1. DISPOSICIONES GENERALES
De conformidad a las políticas gubernamentales sobre equidad de género, se hace necesario indicar que: El Ministerio de Obras Públicas, a través de la Dirección de Vialidad, no discrimina por género, ni por ninguna otra condición, por lo tanto, en la redacción de estas Bases y en todos aquellos instrumentos que se elaboren a consecuencia del presente documento, se utilizará un lenguaje “no sexista”, es decir, que no discrimine ni marque diferencias entre hombres y mujeres.
Por lo anterior, y también para evitar la sobrecarga gráfica que supondría la inclusión en español de “o/a” para marcar la existencia de ambos sexos, se ha optado por utilizar el genérico, en el entendido de que todas las menciones representan siempre a todos/as, hombre y mujer, abarcando claramente ambos sexos.
1.1. OBJETIVOS
La Dirección de Vialidad, Región de Los Lagos, solicita ofertas para generar CONVENIO DE MANTENCION Y REPARACION PARA VEHICULOS MARCA CHEVROLET “DE LA DIRECCION DE VIALIDAD, REGION DE LOS LAGOS”, de acuerdo a los requerimientos de las presentes Bases.
1.2. PARTICIPANTES
Podrán participar todos aquellos proveedores que se encuentren registrados como tales, en el portal www.chilecompra.cl., y www.chileproveedores.cl, que no presenten incumplimientos graves en procesos de licitaciones anteriores que hayan afectado los programas de trabajo de la Dirección de Vialidad Región de Los Lagos.
Se exigirá la inscripción de los proveedores en www.chileproveedores.cl, esto de acuerdo a la Circular Nº 3 de fecha 05.01.2007 del Ministerio del Interior y Ministerio de Hacienda., proveedor que no cumpla con este requisito no podrán participar en esta Licitación Pública.
1.1 1.3. Normativa Aplicable
Para efectos del estudio, preparación y presentación de ofertas, los proponentes deberán considerar los siguientes antecedentes:
- Las Bases Administrativas y en todo lo no previsto por ellas, las disposiciones de la Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus modificaciones.
- Reglamento de Compras Públicas contenido en el Decreto Hacienda Nº 611/2024.
- Las Bases Técnicas.
- Los Anexos.
- Las aclaraciones y respuestas a las consultas entregadas a los oferentes a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl (en adelante, el “Portal”).
- La normativa vigente aplicable a la presente licitación. Dentro de ella, las disposiciones en el
D.F.L. MOP Nº 850/1997, Decreto MOP Nº 1141/2006, Modificado por Decreto MOP Nº 412/2007 que aprueba el Reglamento sobre Adquisiciones de Bienes Muebles Nacionales y por Importación y de Contrataciones de Servicios y el Manual de Carreteras en lo que corresponda, y en especial toda la normativa ambiental aplicable para la actividad objeto de las presentes Bases, tanto de carácter general como aquella contenida en Reglamentos u otro instrumento normativo.
Los antecedentes antes indicados, para todos los efectos legales y administrativos, se aplicaran en el orden de prelación antes indicado y formarán parte integrante del contrato que se suscriba con el adjudicatario, y en consecuencia, estará obligado a dar cabal cumplimiento a todas las disposiciones establecidas en ellos.
1.4. PLAZOS DE LA LICITACIÓN
Los plazos de las diferentes etapas de la presente licitación, son los que se indican a continuación. Estos plazos se computarán en días corridos, sin embargo, si el último día de los plazos señalados recayere en, los días sábados, domingos y/o los festivos, se entenderán que vencen el día hábil siguiente:
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Publicación
|
La Publicación de las Bases de Licitación se realizará dentro de
Las 24 horas., siguientes a la total tramitación de la Resolución de Aprobación de Bases de Licitación.
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Cierre de Recepción de
Ofertas
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10 días siguientes a la fecha de publicación.
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Acto de Apertura
Técnica y Económica
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Este acto se realizará en la fecha de cierre de recepción de
Ofertas.
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Preguntas aclaración
Bases
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El oferente tendrá 5 días contados desde la fecha de publicación
Para generar preguntas de aclaración de las Bases de Licitación. Asimismo, la Dirección de Vialidad tendrá 03 días hábiles, contado desde la fecha de la solicitud de aclaración, para entregar las respuestas a dichas preguntas.
|
|
Fecha de Adjudicación
|
Una vez la Resolución de Adjudicación se encuentre totalmente
Tramitada. .
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Sin perjuicio de los plazos señalados anteriormente, el llamado a licitación deberá permanecer publicado en el Portal, por un plazo mínimo de 15 días posterior a la fecha de recepción de ofertas.
