colocación de la tapa con su anillo.
Esta partida no incluye la ejecución de la conexión del sumidero, por lo tanto, las demoliciones y reposiciones de pavimentos que se realicen serán solamente alrededor del perímetro del sumidero. Se deberá cortar el pavimento con un ancho máximo de 0.25m respecto del perímetro del sumidero a construir, para luego demoler. La reposición del pavimento alrededor del sumidero se realizará siempre en hormigón.
Las especificaciones técnicas se detallan en el Anexo A.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será la Unidad (N°) de Reconstrucción de Sumidero.
Ítem
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Unidad de Medida
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Detalle del Producto/Servicio
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19
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N°
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Reconstrucción de Sumidero Tipo S2
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20
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N°
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Reconstrucción de Sumidero Tipo S2 Doble
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21
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N°
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Reconstrucción de Sumidero Tipo SERVIU
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22
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N°
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Reconstrucción de Sumidero Tipo S2 con cámara en calzada
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23
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N°
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Reconstrucción de Sumidero Tipo S2 Doble con cámara en calzada
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2.18. Reconstrucción de Tubería
Esta partida tiene como objetivo la reconstrucción de tuberías que estructuralmente están deterioradas.
Esta partida incluye: la demolición del pavimento en un ancho mínimo de 2m, excavación de zanja, colocación de tubería, rellenos, reposición de pavimentos.
Las especificaciones técnicas se detallan en el Anexo A.
a) Unidad de medida y pago
Ítem
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Unidad de Medida
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Detalle del Producto/Servicio
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24
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ml
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Reconstrucción de tubería D=300mm-500mm de profundidad 0-4m
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25
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ml
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Reconstrucción de tubería D=550mm-700mm de profundidad 0-4m
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26
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ml
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Reconstrucción de tubería D=750mm-900mm de profundidad 0-4m
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27
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ml
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Reconstrucción de tubería D=950mm-1200mm de profundidad 0-4m
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28
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ml
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Reconstrucción de tubería D=300mm-500mm de profundidad 4-6m
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29
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ml
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Reconstrucción de tubería D=550mm-700mm de profundidad 4-6m
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30
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ml
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Reconstrucción de tubería D=750mm-900mm de profundidad 4-6m
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31
|
ml
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Reconstrucción de tubería D=950mm-1200mm de profundidad 4-6m
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2.19. Reparación tubería
La reparación de la tubería implica la restitución de las propiedades mecánicas, estructurales de la tubería, las que se han perdido con el tiempo y el deterioro. Se pueden considerar dos técnicas de reparación y se debe aplicar la que mejor aplique según cada caso.
a) Curado en Obra
El Curado en obra permite la rehabilitación de tuberías y conductos mediante la instalación de una manga flexible impregnada de resina que se invierte en la tubería o conducto existente, usando una cabeza hidrostática o presión de aire. La resina se cura mediante la circulación de agua caliente o la introducción de vapor controlado en la manga flexible. Una vez curada, la tubería terminada será continua y hermética.
La manga flexible debe constar de una o más capas de fieltro o un material tejido o no tejido equivalente, o una combinación de materiales tejidos y no tejidos, capaz de absorber resina, que soporte las presiones de instalación y las temperaturas de curado.
La manga flexible debe ser compatible con el sistema de resina usado. El material se debe poder estirar para ajustarse a las secciones irregulares de la tubería y los codos. La capa exterior de la manga flexible será de plástico recubierto con un material compatible con el sistema de resina usado.
La manga flexible se debe fabricar a un tamaño que, al ser instalado, se ajuste firmemente al diámetro interno de la tubería en toda su extensión. Se debe dejar un margen para el estiramiento circunferencial durante la inversión, en función de la forma actual de la tubería existente.
Se debe utilizar resina termoestable de uso general, insaturada, en base a estireno; su sistema catalizador, en base de epoxi; y su endurecedor, compatible con el proceso de inversión. La resina se debe poder curar aun con presencia de agua y con una temperatura inicial para el curado de no más de 82°C. Se debe prever que el sistema CIPP tenga como mínimo las propiedades estructurales iniciales establecidas en la siguiente tabla.
(Tabla 1 de NCh 3409:2019)
Se debe respetar el procedimiento de instalación descrito en la Norma NCh3409:2019.
b) Re-entubado (Relining)
El relining consiste en la introducción de tubería nueva dentro de la tubería antigua a sustituir. La tubería de fundición dúctil se coloca mediante empuje o tiro hasta introducirla en la tubería a reemplazar. Como resultado se reduce el diámetro, aunque esta disminución de la capacidad puede ser subsanada por la mejora de la superficie interior del tubo.
