CLÁUSULAS |
1. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la nueva figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.
2. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, UTP
Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22. Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:
a. En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
b. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
c. Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.
MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.
DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitirá la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes:
a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e. Disolución de la UTP.
3. DEL ITEM PRESUPUESTARIO
Ítem Presupuestario: 22.08.999.004
Centro de costo: 16.08.18
4. DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Consultas y Aclaraciones, Términos Técnicos de Referencia, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Técnico Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:
PRELACIÓN ADMINISTRATIVA
- Normativa Vigente
- Consultas y Aclaraciones, si las hubiere.
- Bases Administrativas y sus Anexos.
- Oferta Técnico Económica.
- Contrato.
PRELACIÓN TÉCNICA
- Normativa Vigente.
- Consultas y Aclaraciones, si las hubiere.
- Términos Técnicos de Referencia.
5. DE LA COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
Las comunicaciones entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las consultas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación”.
6. DE LA MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
7. DE LA OFERTA
La presente licitación pública corresponde al llamado para contratar servicio de arriendo de camioneta doble cabina, año 2014 o superior, para la oficina del Centro Integral de la Mujer, de la Dirección de Dideco, de la Municipalidad de Los Ángeles. El o los oferentes deberán ingresar su oferta según Anexo Nº5 Oferta Técnico Económica. El monto a ingresar en el Anexo Nº5 por el oferente deberá corresponder a su oferta mensual, el cual no podrá ser superior a $909.090 mensual, exento de IVA, de lo contrario la oferta se considerará inadmisible. El arriendo del vehículo incluye chófer más gastos de operación y mantención, como combustible, pago de peajes, mantenciones u otros costos necesarios para la operatoria del servicio a contratar. Los horarios del servicio están estipulados en los Términos Técnicos de Referencia adjuntos a las presentes bases.
En caso de diferencias entre el monto indicado por el oferente según Anexo Nº5 y el monto ingresado por el oferente al portal, será siempre válido el monto indicado en Anexo Nº5.
En el caso de presentarse errores aritméticos en la oferta, se procederá de la siguiente forma:
a.- Si la oferta del Anexo Técnico Económico Nº5, tiene diferencias entre el valor neto y el valor con I.V.A, se considerará la oferta inadmisible.
b.- Si la oferta del Anexo Técnico Económico Nº5 en palabras no coincide con los números, la oferta se considerará inadmisible.
Las ofertas que sean aprobadas por la comisión de apertura al momento de la apertura electrónica, serán calificadas en una única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar la asesoría que considere necesaria. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases y Términos Técnicos de Referencia.
8. DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la firma de contrato por parte del contratista adjudicado o 90 días corridos desde la apertura. El adjudicado queda obligado en los mismos términos que indica el contrato y la restante documentación que rige esta Licitación.
9. DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Términos Técnicos de Referencia, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, y toda la documentación que rige esta Licitación.
10. DE LA COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA
Comisión de Apertura, conformada por Directora de Asesoría Jurídica o funcionario de dicha repartición, funcionario de Secplan, Directora de Dideco o profesional de dicha Dirección, quien levantará acta circunstanciada de lo obrado, la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión. El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, en Dependencias de la Municipalidad de Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura. En caso que la oferta no cumpla con los requisitos solicitados ésta será rechazada en forma electrónica, y no será considerada en la evaluación, la misma facultad corresponde a la comisión de evaluación en caso que el incumplimiento se detecte en esa etapa (evaluación). Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. Se declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida. Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.
11. DE LA COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación conformada por Directora de Dideco o quien la subrogue, Directora de SECPLAN o quien la subrogue, con exclusión de funcionarios que elaboraron las bases; Profesional de Administración Municipal, y Profesional responsable de la unidad solicitante, estudiarán las diferentes ofertas recibidas, que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 "Antecedentes para incluir en la oferta". La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Administrativos, Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.
En el caso que en la etapa de evaluación la Comisión de Evaluación verifique y/o compruebe que el oferente presentó documentos falsos y/o adulterados en su propuesta, la oferta se considerará inadmisible.
La Comisión de Evaluación evaluará las distintas Ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 15 días corridos, al Sr. Alcalde una nómina de los Oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado. Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del proponente afectado, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.
12. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Se evaluará según los siguientes criterios:
- Precio, 50%, según Anexo Nº5
Se evaluará con regla de tres simple, tomando el menor valor como base, según la siguiente fórmula:
Puntaje Precio= (monto menor ofertado/monto oferta) x 100 puntos.
- Experiencia certificada del Proveedor, 20%, según Anexo Nº4.
