ANTECEDENTES |
La Delegación Presidencial Provincial de Choapa de acuerdo a las atribuciones que le confiere la Ley Nº 19.886, llama a los proveedores, personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, a presentar sus ofertas en la presente Propuesta Pública para “SERVICION DE DISTRIBUCIÓN Y TRANSPORTE DE AGUA POTABLE EN RUTAS 1, 2, 3, 4 y 5 EN LA COMUNA DE SALAMANCA, DURANTE EL MES DE ENERO DE 2025”, EN LA COMUNA DE SALAMANCA, de acuerdo a las Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás Anexos Asociados que se señalen a continuación.
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BASES Y DOCUMENTOS QUE RIGEN EL PROCESO LICITARIO |
El proceso de contratación de los servicios descritos se ceñirá a los siguientes documentos:
• Lo dispuesto en la Ley aprueba Presupuesto del Sector Público vigente correspondiente al año 2025.
• Las presentes Bases Administrativas,
• Las Bases Técnicas o Especificaciones Técnicas y Anexos;
• Consultas, Aclaraciones y Respuestas si las hubiere;
• Oferta Técnica y Económica que resulte adjudicada.
• La Orden de Compra y/o el Contrato que se suscriba entre las partes.
• Asimismo, se aplican las normas contenidas en la Ley N° 19.886 y su Reglamento decreto 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
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NORMAS APLICABLES A LA ADQUISICIÓN DE BIENES O PRESTACIÓN DE SERVICIOS |
La adquisición y entrega de los Bienes y/o Prestación de Servicios deberán efectuarse de acuerdo a los siguientes antecedentes y normas, según corresponda, lo que dependerá del tipo de bienes, Servicios o trabajos a ejecutar:
a) Las presentes Bases Administrativas Generales;
b) Bases Técnicas con Especificaciones Técnicas (EETT) a cumplir;
C) Los documentos y antecedentes de la Oferta Adjudicada;
D) La Orden de Compra
E) el Contrato.
F) Asimismo, se aplican las normas contenidas en la Ley N° 19.886 y su Reglamento decreto 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
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CONSULTAS, ACLARACIONES |
Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Propuesta, deberán ser realizadas a través de la funcionalidad para preguntas y respuestas (FORO) del sitio www.mercadopublico.cl Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes en la página web www.mercadopublico.cl
Se citará cada consulta, sin hacer mención al participante que la haya formulado ya que son anónimas y, luego, se dará la respuesta respectiva.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el mismo plazo en que deben responderse las consultas, las aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl en la misma fecha señalada en el calendario de la Licitación.
Tanto las respuestas a las preguntas como las aclaraciones que formule la Institución se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. En el caso que de las respuestas derive una modificación de las bases de licitación, deberá emitirse el acto administrativo que la autorice y en caso de ser necesario deberá otorgarse el plazo necesario a los oferentes para presentar sus ofertas en el sistema de información www.mercadopublico.cl.
Una vez realizada la Apertura electrónica de las ofertas y en el evento que se presenten defectos de forma, errores u omisiones que estimare no relevantes, la Comisión de Apertura tendrá la facultad de aceptarlos, sometiéndolos a votación, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni la correcta admisión y evaluación de las propuestas.
Además, durante la Evaluación la Delegación Presidencial Provincial de Choapa podrá solicitar aclaraciones a uno o a todos los oferentes (FORO INVERSO).
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, para responder lo solicitado por la Delegación. No se considerarán las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
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PLAZO DE VIGENCIA DE LA OFERTAS |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 05 días corridos, desde la fecha de la apertura electrónica. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Delegación Presidencial Provincial de Choapa solicitará a los oferentes antes de la fecha de su expiración, la prórroga respectiva. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha Oferta se tendrá por desistida.
Se deberá ofertar por cada ruta de cada comuna: ILLAPEL, SALAMANCA, LOS VILOS, CANELA por separado, es decir, los servicios de transporte y distribución de agua potable de las localidades en que se requiere dar apoyo a las familias por catastro de déficit hídrico.
