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CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN |
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El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas bases de licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo.
Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas bases de licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público, en el plazo de preguntas indicado en el numeral 3 de las presentes bases administrativas de licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, dentro de los plazos indicados, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.
Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.
INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases de licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes bases de licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación.
Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.
Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.
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INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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El oferente participante deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl los siguientes antecedentes:
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Anexos Administrativos
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Anexo N°1 a) Antecedentes Administrativos
Anexo N° 4 Programa(s) de integridad y compliance
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Anexos Técnicos
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Anexo N°2:
a) Curriculum del equipo de trabajo propuesto para el desarrollo del servicio taller de capacitación y tutoría
b) Curriculum del equipo de trabajo propuesto para el desarrollo del servicio asesoría técnica integral
c) Experiencia del oferente
d) Metodología y enfoque propuestos. Propuesta técnica nº1.
e) Metodología y enfoque propuestos. Propuesta técnica nº2
Los participantes deberán ingresar su oferta técnica según el formato del anexo letras a,b,c,d y e de estas bases de licitación, adjuntando los documentos de respaldo que correspondan.
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Anexos Económicos
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Anexo N° 3 Oferta económica
Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado (impuestos incluidos) expresado en moneda nacional. Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Privadas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados.
En caso de que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.
En caso de que la oferta económica ingresada por el proveedor en la ficha electrónica de la Plataforma Mercado Público, presente diferencias con el valor expresado en el Anexo N° 3, solo se considerará el valor indicado en el Anexo N° 3, para todos los efectos legales.
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6.1. OBSERVACIONES
De acuerdo con el artículo 16 de la Ley N° 19.886, para participar en la presente licitación los oferentes deben encontrarse habilitados para participar en él, para poder participar de cualquier procedimiento de contratación y suscribir los contratos definitivos, y no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:
- Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 6°, artículos 35 quáter y septies.
- Decreto N° 661 de 2024, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 41°, número 10.
- Ley N° 19.728, que establece seguro de desempleo.
- Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que se indican, artículos 8° y 10°.
- Decreto Ley N° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, artículo 26°, letra d.
- Inhabilidad para contratar con los organismos de la Administración del Estado, contemplada en el artículo 33 de la Ley 21.595.
Lo anterior se acreditará mediante la confirmación y firma electrónica de la “Declaración Jurada de requisitos para ofertar” disponible en la plataforma de Mercado Público, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes. La sola presentación de ofertas en la presente licitación implica que el proponente declara que no le afectan las inhabilidades antes señaladas.
Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 120 días corridos, desde la fecha de cierre de las ofertas.
Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP no será responsable en caso alguno de ellos.
Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras privadas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las bases de licitación. Para ello, deberán verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras privadas, por lo que no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
El día de publicación del llamado, constituirá el día cero del calendario de eventos establecido, a partir del cual se contarán los plazos.
Para efectos del presente concurso, los plazos son de días hábiles administrativos, esto es, para su cómputo deben excluirse los días sábados, domingos y festivos, sin perjuicio de los casos en que expresamente estas bases establezcan plazos de días corridos. En caso de que un plazo de días corridos venza un día inhábil éste se ampliará automáticamente al día hábil siguiente.
La participación en el proceso implica la aceptación por parte de los proponentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
6.2. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES.
El Instituto se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes bases de licitación, conforme los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo y siempre acorde y en sujeción con lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento.
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PARTICIPANTES |
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Podrán participar de esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, incluyendo uniones temporales de proveedores, que, cumpliendo los requisitos señalados en las presentes bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, los integrantes deberán suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá materializarse por escritura privada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 180 del Decreto Supremo N° 661 que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886.
7.1. INSTRUCCIONES ADICIONALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE UTP
Para la presentación de ofertas por parte de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), éstas deberán cumplir con las siguientes reglas especiales y acompañar los siguientes antecedentes:
a.- Presentar un Anexo en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.
b.- Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el Anexo N° 1 Antecedentes administrativos.
c.- Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán los antecedentes que presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar u omitir información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de ésta.
d.- En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación.
e.- Todos los socios serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar.
f.- Las Uniones Temporales de Proveedores deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 180 del Reglamento de la Ley N° 19.886, y en caso contrario la oferta podrá ser declarada inadmisible.
g.- Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados
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GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
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En conformidad con el artículo 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el otorgamiento de la garantía de seriedad será obligatorio en las contrataciones que superen las 5.000 UTM, por lo que en el presente proceso licitatorio no se requiere la presentación de garantía de seriedad.
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REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD |
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Para que las ofertas presentadas puedan pasar a la etapa de evaluación, primeramente, deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:
- Anexo N°1 Antecedentes Administrativos
- Oferta Técnica:
• Anexo 2.a) Los profesionales cumplen con el perfil solicitado en las bases técnicas: 1) Relator: profesional del área económica o agrónoma o carrera afín como: comercial, agronegocios, veterinario, administración de empresas, 2) Monitores: perfil profesional o técnico en áreas económica o agrónoma o carrera afín, 3) Asesor experto: profesional agrónomo.
• Anexo 2.b) Los profesionales propuestos para el servicio de asesoría técnica integral tendrán que cumplir con el perfil y la experiencia mínima requerida: Mentor profesional del área comercial, económica o afín. Asesores técnicos: profesional del área agronómica, veterinaria, turismo, comercial, ingeniero en alimentos y Asesor contable: profesional del área contable. Todos los profesionales deberán acreditar una experiencia mínima de 4 asesorías y/o capacitaciones en sus áreas.
• Anexo 2.c) Experiencia del oferente
• Anexo 2.d) La propuesta técnica 1 para “capacitación CANVAS y tutoría”: la propuesta debe contener todos los contenidos mínimos descritos en las bases técnicas numerales 3.1.1 módulos temáticos del taller, 3.1.2. Gestión del taller, 3.1.3. Idoneidad del equipo de trabajo, 3.1.4 Certificado de participación y 3.2 Tutoría para el taller.
• Anexo 2.e. Propuesta técnica 2 Plan de trabajo para asesoría técnica integral
- Anexo N° 3 - Oferta económica
- El monto de la oferta debe ser igual o menor al presupuesto disponible indicado en el numeral 2 de estas bases de licitación.
En el caso que no se dé cumplimiento a una o más de las exigencias señaladas anteriormente, la oferta presentada será declarada inadmisible, debido a que se trata de requisitos de carácter obligatorio. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes, así como el principio de eficiencia procedimental y económica.
9.1.- SUPUESTOS DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.
1.- La no publicación de la oferta del proponente a través del sistema de Compras Privadas del Estado (Mercado Público), salvo en caso de indisponibilidad del sistema u otras variables contempladas en el artículo 115 del Decreto Supremo 661 del 2024.
2.- Al momento de ofertar, o en el transcurso de la evaluación, el oferente cambia su estado de habilidad en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras Privadas.
3.- Aquellas que oferten en un tipo de moneda distinto al expresado en las Bases Administrativas.
4.- Aquellas que superen el monto disponible, cuando lo señale así las Bases Administrativas.
5.- Cuando se proporcione información incompleta, ilegible, sin valoración y/o se deje en blanco alguno de los apartados requeridos en el Anexo Económico, lo que imposibilite la aplicación de la pauta de evaluación, sin perjuicio que el Instituto podrá verificar el cumplimiento de la oferta económica de conformidad con los antecedentes que consten en el portal, por cualquier medio idóneo.
6.- El Instituto podrá rechazar ofertas cuando hayan obtenido, en la evaluación, un puntaje técnico total ponderado inferior al indicado en las bases administrativas.