Se evaluará según lo siguiente:
• Presenta experiencia certificada en trabajos similares = 100 puntos.
• No informa experiencia = 0 puntos.
La experiencia deberá acreditarse mediante certificados, contratos, facturas y/o órdenes de compra, emitidos por la institución a la cual el oferente prestó el servicio.
Los documentos deberán indicar el tipo de servicio prestado, con una fecha de ejecución de dos años hacia atrás desde la fecha de cierre de la presente licitación, de lo contrario, no se contabilizará para la evaluación.
Si los documentos presentados por el oferente, no contienen la información necesaria para acreditar experiencia (fecha de ejecución y naturaleza del servicio), no se contabilizará para la evaluación.
- Año de Fabricación de Vehículo, 30%,
Se evaluará según Certificado de inscripción y anotaciones vigentes del vehículo, o solicitud de primera inscripción para vehículos nuevos:
• Año 2016 o más = 100 puntos.
• Año 2015 = 50 puntos.
• Año 2014 = 30 puntos.
• Año menor 2014 o no informa = Fuera de bases.
El Puntaje Total Ponderado se calculará a través de la siguiente fórmula:
Puntaje Total Ponderado = Puntaje Precio x 50% + Puntaje Experiencia Certificada del Proveedor x 20% + Puntaje Año de Vehículo x 30%.
13. DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio “Precio”. De continuar el empate entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Año de Fabricación del Vehículo”. De persistir dicho empate, se adjudicará al oferente que tenga mayor puntaje ponderado en el criterio “Experiencia Certificado del Proveedor”.
Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero en día su oferta al portal de mercado público una vez publicada la licitación. De persistir dicho empate, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal.
14. DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación al oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación.
Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal.
READJUDICACIÓN: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes legales para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación, y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.
15. DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso.
16. DEL MECANISMOS PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el Nombre de responsable de contrato, indicado en el punto 7: "Montos y duración del contrato" de las presentes bases administrativas. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.
17. DEL DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 120 días siguientes a la fecha de la apertura de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección de Dideco, vía documento escrito.
18. DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO
El contrato suscrito entre la Municipalidad y el Adjudicatario será a suma alzada, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos, y el pago será efectuado mediante estados de pago mensuales periódicos en moneda nacional.
19. DEL CONTRATO
Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del portal www.mercadopublico.cl al oferente favorecido, se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad. Una vez redactado el Contrato, se le informará al Oferente Adjudicado para que proceda a retirarlo y firmarlo Notarialmente, lo que deberá efectuar, dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación, haciendo entrega de éste al encargado del contrato. En la misma ocasión el Adjudicado deberá:
- Hacer entrega de la Garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.
- Si el Adjudicado no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta.
En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.
- Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Oferente Adjudicado.
- El Adjudicado no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.
20. DE LA DOCUMENTACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN
El oferente al momento de adjudicada la licitación, deberá presentar todos los documentos del vehículo ofertado y además lo siguiente:
1.- Fotocopia de Licencia de conducir conductor.
2.- Fotocopia de Cédula de identidad del conductor.
3.- Hoja de vida del conductor otorgada por el Registro Civil.
4.- Fotocopia simple del padrón del vehículo.
5.- Fotocopia simple del permiso de circulación del vehículo.
6.- Fotocopia simple de revisión técnica del vehículo.
7.- Fotocopia simple seguro obligatorio del vehículo.
8.- Certificado de inscripción.
9.- En caso que el o los vehículos ofertados sean arrendados, el oferente deberá acompañar contrato de arrendamiento notarial con un plazo de vigencia igual o superior a la fecha de término del contrato derivado de esta licitación, con expresa facultad de subarrendar.
21. DE LA SUBCONTRATACIÓN
En todo evento el Oferente Adjudicado es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Unidad Técnica en virtud del Contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista. El oferente adjudicado previo informe y autorización de la Inspección Técnica podrá subcontratar parte de las obras, hasta un 30% del monto del contrato como máximo.
22. DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez publicado en el portal mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes ante notario, el profesional responsable del contrato solicitará a profesional de Secplan la emisión de la primera orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato entregada por el oferente adjudicado. A partir de la segunda orden de compra hacia adelante, el profesional responsable del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente. Una vez emitida la orden de compra, el oferente adjudicado tendrá un plazo de 48 horas hábiles, considerando de lunes a viernes, para aceptar o rechazar la orden de compra.
23. DE LAS OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO
- El transporte será efectuado en los días y horas en que los servicios sean necesarios para el cumplimiento de lo señalado en los Términos Técnicos de Referencia.