Importante: Todos los plazos de días son corridos, a menos que las Bases digan que son hábiles. Para estos efectos, se entenderán hábiles los días lunes a viernes que no sean feriados o festivos.
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UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: |
La Unidad Ejecutora contratante es la Delegación Presidencial Provincial de Choapa. La supervisión técnica del proceso de revisión y recepción de los bienes que se licitan será desempeñada por un Supervisor Técnico (ITO), que será designado por la Delegación Presidencial Provincial de Choapa.
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MODIFICACIÓN HORARIO ACTO DE APERTURA: |
El horario del Acto de Apertura indicado en las presentes Bases podrá ser modificado por razones fundadas, sin requerir de Resolución.
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PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE LA LICITACIÓN: |
Las propuestas se abrirán, en un acto público, de forma electrónica, en la Comisión de Apertura, la que estará integrada por los siguientes funcionarios titulares o suplentes o quienes estos designen: Encargada del Departamento Social; Encargado Departamento Jurídico; Encargado del Departamento de Administración y Finanzas, quienes además son miembros de la Comisión Evaluadora, en el día y hora indicados en el Calendario de Licitación, en presencia de los proponentes que voluntariamente concurran, levantándose un Acta de Apertura, firmada por los oferentes que deseen hacerlo, que se incorporará en el Portal www.mercadopúblico.cl.
Si por cualquier razón algún miembro de la comisión de apertura o evaluadora, se viere imposibilitado de participar en el proceso será reemplazado por los siguientes funcionarios, en este orden de prelación: Encargada de Control de Gestión, Encargada de la Unidad de Administración, Adquisiciones y Servicios Generales.
En el evento que en las postulaciones y sus documentos, se presenten defectos de forma, errores u omisiones que estimare no relevantes, la Comisión de Apertura tendrá la facultad de aceptarlos, sometiéndolo a votación, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni la correcta admisión y evaluación de las propuestas.
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RECEPCIÓN Y APERTURA DE LOS APARTADOS ELECTRÓNICOS Y/O SOBRES |
Se procederá a abrir los Apartados electrónicos en el siguiente orden: “DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS”, “PROPUESTA TÉCNICA” y “PROPUESTA ECONÓMICA” de cada uno de los proponentes que presenten ofertas, dejando constancia en el Acta de Apertura. Cada uno de los Apartados ya individualizados deberá contar en su interior con los antecedentes y documentos respectivos, ya detallados.
Si se solicitó Garantía de Seriedad de la Oferta en original, se procederá a abrir el Sobre respectivo.
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FIRMA DE ACTA DE APERTURA |
El Acta de Apertura deberá contener los datos de individualización suficientes de los proponentes y sus ofertas, dejando constancia de las observaciones o reclamos que formulen los interesados. Además indicará las Boletas de Garantía que se devolvieron en el Acto a los Oferentes rechazados de plano que asistieron a la Apertura. El Acta será firmada por los funcionarios que concurran a la Comisión y por los interesados que deseen hacerlo.
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FORMALIZACIÓN DE LOS RECLAMOS |
Los interesados que hayan formulado reclamos deberán formalizarlos por escrito dentro de las 24 horas de efectuada la apertura. La presentación deberá ingresarse al Portal www.mercadopúblico.cl.
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SUFICIENCIA DE LA OFERTA |
El contratista al presentar su oferta asume todo riesgo, contingencia y demás factores o circunstancias que puedan afectarla, como asimismo los costos de todo tipo y el financiamiento requerido para cumplir todas sus obligaciones contractuales en las condiciones establecidas en las presentes Bases.
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PROCEDIMIENTO DE LA EVALUACIÓN |
La evaluación de las ofertas será realizada en una etapa, esta será realizada por la Comisión Evaluadora. Los Proveedores deberán ofertar por todos de los Servicios y/o bienes señalados en las Bases Técnicas, no se aceptarán ofertas parciales o sólo por algunos servicios.