7.- Cuando la oferta económica presentada se encuentre significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas, conforme al resultado de la aplicación de la fórmula establecida en las Bases de Licitación, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, y en conformidad con lo señalado en el artículo 61 del Reglamento de la Ley de Compras.
8.- Ante la ausencia de algún Antecedente Técnico en la presentación de la oferta y tras ser solicitado mediante foro inverso, cuando ello sea posible, este o estos no haya sido presentados y constituyen aspectos esenciales para la evaluación.
9.- Cuando se proporcione información incompleta, ilegible, sin valorar y/o se deje en blanco alguno de los apartados requeridos en los anexos que se deban ingresar en los “Anexos Técnicos” del Sistema de Información, los cuales sean esenciales para la evaluación técnica del proceso, esto es, para aplicar los criterios técnicos de la pauta de evaluación. Esta regla no será aplicable a aquellos anexos que correspondan a experiencia y comportamiento contractual anterior.
10.- Cuando el oferente ha ofrecido o intentado conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a un funcionario público que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de apertura, evaluación y adjudicación de las ofertas. Asimismo, será causal de inadmisibilidad cualquier intento de influir directa o indirectamente en un funcionario público respecto al proceso licitatorio y/o la toma de decisiones relacionadas con el mismo, por fuera de los mecanismos previstos en la ley para tales efectos.
11.- Hayan sido presentadas por Proponentes pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí en conformidad con el Art. 60 del Reglamento de la ley de Compras, y/o sobre los cuales existieren motivos fundados para estimar que dos o más de ellos se han concertado para aumentar artificialmente los valores de las propuestas o para limitar o excluir indebidamente las propuestas de los competidores. En tal caso se requerirá de un informe fundado de la Comisión para rechazar las propuestas que incurran en tales prácticas e informar de este hecho a la Fiscalía Nacional Económica.
12.- Se compruebe que hayan proporcionado información falsa, alterada o maliciosamente incompleta. El Instituto, podrá tomar las medidas administrativas correspondientes según la gravedad del caso. Lo anterior deberá quedar debidamente fundamentado por la Comisión en el Informe de Evaluación respectivo.
13.- Si el oferente declara que alguno de los perfiles de trabajadores, en caso de ser contratado, reciba una remuneración inferior al monto mínimo establecido en bases.
14.-Si la oferta es presentada por una UTP conformada por empresas que no cumplan con el requisito de ser empresas de menor tamaño sin perjuicio de las excepciones previstas en la Ley 19.886.
Lo anterior es sin perjuicio de otros supuestos que puedan verificarse durante la evaluación del proceso y que hagan procedente la adjudicación de una determinada oferta.
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PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN |
a) COMISIÓN EVALUADORA.[1]
La Comisión Evaluadora[2] será designada mediante Resolución emitida con anterioridad al acto de apertura. Esta Comisión estará compuesta por, al menos, tres funcionarios del Instituto en calidad de titulares, además de suplentes, los cuales actuarán en caso de ausencia o impedimento de algún titular. Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán suscribir una declaración jurada conforme a lo dispuesto por la normativa legal vigente, es decir, relativa a eventuales conflictos de interés y la obligación de guardar confidencialidad con el procedimiento, atendido lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 19.886.
b) INFORME DE LA COMISIÓN EVALUADORA
La Comisión Evaluadora debe levantar un acta denominada “Informe Final” en la que debe, entre otros, dejar constancia, según correspondiere, de:
a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles, por no cumplir los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
c) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Instituto.
d) La asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dicho puntaje, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
e) La proposición de adjudicación para adoptar la decisión final.
10.1. CRITERIOS DE EVALUACION.
Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas bases de licitación. Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente, en base a los siguientes criterios:
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Clasificación Criterio
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Criterio de evaluación
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Ponderación
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Técnico
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Criterios técnicos para el servicio de Asesoría Técnica integral
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60%
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Criterios técnicos para el taller y tutoría
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15%
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Económico
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Precio
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20%
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Administrativo
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Cumplimiento de requisitos formales
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1%
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Cumplimiento de certificación de sustentabilidad para proveedores
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2%
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Cumplimiento de compromiso de integridad y compliance que sean conocidos por el personal
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2%
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La pauta de evaluación de los criterios indicados anteriormente es la siguiente:
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CRITERIO TÉCNICO 75%
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- Taller y Tutoría para la formulación del proyecto de negocios (15%)
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Experiencia de los profesionales[3] 15% - Anexo 2 letra A
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Nota
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Los profesionales acreditan haber realizado a lo menos 5 capacitaciones en los últimos 3 años, anterior a la publicación de las bases, en la temática metodología CANVAS u otros similares como: desarrollo de proyectos, proyectos de negocios, administración de negocios, gestión empresarial u otros elementos de emprendimiento.
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100
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Los profesionales acreditan haber realizado entre 3 a 4 capacitaciones en los últimos 3 años, anterior a la publicación de las bases, en la temática metodología CANVAS u otros similares como: desarrollo de proyectos, proyectos de negocios, administración de negocios, gestión empresarial u otros elementos de emprendimiento.
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80
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Los profesionales acreditan haber realizado 2 capacitaciones en los últimos 3 años, anterior a la publicación de las bases, en la temática metodología CANVAS u otros similares como: desarrollo de proyectos, proyectos de negocios, administración de negocios, gestión empresarial u otros elementos de emprendimiento.
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50
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Los profesionales acreditan haber realizado 1 capacitación en los últimos 3 años, anterior a la publicación de las bases, en la temática metodología CANVAS u otros similares como: desarrollo de proyectos, proyectos de negocios, administración de negocios, gestión empresarial u otros elementos de emprendimiento.
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0
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- Se evaluará a cada profesional propuesto, en ese sentido el puntaje corresponde a la suma del puntaje obtenido por cada uno de los profesionales, dividido por el número de profesionales propuestos.
- Sólo se evaluarán aquellos profesionales que cumplan con los mínimos establecidos en las bases técnicas
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2. Servicio de Asesoría técnica integral (60%)
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PLAN DE TRABAJO PROPUESTO PARA LA ASESORÍA TÉCNICA INTEGRAL (15%) Anexo 2 letra E
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Nota
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El plan de trabajo propuesto nombra y describe con claridad lo solicitado en el anexo 2 letra e) en cuanto a los servicios de mentoría, asistencia técnica, asesoría contable y actividades grupales. El plan está enfocado en el desarrollo de un emprendimiento, considerando un nivel de avance gradual que permita fortalecer todas las áreas de gestión y producción de un negocio silvoagropecuario naciente. De acuerdo con lo señalado en las bases técnicas n°3.3.2 y n°3.3.4. Además, incorpora una actividad adicional innovadora que aporta un valor significativo al desarrollo inicial de los negocios de los jóvenes beneficiarios. Esta actividad deberá demostrar creatividad y estar alineada con los objetivos del programa, contribuyendo de manera efectiva a la formación y fortalecimiento de los emprendimientos.