La Publicación de Resolución que aprueba las Respuestas, Aclaraciones y/o Modificaciones, si las hubiere, puede hacer necesaria la extensión de la fecha de Presentación de Ofertas (Cierre en el Portal) en la Ficha de la licitación en el Portal, por lo tanto, los oferentes deberán revisar, periódicamente, el proceso en dicho Portal.
Dentro de las 24 horas siguientes a la Apertura Electrónica, los oferentes podrán efectuar sus observaciones a través del Portal.
La presente licitación se efectuará en una etapa, es decir, en el acto de Apertura Electrónica se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica de TODOS los oferentes que hayan ingresado dichas ofertas en el Portal.
2. PREGUNTAS Y RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES
Los oferentes podrán efectuar consultas a las presentes BA (Bases Administrativas) y BT (Bases Técnicas), utilizando la funcionalidad Preguntas y Respuestas del Portal. El formato para hacer las preguntas es el siguiente:
BA, Página , Punto Nº , Pregunta:
BT, Página , Punto Nº , Pregunta:
Las respuestas a las preguntas, las Aclaraciones y/o Modificaciones que la Dirección estime necesario hacer a las presentes BA y BT, serán aprobadas mediante acto administrativo totalmente tramitado y publicado en el Portal, en los plazos señalados en el punto 1.4, letra d) y formarán, para todos los efectos legales y contractuales, parte integrante de las presentes BA y BT, obligando a los oferentes.
3. OFERTA ECONÓMICA
La Oferta económica (valor unitario HORA/HOMBRE) deberá ser ingresada a través del Portal Mercado Público, hasta la fecha y hora de cierre que indica el Sistema y Anexo N° 8.
Se deberá adjuntar un listado con el detalle del costo de hora / hombre según sea el caso correspondiente:
- Costo hora / hombre Mecanizado en Taller Particular.
4. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico y a través del Portal, serán de carácter irrevocable y no podrán estar sujetas a condición alguna.
Todos los anexos singularizados en las presentes Bases y los documentos que deban ser suscritos para la contratación, deben ser firmados por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en Registro de Proveedores, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos y documentos de la oferta.
No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19886.
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases, las normas y las condiciones que regulan tanto el mecanismo de la licitación, selección y adjudicación, así como la correcta entrega del producto objeto de la licitación, sin necesidad de declaración expresa
5. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFEERTA
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 45 días a contar de la fecha de apertura.
6. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas serán evaluadas tomando en cuenta los criterios y ponderación que a continuación se señalan:
6.1 Precio:
La evaluación del precio ofertado tendrá una ponderación del 40%.
La Comisión analizará el precio que presenten los oferentes en el Anexo N°8, otorgándole mayor puntaje al oferente que entregue el valor más conveniente según estas fórmulas:
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Ítem
|
Detalle
|
Fórmula puntaje
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1.
|
Valor mano de obra mecánico en taller particular, jornada normal
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(Precio Mínimo Ofertado en el Ítem A / Precio Analizado para el Ítem A)
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|
|
Puntaje PRECIO OFERTADO = [ (A / A ] * 40
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|
|
|
|
|
|
6.2 Porcentaje de Recargo de los Repuestos y Servicios Subcontratados:
La evaluación del porcentaje de recargo de los repuestos y servicios subcontratados tendrá una ponderación del 5%.
La Comisión analizará el porcentaje que el Contratista declara en el Anexo Nº7 que recargará a los precios de repuestos y servicios que deba adquirir, otorgando mayor puntaje al oferente que presente los menores porcentajes de recargo en repuestos adquiridos y servicios subcontratados.
NOTA: PORCENTAJE NO DEBE EXEDER EL 35%, DE LO CONTRARIO OFERTA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
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PORCENTAJE DE RECARGO OFERTADO
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Puntaje
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|
Entre 1% y menor al 5%
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10
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Igual o mayor al 5% y menor al 10%
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07
|
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Igual o mayor al 10% y menor al 15%
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05
|
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Igual o mayor al 15% y menor o Igual al 35%
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02
|
|
No informa
|
0
|
6.3 Experiencia de los Oferentes
La evaluación de la experiencia de la empresa y del personal técnico tendrá una ponderación del 20%.