Sólo se evaluarán aquellas ofertas que previamente hayan cumplido con los requisitos mínimos para ofertar.
En el evento que los documentos adjuntos a la oferta presenten errores de forma o transcripción, que sean irrelevantes para la decisión, la Comisión Evaluadora se encuentra facultada para aceptarlos, sometiéndolos a previa votación.
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ADJUDICACIÓN |
La presente licitación, se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje o nota. En caso de empate se resolverá de acuerdo al Mecanismo informado en la Cláusula "Resolución de Empates" al final de estas Bases.
Una vez revisadas y debidamente ponderadas las ofertas y antecedentes presentados por los proveedores, la Comisión de Evaluación procederá a elaborar un Acta de Evaluación respecto de las ofertas evaluadas, sugiriendo a la Autoridad, la adjudicación de la oferta que presente las mejores condiciones de cumplimiento, calidad y experiencia en relación a los bienes y servicios establecidos en las Bases del proceso. Este informe debe remitirse a la Delegada Presidencial Provincial.
Conforme a lo estipulado en la Ley Nº 19.886, la Institución podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases.
Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, éstas no se ajusten a las bases, o el puntaje mínimo obtenido por todos los oferentes no alcanzare la Nota 4.0, sin derecho a indemnización alguna.
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Resolución de Adjudicación |
La Delegación Presidencial Provincial adjudicará los Bienes y/o Servicios requeridos, a través de una Resolución de su Autoridad Provincial o de quien ésta haya designado.
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NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN |
Una vez que se haya adjudicado la Propuesta, se procederá a notificar la decisión al Adjudicatario mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
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PUBLICACIÓN EN PÁGINA WEB |
La Delegación Presidencial Provincial publicará e informará el nombre del adjudicatario en el sitio www.mercadopublico.cl
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DESISTIMIENTO Y SUCESIÓN |
La Delegación Presidencial Provincial podrá en el caso de que el(os) proveedor(es) adjudicado(s) se rehúse(s) a suscribir el Contrato u Orden de Compra; no cumpla(n) con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases; se desista(n) de su oferta o resultare(n) inhábil(es) para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se considera adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente, a menos que éste no cumpla con la Nota Mínima para calificar (4.0) o, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente efectuar una nueva licitación declarando desierto el proceso anterior, sin perjuicio de hacer efectivas las respectivas garantías
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CARACTERÍSTICAS DE LA ORDEN DE COMPRA Y/O CONTRATO |
Si el monto adjudicado por comuna, en la presente Licitación es menor a 1000 UTM, no requerirá la firma de un contrato y se podrán formalizar mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado, en caso que el monto adjudicado por comuna sea superior a 1000 UTM se celebrará el contrato correspondiente, que será redactado por la DPP dentro de 30 días corridos contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación, a menos que la DPP requiera de un mayor lapso para un mejor estudio de los antecedentes del caso.
Posterior a la firma del contrato, el contratista deberá aceptar la orden de compra, una vez recepcionados los recursos desde la Subsecretaria del Interior.
En caso que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl, deberá inscribirse en el plazo de 2 días hábiles contados desde que la DPP le comunique la adjudicación de su oferta. De este modo, para proceder a la firma del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito en el referido Registro de Proveedores.
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de la DPP, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes.
Se entenderá que el precio final aceptado por la Delegación Presidencial Provincial Choapa para la presente licitación, será el único precio que la empresa adjudicataria tendrá derecho a percibir. El valor acordado cubrirá su utilidad, todos los costos, remuneraciones de los trabajadores y cotizaciones correspondientes; gastos generales, imprevistos, impuestos, responsabilidad y riesgos de cualquier clase involucrados en la ejecución de los trabajos. Todos estos aspectos serán determinados y valorizados por el Oferente, a través de sus propios estudios, especificaciones y demás antecedentes técnicos que se determinen.
El valor de cualquier parte del servicio o trabajo que el oferente no haya cotizado en forma expresa, se considerará incluido dentro de los demás precios cotizados; quedando la Delegación exenta de cualquier compromiso que no haya sido expresamente establecido.
