Integración. |
La Comisión Evaluadora estará integrada por 3 funcionarios de planta o contrata de la Subsecretaría de Servicios Sociales. Lo anterior será sancionado mediante acto administrativo que dictará la Jefatura de la División de Administración y Finanzas, lo cual que será informado a través del portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha de cierre de presentación de las propuestas. Con todo podrá integrarse la comisión evaluadora conforme señala el inciso 5° del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras, siguiendo las limitaciones ahí indicadas.
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Plazo para evaluar |
La comisión de evaluación dispondrá de un plazo de hasta 15 días corridos para evaluar contado desde el día de la apertura electrónica.
El proceso de evaluación será interno y no se entregará información durante su desarrollo a los oferentes.
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Consultas aclaratorias a oferentes. |
La comisión evaluadora -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal.
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Errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación |
La comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en sus propuestas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, afectando los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, ni se altere la esencia de la oferta o el precio de la misma. Se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
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Presentación de certificaciones o antecedentes |
Que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Las certificaciones o antecedentes antes señalados deberán ser presentados a través de su ingreso al portal www.mercadopublico.cl en el plazo fatal de 48 horas, contados desde el día siguiente al de su aviso vía electrónica. Vencido el plazo sin que medie la respectiva entrega en el portal indicado, la oferta será declarada inadmisible.
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Desempate |
En caso de existir algún empate en el puntaje obtenido por los oferentes de acuerdo a los criterios anteriores, se preferirá al que haya obtenido un mayor puntaje en la propuesta técnica. Si persiste el empate, se decidirá por aquel oferente que haya obtenido un mayor puntaje en el criterio económico. En caso de continuar, se decidirá por aquel oferente que haya obtenido un mayor puntaje en el criterio compras públicas inclusivas.
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Cierre del proceso de evaluación |
Terminada la etapa evaluativa, la comisión levantará un acta de evaluación, en la que deberá dejar constancia de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. Cómo mínimo, el acta mencionada deberá contener la siguiente información:
i). El listado de las ofertas evaluadas por la Comisión.
ii). Los puntajes asignados a cada oferta según los criterios establecidos en las bases.
iii). Las consideraciones que hubieren motivado la descalificación de ofertas y que la Comisión estime conveniente consignar.
iv). El nombre, cargo y firma de los funcionarios que participaron en la evaluación.
El informe final de evaluación, será publicada en el portal en conjunto con la resolución que adjudique la licitación.
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Cesión |
El contratista tiene expresa prohibición de ceder por cualquier causa o bajo cualquier título los derechos y deberes que adquiera por adjudicación y contrato, considerándose que de incurrir en tal situación se verificará por su parte un incumplimiento grave, pudiendo el Ministerio a través de la Subsecretaría proceder según lo establecido en el punto 8.9., de las presentes bases, sin perjuicio de lo establecido en el punto 9 de las mismas.
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Multas por incumplimiento contractual |
El Ministerio estará facultado para aplicar y cobrar multas al contratista cada vez que se verifique un incumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Se entenderá que existe incumplimiento en las siguientes situaciones:
a). Si entrega informes erróneos o cualquier tipo de información o documento establecido en estas bases o en el contrato que adolezca de ello.
b). Si entrega cualquiera de los productos solicitados en las bases técnicas, fuera del plazo acordado.
c) Si el trabajo de campo no se ejecuta en los tiempos definidos con el Ministerio y estipulados en el Plan de trabajo y Carta Gantt por responsabilidad del contratista.
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Procedimiento para la aplicación de multas |
Si la contraparte técnica del Ministerio considera que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al contratista, indicando el monto y fundamentos de la misma.
El contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la fecha de la comunicación, para formular descargos. Con el mérito de ellos, o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Ministerio resolverá sobre el particular, previa ponderación de los antecedentes, notificando por escrito al contratista.
Una vez perfeccionada la aplicación de una multa, su monto será descontado del estado de pago correspondiente a la facturación que corresponda o bien podrá hacerse efectiva contra las cauciones vigentes, si no hubieren pagos por efectuar.
No procederá esta sanción, si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por el Ministerio, mediante Resolución fundada.