La Comisión analizará la experiencia de los oferentes según lo que informan en el Anexo Nº2 en el cual se indica cantidad de personal técnico (mecánicos, ingenieros mecánicos, ingenieros en ejecución) dedicado a la reparación y mantenimiento de Vehículos. Adjuntos al Anexo Nº2 se deben incluir los currículums firmados de cada uno de los integrantes del personal técnico, además de las copias legalizadas que acrediten sus títulos y capacitaciones. Para el cálculo del puntaje, la Comisión obtendrá para cada integrante del personal técnico la cantidad de años de experiencia especificada en su currículum y realizará una suma. Luego, dicha suma la dividirá por la cantidad de personal técnico declarado en el Anexo Nº2 y asignará el puntaje según el cuadro mostrado a continuación:
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|
|
Suma de los años de experiencia de cada
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|
EXPERIENCIA PROMEDIO DEL PERSONAL TÉCNICO DE
|
integrante del personal técnico
|
|
=
|
Número de integrantes del personal técnico de la empresa
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LA EMPRESA, SEGÚN ANEXO 2
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|
|
A su vez, la experiencia de la empresa se obtendrá de acuerdo a la antigüedad de ésta, pudiendo presentar Primera Factura, órdenes de compra, convenios, de las que se obtendrá la cantidad de años de antigüedad, con lo que se calculará los Años de experiencia promedio Obtenido por el oferente, según el siguiente cuadro mostrado a continuación:
AÑOS EXPERIENCIA PROMEDIO OBTENIDO POR EL OFERENTE
Experiencia de la empresa + Experiencia promedio
= de personal técnico
2
|
OFERENTE
|
EXPERIENCIA DE LA EMPRESA
|
EXPERIENCIA DEL PERSONAL TÉCNICO
|
AÑOS EXPERIENCIA
OBTENIDA
|
|
TIPO DOCUMENTO
|
AÑOS
|
PERSONAL
|
AÑOS
|
|
|
|
|
1
|
|
Exp. Emp. + Exp. Pro.
Pers.
2
|
|
2
|
|
|
3
|
|
|
Experiencia
Empresa
|
|
Experiencia promedio
de Personal
|
|
|
|
EXPERIENCIA PROMEDIO DEL OFERENTE
|
Puntaje
|
|
Menos de 2 años
|
05
|
|
Mayor o igual a 2 años y menor a 5 años
|
10
|
|
Mayor o igual a 6 años y menor a 10 años
|
15
|
|
Mayor o igual a 10 años
|
20
|
|
No informa o no tiene experiencia
|
00
|
|
|
|
|
|
|
|
6.4 Capacidad técnica del Oferente.
La evaluación de la capacidad técnica tendrá una ponderación del 15%.
La Comisión analizará en terreno, la capacidad técnica de los oferentes. Los oferentes deberán declarar los ítems técnicos según el Anexo Nº3 cuyos datos serán cotejados por la Comisión en terreno. La Comisión verificará que la empresa cumple con los criterios especificados a continuación y el puntaje se asignará según la calidad correspondiente.
a) La empresa cuenta con acreditación de especialidad en mantención y reparación de maquinaria de alguna de las marcas, para las cuales se solicita este Servicio.
b) Cantidad de personal técnico especializado idóneo y suficiente para el mantenimiento y reparación en taller.
c) El taller cuenta con documentos que acreditan propiedad del terreno o contrato de arriendo u otro que permite utilizar el terreno como taller, además del permiso municipal. Si no presenta la documentación la oferta queda fuera de Bases y corresponde desecharla.
d) La empresa cuenta con zona de lavado de equipos (cantidad de hidrolavadora y espacio en el taller).
e) La empresa cuenta con herramienta operativas para testeo de sistema hidráulico, neumáticos, electrónicos, eléctrico etc. en vehículos.
|
ITEM
|
CAPACIDAD TÉCNICA DE LA EMPRESA
|
FÓRMULA PUNTAJE
|
|
A
|
Acreditación de servicio especializado en la marca
|
Tiene acreditación 1 pto.
Si NO presenta, la oferta está fuera de bases
|
|
B
|
Cantidad de personal técnico especializado idóneo y suficiente para el mantenimiento y reparación en taller.
|
(Cantidad de personal analizado en Ítem B
/Mayor cantidad personal ofertado Ítem B) 1 pto
|
|
C
|
El taller cuenta con documentos que acreditan propiedad del terreno o contrato de arriendo u otro.
|
Si cuenta 1 pto.
Si NO presenta, la oferta está fuera de bases
|
|
D
|
La empresa cuenta con zona de lavado de equipos
|
Si cuenta 1 pto.
Si NO presenta, la oferta está fuera de bases
|
|
E
|
La empresa cuenta con herramientas operativas
|
Si cuenta 1 pto.
Si NO presenta, la oferta está fuera de bases
Adjunta listado de herramienta y equipos en el taller
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Puntaje Capacidad Técnica = [(A+B+C+D+E) / 5] * 15
6.5 Cumplimiento de Requisitos Formales
La evaluación del cumplimiento de los requisitos formales tendrá una ponderación del 5%.
