Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Multas por atraso |
El incumplimiento de los plazos de entrega conforme del servicio, será sancionado con la siguiente multa por día hábil sobre el precio total neto del servicio.
La IIª Brigada Aérea descontarla la multa en el pago de la correspondiente factura, pagando solamente la parte de la factura restante.
DÍAS DE ATRASO MULTA
01 A 05 DÍAS HÁBILES DE ATRASO
06 A 10 DÍAS HÁBILES DE ATRASO
11 A 15 DÍAS HÁBILES DE ATRASO
16 A 20 DÍAS HÁBILES DE ATRASO
Y ASÍ SUCESIVAMENTE… 1 X ((NETO/$1.000) X DÍA HÁBIL DE ATRASO).
1,5 X ((NETO/$1.000) X DÍA HÁBIL DE ATRASO).
2 X ((NETO/$1.000) X DÍA HÁBIL DE ATRASO).
2,5 X ((NETO/$1.000) X DÍA HÁBIL DE ATRASO).
En todo caso, el atraso en la entrega del servicio no podrá exceder los 30 días hábiles contados desde la fecha establecida para el servicio. Si excediese, la IIª Brigada Aérea quedará facultada para poner término inmediato al contrato.
El factor que se aplicará para el cobro del total de la multa será el correspondiente al último día hábil de atraso para todo el periodo.
Se entiende por “atraso”, el tiempo transcurrido en días hábiles desde la fecha de la entrega estipulada en la orden de compra, hasta la fecha efectiva de recepción conforme del trabajo.
En caso de cobrar multa, la IIª Brigada Aérea, notificará al ADJUDICATARIO mediante correo electrónico del mencionado cobro, para lo cual este dispondrá de 48 horas para realizar sus descargos, en caso no recibir respuesta o descargos no justificados se aplicarán automáticamente las multas, ante lo cual el proveedor no podrá reclamar, declarándose conforme.
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