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100
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El plan de trabajo propuesto nombra y describe con claridad lo solicitado en el anexo 2 letra e) en cuanto a los servicios de mentoría, asistencia técnica, asesoría contable y actividades grupales. El plan está enfocado en el desarrollo de un emprendimiento, considerando un nivel de avance gradual que permita fortalecer todas las áreas de gestión y producción de un negocio silvoagropecuario naciente. De acuerdo con lo señalado en las bases técnicas n°3.3.2 y n°3.3.4
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50
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El plan de trabajo propuesto sólo nombra de manera general lo solicitado en el anexo 2 letra e) en cuanto a los servicios de mentoría, asistencia técnica, asesoría contable y actividades grupales. El plan está enfocado en el desarrollo de un emprendimiento, considerando un nivel de avance gradual que permita fortalecer todas las áreas de gestión y producción de un negocio silvoagropecuario naciente. De acuerdo con lo señalado en las bases técnicas n°3.3.2 y n°3.3.4
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0
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EXPERIENCIA DEL OFERENTE[4] (20%) Anexo 2 letra C
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Nota
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El oferente acredita haber realizado 8 o más consultorías y/o asistencias técnicas a empresarios y/o proyectos relacionados con los negocios de los jóvenes que ofertan atender y actividades de fomento, durante los últimos 8 años previo a la publicación de las bases.
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100
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El oferente acredita haber realizado entre 6 a 7 consultorías y/o asistencias técnicas a empresarios y/o proyectos relacionados con los negocios de los jóvenes que ofertan atender y actividades de fomento, durante los últimos 8 años, previo a la publicación de las bases.
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80
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El oferente acredita haber realizado entre 4 a 5 consultorías y/o asistencias técnicas a empresarios y/o proyectos relacionados con los negocios de los jóvenes que ofertan atender y actividades de fomento, durante los últimos 8 años, previo a la publicación de las bases.
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30
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El oferente acredita haber realizado entre 2 a 3 consultorías y/o asistencias técnicas a empresarios y/o proyectos relacionados con los negocios de los jóvenes que ofertan atender y actividades de fomento, durante los últimos 8 años, previo a la publicación de las bases.
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0
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EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES A CARGO DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO DE APOYO EMPRENDEDOR[5] (25%) Anexo 2 letra B
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Puntaje
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Los profesionales acreditan haber realizado 9 o más consultorías y/o asesorías en las temáticas técnicas relacionadas con el tipo de negocio de los jóvenes que ofertan atender, durante los últimos 8 años, previo a la publicación de las bases.
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100
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Los profesionales acreditan haber realizado entre 7 a 8 consultorías y/o asesorías en las temáticas técnicas relacionadas con el tipo de negocio de los jóvenes que ofertan atender, durante los últimos 8 años, previo a la publicación de las bases.
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50
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|
Los profesionales acreditan haber realizado entre 5 a 6 consultorías y/o asesorías en las temáticas técnicas relacionadas con el tipo de negocio de los jóvenes que ofertan atender, durante los últimos 8 años, previo a la publicación de las bases.
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30
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Los profesionales acreditan haber realizado 4 consultorías y/o asesorías en las temáticas técnicas relacionadas con el tipo de negocio de los jóvenes que ofertan atender, durante los últimos 8 años, previo a la publicación de las bases.
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0
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- Se evaluará a cada profesional propuesto, en ese sentido el puntaje corresponde a la suma del puntaje obtenido por cada uno de los profesionales, dividido por el número de profesionales propuestos.
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CRITERIO ADMINISTRATIVO – 5%
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Cumplimiento de requisitos formales – 1%
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Puntaje
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El oferente cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la propuesta, dentro del periodo de recepción de ofertas y antes de la fecha de cierre.
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100
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El oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en el punto 10.3 de las bases administrativas, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado
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50
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El oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado.
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0
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Cumplimiento de certificación de inclusividad y/o sustentabilidad para proveedores – 2%
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Puntaje
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El oferente cuenta con certificación de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme (debe adjuntar el/los certificado/s vigente/s respectivo/s), y/o fomenta la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad (quien resulte adjudicado debe adjuntar contrato de trabajo del/de los trabajadores en situación de discapacidad e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN), para el otorgamiento del total del puntaje respecto de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad, el oferente debe acreditar que cumple en una proporción mayor al mínimo exigido por ley, ejemplo: Empresas con menos de 100 Trabajadores: Presenta 1 o más trabajadores con discapacidad: 100 Ptos; No Presenta trabajadores con discapacidad: 0 Ptos. Empresas con 100 o más Trabajadores: Presenta más de 1% de trabajadores con discapacidad: 100 Ptos. Presenta 1% o menos de trabajadores con discapacidad: 0 Ptos.
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100
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El oferente no cuenta con certificación de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme o no fomenta la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.
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0
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Cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal (*) – 2%
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Puntaje
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Cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por éstos.
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100
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No cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal.
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0
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(*) De acuerdo a lo señalado en el artículo 17 del Reglamento de Compras Privadas, y en el Dictamen Nº E370752/2023, de la Contraloría General de la Reprivada, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en el Anexo Nº 4 “Programa(s) de Integridad y compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
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CRITERIO ECONÓMICO 20%
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INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas bases de licitación.
Para la evaluación de este criterio, se considerarán las ofertas económicas declaradas por los oferentes correspondientes al valor total ofertado por la prestación de sus servicios o por la adquisición de los productos adjudicados, no procediendo cobro adicional bajo ningún concepto.
Para la evaluación de este criterio, se considerará y comparará el precio de la oferta, con el menor precio ofertado en la presente licitación, mediante la siguiente formula:
PUNTAJE PRECIO = (PRECIO MÍNIMO OFERTADO/PRECIO OFERTA) x 100
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10.2.- DESCUENTOS POR COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR.
Todos aquellos oferentes que presenten incumplimiento contractual (multa o término anticipado por incumplimiento contractual) con el Instituto u otro organismo público en los 3 años previos a la fecha de publicación de las presentes bases y que aquellos se encuentren registrados en el sistema de información de mercado público, se les aplicará un descuento en el puntaje técnico, como sigue:
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Multa
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Descuentos de Puntos
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1
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4
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2
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8
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3 o más
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12
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Término anticipado de contrato por incumplimiento contractual
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Descuentos de Puntos
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1
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6
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2
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12
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3 o más
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18
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10.3. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
En virtud del Artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.
En caso de que una oferta no cumpla con los requisitos formales y la comisión resuelva requerir certificaciones o antecedentes de los señalados en el párrafo anterior, a dicha oferta, no obstante continuar en el certamen, se le asignará el puntaje conforme a lo establecido en el Ítem “Cumplimiento requisitos formales” de los aspectos administrativos. Se informará a todos los oferentes de la solicitud realizada por la Comisión Evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, en el evento que un documento o certificación sea esencial para la evaluación, y aquel no sea aportado por un oferente, el Instituto podrá eventualmente declarar inadmisible la oferta.
10.4. MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:
- En primer lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente el mayor puntaje en el criterio Técnico total.
- En segundo lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio técnico de Asesoría técnica integral
- En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio técnico Taller y Tutoría para la formulación del proyecto de negocios
- En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en la plataforma Mercado Público.
Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta deben ser aprobadas por Resolución fundada.
[1] En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por una comisión evaluadora.
[2] Quienes participen en una Comisión Evaluadora de un determinado proceso de licitación, deberán realizar una declaración de patrimonio e intereses (DIP), en la forma que se dispone en la Ley Nº 20.880, sobre probidad en la función privada y prevención de los conflictos de intereses, en el más breve plazo y hasta treinta días hábiles siguientes desde asumida la función. Además, deberán actualizar la declaración de patrimonio e intereses, en el mes septiembre y marzo de cada año, si correspondiese, conforme a lo previsto en el artículo 13 del Reglamento de Compras Privadas.