La Comisión analizará el ingreso de todos los anexos obligatorios debidamente firmados por el emisor, otorgando mayor puntaje al oferente que cumpla con los requisitos formales solicitados en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, según el siguiente criterio:
|
REQUISITOS FORMALES
|
Puntaje
|
|
Ingresa todos los anexos obligatorios antes del cierre de la Licitación.
|
5
|
|
Ingresa los anexos obligatorios después de cerrada de Licitación y dentro de 48 horas de efectuada la solicitud en el Portal.
|
0
|
6. 6 Manejo de Residuos Industriales y/o Peligrosos
Este factor se ponderara de la siguiente manera:
|
ITEM
|
MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS
|
PUNTAJE
|
|
A
|
Si mantiene contrato vigente con empresa certificada de retiro de residuos
|
5 puntos
|
|
B
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Plan de manejo de residuos peligrosos
|
2 punto
|
|
C
|
No Tiene y/o no presenta antecedentes
|
0 puntos
|
La evaluación de este factor tendrá una ponderación del 5%.
6.7 Garantía de los Servicios
Este factor se ponderara de la siguiente manera:
Plazo de garantía, el cual será ponderado, de acuerdo a la siguiente tabla: 6- 12 meses => 2 ptos. 12 o más meses => 5 ptos.
Las ofertas que consideren menos de 6 meses de garantía no serán evaluadas.
La evaluación de este factor tendrá una ponderación del 5%.
6.8 Programa de Integridad
La evaluación del Programa de Integridad tendrá una ponderación del 5%.
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PROGRAMA DE INTEGRIDAD
|
|
Puntaje
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|
Acompaña a su declaración copia del programa de integridad en cuestión.
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SI
|
5
|
|
Acompaña a su declaración copia del programa de integridad en cuestión.
|
NO
|
0
|
7. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES Y ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente, según sea el caso, por un Revisor o una Comisión de Evaluación (en adelante la Comisión) compuesta por tres integrantes.
En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por una comisión de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del organismo de la Administración del Estado respectivo o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes.
Los evaluadores no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.
La integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de Información.
Se evaluaran únicamente las propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, la ley y Reglamento, y se declararan inadmisibles las ofertas que no cumplan con estos.
Tanto la verificación de cumplimiento de antecedentes a presentar, como la evaluación de las ofertas aceptadas, quedará consignado en el respectivo Informe o Acta de Evaluación y someterse a lo establecido en el párrafo 7 del Capítulo IV del Decreto de Hacienda N°611 de 2024 y artículos 59, 60 y 61 del mismo cuerpo normativo; artículo 9 de la Ley N°19886, y demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables.
Durante el periodo de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de la misma, tales como la solicitud de aclaraciones, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas o visitas a terreno que esta pudiese requerir durante la evaluación y siempre que hubieren sido previstas en las presentes Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
Los evaluadores, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, circunstancia que se dejará constancia en el Acta de Evaluación de las ofertas, por medio de una declaración jurada simple anexada a dicha acta.
8. CONTACTO POSTERIOR AL CIERRE Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
Una vez realizada la apertura de las ofertas y antes de su adjudicación, la Dirección de Vialidad, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás proveedores, esto es, en tanto no afecten los principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los proveedores a través del sistema de información. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad del “FORO INVERSO” del portal www.mercadopublico.cl.
9. DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de aceptar o desestimar cualquiera de las ofertas, independiente de sus montos y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Informe de Adjudicación correspondiente. En tales casos los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad.
10. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
La Dirección de Vialidad, podrá solicitar a través del Foro Inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones y antecedentes complementarios, como asimismo, información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Para estos efectos, se otorgará un plazo de cuarenta y ocho horas, contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente entregue respuesta a las solicitudes.
En caso de requerir antecedentes omitidos, estos podrán ser aceptados siempre que se trate de antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se trate de situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentar ofertas y el periodo de evaluación.
11. RESOLUCION DE EMPATES
En caso de presentarse un empate entre dos o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mejor “OFERTA ECONOMICA MANO DE OBRA”.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mejor oferta en “CAPACIDAD TÉCNICA”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "GARANTÍA”.
Se adjudica al proveedor con mayor puntaje en programa de integridad En caso de persistir el empate, se elegirá al oferente de acuerdo a la Fecha y Hora que Ingresó la Oferta al Portal mercadopublico.cl. Este hecho quedará reflejado en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente.
12. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS O DECLARACION DESIERTA DE LA LICITACIÓN
El Revisor o la Comisión, respectivamente, verificarán que las ofertas cumplan los requisitos de admisibilidad establecidos en las presente Bases de Licitación.