Es imprescindible preparar la tubería antigua con el objetivo de disminuir la fricción en la medida de lo posible. Para ello, previamente se eliminan las incrustaciones de la pared, se cierran las juntas y se aplica un lubricante a la superficie interna. Este proceso se conoce con el nombre de limpieza por lechada química. La lechada química se utiliza para sellar juntas con filtración y grietas. El proceso de limpieza debe realizarse inmediatamente antes del proceso de aplicación de la lechada y se deben quitar del perímetro interior de la tubería las arenas u otro tipo de sedimentos y depósitos. Una vez deslizada la nueva tubería, el espacio restante entre ambas tuberías se rellena con material alcalino aislante.
c) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será el metro lineal (ml) de Tubería Reparada.
Ítem
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Unidad de Medida
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Detalle del Producto/Servicio
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32
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ml
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Reparación de tubería D=175mm-500mm
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33
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ml
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Reparación de tubería D=501mm-700mm
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34
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ml
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Reparación de tubería D=701mm-900mm
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35
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ml
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Reparación de tubería D=900mm-1200mm
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2.20. Reposición de Superficie de Escurrimiento
Estas partidas consisten en la reposición de superficies de pavimentos que se encuentran deterioradas y que no permiten el correcto escurrimiento superficial de las aguas lluvias.
Las especificaciones técnicas se detallan en el Anexo B.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será el metro cuadrado (m2) de Reposición de Superficie de Escurrimiento.
Ítem
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Unidad de Medida
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Detalle del Producto/Servicio
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36
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m2
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Reposición de Superficie de Escurrimiento en Hormigón e=0.15m a 0.18m y Base e=0.13m a 0.20m.
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37
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m2
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Reposición de Superficie de Escurrimiento en Hormigón e=0.22m y Base e=0.20m
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38
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m2
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Reposición de Superficie de Escurrimiento en Asfalto e=0.05m, Binder e=0.05m, Base e=0.15m, Sub-base e=0.20m
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39
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m2
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Reposición de Superficie de Escurrimiento en Asfalto e=0.07m a 0.08m, Binder e=0.07m a 0.08m, Base e=0.15m, Sub-base e=0.30m a 0.35m
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40
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m2
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Reposición de Superficie de Escurrimiento, Vereda e=0.07m a 0.10m, Base e=0.05m a 0.10m
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2.21. Ductoscopia
Esta partida consiste en la inspección visual mediante video, de los ductos que se necesite conocer su estado interior. El video deberá contar con tecnología de medición a fin de poder entregar información sobre distancia recorrida y nivel de pendiente, así también se deberá fechar y numerar. Dicho registro de video debe ir acompañado de un informe descriptivo que permita visualizar a que tramo del colector corresponde cada archivo digital de video.
Los archivos de video serán en formato AVI y deberán contar con tecnología infrarroja que permita visualizar en la oscuridad, y con una resolución mínima de 1920x1080 pixeles.
El respaldo de toda la información será digital en CD o DVD.
a) Unidad de medida y pago
La unidad de medida y pago será el metro lineal (ml) de Ductoscopia.
Ítem
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Unidad de Medida
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Detalle del Producto/Servicio
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41
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ml
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Ductoscopia
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2.22. Limpieza de Calles y Veredas
El contratista como parte de los trabajos ítem 2.7, 2.8 y 2.9, deberá limpiar las calles y veredas cuando éstas están cubiertas de lodo o cuando la ITO lo estime necesario y dentro del área de los trabajos realizados. Lo anterior, implica la extracción del lodo, barrido y lavado con equipos de agua a presión. Esto no constituye un ítem particular a ofertar, sino que es parte de la adecuada terminación de los trabajos a realizar.
2.23. Informes de avance
El contratista deberá entregar al encargado del contrato, un informe en conjunto con cada estado de pago en el cual se consigne con fotografías, texto y videos de todos aquellos lugares indicados en la orden de trabajo, antes y después de efectuados los servicios. Dicho informe deberá ser entregado junto al estado de pago, el no cumplimiento de dicha disposición dará derecho a aplicar al contratista una multa de 1 UF por cada día de atraso de dicho incumplimiento.
2.24. Plan de Trabajo
Una vez adjudicada la licitación, es decir, al comienzo del contrato el contratista deberá elaborar un informe de Plan de Trabajo el cual deberá ser aprobado por la ITO. Dicho plan deberá especificar:
ü Formas de trabajar, coordinar y proceder ante las emergencias.
ü Plan de desvíos de tránsito y seguridad vial.
El contratista deberá atenerse a dicho plan durante todo el contrato.