[3] La experiencia de los profesionales debe ofertarse conforme anexo 2 letra a), y la información ahí señalada a fin de ser considerada podrá acreditarse por cualquiera de los siguientes medios los que deberán acompañarse al momento de la oferta: certificado de experiencia, contrato, boleta de honorarios, factura y/o recepción conforme, donde se indique expresamente: el detalle del servicio, tiempo (meses, semanas, etc) de ejecución de labores e ID de mercado público de contar con él
[4] La experiencia del oferente debe ofertarse conforme anexo 2 letra c), y la información ahí señalada a fin de ser considerada podrá acreditarse por cualquiera de los siguientes medios los que deberán acompañarse al momento de la oferta: certificado de experiencia, contrato, boleta de honorarios, factura y/o recepción conforme, donde se indique expresamente: el detalle del servicio, tiempo (meses, semanas, etc) de ejecución de labores e ID de mercado público de contar con él
[5] La experiencia de los profesionales debe ofertarse conforme anexo 2 letra d), y la información ahí señalada a fin de ser considerada podrá acreditarse por cualquiera de los siguientes medios los que deberán acompañarse al momento de la oferta: certificado de experiencia, contrato, boleta de honorarios, factura y/o recepción conforme, donde se indique expresamente: el detalle del servicio, tiempo (meses, semanas, etc) de ejecución de labores e ID de mercado público de contar con él
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ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas bases de licitación. Determinado el oferente seleccionado, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas bases de licitación y de la presentación de su oferta.
La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada de la autoridad competente de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de actividades del proceso licitatorio.
Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicará oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.
En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas bases de licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
INDAP no podrá adjudicar la licitación a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Privadas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.
En caso de que el Portal Mercado Público no se encuentre disponible al momento de realizar la adjudicación del proceso, se publicará el acto administrativo a través de Transparencia Activa.
En caso de que el Portal Mercado Público no se encuentre disponible al momento de enviar la orden de compra, se enviará una orden de compra manual y se solicitará su aceptación vía correo electrónico
11.1. RE-ADJUDICACIÓN
En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato y/o aceptar la orden de compra a que se refiere el artículo 58 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
11.2. MECANISMOS PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico opartes15@indap.cl el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO |
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Si el oferente es persona natural
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- Fotocopia de su cédula de identidad.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
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Acreditar en Registro de Proveedores
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Si el oferente es una persona jurídica
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- Certificado de vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
- Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, manteniendo la misma vigencia anteriormente señalada.
- Copia de la escritura privada de constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:
- Certificado de vigencia
- Certificado de estatutos actualizados
- Certificado de anotaciones, en su caso
Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl
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Si el oferente es una UTP
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Las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) deberán entregar los mismos documentos indicados precedentemente respecto de cada uno de sus integrantes y suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá formalizarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 180 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos, equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación, incluyendo la renovación que pudiera tener lugar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 180 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Asimismo, los integrantes de la UTP deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a INDAP respecto al servicio a contratar. No obstante, todos los integrantes serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar, por lo que INDAP podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza.
El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 180 del Reglamento de la Ley N°19.886.
Podrán ser declaradas inadmisibles las ofertas presentadas por una UTP que no cumpla los requisitos previstos en la ley 19.886, conforme a lo previsto en su artículo 53 de dicha ley, sin perjuicio de las excepciones previstas en la propia ley.
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Todos los oferentes
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Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato (sobre 1000 UTM).
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12.1. OBSERVACIONES
El plazo para la suscripción del contrato es de 10 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento.
Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente según lo regulado en estas bases de licitación.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, INDAP podrá proceder a la re-adjudicación, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Cabe señalar que, a través del Registro de Proveedores de Mercado Público, se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, con relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 154 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley N° 19.886.
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GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
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Monto de la garantía
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5% del precio final neto ofertado.
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Fecha de vencimiento de la garantía
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90 días corridos posteriores a la fecha de término del contrato.
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Garantías válidas
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Se aceptará como garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo con lo estipulado en el artículo N° 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el que deberá ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, tales como:
- Boleta Bancaria
- Póliza de seguro de ejecución inmediata
- Certificado de Fianza
- Vale a la vista
En caso de que se entregue como garantía un vale a la vista, éste deberá venir acompañado de un documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente.
Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente.
La garantía se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico, a opción del oferente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Glosa
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Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de Servicio Apoyo emprendedor para el Programa Mi Primer Negocio Rural de INDAP, Región de Arica y Parinacota, Asignación Presupuestaria 24.09.415 actividad 864.
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A nombre de
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Instituto de Desarrollo Agropecuario
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RUT
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61.307.000-1
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Fecha de entrega
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Deberá presentarse con anterioridad a la firma del contrato definitivo.
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Observaciones
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Esta garantía tiene por objeto resguardar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de la oferta y el contrato. En el caso de la prestación de servicios, esta garantía asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante.
La garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del servicio, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes.
Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado, quien es el responsable de realizar los trámites para mantenerla vigente por el período que cauciona. La garantía deberá ser renovada en caso de prórroga o renovación del contrato; el no cumplimiento de este trámite será motivo para que INDAP ponga término anticipado al contrato.
INDAP podrá efectuar el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, mediante acto administrativo fundado y debidamente tramitado, por las causales indicadas en el numeral 17 de las presentes bases de licitación, haya procedido o no el término anticipado de contrato.
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CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO |
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Vigencia del contrato
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La vigencia del contrato terminará en 3 años contados desde su fecha de suscripción prevista para el inicio de los servicios. Sin perjuicio de lo anterior, no corresponde efectuar ningún pago hasta que se encuentre totalmente tramitada la resolución que apruebe el contrato.
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Renovación
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Sin opción de renovación
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Modificación del contrato
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Conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y lo señalado en el artículo 129 del Decreto Supremo 661 del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley de Compras, y considerando la envergadura del contrato y la posibilidad de que, producto de las políticas del Instituto y de otros múltiples factores, varíen las actuales necesidades, se establece expresamente la posibilidad de modificar el contrato definitivo de común acuerdo durante su vigencia, aumentando y/o disminuyendo hasta en un 30%, cualquiera de los aspectos esencialmente variables contenidos en la presente licitación, esto es:
1. El monto contratado
2. El plazo del contrato
3. Otros servicios no previstos inicialmente conforme a lo dispuesto en el artículo 129 numeral 2 del Reglamento de Compras Privadas.
Lo anterior, siempre y cuando se cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
En tales circunstancias, las partes se comprometen, en relación a dichas variaciones, a efectuar las respectivas adecuaciones de los servicios en base al concepto de estricta proporcionalidad, manteniendo vigentes todas las demás condiciones del contrato, velándose por el cumplimiento de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes y el equilibrio financiero del contrato. Dicha modificación debe ser aprobada mediante el acto administrativo respectivo.
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Término de contrato
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El contrato podrá terminarse por la llegada del plazo estipulado para su ejecución, o por la total utilización del presupuesto asignado para esta contratación, o bien podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el numeral 17 de las presentes bases de licitación.
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CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN |
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El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los que se establecerán en el contrato definitivo.
El oferente adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación, total o parcial, de los servicios contratados. En concordancia, el oferente adjudicado deberá ser quien efectivamente preste los servicios, no pudiendo ceder a un tercero la ejecución de estos.
