ARTÍCULO 8º La falta de
presentación de algunos de los documentos solicitados en el artículo precedente
o la presentación incompleta de éstos, podrá invalidar la oferta del
proponente. No obstante, la Dirección
Regional de Gendarmería de
Chile – Región de la Araucanía, podrán
solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y
cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en
tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los
participantes a través del sistema de información. Del mismo modo se podrá
permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes
hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación.
Se
deja claramente establecido que no se aceptarán certificados o antecedentes que
se encuentren en “trámite” “no vigentes” o emitidos con posterioridad a la
fecha establecida en el cronograma de la licitación para efectuar el Acto de
Apertura de las propuestas.
Los
oferentes tendrán un plazo fatal de dos días hábiles, contado desde el momento
que se informa del requerimiento a través del sistema, para que acompañe los
antecedentes faltantes o sus aclaraciones, sin perjuicio de efectuar el
descuento correspondiente en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los
requisitos formales de presentación de la oferta”, si el oferente no acompañare
los antecedentes faltantes o sus aclaraciones, su oferta podrá ser declarada
inadmisible o bien se asignará el menor puntaje en el criterio de
evaluación según corresponda. La
propuesta podrá ser declarada inadmisible también en el evento en que la Comisión Evaluadora de Compras, que
se alude en el Artículo 16° de las presentes bases administrativas, estime
fundadamente que alguno de los antecedentes acompañados no cumplen finalmente
con los requisitos exigidos.
La
responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en el ID de la
licitación en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los
antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae
exclusivamente en los oferentes.