Tendrán dicho carácter los documentos señalados en el numeral 4. De las presentes Bases Administrativas y que no sean objeto de asignación de puntaje, y aquellos que demuestren alguna inhabilidad o prohibición para contratar con Organismos del Estado.
Asimismo, los evaluadores podrán proponer, fundadamente, que se declare inadmisible cualquier oferta que no se ajuste a estas Bases o se estime inviable para la adecuada ejecución del contrato, como por ejemplo, cuando la oferta económica sea inferior a la mitad del precio promedio de las otras ofertas presentadas.
La presentación de documentación que contenga información notoriamente no fidedigna, o que venga en formato ilegible o enmendada, se tendrá por no presentada.
En el Acta de Evaluación se consignará si las ofertas son declaradas admisibles o inadmisibles y las razones que en cada caso lo justifican.
13. DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
Se aceptará la Oferta del oferente que cumpla con los requisitos técnicos y administrativos establecidos en las presentes Bases y obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, lo que deberá quedar consignado en el Acta de Evaluación junto con la proposición de adjudicación que efectúe la Comisión. La proposición de adjudicación, podrá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente.
La Adjudicación se materializará mediante Resolución de la autoridad competente, de la cual formarán parte integrante las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, la Oferta aceptada y el acta de Adjudicación correspondiente.
No obstante, la Dirección de Vialidad podrá declarar desierta la Licitación por Resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes para los intereses del Servicio, asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de Licitación.
La Adjudicación antes indicada, se formalizará mediante la suscripción del Contrato respectivo, el que será aprobado por Resolución de la Autoridad competente.
13.1 Re adjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no proporciona los antecedentes legales para contratar o la garantía de fiel cumplimiento, rechazare la orden de compra, no firmare el contrato o no se inscribe en Chile Proveedores, dentro de los plazos que se establecen en las presentes bases, esta Dirección podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la Licitación.
13.2 Notificación de la Adjudicación y Publicación en el Portal
Una vez que se haya adjudicado la Licitación, se procederá a notificar la decisión mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
13.3 Envío de la Orden de Compra
La Orden de Compra será emitida una vez tramitada la Resolución que aprueba el Convenio respectivo.
13.4 Precios Unitarios
13.4.1 REAJUSTE
Debido a la variación de los precios, los proveedores podrán Reajustar los precios entregados en sus ofertas. El periodo de medición de la variación de precios debiese estar comprendido entre el mes donde se fijaron los precios o lo más cercano a este posible y el mes en el cual se realizará la evaluación del reajuste. Para el mes inicial se utilizará la fecha de Adjudicación de la Licitación.
Factor de Reajuste (FR) = (𝐼𝑃𝐶𝑚𝑒𝑠 𝑓𝑖𝑛− 𝐼𝑃𝐶𝑚𝑒𝑠 𝑖𝑛𝑖𝑐𝑖𝑎𝑙)
𝐼𝑃𝐶𝑚𝑒𝑠 𝑖𝑛𝑖𝑐𝑖𝑎𝑙
Donde “IPC mes inicial”, corresponde al valor del IPC en el mes de inicio, e “IPC mes final” corresponde al valor del mes final del IPC.
Una vez obtenido el factor de reajuste, se debe aplicar este a los precios establecidos inicialmente en el contrato, de la siguiente manera.
Precio Reajustado= Pr x (1+FR)}
Donde Pr es el precio establecido en el contrato y FR es el factor de reajuste.
Respecto a la periodicidad, también es dable mencionar que se pueden establecer cláusulas de reajuste tanto ordinario como extraordinario, las cuales poseen las siguientes características:
13.4.2 REAJUSTE ORDINARIO:
Las cláusulas de reajuste ordinario son las que se aplican comúnmente durante la vigencia del contrato, con una periodicidad regular, pudiendo ser mensual, semestral y/o anual, dependiendo del rubro.
13.4.3 REAJUSTE EXTRAORDINARIO:
Las cláusulas de reajuste extraordinario de precios se aplican cuando acontecen situaciones anómalas e inesperadas durante la ejecución del contrato, que no se pudieron prever a la época de diseño de las bases, como factores macroeconómicos, inundaciones, terremotos, incendios, guerra u otros. Estas cláusulas extraordinarias de reajustes de precios suelen aplicarse a solicitud de los proveedores, cuando estos acrediten la concurrencia de las situaciones contempladas como extraordinarias en las bases. La cláusula puede establecer rangos de variación de precios a partir de los cuales se apliquen las cláusulas de reajuste según el indicador, por ejemplo, establecer que se podrá optar a un reajuste extraordinario se existe una variación en el índice que supere un umbral máximo tolerado.
