Resolución de Empates |
El SERVICIO adjudicará la licitación a aquel OFERENTE cuya OFERTA tenga el puntaje Final más alto. En caso de empate, el SERVICIO adjudicará al OFERENTE cuya oferta económica haya obtenido el puntaje más alto. Si todavía persiste el empate, el SERVICIO adjudicará al OFERENTE que señale el menor plazo de finalización de las obras. Si aún se mantiene la igualdad, el SERVICIO adjudicará a quien tenga una mayor experiencia
|
|
|
Pacto de integridad |
Se entenderá que todo Oferente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, como sus especificaciones técnicas, anexos, modificaciones, sus eventuales aclaraciones, respuestas a las consultas, como también las disposiciones de la Ley N°19.886 y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, por el solo hecho de presentar ofertas en los procesos de compras que se lleven a efecto de conformidad a estas normas.
Todo Oferente, por el solo hecho de participar en esta licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en este, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente los Oferentes aceptan el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El Oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad con el artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El Oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El Oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El Oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El Oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia, en el presente proceso licitatorio.
- El Oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El Oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El Oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El Oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Toda referencia al “Oferente” efectuada en esta sección se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista. El incumplimiento por parte del Oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas Bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y obligaciones laborales, en su caso.
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Una vez adjudicada la Licitación, cualquier persona interesada podrá efectuar consultas respecto de la Adjudicación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de ésta en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl, a través de un correo electrónico que será informado en la Resolución de adjudicación o que declara desierta la Licitación o inadmisibles las Ofertas, según sea el caso. Las consultas serán respondidas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes por el mismo medio. Dichas consultas no implican suspensión alguna del proceso licitatorio.
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
En relación con el referido artículo 56, y durante el periodo de evaluación de las ofertas, el Servicio podrá solicitar a los Oferentes a través de la funcionalidad denominada “Aclaración Ofertas” disponible en el portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información. Además, la información que se solicite o se acompañe, no podrá alterar la oferta o el precio de esta.
Asimismo, conforme con el inciso 2° del aludido artículo 56, el Servicio podrá permitir la presentación de antecedentes o certificaciones que los Oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta, siempre que dichos antecedentes o certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar Ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar Ofertas y el período de evaluación. Para ello, los Oferentes dispondrán de un plazo fatal de dos (2) días corridos, contados desde el requerimiento del Servicio, el que se informará a través de la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas” disponible en el portal www.mercadopublico.cl, según se señala en el ANEXO N°1: CALENDARIO DE LA LICITACIÓN.
Esta situación significará la asignación de menor puntaje a las ofertas que no cumplan, de conformidad con lo dispuesto en la sección Asignación de Puntajes de presentación formal de los Antecedentes.
Cabe señalar que el procedimiento anterior, solo es válido para los documentos explícitamente señalados en dicha solicitud, no pudiendo de ninguna manera entregarse total o parcialmente la oferta técnica y/o económica fuera del plazo establecido en el ANEXO N°1: CALENDARIO DE LA LICITACIÓN. Sin perjuicio de lo anterior, se evaluará el cumplimiento formal de los antecedentes, de acuerdo con la sección EVALUACIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES.
Será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas” disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitarán las aclaraciones que correspondan, y enviar oportunamente la información requerida.
|
|
|
Cláusula de Re adjudicación |
Si el o los Adjudicatarios se desistiere de aceptar la Orden de Compra, no se encontrare inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, o no entregare
las declaraciones juradas señaladas, o certificado, en su caso, o los antecedentes legales requeridos y obligaciones laborales, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción de dicho documento, en los plazos señalados al efecto, el Servicio podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, o al tercero en la evaluación, si el anterior no aceptare la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original.
Los Oferentes ubicados en los lugares, segundo y tercero, en su caso, deberán cumplir con la documentación correspondiente, dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
Por su parte, en caso de que uno o más integrantes de una Unión Temporal de Proveedores no cumplan la exigencia de encontrarse inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y/o les afecta alguna causal de inhabilidad, la Unión Temporal deberá comunicar al Servicio dentro del mismo plazo señalado en el inciso precedente, si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La posibilidad de elección prevista en el párrafo anterior no procederá en caso de que el integrante de la Unión Temporal de Proveedores que no cumpla la exigencia y/o a quien le afecta la inhabilidad, haya reunido una o más características objeto de evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión Temporal de Proveedores. En tal caso, se entenderá que la Unión Temporal de Proveedores adjudicada no acepta la adjudicación, pudiendo el Servicio adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el Oferente que hubiere ocupado el segundo lugar o el tercer en la evaluación, conforme a lo regulado en los párrafos precedentes.
|
|
|