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Contraparte técnica |
La contraparte técnica del Ministerio será el Jefe de la División de Focalización y/o un funcionario que éste designe y el Jefe de la División de Promoción y Protección Social y/o un funcionario que éste designe, y así lo informe al contratista (designarán un titular y un suplente). Esta información será notificada por la Subsecretaría al proveedor, donde se detallen a los titulares y suplentes. La contraparte técnica tendrá a lo menos los siguientes deberes:
a) Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios, velando por el estricto cumplimento de los objetivos del contrato y condiciones acordadas, en especial debe informar si acontece la condición establecida en el 8.9 de las presentes bases.
b) Velar por el fiel cumplimiento del o los acuerdos operativos firmados, de acuerdo a lo establecido en el 8.7 de estas bases.
c) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
d) De ser necesario, aprobar los servicios que deban entregarse, planteando al contratista las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes. En particular, podrá exigirle al contratista que mejore los estándares de calidad de servicio, si estima que estos son deficientes.
e) Proponer la aplicación de las sanciones, multas e informar los incumplimientos que se produzcan por parte del contratista.
f) Dar la aprobación a efectos de que el Ministerio de curso al pago en conformidad con las normas establecidas en el N°8.1, letra f) y en el N° 8.4 de las presentes bases administrativas.
g) Informar las situaciones consignadas en el N° 8.4 de las presentes Bases.
h) Cursar la devolución de la boleta de garantía bancaria de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, o solicitar que se haga efectiva, según corresponda.
i) Cursar la devolución de la boleta de garantía de seriedad de la oferta, o solicitar que se haga efectiva, según corresponda.
j) Deberá tramitar las autorizaciones que se requieran y efectuar las coordinaciones que correspondan con las instancias técnicas y administrativas competentes o relacionadas con la materia.
k) Otras que le entreguen las bases administrativas y técnicas, y en general todas aquellas que tengan por objeto velar por los intereses del Ministerio y de la recta ejecución del contrato.
Por su parte, el contratista deberá designar una contraparte técnica que se relacionará con la contraparte técnica del contrato para la correcta ejecución del contrato.
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Acuerdos operativos |
Las presentes bases contemplan y así se considerará en el respectivo contrato, la posibilidad de que la contraparte técnica de la Subsecretaría y del contratista, puedan definir uno o más acuerdos operativos, los cuales tendrán por finalidad: acordar protocolos de coordinación y comunicación con la contraparte técnica y entidades correspondientes frente a contingencias que sean significativas para los programas sociales de esta Subsecretaría; definir etapas específicas contenidas en las presentes bases; acordar fechas específicas para etapas o hitos relevantes contenidos en las presentes bases y luego en el contrato; y en general otros de orden administrativo, operativo y/o técnico que se encuentren dentro del marco contractual de los servicios. Lo anterior, se materializará mediante actas firmadas por la contraparte técnica del contratista y la contraparte técnica de la Subsecretaría.
En ningún caso los acuerdos antes citados podrán implicar una alteración a las disposiciones de estas bases o alterar disposiciones del contrato, ni alterar aspectos esenciales de la propuesta técnica o los valores expresados en la oferta económica del contratista.
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Obligaciones laborales y previsionales |
Junto con la devolución del contrato firmado, el contratista deberá acompañar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo o bien una entidad acreditada para el efecto, a fin de que la Subsecretaría verifique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos contratados en los últimos dos años. De existir, la Subsecretaría dará curso al contrato debiendo el Contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2°, del artículo 4° de la Ley N° 19.886.
La Subsecretaría podrá ejercer esta facultad en cualquier momento durante la vigencia del contrato. Para este efecto se materializará como una cláusula en el mismo.
En caso de no acompañar el certificado, asiste a la Subsecretaría la facultad de readjudicar el contrato conforme las reglas que da cuenta el N° 7 de estas bases.
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RESERVA DE DERECHOS |
La Subsecretaría se reserva el derecho a:
a) Revocar el presente llamado a licitación hasta antes de la fecha de presentación de propuestas, como resultado de modificaciones presupuestarias sobrevinientes, y, en general, por fuerza mayor o caso fortuito, mediante acto administrativo fundado al efecto que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl.
b) La Subsecretaría podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Subsecretaría evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de las mismas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl.
c) Declarar desierta la licitación en caso que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se licitan.
d) Adjudicar a la propuesta que sea la mejor combinación de factores técnicos aunque no sea la del menor precio ofrecido.
e) Realizar observaciones a la propuesta técnica que resulte adjudicada para la ejecución del trabajo, las que deberán ser incorporadas por el proponente adjudicado en la ejecución de los servicios de que se trata, siempre que ello no signifique un costo mayor para el adjudicatario, una modificación esencial a los servicios licitados o una alteración al principio de igualdad entre los proponentes.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso citatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Mantención de los servicios materia de la licitación |
Los costos asociados a las mantenciones, tales como ajustes, rectificación, regularización de los servicios y similares, para la continuidad operativa de los servicios, en las condiciones y niveles de servicio requeridos, serán de cargo del contratista. Asimismo, se consideran dentro de este ítem, los mayores costos que deba asumir el contratista por situaciones no previstas en el mercado, estructura de su empresa, personal e infraestructura tecnológica de éste al momento de formular la oferta.
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Confidencialidad |
El contratista, durante el desarrollo del contrato y una vez expirado éste, está obligado a guardar reserva y quedará expresamente prohibido utilizar total o parcialmente datos, resultados o cualquier antecedente que haya mantenido en su poder, sin la previa y debida autorización por escrito de la Subsecretaría. Lo anterior, en concordancia con lo dispuesto en el número siguiente.
