Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CALIDAD”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “EXPERIENCIA”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "PRECIO”
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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CONSULTAS |
CONSULTAS EN FORO MERCADO PUBLICO
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OTROS |
OTROS A. LOS OFERENTES DEBERÁN ADJUNTAR A LA PROPUESTA LAS DECLARACIONES JURADAS SIMPLES DE NO ESTAR AFECTOS A LA NORMATIVAS DE CONFLICTO DE INTERESES Y LA NORMATIVA DE PRACTICAS ANTISINDICALES. B. SI LOS VALORES SUPERAN LOS PRECIOS DE MERCADO, O NO SON CONVENIENTES PARA EL MUNICIPIO, LA LICITACIÓN SE DECLARARÁ INADMISIBLE, PROCEDIENDO SEGÚN INDICA LA LEY N°19.886. C. EL MUNICIPIO PODRÁ ADJUDICAR EL O LOS PRODUCTOS O SERVICIOS SEGÚN PRIORIZACIÓN INTERNA, Y EN VIRTUD DE LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA VIGENTE, EL MUNICIPIO SE RESERVA EL DERECHO DE DISMINUIR O AUMENTAR LA CANTIDAD DE PRODUCTOS O SERVICIOS HASTA EN UN 30% DEL MONTO TOTAL ADJUDICADO. D. CUANDO EXISTA INCONSISTENCIA EN LOS PLAZOS DE ENTREGA, ENTRE LA OFERTA ADJUNTA Y EL FORMULARIO ELECTRONICO, SE TOMARÁ EL PLAZO MAYOR DESCRITO. E. EL INCUMPLIMIENTO EN LOS PLAZOS DE ENTREGA DE LOS MATERIALES, PRODUCTOS O SERVICIOS, FACULTARÁ AL MUNICIPIO PARA APLICAR UNA MULTA DEL 3% SOBRE EL MONTO TOTAL BRUTO ADJUDICADOPOR DIA DE ATRASO, DESCONTADOS EN LA FACTURA RESPECTIVA, PARA LO CUAL EL OFERENTE SE OBLIGA A ENVIAR UNA NOTA DE CREDITO POR EL VALOR DE LA MULTA EXENTA DE IVA. (YA QUE NO PODRA REBAJAR IMPUESTO POR LA DEMORA) F. SE PODRÁ SOLICITAR DOCUMENTACIÓN E INFORMAR, A TRAVÉS DEL FORO INVERTIDO. G. PARA LAS LICITACIONES SOBRE $2.000.000, SE EVALUARÁ CON UNA COMISIÓN CONFORMADA POR DEFI Y LA DIRECCION SOLICITANTE. (SIEMPRE Y CUANDO SEA NECESARIO, EN VIRTUD DE LA COMPLEJIDAD DE ÉSTA) H. PARA PROCEDER AL PAGO DE LAS FACTURAS O BOLETAS DE HONORARIOS RECIBIDAS, CADA DIRECCIÓN PROCEDERÁ A CERTIFICAR LA RECEPCIÓN CONFORME DE LOS PRODUCTOS O SERVICIOS, UNA VEZ RECEPCIONADA ESTA CERTIFICACIÓN, POR CONTABILIDAD, SE PROCEDERÁ AL PAGO RESPECTIVO. I. SE DEBE DAR CUMPLIMIENTO A LAS CLAUSULAS E INSTRUCCIONES O QUEDARÁ FUERA DEL PROCESO LICITATORIO. J. AL OFERTAR EN LA PRESENTE LICITACION, EL OFERENTE DEBE DECLARAR TENER CONOCIMIENTO DE ESTOS PUNTOS Y SE COMPROMETERÁ A RESPETARLOS. K. EN CASO DE EMPATE, PERSISTE PROVEEDOR QUE HAYA PRESTADO SERVICIOS SIMILARES A ESTA CORPORACION EDILICIA, DESPUES MEJOR PRECIO OFERTADO
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CAMBIO DE LA FECHA DE ADJUDICACION |
a) La adjudicación se efectuará mediante Decreto Alcaldicio b) Se declarará desierta aquella licitación a la que no se presenten proponentes o inadmisible en la situación que ninguno de ellos cumpla con los requisitos exigidos en las Bases. c) Una vez que se haya dictado el Decreto Alcaldício de Adjudicación, se le notificará al oferente a quien se le haya adjudicado la propuesta. (d) Cualquier cambio en la fecha destinada a adjudicación, por razones justificadas se informará debidamente al oferente. Por razones justificadas, se informara respecto a un cambio en el horario de la adjudicación.
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art 3 |
articulo 3 de la ley N°19983,que REGULA LA TRANSFERENCIA Y OTORGA MERITO EJECUTIVO A COPIA DE LA FACTURA, que dice lo sgte.:
Artículo 3º.- Para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no
se reclamara en contra de su contenido mediante alguno de los siguientes procedimientos:
1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o
2. Reclamando en contra de su contenido dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción, o
en el plazo que las partes hayan acordado, el que no podrá exceder de treinta días corridos. En este caso,
el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier
otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien
junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado
en la fecha de envío de la comunicación.
Serán inoponibles a los cesionarios de una factura irrevocablemente aceptada, las excepciones personales
que hubieren podido oponerse a los cedentes de la misma.
Incluir en las bases de licitación:
"La I.Municipalidad de Ovalle, se reserva el derecho de recepcionar, aceptar y/o rechazar la Factura en un plazo máximo de 30 días corridos."
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DEL PAGO |
Se pagará en un Estado de Pago, contra factura y previa recepción conforme y sin observaciones por parte del ITO de la Municipalidad de Ovalle. El estado de pago por parte del municipio se efectuará después de recibido los productos, con un plazo de 30 días corridos
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Antecedentes omitidos por los oferentes. |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. En todo caso, los certificados u otros documentos omitidos deben haber estado vigentes a la fecha y hora de la apertura de la licitación. La comisión podrá tener por acreditado un antecedente, si éste se encuentra vigente en el portal www.mercadopublico.cl. Nota: la presentación posterior de antecedentes omitidos significará un castigo de un 5% menos en la nota final de evaluación. En ningún caso podrá omitirse la presentación de la garantía en soporte físico.
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DE LA REINCORPORACION DE OFERENTE |
En el caso que los oferentes dentro de las 24 horas posteriores al acto de apertura presentaren reclamos solicitando su reincorporacion por errores en el acto de apertura, la comision de apertura deberá reunirse nuevamente analizar el reclamo, si es necesario realizar la reincorporacion para el analisis de los antecedentes. En el caso que se proceda aceptar nuevamente la oferta la comision deberá efectuar el acta de apertura de reincorporacion.
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CONTRATO/ORDEN DE COMPRA |
El contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra.
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PLAZO ENTREGA DE LOS PRODUCTOS |
El plazo de entrega de los productos, será el estipulado en la oferta económica, y deberá ser coordinada la entrega en la dirección señalada por el ITO en dependencias municipales.
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