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7.- CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS DEL SERVICIO A CONTRATAR |
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La propuesta requiere lo solicitado en los Términos técnicos de referencia de la presente propuesta pública. Los oferentes deberán considerar todos los costos indirectos o directos, que signifiquen la correcta provisión del servicio.
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8.- PRESUPUESTO |
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El presupuesto disponible para la presente contratación será informado a través del Portal Mercado Público, el cual corresponde a $28.000.000 (veintiocho millones de pesos), impuesto incluido, por 24 meses de ejecu-ción del contrato.
En ese sentido, el monto disponible es por $28.000.000 (veintiocho millones de pesos) impuesto incluido, de acuerdo con el siguiente desglose:
Línea 1 Servicio de Telefonía: $22.569.412, impuesto incluido.
Línea 2 Chip: $480.000, impuesto incluido.
Línea 3 Número corto: $480.000, impuesto incluido.
Los oferentes podrán participar por una o más líneas, sujetándose a los requerimientos técnicos y de dispo-nibilidad presupuestaria indicada.
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9.- ADJUDICACIÓN |
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La Ilustre Municipalidad de Punitaqui adjudicará la propuesta que cumpla con el total de los requerimientos técnicos detallados del bien a adquirir y se reserva el derecho a rechazar alguna o todas las ofertas si no las estimare convenientes para sus objetivos, así como el derecho a adjudicar la propuesta a cualquiera de los oferentes, aunque no sea la propuesta más baja en precio, si conviene al municipio, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en las Bases administrativas generales, bases técnicas y/o requerimientos técni-cos. La adjudicación se aprobará mediante decreto alcaldicio y será informada a través del portal www.mercadopublico.cl. En el mismo acto de la adjudicación, será generada y enviada la orden de compra por los servicios al oferente adjudicado.
Una vez revisadas y debidamente ponderadas las ofertas y antecedentes presentados por los proveedores, la Comisión de Evaluación procederá a elaborar un informe respecto de las ofertas presentadas sugiriendo la adjudicación de la oferta que presente las mejores condiciones de cumplimiento con relación a las bases y todo documento que forma parte integra del proceso. Este informe debe remitirse al Alcalde de la Ilustre Municipali-dad de Punitaqui. El Alcalde puede optar por una oferta de mayor valor, siempre que este cumpla de mejor for-ma con los objetivos y fines del servicio y obtenga el mayor puntaje. El decreto que acepta la propuesta se notifi-cará a todos los oferentes, por intermedio del sistema ChileCompra. La notificación se entenderá realizada lue-go de 24 horas desde que la unidad respectiva publique en el sistema de información el decreto correspondien-te.
En el caso de la fecha establecida para la adjudicación no pueda cumplirse, se podrá modificar la fecha de adjudicación en la ID de esta licitación sin necesidad de emitir un nuevo decreto, sino indicando en el portal las razones de su incumplimiento.
La fecha de adjudicación será el día indicando en el portal web, sin perjuicio de ello y de acuerdo con lo es-tablecido en el artículo 58 del reglamento de la Ley de Compras Públicas, dicho plazo podría variar por las si-guientes razones:
a) No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
b) Retraso de la firma del decreto de adjudicación por compromisos del Alcalde y/o Secretario Municipal o sus subrogancias.
c) Por motivo de fuerza mayor, emergencia y otros imprevistos debidamente calificados.
d) Por reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
En el caso que sea necesario ampliar el plazo de adjudicación, esta será realizada e informada en el portal www.mercadopublico.cl, incluyendo las razones del incumplimiento.
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20.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DERIVADAS DE INCUMPLIMIENTOS. |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la contraparte técnica notificará inmediatamente de ello al proveedor, personalmente por correo electró-nico o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de un Decreto Alcaldicio fundado.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la autoridad tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de un acto fundado, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. El indicado acto deberá notificarse al respectivo proveedor personalmente o correo electrónico o mediante carta certificada.
El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del acto fundado singu-larizado en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, mediante recurso de reposición ante jefe superior del servicio, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 10 días hábiles para resolver el citado recurso.
El acto que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Se hace presente que toda comunicación entre la Municipalidad y el contratista se hará mediante correo elec-trónico.
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24. CAUSALES DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITA-CIÓN. |
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La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condicio-nes establecidos en las presentes Bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases.
Serán consideradas siempre inadmisibles las ofertas extemporáneas, las que omitan algunos de los antece-dentes solicitados y aquellas que no den cumplimiento a las exigencias de estas bases, o que, habiendo sido objeto de errores u omisiones formales, no los hubiesen subsanado o corregido en el plazo otorgado.
Cualquiera de los siguientes hechos, se considerarán como otra causal de inadmisibilidad de una oferta:
1. Cuando el oferente por cualquier medio que no sea la plataforma de mercadopublico.cl dé a conocer a la entidad licitante su oferta antes de la apertura.
2. Cuando la información que entregue el oferente no conste en los anexos solicitados y/o en los campos dis-puestos para tales efectos, referidos a datos mutables.
3. Cuando la información contenida en los anexos y documentos publicados por el proveedor a la licitación, sean contradictorios entre sí.
4. Cuando el oferente ingrese a la plataforma de mercadopublico.cl un formulario (obligatorio) en blanco y/o sin firma.
La Municipalidad podrá declarar desierta una Licitación, en los casos que todas las ofertas sean declaradas inadmisibles, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado, y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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18.- DEL PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO |
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Tanto la I. Municipalidad de Punitaqui como el proveedor adjudicado se obligan a mantener vigente el con-trato por un periodo de 24 meses una vez aceptada la orden de compra, sin embargo, la Municipalidad se re-serva el derecho de ponerle término anticipado al contrato, en la eventualidad que no se cumplan las condicio-nes establecidas y ofertadas por el proveedor del servicio, sin el pago de indemnización de perjuicios en favor del adjudicatario.
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