El Proveedor será el único responsable de la correcta Ejecución de Obras o prestación o entrega de los servicios, suministros y calidad de los productos y de la colocación y correcta operación de las instalaciones y equipamientos (según sea el caso).
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TIPO DE ORDEN DE COMPRA |
La Orden de Compra a que se refieren las presentes Bases Administrativas será en pesos (moneda nacional), a Suma Alzada, sin reajustes ni intereses de ninguna especie y cuyos pagos procederán según se indica en las presentes Bases Administrativas.
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ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
El plazo máximo para Aceptar la Orden de Compra es de 02 días hábiles contados desde que el proveedor adjudicado es notificado por la Delegación Presidencial Provincial de Choapa de la Adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la Delegación Presidencial Provincial de Choapa, la Orden de Compra no se Acepta dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta y adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado en la Línea que corresponda, conforme lo señalado en el N° 11.1.4 de las presentes Bases.
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RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y/O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
El contrato podrá ser resuelto por disposición de la Delegación Presidencial Provincial de Choapa, en forma inmediata, sin necesidad de requerimiento previo, sin forma de juicio, con o sin indemnización de perjuicios a favor de la Delegación en los casos siguientes:
• Incumplimiento grave y reiterado de los plazos contractuales y/o de la programación de los Servicios.
• Paralización de los Servicios, sin causa justificada, por más de tres días hábiles seguidos.
• El contratista es sancionado por el delito que merezca pena aflictiva.
• El contratista es declarado en quiebra.
• Si el contratista no diere cumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato.
• Si se disolviese la empresa Adjudicataria.
• Cuando la Delegación, de común acuerdo con el Contratista Adjudicado, resuelvan poner término al contrato.
• Alcanzar el tope de aplicación de multa, esto es, el 30% de monto total del contrato.
• Fallecimiento del representante legal del Adjudicatario, que implique el término del giro de la sociedad o persona.
• Fallecimiento del Contratista.
• Se podrá poner término anticipado al contrato adjudicado en caso de existir cese de financiamiento por parte de la Subsecretaria del Interior.
• Por exigirlo el Interés Público o la Seguridad Nacional.
Respecto de la causal contemplada por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, bastará para poner término anticipado al presente contrato, la dictación de una resolución que funde la configuración de la causal expresada, resolución que se notificará personalmente o por correo electrónico al proveedor, se entenderá especialmente que existe el Interés Público cuando exista un restablecimiento operacional, ya sea del servicio sanitario rural afectado (APR) y acceso a fuente de agua potable en contexto de inaccesibilidad por déficit hídrico, como asimismo no exista para la provincia un decreto de catástrofe por sequía y/o decreto de escasez hídrica, vigente o en tramitación.
En caso de fallecimiento del contratista se procederá a la liquidación anticipada del contrato, y si ella arroja un saldo a favor del contratista, esta les será entregada a sus herederos conjuntamente con las garantías y retenciones (si las hubiere), una vez suscrito el finiquito correspondiente. Los herederos deberán acreditar su calidad de tales con la posesión efectiva respectiva e Inventario de los bienes del causante.
En caso de término anticipado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente los servicios requeridos y (si correspondiere) finiquitar adecuadamente los contratos de quienes bajo su dependencia presten servicios en la Delegación, antes de la notificación del referido término anticipado.
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procedimiento por el termino anticipado |
Detectada una situación que amerite poner término anticipado al contrato por parte de la Delegación Presidencial Provincial, la Unidad de Emergencias y Contingencias o la Unidad de Administración, Adquisiciones y Servicios Generales u otro según corresponda, comunicará al Encargado/a del Departamento Jurídico o quien le subrogue indicando la infracción cometida y los hechos que la constituyen. Una vez recibidos los antecedentes, el Departamento Jurídico notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico, indicando la causal para término anticipado al contrato, de acuerdo a las causales establecidas en el punto 13 de las bases de licitación y los hechos en que se funda. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, sin perjuicio de solicitar término probatorio
Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará el respectivo acto administrativo aplicando la multa, si procediere.
Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la DPP de Choapa tendrá un plazo de treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos o desde la finalización del término probatorio si procediere, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante acto administrativo, el cual deberá ser notificado al proveedor por correo electrónico, personalmente o por carta certificada.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Contra la resolución que aplique la multa procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880.”
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Daños a terceros |
Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la prestación de los Servicios se ocasione a terceros, será de exclusiva responsabilidad del o los Proveedores.
La Delegación Presidencial Provincial de Choapa no cancelará al Proveedor ningún gasto proveniente de daños o indemnizaciones producto de lo estipulado en el párrafo anterior.
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Plazo de ejecución o entrega de bienes y o servicios |
El Plazo de Entrega de los Servicios, deberá efectuarse en los plazos establecidos por el oferente de acuerdo a la programación que establezca la Delegación, la que se entenderá formando parte integrante de la Oferta. El servicio se requiere desde el 01 a 31 de enero 2025, ambas fechas inclusive, pudiendo Prorrogarse, por tratarse de un servicio necesario y continuo o renovarse, por una sola vez por un periodo mayor, igual o menor al contratado, si así lo estimare por resolución fundada la Autoridad del Servicio, bajo condición que exista para la Provincia de Choapa un Decreto de Catástrofe derivada de la prolongada sequía y/o se encuentre declarada como zona de escasez hídrica, mediante el decreto del Ministerio de Obras Públicas.
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RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS |
Una vez recibidos conformes los Servicios mensuales por parte de la Supervisión Técnica, deberá dejar constancia por escrito, mediante Certificado de Recepción Conforme el cual deberá remitir a la unidad de Finanzas y Presupuesto para que deje registro en el portal de mercado público.
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PAGO DE FACTURAS |
La Delegación Presidencial de Choapa emitirá orden de compra por los servicios requeridos, según el mes y ruta correspondiente.
El pago del servicio de distribución de agua potable se efectuará al término del servicio o al término del periodo mensual de entrega, lo cual dependerá si los fondos hubieran sido transferido por la Subsecretaria del Interior.
Los datos para la facturación son los siguientes:
NOMBRE: Delegación Presidencial Provincial de Choapa.
RUT: 60.511.043-6.
DIRECCIÓN: calle Ecuador número 220.
COMUNA: Illapel
GIRO: Gobierno Central
ENVIO DE FACTURA: La factura debe ser enviada a la siguiente casilla: ivillarroel@interior.gob.cl, y partesdppchoapa@interior.gob.cl.
Además, para proceder al pago, se deben cumplir con las siguientes condiciones:
a. Que, la Subsecretaría del Interior dicte el Decreto o Resolución mediante la cual se transfieren los recursos a esta Delegación Presidencial Provincial, conforme a la Ley de Presupuestos vigente.
b. Que los recursos estén efectivamente transferidos, esto es, que se encuentren depositados en la cuenta corriente de la Delegación Presidencial de Choapa.
c. Que, se dicte por parte de la Delegación Presidencial Provincial de Choapa, la resolución que autoriza el pago respectivo.
La documentación requerida para procesar el pago es la siguiente:
a) Factura con detalle de los metros cúbicos de agua entregados y Identificación del servicio con el respectivo ID de la orden de compra asociada en línea habilitada en factura para tal efecto.
b) Registro de entrega de agua, según formato Delegación.
c) Certificado de recepción conforme del servicio, por parte de DPP de Choapa.
En todo caso, los pagos no serán girados mientras el proveedor no presente la documentación señalada para tales efectos.