14. DEL PAGO
14.1 Forma de Pago
El pago se efectuará en la medida que se hayan ejecutado los servicios, en un plazo de 30 días desde la presentación de la factura, previa recepción conforme. Todo trabajo facturado con cargo al Contrato respectivo, deberá tener el respaldo presupuestario correspondiente.
14.2 Facturación Electrónica y Forma de Pago
El pago al proveedor se realizará en un plazo no superior a 30 días posteriores a la presentación de la factura, previa recepción conforme de los servicios por parte del Inspector Fiscal y firma de la Contraparte Técnica en la factura.
Conforme a la Ley N° 20.727, que obliga a los Contribuyentes a emitir documentos electrónicos, el Ministerio de Obras Públicas está obligado a incorporarse a la modalidad de contribuyente electrónico, a contar del 01 de marzo de 2017.
En consecuencia, se debe operar bajo esta modalidad como receptor de Facturas Electrónicas. En este orden de ideas, los Proveedores como Emisores de facturas Electrónicas al Ministerio de Obras Públicas, deberán realizar ciertos ajustes en el XML de la Factura, de manera que ésta refleje el lugar del País donde se efectuó la compra de bienes y/o servicios.
En efecto, las Facturas emitidas deberán llevar dos campos para lograr la identificación de la Región y el lugar de pago, en donde se produjo la compra, para una identificación rápida y que el documento se derive automáticamente a los correos electrónicos que se diseñarán para tal efecto.
La Dirección de Vialidad, podrá solicitar certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y Previsionales desfasado en un mes con respecto del pago de los servicios, además de los antecedentes que pudiera solicitar el Responsable del Contrato.
PROVINCIA DE LLANQUIHUE
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Región: DE LOS LAGOS
Domicilio: CAMINO A PARGUA KM. 4 Comuna: PUERTO MONTT
RUT: 61.202.000-0
CÓDIGO DE FACTURACIÓN: 1280 REG 10 DIRECCION DE VIALIDAD LLANQUIHE
Giro: SERVICIO PUBLICO
DIRECCIÓN REGIONAL:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Región: DE LOS LAGOS
Domicilio: O'HIGGINS N° 451 PISO 4 Comuna: PUERTO MONTT
RUT: 61.202.000-0
CÓDIGO DE FACTURACIÓN: 1260 REG 10 DIRECCION DE VIALIDAD
Giro: SERVICIO PUBLICO
PROVINCIA DE PALENA
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Región: DE LOS LAGOS
Domicilio: AVDA. CORCOVADO N° 178
Comuna: CHAITEN
RUT: 61.202.000-0
CÓDIGO DE FACTURACIÓN: 1300 REG 10 DIRECCION DE VIALIDAD PALENA
Giro: SERVICIO PUBLICO
PROVINCIA DE OSORNO
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Región: DE LOS LAGOS
Domicilio: Manuel Antonio Matta N° 838 Comuna: OSORNO
RUT: 61.202.000-0
CODIGO DE FACTURACION: 1270 REG 10 DIRECCION DE VIALIDAD OSORNO
Giro: SERVICIO PUBLICO
PROVINCIA DE CHILOE
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Región: DE LOS LAGOS
Domicilio: O'HIGGINS S/N PISO 3 Comuna: CASTRO
RUT: 61.202.000-0
CODIGO DE FACTURACION: 1290 REG 10 DIRECCION DE VIALIDAD CHILOE
Giro: SERVICIO PUBLICO
15. FORMALIZACION DE LA CONTRATACION
El plazo total del contrato será de 12 meses.
Las adquisiciones menores a 1.000 UTM, se formalizaran mediante la emisión de la orden de compra y su aceptación por el proveedor. En estos casos, la Orden de Compra se emitirá conjuntamente con la publicación de la Adjudicación en el Portal.
Emitida la orden de compra, se entenderá notificada al Adjudicatario al día siguiente hábil a su envío a través del Portal Mercado Público, y el proveedor tendrá un plazo máximo de 24 horas contados desde su notificación para aceptarla, de lo contrario, el Servicio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
15.1 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá terminar anticipadamente con arreglo al artículo 13 bis de la Ley Nº 19.886 de 2003, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Se entiende por incumplimiento grave del contrato haber incurrido en multas que representen un 30% o más del valor total adjudicado IVA incluido.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del
Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
15.2 PROCEDIMIENTO DE TÉRMINO ANTICIPADO O DE CADUCIDAD DEL CONTRATO
Cuando el adjudicatario incurra en alguna causal de término anticipado, la Dirección aplicará el siguiente procedimiento:
- La Dirección, notificará al adjudicatario la causal de término en la que incurriere y los antecedentes relevantes se informará a su vez de esta situación al Jefe de Maquinarias, Vialidad Regional.
