Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Art. 113º La MAHO, velará porque el proveedor se encuentre al día en el pago de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores. Por esta razón, podrá solicitar al contratista, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, la presentación del certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.
Art. 114º Lo anterior, en virtud de la responsabilidad subsidiaria que tiene la Municipalidad de Alto Hospicio, en las materias antes referidas.
Art. 115º En caso de que el proveedor presente saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, LOS PRIMEROS PAGOS DEBERÁN SER DESTINADOS A LA CANCELACIÓN DE DICHAS OBLIGACIONES, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las prestaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Art. 116º El proveedor se compromete a CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DE SUS TRABAJADORES, conforme lo señalado en el Código del Trabajo. En el evento que el Contratista o Subcontratista (si es que hubiere) no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de la obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la MAHO podrá retener de los pagos que se adeuden al contratista, el monto por estos conceptos, de que es responsable el Contratista o Subcontratista (si es que hubiere), o utilizar las retenciones y/o garantías del Contrato (si es que hubieren), en el mismo orden de prelación antes indicado y exclusivamente hasta el efectivo pago de las obligaciones laborales y previsionales adeudadas. Con las retenciones antes referidas el municipio pagará al trabajador o la Institución Previsional acreedora lo adeudado.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Art. 73º Durante la ETAPA DE EVALUACIÓN la MAHO podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar ofertas que presenten defectos de forma, omisiones u errores NO ESENCIALES O MERAMENTE FORMALES siempre que no altere el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las ofertas. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Art. 74º Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la MAHO, y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Art. 75º Para lo anterior, el proveedor tendrá 2 (dos) días hábiles para subsanar los errores u omisiones detectados, luego de las 24 horas transcurridas desde que la MAHO notifique a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad a través del foro inverso, pero el oferente no diere respuesta y/o no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá ser rechazada de plano y no ser evaluada, si ello procede.
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Pacto de integridad |
Art. 122º El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Art. 123º Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.
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