ETAPAS Y PLAZOS |
a) Convocatoria a Propuesta: Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal.
b) Entrega de antecedentes para postulación: Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.
c) Recepción de consultas: Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal (Calendario de Licitación).
d) Respuesta a Consultas: La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán, forman parte integrante de las Bases Administrativas. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto.
e) Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl: Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación.
f) Recepción Física de las Propuestas: Los antecedentes físicos obligatorios y opcionales que se soliciten en la propuesta, se recepcionarán en la Oficina de Partes del Hospital Guillermo Grant Benavente ubicada en San Martín 1436, Concepción, hasta el día y hora señalados en el Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal.
g) Apertura de las Propuestas: La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación.
h) Fecha de adjudicación: Corresponde a la fecha en la que estará resuelta la adjudicación por parte de la comisión de evaluación de la Propuesta, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl
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GENERALIDADES |
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
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DEFINICIONES |
Directora (S): Dra. M. Cristina Martinez Valenzuela* Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, VIII región. * Unidad Técnica: Unidad de Abastecimiento de Insumos
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UNIDAD TÉCNICA |
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martín 1436, Concepción, Unidad de Abastecimiento de Insumos.
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DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
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DE LOS PROPONENTES |
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
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INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL |
Las ofertas debe ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases.
Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma
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MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION |
El HGGB, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.
El Hospital deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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ERRORES EN LOS DOCUMENTOS DE GARANTIA |
Si los documentos de garantía presentasen errores de forma en la individualización de la propuesta o en el nombre o RUT del mandante o cualquier otro, el oferente podrá presentar un nuevo documento correctamente emitido, en el plazo de cinco días corridos, a partir de la notificación vía “Foro Inverso” del Portal o en su defecto, , excepto si tal plazo vence en días sábado, domingo o festivo, en cuyo caso se extenderá hasta las 15:00 hrs. del día hábil siguiente. De no subsanar error o de no presentar nuevo documento de garantía en los tiempos señalados, el HGGB tendrá la facultad de desestimar oferta o re adjudicar a oferente que le sigue en puntaje, según se trate de Garantías por Seriedad de la Oferta o por Fiel Cumplimiento del Contrato, respectivamente.
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DE LA COMISION DE EVALUACION Y ADJUDICACION |
La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
1. Jefa Unidad Abastecimiento de Insumos.
2. Jefe de Sección Neurovascular
3. Enfermera Encargada de Neurovascular
Funciones de la comisión:
a. Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b. Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
c. Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
d. De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
e. Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital.
f. Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del HGGB que adjudicará.
g. En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar un pronunciamiento al departamento Jurídico del Hospital, para que éste dirima como asesor externo, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.
h. Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
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PRESENTACION DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Guillermo Grant Benavente, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
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RESOLUCION DE EMPATES |
En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
1) Precio.
2) Experiencia de los Oferentes.
3) Plazo de reposición
4) Cumplimiento de los requisitos Formales.
5) Comportamiento Contractual anterior
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DE LA ADJUDICACION |
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación Múltiple aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de cada línea de licitación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra.
c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
En todos estos casos, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El HGGB tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras).
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MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION |
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a Jefa de la Unidad Abastecimiento de Insumos y al responsable del proceso de compra nataliafernandez@ssconcepcion.cl ; rrodriguez@ssconcepcion.cl
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AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS |
Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
FORMULA: Cantidad requeridas de insumos por linea x 0.3
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DEL CONTRATO |
Una vez adjudicada la propuesta; siempre que el valor de lo adjudicado al proveedor sea superior a 1000 UTM; se elaborará el contrato, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta.
Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución adjudicatoria.
Luego de firmado el contrato, éste deberá ser aprobado mediante resolución, documento que, una vez publicado, permitirá enviar la orden de compra.
Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.
Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario y la tramitación será realizada en una notaría de la ciudad de Concepción. En consecuencia, el HGGB no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato, a su protocolización y a los actos que de él se deriven.
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DE LA ORDEN DE COMPRA |
La orden de Compra será emitida una vez que sea totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato entre las partes o de la resolución de adjudicación, en caso de que el monto total adjudicado al proveedor sea inferior a 1000UTM, ya que se trata de bienes con simple y objetiva especificación Se entenderá notificada al adjudicatario a contar de las 24 Horas siguientes a su publicación en el portal Mercado Publico.
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VIGENCIA Y RENOVACION |
El suministro tendrá una vigencia de 1 año a contar de la notificación de la resolución aprobatoria de contrato, o del envío de la orden de compra según lo señalado en puntos 25 y 26 de la presente resolución.
No se contempla renovación.
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28. ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL |
Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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OPERATIVIDAD DEL CONVENIO |
El oferente adjudicado deberá hacer entrega de los insumos adjudicados, a través de una guía de despacho, en la que quede establecido el cumplimiento de la entrega de la totalidad de los insumos.