El personal de la empresa que ejecute los servicios que se adjudicarán, dependerá única y exclusivamente del oferente adjudicado y, por lo tanto, no tendrá relación laboral directa o indirecta con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, ni con ninguna de sus dependencias. Asimismo, INDAP no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño que pueda presentarse en el personal de la empresa que puedan concurrir a las dependencias de INDAP durante la ejecución de los servicios, ya que el oferente adjudicado se obliga a cumplir, en relación con sus trabajadores, con todas las normas de higiene y seguridad en el trabajo a que se refiere la Ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Sin perjuicio de lo anterior y en virtud del artículo 130 numeral 10 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar al oferente adjudicado informar sobre el estado de cumplimiento del pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social en favor de sus actuales trabajadores o trabajadores contratados en los últimos dos años. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
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PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO |
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Presupuesto disponible (impuestos incluidos)
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Hasta un total de $ 75.000.000.- (Setenta y cinco millones), impuestos incluidos, supeditado a participación de jóvenes, vale decir, que los valores unitarios de los servicios son:
- Taller y tutoría: $300.000 c/u.-, impuestos incluidos, para un total de 25 jóvenes
- Asesoría técnica integral: $1.500.000 c/u anuales-, impuestos incluidos, para un total de 15 jóvenes
Ambos en los términos que se indican a continuación.
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Forma de Pago
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El servicio será pagado en 10 cuotas, incluyéndose en este pago los impuestos a que diere lugar la ejecución de la prestación contratada, como a continuación se señala:
Año 1.
Cuota 1: se pagará $7.500.000, impuestos incluidos, supeditado a la ejecución del 100% del taller, la tutoría y la presentación de los proyectos de negocios a concurso ante INDAP para los 25 jóvenes, contra la entrega a conformidad de todos los antecedentes y documentos detallados a continuación:
- · Lista de asistencia de cada uno de los módulos firmada por cada uno de los participantes.
- · Listado de recepción conforme de incentivo de movilización firmado por la totalidad de los alumnos.
- · Listado de recepción conforme de alimentación firmado por la totalidad de los alumnos.
- · Listado de recepción conforme de materiales firmado por la totalidad de los alumnos.
- · Encuesta de satisfacción respondida por los y las jóvenes.
- · Proyectos de negocios escritos por los y las jóvenes finalizado el taller.
- · Postulación de los Proyectos de negocios finales ante concurso respectivo de INDAP, en la plataforma que habilite la institución para estos fines.
- · Medios de verificación de la tutoría realizada (fotografías, mails, otro)
- · Consentimientos informados firmados por las juventudes
- · Informe final, que considere un resumen de la actividad, temas tratados, número y categorización de los participantes, por sexo, edad y rubro. Puntos críticos y posibles mejoras.
El cálculo del monto de la primera cuota a pagar al Proveedor adjudicado estará basado en las definiciones consideradas en el punto N° 2, N° 15 de las Bases Administrativas, y N° 4 de las Bases Técnicas de la presente licitación.
Cuota 2.
A los 4 meses desde la aprobación del contrato, se pagará hasta un máximo de $7.500.000, sujeto a la ejecución de la asesoría técnica integral para los 15 jóvenes, contra la entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes documentos:
- Entregar un informe de diagnóstico (línea base) de los jóvenes, describiendo su situación actual productiva y comercial, incluye validar los datos de Ingreso Bruto por ventas de las actividades silvoagropecuario y/o conexas que desarrolla el joven antes de iniciar su participación en el Programa.
- Entrega del plan de negocio para cada joven atendido debidamente discutido y validado con ellos, y aprobado a conformidad por INDAP.
- Entrega de los planes de trabajo de la asesoría integral, individual. En los citados planes, se deberán establecer objetivos de corto y mediano plazo, cada 4 meses y al concluir un año. Dicho documento será la guía para el seguimiento del plan de trabajo y evidenciará el avance.
- Entrega de un informe y el respaldo respectivo (fotografía, formato visita, y firma) de las actividades realizadas de base y complementarias programadas en los planes de trabajo de los jóvenes.
- Apoyo y rendición técnica de la ejecución de la inversión crítica del negocio naciente y si corresponde del uso de subsidio de capital de trabajo. Esto incluye apoyo para la rendición de respaldo del uso de los recursos asignados a los jóvenes según normativa del Programa.
Cuota 3.
A los 8 meses desde la aprobación del contrato, se pagará hasta un máximo de $7.500.000, sujeto a la ejecución de la asesoría técnica integral para los 15 jóvenes, contra la entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes documentos:
- Apoyo y rendición técnica de la ejecución de la inversión crítica del negocio naciente y si corresponde del uso de subsidio de capital de trabajo. Esto incluye apoyo para la rendición de respaldo del uso de los recursos asignados a los jóvenes según normativa del Programa.
- Entrega de un informe y el respaldo respectivo (fotografía, formato visita, y firma) de las actividades realizadas de base y complementarias, programadas en los planes de trabajo de los jóvenes. Dicho informe debe contener información sobre el avance de la puesta en marcha formal del negocio para cada joven (desde los productivo y gestión empresarial), su formalidad tributaria, legal, permisos sanitarios, ambientales, etc.)
- Entrega de los planes de trabajo de la asesoría integral individual actualizados para los próximos 4 meses En los citados planes, se deberán establecer objetivos de corto plazo y las tareas comprometidas para el joven y los consultores. Dicho documento será la guía para el seguimiento y evidenciará el avance.
AÑO 2.
Cuota 4.
A los 12 meses desde la aprobación del contrato, se pagará hasta un máximo de $7.500.000, sujeto a la ejecución de la asesoría técnica integral para los 15 jóvenes, contra la entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes documentos:
- Si corresponde, apoyo y rendición técnica de la ejecución del subsidio de capital de trabajo. Esto incluye apoyo para la rendición de respaldo del uso de los recursos asignados a los jóvenes según normativa del Programa.
- Entrega de un informe del avance, logros y obstáculos de la puesta en marcha del negocio durante el primer año (incluye actividades realizadas del último periodo), para cada joven (desde los productivo y gestión empresarial). Dicho informe debe dar cuenta de las primeras ventas formales y medir IBV. De no realizarse las ventas, deberá justificarse.
- Entrega de listado de copagos del servicio efectuados y adeudados por los jóvenes, junto a la entrega de los documentos tributarios, que acrediten la realización del aporte de los usuarios. Especificado en las bases técnicas.
- Entrega de los planes de trabajo de la asesoría integral individual actualizados para los próximos 4 meses En los citados planes, se deberán establecer objetivos de corto plazo y las tareas comprometidas para el joven y los consultores. Dicho documento será la guía para el seguimiento y evidenciará el avance.
- Completar la ficha de seguimiento anual del programa en plataforma kobotoolbox.
Cuota 5.
A los 16 meses desde la aprobación del contrato, se pagará hasta un máximo de $7.500.000, sujeto a la ejecución de la asesoría técnica integral para los 15 jóvenes, contra la entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes documentos:
- Plan de negocios y plan de trabajo anual ajustados, para el año 2. Se deberá establecer objetivos de corto y mediano plazo, cada 3 meses y al concluir un año. Dicho documento será la guía para el seguimiento del plan de trabajo y evidenciará el avance, considerando las fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas detectadas a lo largo del periodo en que se ha implementado.
- Entrega de un informe y el respaldo respectivo (fotografía, formato visita y firma) de las actividades realizadas de base y complementarias, programadas en los planes de trabajo de los jóvenes.
- Adicionalmente, deberá acreditar si el joven logró realizar las primeras ventas formal ante el SII del negocio naciente apoyado por este servicio, de lo contrario deberá justificar en el informe.
Cuota 6.