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MULTAS |
La empresa contratada deberá dar estricto cumplimiento a lo señalado en las bases administrativas y técnicas, y cualquier incumplimiento de las obligaciones estipuladas, facultará a la Delegación Presidencial Provincial de Choapa para la aplicación de una multa, equivalente al 5% del valor bruto de la facturación mensual, por cada incumplimiento de las obligaciones que se pasan a detallar, sin perjuicio de su derecho de poner término anticipado al contrato:
TABLA DE MULTAS
Tipo de falta Monto multa
Grave 8 UTM por cada incumplimiento
Operativa 5 UTM por cada incumplimiento
Administrativa 2.5 UTM por cada incumplimiento
El monto máximo de aplicación de multa será el 30% del valor total del contrato, en caso de alcanzar el tope máximo de multa, dará derecho de poner término a la contratación.
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procedimiento de aplicacion de multas |
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la Delegación Presidencial Provincial, ésta mediante la Unidad de Emergencias, contingencias y Seguridad Pública, le notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico, que el proveedor adjudicado deberá fijar para los efectos de la ejecución del contrato, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de siete días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa, si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de estos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, el cual deberá ser notificado al proveedor, personalmente o por correo electrónico.
Contra la resolución que aplique la multa respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880, Ley de Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
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procedimiento de cobro de multas |
La multa producirá sus efectos una vez resuelto los recursos pertinentes, o haya vencido el plazo de su interposición sin que se hayan presentados. Desde ese momento el proveedor se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, pudiendo pagarlas directamente a la cuenta que le indicará el encargado del Departamento de Administración y Finanzas en el plazo de 03 días hábiles de notificado.
Si no fueren pagadas en el plazo, el monto de las multas será rebajado del estado de pago que la Entidad deba efectuar al proveedor en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.
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REINCORPORACIONES |
En los casos que los oferentes realicen observaciones a su rechazo de oferta en el acto de Apertura, los Oferentes deberán ingresar el reclamo en el portal mercado público dentro de las 48 horas hábiles posteriores a la fecha del acto de apertura. La comisión evaluadora procederá a analizar el reclamo, en caso que proceda la reincorporación del oferente se realizará a través del sistema mercado público.
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CAMBIO DE FECHA DE ADJUDICACIÓN |
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes Bases de Licitación, podrá modificarse sin necesidad de emitir Resolución, sólo justificar los motivos de ampliación de fecha en la página www.mercadopublico.cl
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Resolución de Empates |
En caso de empate, en primer lugar se adjudicará a la mejor nota al Menor Precio.
En segundo lugar, mejor nota en Mayor experiencia
En tercer lugar, mejor nota en Calidad Técnica ofertada.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los interesados que hayan formulado reclamos o consultas respecto a la Adjudicación deberán formalizarlos por escrito dentro de 24 horas de efectuada la adjudicación. La presentación deberá ingresarla al Portal www.mercadopublico.cl
El administrador del sistema en la Delegación Presidencial Provincial de Choapa o el supervisor de la licitación contestarán a las consultas o reclamos formulados con respecto a la adjudicación, la respuesta será ingresada al Portal www.mercadopublico.cl dentro de los plazos establecidos en Bases para la presentación de antecedentes para la contratación del adjudicado de los servicios licitados.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
En el periodo de evaluación de las ofertas la comisión evaluadora podrá solicitar a través del portal o por correo electrónico, requerimientos que deberán ser adjuntados en anexos en la licitación, documentos o aclaraciones a sus ofertas, que considere relevante para la evaluación. Los oferentes deberán presentar dentro de 48 horas después del requerimiento de presentación a través del portal www.mercadopublico.cl, (Foro Inverso Consultas y Aclaraciones), siempre que lo anterior, no altere el tratamiento igualitario a los proponentes ni la correcta evaluación de las propuestas. En caso de no presentación o presentación posterior, la comisión evaluadora calificará con la nota correspondiente en la evaluación de las ofertas, en el Criterio de Evaluación “Cumplimiento de Bases” respectivo.
En todo caso, los certificados u otros documentos omitidos deben haber estado vigentes a la fecha y hora de la apertura de la licitación.
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JURISDICCION Y DOMICILIO |
Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Illapel y deberán someterse a la competencia de sus tribunales.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza , en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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