La Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o los que adviertan en el posterior proceso de revisión de las ofertas, y/o solicitar información complementaria a los oferentes para clarificar la información entregada, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de ellos a través del portal de compras públicas www.mercadopúblico.cl (para todos los casos se exceptúan de esta opción la entrega de ofertas técnicas y económicas, las cuales siempre deberán ser presentadas antes del cierre de la licitación).
En los casos en que se solicite rectificar errores u omisiones formales, la Comisión evaluadora podrá otorgar un plazo máximo de 24 horas, cada vez que lo requiera, para que el o los oferentes subsanen la omisión o corrijan el error en las formalidades requeridas. Si el o los oferentes no dan respuesta en el plazo establecido y del modo indicado, la incidencia que ello tenga en la evaluación de la propuesta será de exclusiva responsabilidad del proponente. Esta Solicitud de rectificación deberá efectuarse mediante publicación destinada a todos los oferentes en el portal www.mercadopublico.cl, desde la fecha de publicación se deberá contabilizar el plazo para subsanar los errores u omisiones.
En el evento que el plazo de 24 horas, a que se hace referencia anteriormente, concluya después de las 17:23 horas, se extenderá hasta las 10:00 horas del día hábil siguiente.
En el caso de que la solicitud corresponda a archivos o documentos, éstos deberán ser remitidos a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.
La Comisión tendrá expresas facultades para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma, que constate en el proceso de evaluación, siempre que ello no confiera a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores; de igual forma, podrá rechazar las ofertas que no se ajusten a las Bases, de forma previa a la evaluación técnica y económica.
Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases, aquél o aquellos oferentes que presentaren antecedentes administrativos fuera de plazo, serán sancionados en el puntaje correspondiente al criterio de “Cumplimiento de requisitos formales”
Todas las consultas que efectúe la Comisión se realizarán por medio de publicación en el portal www.mercadopublico.cl.