Los insumos permanecerán en custodia en el Servicio de Neurovascular donde serán prepararádos para ser utilizados en cada procedimiento. Desde Neurovascular llenarán un registro con detalle de los insumos utilizados dentro de cada intervención, informando al proveedor mediante correo electrónico, con el fin de que se proceda a su reposición dentro del plazo de 24 horas.
La reposición del insumo deberá ingresar a través de la Bodega General de Insumos del HGGB mediante guía de despacho, debiendo indicar que corresponde a reposición de insumos de Licitación Pública ID 886954-252-LQ17, con el fin de que se proceda a la pronta entrega de éste al Servicio de Neurovascular.
De manera semanal, la Enfermera Jefe del Servicio de Neurovascular (o enfermera de turno), genere solicitud de consumo con la totalidad de los insumos utilizados, lo que será derivado a la Unidad de Abastecimiento, para que se genere la orden de compra y se envíe a proveedor.
Los insumos deberán ingresar a través de Bodega General de Insumos, ubicada en san Martín N° 1436.
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PLAZO DE REPOSICION |
El proveedor es libre de ofertar el plazo que estime, según sus procesos internos y capacidad. Debido a la urgencia y lo vital de los insumos ofertados, el plazo de entrega será evaluado en horas.
Este plazo se considerará desde el requerimiento que realice la Unidad de Abastecimiento de Insumos al correo electrónico que el proveedor señale en su oferta, si plazo vence en día sábado, domingo o festivo se correrá al primer día hábil siguiente.
En caso de señalar “entrega inmediata” se considerará dentro de las 12 horas siguientes; si no señala plazo de entrega, la oferta obtendrá 0 puntos en criterio de evaluación “Plazo de entrega” y en caso de obtener el mejor puntaje de evaluación y ser propuesto para adjudicar por la comisión evaluadora, se realizará la consulta, que debería ser respondida en un plazo máximo de 48 hrs posterior a realizada la consulta. El plazo entregado por el proveedor por este medio, será considerado como obligatorio para todos los casos.
Finalmente, en caso de que el proveedor oferte un rango de horas como plazo de entrega o que dentro de su oferta se señalen dos plazos diferentes, se considerará el máximo señalado, para efectos de la evaluación.
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DE LA RECEPCION |
El suministro deberá ser recepcionado conforme por el responsable del contrato o bodeguero.
Debe considerar horarios de Bodegas de lunes a jueves de 8:30 a 16:30 hrs. Para los viernes desde las 8:30 a las 15:30 hrs.
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MODALIDAD DE PAGO |
El pago se realizará contra factura o boleta de honorarios, previa recepción conforme, dentro del plazo de 45 días contados desde la aceptación de la factura o boleta de honorarios respectiva, (Ley de Presupuestos 2017, glosa 2, de las partidas del Ministerio de Salud, “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 45 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada.”
La factura o boleta de honorarios deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente RUT.61.602.189-3, dirección San Martín N° 1436, Concepción, cancelada en original y dos copias. ADJUNTANDO ORDEN DE COMPRA E INDICANDO EL NUMERO DE ID DE ÉSTA.
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
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DEL FACTORING Y PROHIBICION DE CESION |
El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
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PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS |
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos). Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal.
Se hace presente las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Formulario N° 6 o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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SANCIONES Y MULTAS |
1 Los siguientes incumplimientos, obligarán al Hospital para aplicar las multas que se detallan a continuación:
1.1 Faltas Graves y sus multas:
Por Incumplimiento en el plazo de reposición: El incumplimiento del plazo para reposición propuesta por el proveedor, por cada día hábil, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente al 2% del Monto Neto de la Última Orden de Compra emitida en relación a la presente Licitación Pública.
1.2 Faltas Gravísimas y sus multas:
• Por incumplimiento en las especificaciones técnicas de los insumos ofertados, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, se aplicará una multa equivalente al 5% del Monto Neto, respecto al valor del producto y por cada día hábil de retraso que exista en el reemplazo del producto entregado.
2 Los hechos que constituyen las causales de multa deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la Jefa Unidad Abastecimiento de Insumos para proceder con el proceso de evaluación de multa.
3 Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
4 El Hospital podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa de los Estados de Pago hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital. Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
5 El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
6 Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
7 No obstante lo anterior, el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.
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DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
36.1 De las modificaciones:
El Hospital podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado (Art. 77 del Reglamento).
36.2 Del Término Anticipado del Contrato:
Por otro lado, el HGGB, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
1. Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere multado por el acto administrativo correspondiente:
a) Tres veces por Faltas Leves.
b) Por una Falta Gravísima.
2. Que el proveedor incumpla en el plazo de entrega, superando 10 veces el tiempo establecido en Bases Administrativas para realizar la entrega de los insumos ofertados.
3. Que el proveedor fuese declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
6. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
8. Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.
9. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
a) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e) Disolución de la UTP.
10. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
o No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
o Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación.
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PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
37.1 En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 7, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá si corresponde al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del adjudicatario, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.
37.2 El término del contrato por la causal establecida en el numeral 8 se deberá generar mediante la inscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD |
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el p. 36.2 de las presentes bases.
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