Por lo anterior, los proponentes deberán explicitar en su propuesta un modelo de aseguramiento de la confidencialidad de sus directivos y/o personal que se desempeñe en el cometido de los servicios, a modo de ejemplo; autorizaciones, declaraciones de confidencialidad, entre otras (Completar Anexo N°11).
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Propiedad de la información |
Será de propiedad exclusiva de la Subsecretaría, la información residente en medios magnéticos, electrónicos y documentación que se entregue al contratista para la ejecución de los servicios objeto de esta licitación.
El contratista, por tanto, renuncia expresamente a cualquier pretensión de derechos de propiedad sobre los productos obtenidos de dicha información. En consecuencia, al término del contrato no podrá conservar en su poder parte alguna de dichos productos ni utilizarlos en proyectos futuros.
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Propiedad Intelectual y Otros. |
Los resultados materia del suministro y toda la información generada en el marco del contrato serán de propiedad del Ministerio de Desarrollo Social, quedando prohibido al contratista su utilización sin la autorización escrita y previa
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Reserva y Secreto Estadístico |
El contratista está obligado a resguardar reserva y quedará expresamente prohibido utilizar total o parcialmente mapas, direcciones, datos, resultados, actas, informes o cualquier antecedente que haya mantenido en su poder en virtud de este contrato, sin la previa y debida autorización por escrito del Ministerio.
Para tal efecto y a fin de dar consistencia a la presente obligación, el contratista se obliga a gestionar con los trabajadores que participarán del servicio que este Ministerio le encomienda, que suscriban el respectivo “Acuerdo de confidencialidad” establecido en las bases técnicas.
En particular, el contratista se obliga a resguardar el secreto estadístico establecido en la Ley N° 19.628 o bien respecto de los artículos 29° y 30° de la Ley N°17.374, de serle aplicable.
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Tratamiento de datos personales |
Siendo la Subsecretaría, el responsable del registro o banco de datos de la información que insumirá los servicios que preste el contratista, éste se compromete a guardar y asegurar la confidencialidad de toda la información, documentación y datos que la Subsecretaría le provea o tome conocimiento durante el desarrollo del servicio en conformidad a lo establecido en la Ley N° 19.628 de “Protección de Datos de Carácter Personal”. De ninguna manera podrá utilizar dicha información, sea total o parcial, para otros fines que los expresamente establecidos en el presente contrato. Además, deberá proteger la información proporcionada de manera tal, que se impida por todos los medios, el acceso a personas no autorizadas expresamente por la Subsecretaría, debiendo tomar las medidas necesarias y razonables para que el personal con acceso permitido a la información, incluidos los subcontratistas y consultores en su caso, cumplan con la obligación contraída respecto al uso y protección de la misma.
La divulgación, fuga y/o filtración por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información asociada al presente contrato, por medios o canales distintos a los acá pactados facultará a la Subsecretaría para poner término anticipado al contrato.
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Reemplazo en el Equipo Técnico en la propuesta que resulte adjudicada |
El proponente que resulte adjudicado, una vez que le sea notificada la adjudicación, deberá informar de todo cambio en la designación del equipo responsable de la propuesta, toda vez que su composición e integración es un elemento que fue evaluado y que determina de forma significativa la adjudicación.
A este efecto, ante cambios en la composición del equipo, esto es, dedicación horaria o reemplazo de los integrantes, el proponente adjudicado deberá informarlo por escrito a la Contraparte Técnica en un plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a su reemplazo, informando la forma en que será compensado respecto de la integración del equipo de trabajo señalado en su propuesta.
En caso que la modificación informada comprometa en forma sustancial la dedicación horaria, especialidad profesional, experiencia en las materias de que trate la contratación, entre otras circunstancias, de forma tal que de haberse presentado el equipo de trabajo con dicha modificación la evaluación técnica hubiese recibido un puntaje inferior al que obtuvo la propuesta al ser adjudicada, la Subsecretaría se reserva el derecho a poner término anticipado al contrato y a hacer efectivas las garantías que estuviesen vigentes.
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Resolución de conflictos |
En la eventualidad que en el curso del contrato se produjeran discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la prestación de los servicios, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando del tema en controversia, aparezca mencionado primero en la lista indicada a continuación:
a) Bases de Licitación
b) Aclaraciones
c) Contrato
d) Propuesta Técnica del contratista
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Consultas sobre la adjudicación |
Las consultas referidas a la adjudicación se deben realizar al correo electrónico mherrerav@desarrollosocial.cl
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Legalidad de las bases |
Sin prejuicio de lo aquí señalado, siempre primará lo indicado en la Resolución Exenta N°0647, adjunta.
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