- El adjudicatario en el plazo de 10 corridos, días contados desde la notificación, deberá entregar a la Dirección de Vialidad, informe pormenorizado de la situación que produjo la causal, adjuntando los antecedentes probatorios del mismo.
- La Dirección de Vialidad, sobre la base del informe analizado en derecho, en mérito de las conclusiones, si corresponde, se podrá fijar un plazo para subsanar la situación, lo cual deberá ser verificado por el IF e informado al Departamento de Maquinarias.
- De no subsanarse la causal de término, la Dirección de Vialidad Región de los Lagos, informará al Departamento de Maquinarias para que se tramite el acto administrativo de término anticipado del Contrato y aplicación de sanción. En esta situación al Adjudicatario le asiste el derecho de interponer los recursos administrativos que correspondan contra la decisión de la Dirección, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
- Se entenderá por incumplimiento del contrato si la Empresa no da cumplimiento a lo estipulado en las bases, salvo razones de fuerza mayor, las cuales serán debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad.
- La falta de prestación de los servicios o fallas reiterativas en los vehículos a causa de reparaciones mal efectuadas o daños severos e irreparables a la propiedad fiscal, facultará a la Dirección de Vialidad a poner término al Convenio, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento, como asimismo, iniciar las acciones legales que los perjuicios ameriten.
15.3 DOMICILIO
Para todos los efectos del Contrato a suscribir con el adjudicatario, éste o su representante legal, deberá fijar domicilio en la Provincia de Llanquihue, prorrogando la competencia ante sus Tribunales ordinarios de justicia.
15.6. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La supervisión administrativa del Contrato por parte de la Dirección se realizará a través de Inspector Fiscal, del Departamento de Conservación y Administración Directa, Sub-Depto. Maquinarias, que será designado en la Resolución de Adjudicación correspondiente, todo lo cual no obsta al ejercicio de la facultad fiscalizadora de otros organismos públicos con competencia de acuerdo a la naturaleza de los servicios adjudicatarios.
El Adjudicatario se obliga a otorgar a la Dirección todas las facilidades para observar las operaciones de mantenimiento o reparación de los vehículos de la Dirección de Vialidad, en todos los aspectos establecidos en las presentes Bases y el Contrato. Sin perjuicio a la responsabilidad que le asiste al Contratista por la calidad de las mantenciones, la Dirección de Vialidad podrá realizar observaciones tendientes a mejoras del proceso dentro de un plazo técnicamente fundamentado, todo lo cual deberá quedar registrado en la Orden de Trabajo. De acuerdo a lo anterior, el Adjudicatario autorizará al Inspector Fiscal I.F, para acceder a instalaciones del Contratista, o donde se realicen los trabajos de mantenimiento. El visitante, I.F deberá estar equipado con los elementos seguridad correspondiente.
15.7. Inspector Fiscal
Será designado mediante acto administrativo de esta Dirección, y deberá velar el cumplimiento de los aspectos técnicos y administrativos del Contrato que se señalan más adelante.
El Adjudicatario deberá otorgar acceso al Inspector fiscal, respecto a los documentos relacionados con la operación del servicio de mantenimiento, necesarios para el cumplimiento de las obligaciones emanadas del Contrato.
Para efectos de requerimiento de información relacionados con el cumplimiento de los aspectos establecidos en el Contrato, cualquiera de los profesionales que integren la el Sub. Depto. de Maquinarias, podrá solicitarlos.
El IF será el funcionario profesional que, designado mediante acto administrativo, asumirá el derecho y la obligación de fiscalizar el fiel cumplimiento del Contrato que se suscriba, en todas sus etapas, para cuyo efecto tendrá las siguientes responsabilidades:
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a.
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Mantener un archivo (papel o digital), con los documentos correspondientes a: Aprobación de BA y BT; Aclaraciones y/o Modificaciones; Formularios y/o Anexos; Aprobación de Contrato; Contrato firmado; Fotocopia de la Garantía d
e Fiel Cumplimiento; Oferta del proveedor; Garantías; y la Resolución que designa al Inspector Fiscal IF.
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b.
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Recibir los documentos señalados en las presentes Bases y dar conformidad a las respectivas etapas y autorizar los pagos.
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c.
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Supervisar y controlar el desarrollo del Contrato, velando por el estricto cumplimento de los requerimientos señalados en las Bases.
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d.
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Constatar los incumplimientos que se estipulen en el Contrato, y solicitar la aplicación de las sanciones que correspondan.
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15.8. MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
a) Cuando así se haya previsto en las bases de licitación o el contrato, como lo es, la variación de cantidades.
b) Excepcionalmente, cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor el proveedor esté impedido de cumplir sus obligaciones y que no se haya previsto en las bases o el contrato.
