Mecanismo para solución de consultas. |
Los interesados podrán formular consultas y pedir aclaraciones sobre las Bases Administrativas y las Especificaciones técnicas de acuerdo a las fechas indicadas en la ficha de licitación, y solamente a través del FORO Electrónico a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas se colocaran en conocimiento de todos los proveedores interesados a través del mismo sitio, sin indicar el autor de las mismas, Las respuestas y aclaraciones a las bases se efectuarán a través del mismo sitio web en las fechas establecidas en la ficha de licitación.-
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La entidad licitante, durante el proceso de evaluación de las ofertas, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y
cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de
privilegio respecto a los demás proveedores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. De acuerdo a lo establecido en el Art. 40 Reglamento de la Ley 19.886.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PLAZO DE ENTREGA”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "EXPERIENCIA DEL OFERENTE” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “N° LICITACIONES ADJUDICADAS”.
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Declaración del proceso desierto |
El HPO declarará desierta una licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si éstas no resultaren convenientes a sus intereses, de conformidad al resultado del proceso de evaluación. Así mismo se la podrá declarar desierta si las ofertas exceden la disponibilidad presupuestaria del HPO para esta contratación, sobre el precio de referencia a pagar por los servicios contratados.
También podrá declararse desierta una licitación, si las ofertas son declaradas Inadmisibles, por no cumplir con los requisitos administrativos, económicos o técnicos establecidos en las bases.
Por último, podrá declararse el proceso desierto, si un proveedor adjudicado se desiste de su oferta y sea único oferente.
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De la facultad de readjudicar |
El HPO podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
Desistimiento de firmar contrato o incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases.
Si el adjudicatario rechaza una Orden de Compra.
Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo indicado en el número 1.5 de estas bases.
Si se constata que el oferente presentó documentación falsa o adulterada.
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Contrato |
Para efectos de esta licitación, el contrato se formalizará mediante la emisión de la correspondiente Orden de Compra por parte del HPO y su aceptación por parte del oferente adjudicado. Ello, en razón de lo prescrito en el artículo 63 del reglamento de la Ley 19.886 que señala, “Los contratos menores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. De la misma forma podrán formalizarse los contratos superiores a ese monto e inferiores a 1000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación.
El contrato formalizado de la manera antes expuesta, se regirá con lo dispuesto en las presentes bases administrativas, bases técnicas, anexos complementarios, las respuestas a las consultas, aclaraciones, oferta del adjudicado y las disposiciones de la Ley N° 19.886, de su reglamento.
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Aumento o disminución de cantidades |
Si por razones de servicio u otros factores, varíen las actuales necesidades, se establece expresamente la posibilidad de aumentar o disminuir en un 30%, el monto adjudicado, según necesidades institucionales. El monto máximo no podrá en caso alguno ser igual o superior a 100 UTM.
Este aumento o disminución de cantidades podrá hacerse efectiva durante la vigencia del contrato o una vez terminada su vigencia.
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Inicio de vigencia y duración del contrato |
La vigencia de la relación contractual comenzará en la fecha de la aceptación por el adjudicatario de la respectiva Orden de Compra y tendrá una duración hasta que se cumpla con el total del servicio licitado.
No obstante ello, por razones de buen servicio, el servicio objeto de esta contratación, podrá comenzar a entregarse a partir de la fecha de la adjudicación.
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