Integración |
La Comisión Evaluadora estará integrada por 3 funcionarios de planta o contrata propuestos por la Secretaria Ejecutiva del Sistema Elige Vivir Sano, quien también podrá integrarla.Lo anterior será sancionado mediante acto administrativo que dictará la Jefatura de la División de Administración y Finanzas, lo cual que será informado a través del portal www.mercadopublico.clantes de la fecha de cierre de presentación de las propuestas. Con todo podrá integrarse la comisión evaluadora conforme señala el inciso 5° del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras, siguiendo las limitaciones ahí indicadas.
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Plazo para evaluar. |
La comisión de evaluación dispondrá de un plazo de hasta 15 días corridos para evaluar contado desde el día de la apertura electrónica.
El proceso de evaluación será interno y no se entregará información durante su desarrollo a los oferentes.
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Consultas aclaratorias a oferentes |
La comisión evaluadora -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal.
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Errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación |
La comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en sus propuestas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, afectando los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, ni se altere la esencia de la oferta o el precio de la misma. Se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
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Desempate. |
En caso de existir algún empate en el puntaje obtenido por los oferentes de acuerdo a los criterios anteriores, se preferirá al que haya obtenido un mayor nota en el criterio oferta técnica y en segundo lugar el mayor puntaje obtenido en el criterio oferta económica.
En caso que persistiera el empate, una vez aplicadolos Criterios anteriores, se decidirá la propuesta ganadora en función del criterio compras públicas inclusivas
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Cierre del proceso de evaluación |
Terminada la etapa evaluativa, la comisión levantará un acta de evaluación, en la que deberá dejar constancia de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. Cómo mínimo, el acta mencionada deberá contener la siguiente información:
i). El listado de las ofertas evaluadas por la Comisión.
ii). Los puntajes asignados a cada oferta según los criterios establecidos en las bases.
iii). Las consideraciones que hubieren motivado la descalificación de ofertas y que la Comisión estime conveniente consignar.
iv). El nombre, cargo y firma de los funcionarios que participaron en la evaluación.
El informe final de evaluación, será publicada en el portal en conjunto con la resolución que adjudique la licitación.
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Obligaciones laborales y previsionales |
Junto con la devolución del contrato firmado, el contratista deberá acompañar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo o bien una entidad acreditada para el efecto, a fin de que la Subsecretaría verifique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos contratados en los últimos dos años. De existir, la Subsecretaría dará curso al contrato debiendo el Contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2°, del artículo 4° de la Ley N° 19.886.
La Subsecretaría podrá ejercer esta facultad en cualquier momento durante la vigencia del contrato. Para este efecto se materializará como una cláusula en el mismo.
En caso de no acompañar el certificado, asiste a la Subsecretaría la facultad de readjudicar el contrato conforme las reglas que da cuenta el N° 7 de estas bases.
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Termino anticipado del contrato |
La Subsecretaria pondrá término anticipado al contrato en la forma y casos señalados en el artículo 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su Reglamento. Asimismo, el contrato podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito u ocurrencia de la condición de no contemplar la respectiva ley de presupuestos del sector público recursos para financiar el contrato.
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 13 letra b) de la Ley N° 19.886 y artículo 77 N° 2 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, se considerará que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista en los siguientes casos:
a) Si el contratista no destina los recursos suficientes para la prestación de los servicios.
b) Que las multas acumuladas por retardo o incumplimiento en la entrega de los productos y/oservicios convenidos superen al 10% del precio total del contrato.
c) Por infracción del deber de confidencialidad durante la vigencia del contrato y/o resguardo de datos personales, de ser aplicable al servicio (Ley N° 19.628).
d) En caso que se abandone la ejecución de los servicios o entrega de productos convenidos.
e) En caso que se abandone la ejecución de los servicios convenidos. Se estimará como abandono el retardo en la entrega de un informe o producto por un plazo mayor de 15 días corridos contados desde el vencimiento del plazo estipulado para su entrega o la prórroga que se encontrase corriendo.