A los 20 meses desde la aprobación del contrato, se pagará hasta un máximo de $7.500.000, sujeto a la ejecución de la asesoría técnica integral para los 15 jóvenes, contra la entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes documentos:
- Entrega de un informe y el respaldo respectivo (fotografía, formato visita y firma) de las actividades realizadas de base y complementarias, programadas en los planes de trabajo de los jóvenes, En dicho informe, además deberá detallar el avance en temáticas de difusión, marketing y fortalecimiento de la marca o propuesta de valor.
- Adicionalmente, deberá acreditar si el joven logró realizar las primeras ventas formales o si aumento las mismas, de lo contrario deberá justificar en el informe.
- Entrega de los planes de trabajo de la asesoría integral individual actualizados para los próximos 4 meses En los citados planes, se deberán establecer objetivos de corto plazo y las tareas comprometidas para el joven y los consultores. Dicho documento será la guía para el seguimiento y evidenciará el avance.
AÑO 3.
Cuota 7.
A los 24 meses desde la aprobación del contrato, se pagará hasta un máximo de $7.500.000, sujeto a la ejecución de la asesoría técnica integral para los 15 jóvenes, contra la entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes documentos:
- Entrega de un informe final para el segundo año, el cual contenga, las actividades realizadas el último periodo trabajado y un análisis comparativo de la situación del usuario en año 1 y año 2 de implementación del programa, con uso de indicadores como el aumento en la producción, mejora en la calidad del producto/servicio y medición del IBV, entre otros. De no realizarse las ventas, deberá justificarse y proponer una estrategia para la superación de la brecha.
- Completar la ficha de seguimiento anual del programa en plataforma kobotoolbox.
- Entrega de listado de copagos del servicio efectuados y adeudados por los jóvenes, junto a la entrega de los documentos tributarios, que acrediten la realización del aporte de los usuarios. Especificado en las bases técnicas
- Entrega de los planes de trabajo de la asesoría integral individual actualizados para los próximos 4 meses En los citados planes, se deberán establecer objetivos de corto plazo y las tareas comprometidas para el joven y los consultores. Dicho documento será la guía para el seguimiento y evidenciará el avance.
Cuota 8. a los 28 meses desde la aprobación del contrato, se pagará hasta un máximo de $7.500.000, sujeto a la ejecución de la asesoría técnica integral para los 15 jóvenes, contra la entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes documentos:
- Plan de negocios y plan de trabajo anual ajustados para año 3, considerando las fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas detectadas a lo largo del periodo en que se ha implementado.
- Entrega de un informe y el respaldo respectivo (fotografía, formato visita y firma) de las actividades de base y complementarias, programadas en los planes de trabajo de los jóvenes. en formato establecido por INDAP Dicho informe deberá contener Identificación o exploración de nuevos productos y/o oportunidades del negocio para aumentar sus ventas
- Entrega de los planes de trabajo de la asesoría integral individual actualizados para los próximos 4 meses En los citados planes, se deberán establecer objetivos de corto plazo y las tareas comprometidas para el joven y los consultores. Dicho documento será la guía para el seguimiento y evidenciará el avance.
Cuota 9.
A los 32 meses desde la aprobación del contrato, se pagará hasta un máximo de $7.5000.000, sujeto a la ejecución de la asesoría técnica integral para los 15 jóvenes, contra la entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes documentos:
- Entrega de un informe y el respaldo respectivo (fotografía, formato visita y firma) de las actividades de base y complementarias, programadas en los planes de trabajo de los jóvenes en formato establecido por INDAP. Dicho informe deberá contener Identificación o exploración de nuevos productos y/o oportunidades del negocio para aumentar sus ventas
- Entrega de los planes de trabajo de la asesoría integral individual actualizados para los próximos 4 meses En los citados planes, se deberán establecer objetivos de corto plazo y las tareas comprometidas para el joven y los consultores. Dicho documento será la guía para el seguimiento y evidenciará el avance.
Año 4
Cuota 10.
A los 36 meses desde la aprobación del contrato, , se pagará hasta un máximo de $7.500.000, sujeto a la ejecución de la asesoría técnica integral para los 15 jóvenes, contra la entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes documentos:
- Entrega de un informe final para el tercer año, el cual contenga, las actividades realizadas el último periodo trabajado y un análisis comparativo de la situación del usuario en año 2 y año 3 de implementación del programa, con uso de indicadores como el aumento en la producción, mejora en la calidad del producto/servicio y medición del IBV, entre otros.
- Completar la ficha de seguimiento anual del programa en plataforma kobotoolbox.
- Entrega de listado de copagos del servicio efectuados y adeudados por los jóvenes, junto a la entrega de los documentos tributarios, que acrediten la realización del aporte de los usuarios especificado en las bases técnicas.
- Entrega de un informe analítico el cual contenga un análisis profundo durante los tres años de duración del programa. Indicando los procesos por los cuales transito el negocio, haciendo énfasis en las oportunidades y mejoras a futuro, retroalimentaciones, posibles vinculaciones a otros beneficios ya sea estatales o privados, entre otros. Dicho informe debe estar escrito para ser comprendido por el/la joven, con el fin de complementar su experiencia, conocimientos en el área y analizar sus próximos pasos en el desarrollo de su negocio.
El pago se realizará de acuerdo a las cuotas que queden establecidas en el contrato de prestación de servicio y se pagarán de acuerdo al cumplimiento de las condiciones estipuladas y exigidas en él.
Sólo se pagarán las actividades efectivamente ejecutadas, conforme al número de usuarios efectivamente atendidos.
Sin perjuicio de lo anterior, INDAP podrá autorizar actividades alternativas por razones fundadas y/o ajustar el número de usuarios atendidos.
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Aprobación del pago
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Los pagos se realizarán previa autorización de la contraparte técnica de INDAP, que en este caso corresponde a la Jefatura de Área Arica, quien deberá corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
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Facturación
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Una vez autorizado el pago por la contraparte técnica de INDAP, ésta procederá a señalar al oferente seleccionado que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo.
La empresa deberá remitir la factura junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.
El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la Reprivada, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla contabilidad@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia. En caso de que no se envíen los antecedentes bancarios, el pago se realizará con cheque, el que se enviará por carta certificada a la dirección inscrita en servicios de impuestos internos.
En caso de que el oferente seleccionado emita boletas de honorarios, deberá remitir dicho documento junto a su archivo xml a la casilla de correo opartes15@indap.cl.
En este caso, el pago será efectuado por parte de la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla opartes15@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.
En caso de que se adjudique a una UTP, ésta deberá emitir el documento tributario, el cual se señala claramente en la Orden de Compra.
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SANCIONES |
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17.1 TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
El contrato, ya sea que este se haya consagrado en un documento suscrito por ambas partes o por la sola emisión de la orden de compra, podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 130 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:
- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en este literal, las partes deberán suscribir un instrumento que dé cuenta del término anticipado de mutuo acuerdo y las razones que lo motivaron el que deberá ser aprobado mediante el respectivo acto administrativo, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Este Instituto entiende como incumplimiento grave las siguientes:
- La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta.
- Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 30% del valor del contrato.
- Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los 15 días hábiles de atraso o incumplir 03 obligaciones durante la vigencia del contrato.
- No pago de las multas debidamente cursadas en el plazo establecido.
- No renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en caso de renovación o prórroga del contrato.
- No reponer la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en caso de cobro de esta.
- Transgredir la prohibición de subcontratar, ceder, traspasar y/o transferir, total o parcialmente, a cualquier título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el contrato.
- Para el caso de las UTP, adicionalmente a las acciones precedentes, configuran incumplimiento grave de las obligaciones contraídas las siguientes:
₋ La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional Económica.
₋ Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta.
₋ Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
₋ Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
₋ Disolución de la UTP.
- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente proceso las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:
- Si el contratante perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.
- Haber sido condenado el contratante por crimen o simple delito.
- Haber sido condenado el contratante, como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.
- Haber sido suspendido el contratante o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Privadas.
- Si el contratante se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo con el reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.
- Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP.
El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Lo establecido en este numeral es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Con excepción de las causales contempladas en las letras b) y f) precedentes, y en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que por razones de ley o acto de autoridad hagan imperiosa esta medida y ello sea calificado así por el Instituto, una vez adoptada aquella, el Instituto procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios causados. INDAP podrá dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Privada, para los efectos de que el contratante sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 154°, 159°, 160° y 162° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Fuerza mayor y caso fortuito
₋ Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el artículo 45 del Código Civil de Chile.
₋ Si el oferente seleccionado se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.
₋ La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.
₋ La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el oferente seleccionado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.
₋ En cualquier caso, si el oferente seleccionado no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.
₋ Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al oferente seleccionado cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el contrato se resolverá de pleno derecho.
₋ Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por fuerza mayor o caso fortuito, se aplicará previamente el Procedimiento sancionatorio previsto en las bases.
17.2. MULTAS
INDAP podrá cobrar multas al contratante, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente licitación, siempre que se deba a causa imputable al contratante, en los siguientes términos:
- El incumplimiento de los plazos y/o fechas que se fijen para la ejecución de las actividades y procesos asociados a los servicios, será sancionado con el valor de UF 10 por cada día hábil de atraso.
- El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, no asociadas a plazos, será sancionado con el valor de UF 10 por cada obligación incumplida.
- Si excediese los 15 días hábiles de atraso o incumpliera 3 obligaciones durante la vigencia del contrato, INDAP quedará facultado para poner término anticipado al contrato y/o hacer efectivo el instrumento financiero de garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo al Procedimiento para la aplicación de multas que se establece a continuación.
- En caso de existir actividades comprometidas en el plan de trabajo que no hayan sido ejecutadas, INDAP deberá analizar en función del objetivo de la actividad y sin afectar a los/las usuarios/as (respecto a la pertinencia técnica y oportunidad de su realización), la reprogramación de dicha actividad, lo cual debe quedar consignado y aprobado por INDAP en el plan de trabajo respectivo. En caso de no ser posible su reprogramación, se procederá a aplicar un descuento, en la cuota correspondiente, de 3 UF para el caso de visitas prediales y 10 UF en el caso de actividades grupales (valor de la UF al día que se informa al consultor del descuento). En cualquier caso, las multas no podrán superar el 30% del monto total del contrato
Otros antecedentes para considerar:
- El pago de las multas que correspondan deberá ser efectuado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que aplica la multa, mediante una transferencia electrónica o algún otro medio de pago que se determine.
- En caso de que el contratante no pague la multa dentro del plazo establecido, facultará a INDAP para descontar el monto adeudado del estado de pago pendiente y/o para proceder al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o para terminar anticipadamente el contrato, a elección de INDAP.
- Se hace presente que contra la resolución que aplica la multa, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante la Directora Regional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
- Para todos los efectos de la aplicación de lo dispuesto en este punto, el valor de la Unidad de Fomento será el correspondiente a la fecha de su efectiva aplicación.
- El tope máximo de las multas será del 30% del valor del contrato.
- En caso de que se aplique multa y ésta se haga efectiva en la garantía de fiel cumplimiento, el adjudicatario deberá reemplazar dicha garantía por una igual a la establecida en este contrato.
- Ejecutada la garantía, el Instituto descontará de la misma el monto de la multa y devolverá el saldo al Prestador solo una vez que éste entregue la garantía de reemplazo.
17.3. PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO (MULTAS Y TÉRMINO ANTICIPADO)
INDAP notificará al contratante mediante correo electrónico dirigido a la casilla electrónica que indique en el Anexo N° 1 de estas Bases o en su defecto el que tenga registrado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Privada, www.mercadopublico.cl y/o en el Registro de Proveedores, la intención de cursar una multa o término anticipado de contrato, según corresponda mediante correo electrónico, indicando la causal de que se trata e indicando que el prestador tiene un plazo de 5 días para deducir sus descargos si procediere.
El contratante podrá reclamar o presentar sus descargos a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección AGREGAR CORREO la que deberá ser fundada.
INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
Se hace presente que contra la resolución que aplica la sanción, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante la Directora Regional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
En los casos de término anticipado por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes no regirá este procedimiento sin perjuicio de que deberá suscribirse un instrumento que dé cuenta de dicho acuerdo, el que deberá ser aprobado mediante el respectivo acto administrativo.
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CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP |
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INDAP se relacionará con el contratante, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través del Jefa de la Unidad de Fomento a quien ésta designe para tales efectos, para efectuar las siguientes tareas y funciones:
• Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
• Colaborar con el contratante en el ámbito de sus competencias, poniendo a su disposición lo necesario para la buena ejecución del contrato.
• Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, supervisando los servicios, planteando al contratante las observaciones y/o recomendaciones que se estime pertinentes.
• Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo con los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
• Autorizar los pagos programados, debiendo corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
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SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN |
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ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.
OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.
NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por los cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.
AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.
GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.
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PROPIEDAD INTELECTUAL |
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Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.
“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar privadamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.
Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.
Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.
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ORDEN DE PRELACIÓN |
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En caso de existir algún aparente inconveniente o se viere alguna contradicción en los instrumentos que regulan la presente contratación, se declara que legalmente el orden de prelación normativo es el siguiente:
1.- Ley 19.886 y su reglamento.
2.- Bases de Licitación, respuestas a consultas y aclaraciones.
3.- Contrato si lo hubiere.
4.- Oferta del Adjudicatario.
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BASES TÉCNICAS |
INTRODUCCIÓN
1. DESCRIPCIÓN GENERAL PROGRAMA “MI PRIMER NEGOCIO RURAL”
El Programa “Mi primer negocio rural”, en adelante “el Programa”, atiende hasta por 3 años a jóvenes rurales de entre 18 y 40 años que sean usuarios de INDAP, y que deseen emprender un primer negocio silvoagropecuario y/o conexo formal ante el SII, entregando recursos económicos no reembolsables para financiar la inversión crítica del negocio naciente, el capital de operación inicial, y los requerimientos de servicios de apoyo técnico necesarios para su puesta en marcha y desarrollo inicial.
Objetivo del programa
Que los jóvenes rurales usuarios de INDAP desarrollen su primer negocio silvoagropecuario y/o conexo con iniciación actividades en el Servicio de Impuestos Internos e inicien su ruta del emprendimiento.
Estrategia de trabajo del Programa
El Programa operará bajo lógica de un fondo concursable regional, en donde los jóvenes rurales deberán elaborar y postular un proyecto de modelo de negocio (en adelante Proyecto de negocio) que desean emprender, el cual debe ser estructurado en base a la metodología CANVAS, previa capacitación entregada por INDAP a través de la presente licitación.
Este Programa fomentará negocios que puedan desarrollarse y generar ingresos sostenibles económicamente a mediano plazo a costos razonables y controlables por los jóvenes productores, idealmente para impulsar negocios que requieran relativa baja inversión con buenos resultados económicos.
El Programa apoyará a los jóvenes ganadores del concurso regional con financiamiento no reembolsable para la adquisición de activos productivos (inversión) críticos necesarios para poner en marcha o catalizar el negocio naciente. Asimismo, podrán acceder a capital de trabajo para la compra de insumos y/o servicios necesarios para desarrollar el proceso productivo respectivo.