El organismo del Estado estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento, por lo que será proporcional a la situación, hecho o causa que le ha dado origen.
En estos casos, el proveedor deberá informar y entregar al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, antes del vencimiento del plazo del contrato, los antecedentes y medios de verificación que justifiquen el hecho que origina la situación de excepción.
En caso de proceder, el Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada o rechazada por la Dirección. La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo.
Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra, siempre y cuando existan razones de interés público, y que ésta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya dado origen al procedimiento de contratación.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
15.9. SUBCONTRATACIÓN
El Adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba, personal que deberá ser regido de acuerdo a las normas del Código del Trabajo.
El MOP no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dicho personal, por lo que corresponderá al adjudicatario toda responsabilidad laboral, civil o penal, respecto de su personal y de aquel que contrate a su nombre para la prestación de los servicios. A su turno, el MOP no será responsable de ningún accidente de trabajo y/o todo riesgo o daño que pudiere producirse con motivo u ocasión del contrato que se suscriba.
Sin perjuicio de lo indicado, la Dirección de Vialidad autoriza la Subcontratación de servicios especiales, previa autorización del Inspector Fiscal, debido a que el mantenimiento y reparación de la totalidad de los sistemas de estos equipos requieren ser intervenidos por personal especializado correspondiente a la marca de cada componente involucrado. Los servicios que se pueden subcontratar se especifican en el punto 14 de las Bases Técnicas.
15.10. TRASPASO DEL CONTRATO
La Empresa adjudicataria NO podrá en caso alguno ceder, transferir o aportar los derechos y obligaciones derivadas a terceros el Contrato de se celebre, La empresa Adjudicada está en general, obligada a ejecutar directamente las obligaciones que emanan del Contrato, quedando prohibido absolutamente el traspaso de las mismas luego de Licitado y Adjudicado el Contrato respectivo. Por lo tanto, la responsabilidad frente a la Dirección de Vialidad por el cumplimiento del Contrato, estará siempre radicada en la Empresa Adjudicada.
15.11. PLAZO DE CONTRATO
El plazo de vigencia del Contrato será de doce (12) meses, a contar de la fecha de la Resolución que aprueba el Contrato, el cual no es renovable.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen Servicio, se podrá dar inicio a los servicios previo a la entrada en vigencia del contrato, no obstante el primer pago únicamente se podrá efectuar una vez se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo aprueba.
Asimismo, la Dirección de Vialidad podrá poner término al Contrato antes de lo establecido por razones presupuestarias o por alguna de las causales establecidas las presentes Bases Administrativas, situación en la cual se pagará hasta el último día en que prestó servicios, en estos casos adjudicatario no podrá reclamar indemnización alguna a la Dirección de Vialidad.
En la eventualidad que una de las partes quiera dar término al Contrato deberá notificar por escrito con a lo menos 30 días de antelación al término de su vigencia e indicar expresamente las razones para ello.
15.12. Variación de Cantidades
La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de aumentar (Solo LE Y LP) o disminuir hasta en un 30% las cantidades adjudicadas en Licitaciones, por necesidades del Servicio, sin que esto afecte los precios ofrecidos.
Para lo anterior el Inspector Fiscal deberá solicitarlo durante la vigencia del contrato, expresando las razones en que se funda por escrito y ser autorizado por la jefatura o autoridad que corresponda.
En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes y el equilibrio financiero del contrato, y podrá autorizarse siempre que el organismo del Estado cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
15.13. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
a) El PROVEEDOR y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El PROVEEDOR, durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que el PROVEEDOR pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el PROVEEDOR como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio que se contrata, el MOP dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.
15.14. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS
En caso de incumplimiento, esta situación deberá ser informada por el Inspector Fiscal mediante correo electrónico enviado al proveedor, indicado los hechos que lo configuran.
Si existiesen circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que justifiquen el incumplimiento, será responsabilidad del proveedor comunicar y entregar los antecedentes y medios de verificación al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, a más tardar, dentro de los 5 días hábiles contados desde la comunicación por correo electrónico efectuada por el Fiscalizador.
El Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada total o parcialmente, o bien, rechazada por este último. La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo.
La Dirección de Vialidad, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y deberá publicarse oportunamente en el Portal. La notificación de la misma, se entenderá efectuada luego de las 24 horas siguientes a su publicación.
16. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda controversia que se suscite durante el desarrollo del Contrato, será sometida a la consideración del señor Fiscal de Obras Públicas, quien emitirá un informe en derecho, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Sr. Ministro de Obras Públicas, al Sr. Contralor General de la República y a los Tribunales de Justicia.
17. INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
Las Bases y el contrato respectivo, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
18. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.