f) Si el contratista se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren lascauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento delcontrato.
g) En caso de no entregar la respectiva caución del contrato conforme establecen las presentes bases.
h) Si el contratista no emplea personal en la cantidad y con las competencias necesarias parala prestación del servicio, no cumple con lo señalado en su oferta técnica, requerimientosreglamentarios que le sean aplicables en razón de su giro, entre otros.
i) Si perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de suactividad.
j) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con susactuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad delperíodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
k) Conductas del proveedor que impliquen una infracción a las normas contenidas en el "pactode integridad" señalado en estas bases.
l) Ocurrencia de alguna Infracción a una obligación específica señaladas en las basesadministrativas y técnicas que expresamente señalen que constituye incumplimiento grave.
m) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objetode vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán losantecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
n) Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la DTP, en la medida que la DTPno pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismostérminos adjudicados.
o) Si la UTP oculta información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera desus miembros.
p) Disolución de la UTP.
q) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o máscaracterísticas objeto de la evaluación de la oferta.
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Subcontratación. |
El proponente podrá subcontratar servicios no asociados al diseño y prueba de cuestionarios, levantamiento, supervisión y validación de datos, y documentación del proceso. Lo anterior deberá ser señalado expresamente en su propuesta indicando a quien subcontratará. Con todo la completa responsabilidad del proceso y la coordinación de todas las tareas permanecerán radicadas en el contratista que se adjudique la presente licitación.
En caso que la subcontratación implique el uso de información, las obligaciones referidas a ésta serán igualmente oponibles al subcontratista, debiendo el proponente adjudicado suscribir los documentos necesarios que resguarden el cumplimiento de los deberes de confidencialidad estipulados en estas Bases.
El hecho de subcontratar parte de los servicios no exime de responsabilidad al contratista en el cumplimiento de las obligaciones que emanen del contrato que al efecto se suscriba con el Ministerio, entendiéndose que queda igualmente obligado a la ejecución de los servicios de que se trata, en los plazos y condiciones que se estipulen en dicho instrumento, no siendo válido excusarse por retardos, incumplimientos, y otros por la actuación de los subcontratados.
Los subcontratados por parte del contratista no tendrán relación alguna, ni directa ni indirecta con el Ministerio, no desarrollando en ningún caso labores al interior de las dependencias del Ministerio, por ende este no contrae obligación alguna por concepto de remuneraciones o cotizaciones previsionales u otras obligaciones laborales o previsionales, respecto del personal que otorga servicios para el contratista, sea directamente o como subcontratista, las que serán de responsabilidad exclusiva de este último.
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Mantención de los servicios materia de la licitación |
Los costos asociados a las mantenciones, tales como ajustes, rectificación, regularización de los servicios y similares, para la continuidad operativa de los servicios, en las condiciones y niveles de servicio requeridos, serán de cargo del contratista. Asimismo, se consideran dentro de este ítem, los mayores costos que deba asumir el contratista por situaciones no previstas en el mercado, estructura de su empresa, personal e infraestructura tecnológica de éste al momento de formular la oferta.
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Confidencialidad |
El contratista, durante el desarrollo del contrato y una vez expirado éste, está obligado a guardar reserva y quedará expresamente prohibido utilizar total o parcialmente datos, resultados o cualquier antecedente que haya mantenido en su poder, sin la previa y debida autorización por escrito de la Subsecretaría. Lo anterior, en concordancia con lo dispuesto en el número siguiente.
Por lo anterior, los proponentes deberán explicitar en su propuesta un modelo de aseguramiento de la confidencialidad de sus directivos y/o personal que se desempeñe en el cometido de los servicios, a modo de ejemplo; autorizaciones, declaraciones de confidencialidad, etc.
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Propiedad de la información |
Será de propiedad exclusiva de la Subsecretaría, la información residente en medios magnéticos, electrónicos y documentación que se entregue al contratista para la ejecución de los servicios objeto de esta licitación.