- En caso que se causaren perjuicios de cualquier tipo con motivo del desarrollo del contrato, el prestador del servicio será responsable de reparar tales perjuicios en el plazo que le señale la Municipalidad, estos podrán ser efectuados por la Municipalidad a costa del prestador del servicio, imputándose el gasto a la renta, en el evento en que ocurran desperfectos que signifiquen practicar reparaciones, mantención u otros servicios al vehículo que impidan que cumplan con sus labores, será responsabilidad del prestador del servicio proveer el vehículo para el cumplimiento de sus obligaciones, el que deberá tener las mismas o mejores condiciones y características que el vehículo adjudicado.
- El prestador del servicio se compromete a mantener permanentemente en perfecto estado de funcionamiento el vehículo, con el que dé cumplimiento al servicio adjudicado, así como también que cuente con sus permisos de circulación, seguros y revisión técnica vigentes.
- En caso de accidente, el prestador del servicio asume la total responsabilidad por acciones civiles y/o penales y/o laborales que pudieren interponerse en su contra. En caso que la Municipalidad fuere objeto de alguna de estas acciones legales, las sumas que debiere pagar por cualquier concepto, deben ser reembolsadas íntegramente por el prestador del servicio.
- El adjudicado deberá prestar el servicio contratado con un chofer con Licencia de Conducir Clase B, o profesional, que lo habilite para la conducción del vehículo ofertado, pudiendo la Municipalidad de Los Ángeles, en cualquier momento, verificar el cumplimiento de esta obligación. En el caso de reemplazar el chófer, por razones de fuerza mayor, este reemplazo deberá ser obligatoriamente informado a la Municipalidad de Los Ángeles, específicamente al Inspector Técnico del Servicio, éste reemplazante debe contar con licencia de conducir idónea y hoja de vida del conductor, lo cual será verificado por la Municipalidad de Los Ángeles, sin perjuicio que el Municipio, a través de la Dirección de Dideco pueda verificar el cumplimiento de estas obligaciones en cualquier momento durante la vigencia del Contrato.
- La presentación de la documentación exigida en estas Bases implica la aceptación del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las mismas.
- La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjesen a terceros y al personal transportado por motivo u ocasión de un accidente, recayendo la responsabilidad Civil y Penal en el Adjudicado.
24. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:
1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
2. Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:
a.- Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Consultas y Aclaraciones si lo hubiere, lo dispuesto por la Subdere, Términos de Referencia, Especificaciones Técnicas.
b.- Declaración de quiebra del Adjudicado.
c.- Fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado.
d.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.
e.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.
f.- Fallecimiento del Oferente Adjudicado, si se trata de una persona natural.
En caso de producirse las causales indicadas en las letras a, b, c y/o d, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.
25. DE LA RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión del traslado de materiales, o por las obras, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el Contratista.
26. DE LOS PLAZOS
a. El plazo de ejecución del servicio comenzará a las 48 horas hábiles después de la emisión de la primera orden de compra, considerando de lunes a viernes; hasta el 31 de diciembre de 2018.
b. El horario del servicio será de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 hrs y sábados de 08:30 a 17:00 horas. Se podrá efectuar el servicio días domingos o festivos en horario similar, previo aviso por parte de la Encargada de la Oficina del Centro Integral de la Mujer al oferente adjudicado. Los horarios podrán variar de acuerdo a necesidades y/o actividades de la unidad solicitante. Dichas modificaciones deberán ser notificadas oportunamente por la unidad técnica al oferente adjudicado.
c. El plazo fijado en las presentes bases administrativas se entenderá en días, deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias:
1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Oferente Adjudicado.
2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.
3.- Que el hecho sea insuperable.
4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.
27. DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnica del Servicio (I.T.S.) al profesional a quien la Unidad Solicitante, en este caso la Dirección de Dideco, le ha encomendado velar directamente por la correcta ejecución del Contrato. Toda comunicación y relación entre el adjudicado y la municipalidad se realizará por escrito a través del Libro de Inspección del Servicio (L.I.S.) que estará a cargo de la Inspección del Servicio.
28. DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA
El oferente adjudicado mantendrá un libro foliado en triplicado, que será adquirido por él mismo denominado en adelante “Libro de Inspección del Servicio (L.I.S.)”, que será el medio de comunicación oficial entre el Inspector del Servicio y el adjudicado. En dicho libro, se deberá dejar constancia de todo hecho relevante del contrato, tales como:
- Fecha de inicio del servicio.