El contratista, por tanto, renuncia expresamente a cualquier pretensión de derechos de propiedad sobre los productos obtenidos de dicha información. En consecuencia, al término del contrato no podrá conservar en su poder parte alguna de dichos productos ni utilizarlos en proyectos futuros.
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Propiedad Intelectual y Otros. |
Los resultados materia del suministro y toda la información generada en el marco del contrato serán de propiedad del Ministerio de Desarrollo Social, quedando prohibido al contratista su utilización sin la autorización escrita y previa
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Reserva y Secreto Estadístico |
El contratista está obligado a resguardar reserva y quedará expresamente prohibido utilizar total o parcialmente mapas, direcciones, datos, resultados, actas, informes o cualquier antecedente que haya mantenido en su poder en virtud de este contrato, sin la previa y debida autorización por escrito del Ministerio.
Para tal efecto y a fin de dar consistencia a la presente obligación, el contratista se obliga a gestionar con los trabajadores que participarán del servicio que este Ministerio le encomienda, que suscriban el respectivo “Acuerdo de confidencialidad” establecido en las bases técnicas.
En particular, el contratista se obliga a resguardar el secreto estadístico establecido en la Ley N° 19.628 o bien respecto de los artículos 29° y 30° de la Ley N°17.374, de serle aplicable.
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Tratamiento de datos personales |
Siendo la Subsecretaría, el responsable del registro o banco de datos de la información que insumirá los servicios que preste el contratista, éste se compromete a guardar y asegurar la confidencialidad de toda la información, documentación y datos que la Subsecretaría le provea o tome conocimiento durante el desarrollo del servicio en conformidad a lo establecido en la Ley N° 19.628 de “Protección de Datos de Carácter Personal”. De ninguna manera podrá utilizar dicha información, sea total o parcial, para otros fines que los expresamente establecidos en el presente contrato. Además, deberá proteger la información proporcionada de manera tal, que se impida por todos los medios, el acceso a personas no autorizadas expresamente por la Subsecretaría, debiendo tomar las medidas necesarias y razonables para que el personal con acceso permitido a la información, incluidos los subcontratistas y consultores en su caso, cumplan con la obligación contraída respecto al uso y protección de la misma.
La divulgación, fuga y/o filtración por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información asociada al presente contrato, por medios o canales distintos a los acá pactados facultará a la Subsecretaría para poner término anticipado al contrato.
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Reemplazo en el Equipo Técnico en la propuesta que resulte adjudicada. |
El proponente que resulte adjudicado, una vez que le sea notificada la adjudicación, deberáinformar de todo cambio en la designación del equipo responsable de la propuesta, toda vezque su composición e integración es un elemento que fue evaluado y que determina de formasignificativa la adjudicación.
A este efecto, ante cambios en la composición del equipo, esto es, dedicación horaria o reemplazo de los integrantes, el proponente adjudicado deberá informarlo por escrito a laContraparte Técnica en un plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a su reemplazo,informando la forma en que será compensado respecto de la integración del equipo de trabajoseñalado en su propuesta.
En caso que la modificación informada comprometa en forma sustancial la dedicación horaria,especialidad profesional, experiencia en las materias de que trate la contratación, entre otrascircunstancias, de forma tal que de haberse presentado el equipo de trabajo con dichamodificación la evaluación técnica hubiese recibido un puntaje inferior al que obtuvo lapropuesta al ser adjudicada, la Subsecretaría se reserva el derecho a poner término anticipadoal contrato y a hacer efectivas las garantías que estuviesen vigentes.
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Resolución de conflictos |
En la eventualidad que en el curso del contrato se produjeran discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la prestación de los servicios, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando del tema en controversia, aparezca mencionado primero en la lista indicada a continuación:
a) Bases de Licitación
b) Aclaraciones
c) Contrato
d) Propuesta Técnica del contratista
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