- Las observaciones, instrucciones y resoluciones que realice la Inspección del Servicio.
- Las observaciones, respuestas y descargos que plantee el adjudicado.
- Notificaciones de multas y apelaciones que plantee la I.T.S.
- Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato. La hoja original del libro será retirada por el I.T.S., y la primera copia por el oferente adjudicado, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.
29. DEL PAGO
La Municipalidad, pagará mensualmente, al oferente adjudicado, el Servicio Prestado, previo Visto Bueno de la Directora de Dideco y profesional responsable del Contrato, de acuerdo a la oferta presentada en Anexo Nº5 Oferta Técnico Económica. El pago será contra Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, RUT N° 69.170.100-K. En el caso de existir un contrato de trabajo vigente entre el oferente adjudicado y el chófer del vehículo en que se prestará el servicio, el oferente adjudicado deberá presentar dentro de la documentación para efectos de pago un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, con el objeto de salvaguardar eventuales responsabilidades de carácter laboral. El pago será al contado, sin reajustes ni intereses, contra prestación conforme, de acuerdo al Contrato firmado ante Notario.
30. DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO
Para el pago, se deberán presentar los siguientes documentos en original y una copia, ordenados en carpetas individuales.
Será obligación del Contratista presentar los siguientes documentos para el pago:
- Presentación de la factura correspondiente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles R.U.T. 69.170.100-K domiciliada en calle Valdivia Nº115, Los Ángeles, con VºBº de Directora de Dideco y del I.T.S. En la factura se deberá indicar el nº de la orden de compra correspondiente.
- Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio, si corresponde.
- Certificado de cumplimiento vigente de las obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo que acredite que el Contratista no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el mes correspondiente a la factura en proceso de cobro, si corresponde.
- Certificado de antecedentes vigente Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del Trabajo, si corresponde.
- Contrato de arriendo del vehículo, si corresponde.
Será obligación del ITS presentar los siguientes documentos para el pago:
- En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.
- Fotocopia de Bases Administrativas, términos técnicos de referencia
- Fotocopia de Oferta Técnico Económica del oferente adjudicado, según Anexo Nº5
- Fotocopia de Decreto Alcaldicio de adjudicación.
- Fotocopia del Decreto que aprueba Contrato y el Contrato.
- Para el primer estado de pago copia de documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato.
- En el caso de haber multas con resolución a favor del mandante, decreto que sanciona dichas multas.
31. DE LAS SANCIONES Y MULTAS Y SU APLICACIÓN
Cualquier incumplimiento de las presentes Bases Administrativas, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles para aplicar una sanción o multa.
- En el caso de atraso o ausencia del servicio, el municipio aplicará una multa de $50.000 por cada vez ocurrida la falta. Si el incumplimiento excede los 5 eventos se dará término al contrato y se hará cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
- En el caso de reemplazar el vehículo por motivos de fuerza mayor, el oferente adjudicado lo reemplaza por un vehículo de características menores al vehículo adjudicado, se cobrará una multa de $50.000 por cada vez ocurrida la falta. Si la causal de multa se repite por 5 veces se dará término al contrato y se hará cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
32. DE LA APELACIÓN DE MULTAS
El adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director (a) de la Dirección respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en Oficina de partes del Municipio en horario desde las 08:15 horas hasta 14:00 horas y desde las 15:00 hasta las 17:00 horas de Lunes a Jueves y hasta las 16:00 horas los días Viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de Apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección a cargo de la licitación, Directora de Secplan, Directora de Asesoría Jurídica, Directora de Control y Director de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Los Ángeles. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Contratista. La falta de apelación por parte del Contratista a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación dará motivo a la confirmación de la multa aplicada la cual se hará efectiva en el estado de pago del mes siguiente de ocurrido el incumplimiento. La resolución de la Comisión de Apelación que acoja o rechace la apelación de la multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.
33. DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Terminado el tiempo de vigencia del contrato, se procederá a realizar la Liquidación final del Contrato dentro de un plazo de 30 días corridos, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. La Liquidación final del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo.
34. DE LAS GARANTÍAS
Los documentos de garantía deberán ir a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, RUT: 69.170.100-K. Toda devolución de documentos de garantía a nombre de la Municipalidad deberá ser solicitado por el interesado en documento dirigido a Directora de Dideco, en el cual se identifique el nombre de la propuesta, el nombre del oferente, el número del documento y la institución financiera que la emitió, habiéndose cumplido los compromisos contractuales.
35. DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio será exclusivamente del oferente adjudicado.
36. DE LA JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.
37. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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