Junto al apoyo descrito precedentemente, los jóvenes dispondrán de financiamiento no reembolsable para que accedan a un servicio de apoyo técnico, a través de una consultoría orientada a dar un servicio de capacitación, mentoría o de guía y asesoría técnica en distintas áreas de la gestión tecnológica - productiva y empresarial en la etapa de implementación y desarrollo inicial del negocio naciente. Dicho servicio de apoyo es parte de la presente licitación.
El consultor antes señalado deberá formular un Plan de Negocios en base al proyecto del joven. Así también deberá diseñar un Plan de Trabajo para poner en marcha el Plan de Negocios. El citado plan de trabajo deberá contener las acciones necesarias para ejecutar las inversiones, el capital de trabajo y las actividades de asesoría técnica para habilitar el desarrollo de competencias y capacidades de los jóvenes para cumplir los objetivos del negocio naciente. Posteriormente, se llevará a cabo el conjunto de actividades necesarias para la implementación del Plan de Trabajo previa aprobación de INDAP.
Al término de su participación, el Programa busca que los jóvenes logren la validación técnica mediante un informe de la consultoría que indique la mejoría de los Ingresos brutos por venta durante su participación en el programa, quedando habilitados para su consolidación técnica y comercial, apoyándose con otros programas de INDAP u otra institución de fomento del estado.
FLUJO DE PROCESO DEL PROGRAMA
Los procesos del programa se pueden visualizar en la figura 1.
Figura 1: Diagrama de flujo Programa Mi Primer Negocio Rural.

2. OBJETIVO DEL SERVICIO LICITADO
El objetivo del servicio licitado es contratar un servicio de apoyo emprendedor que permita guiar y asesorar a los(as) jóvenes durante el desarrollo de su primer negocio, a lo largo de su permanencia en el programa. Otorgando un servicio completo desde formular los proyectos para concurso hasta dictar la asesoría técnica integral para los(as) jóvenes ganadores.
3. DESCRIPCIÓN Y CARACTERIZACIÓN DEL SERVICIO LICITADO
El servicio requerido corresponde a un servicio de apoyo emprendedor, que guíe y asesore a las juventudes rurales durante su participación en el programa, tanto a las juventudes que resultaron admisibles para concursar, como a las juventudes ganadoras del concurso. Para ello, el servicio requerido debe prestar tres servicios en diferentes etapas del programa. Las que se indican en la tabla 1.
Tabla 1. Servicios requeridos, público objetivo y etapa del programa correspondiente.
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Servicio requerido
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Público objetivo
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Etapa del programa
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Taller de capacitación y escritura Proyecto de negocios
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Juventudes admisibles
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Pre-concurso
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Tutoría post taller y presentación de los proyectos ante concurso de INDAP
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Concurso
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Asesoría técnica integral
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Juventudes ganadoras del concurso
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Post-concurso
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La propuesta técnica del oferente deberá contener estos tres servicios y basarse en las características, organización y detalles que a continuación se describen.
3.1 TALLER EN METODOLOGÍA CANVAS PARA ESCRITURA DEL PROYECO DE NEGOCIOS
Objetivo del Taller comprender la metodología CANVAS y formular su proyecto de negocios para presentar ante concurso a INDAP
Curso intensivo para la formulación de proyectos de negocios silvoagropecuarios y/o actividades conexas. Dicho curso debe contemplar la metodología CANVAS como modelo de negocios. Por ende, deberá enseñar dicha metodología y también, deberá informar sobre la formalización de un negocio y sus beneficios.
El servicio de capacitación está orientado a las y los jóvenes rurales que resultaron admisibles para concursar en el nuevo programa de INDAP habilitándolos en la formulación del proyecto de negocio que presentaran al concurso de proyecto de negocios del programa. Cuyo número de cupos es de 25 jóvenes.
El diseño del curso comprende la realización de 16 horas cronológicas modalidad presencial, divididas en 4 módulos temáticos y ejecutados en el (los) territorio(s) con mayor convocatoria al programa. Así mismo, la duración del curso debe ser de dos días consecutivos y ser realizada durante el mes de mayo del presente año.
3.1.1 Módulos temáticos y metodología del taller
Con respecto al contenido teórico y la metodología de cada módulo, es importante que los módulos estén bajo la metodología Teórico – Práctico de manera que en cada taller se aplique lo aprendido y se desarrolle la escritura del proyecto de negocios. Además, se espera que estos talleres estén diseñados con ejemplos de negocios silvoagropecuarios y/o actividades conexas como artesanía, turismo rural, cosméticos, entre otros. A escala comercial para la pequeña agricultura (no de subsistencia), debido a que es el tipo de negocio que se espera fomentar.
Los contenidos mínimos deben ser estructurados en cuatro módulos, como se indica a continuación:
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Módulo 1 : Bienvenida, contexto y metodología CANVAS ( Día 1 AM)
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Módulo 1: Bienvenida, contexto y metodología CANVAS ( Día 1 AM)
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Bloque 1: Bienvenida, prestación del programa y objetivos curso
Otorgar una breve descripción del programa y cronograma de actividades del curso. formalización de un emprendimiento de negocio
- Diferenciación entre una idea y una real oportunidad de negocios.
- Valorización de la oportunidad de negocio y requerimientos financieros.
- La importancia de la formalización del negocio. Revisión de los tipos de empresas con sus requisitos y oportunidades. Deberes tributarios, Iniciación de actividades, permisos sanitarios, municipales, etc.
- Los riesgos inherentes al negocio y formas de mitigarlos.
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3: Presentación de la metodología CANVAS y su importancia como modelo de negocios
Bloque 2: Contexto del mercado y formalización de un emprendimiento de negocio proyecto de negocio. Ejemplificar con negocios agrícolas.
- Diferenciación entre una idea y una real oportunidad de negocios. que desea postular a INDAP con el método CANVAS antes explicado.
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Bloque 3: Presentación de la metodología CANVAS y su importancia como modelo de negocios
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Módulo 2: Formulación del proyecto de negocios – Lado emocional (Día 1, PM) CANVAS:
Teórico: Indicar que elementos tener en consideración al momento de elegir la Relación con los clientes, el Mercado, los Canales y los ingresos, ejemplificando con negocios silvoagropecuarios, artesanía o turismo.
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Presentación del lado emocional del CANVAS: idea de negocio estos cuatro componentes. Presentar un primer borrador.
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Práctico: Desarrollar en base a su idea de negocio estos cuatro componentes. Presentar un primer borrador.
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Módulo 3: Formulación del proyecto de negocios- Lado racional (Día 2 AM)en consideración al momento de elegir las actividades clave, asociaciones clave, recursos claves y los costos, ejemplificando con negocios silvoagropecuarios, artesanía o turismo.
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Teórico: Indicar que elementos tener en consideración al momento de elegir las actividades clave, asociaciones clave, recursos claves y los costos, ejemplificando con negocios silvoagropecuarios, artesanía o turismo. joven.
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Práctico: Desarrollar en base a su idea de negocio estos cuatro componentes, presentar borrador final del plan de negocio de cada joven.
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Módulo 4: Fin de la jornada y entrega de diploma (Día 2, PM)
- Tiempo para el término de la escritura del proyecto, consultas y/o dudas respecto de este.
- Entregar las instrucciones de coordinación y contacto para las tutorías de mejoramiento del proyecto de negocios
- Entregar un reconocimiento de participación en el Taller
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3.1.2 Gestión del taller
A continuación, se detallan los requerimientos mínimos de organización para el desarrollo del curso.
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Tabla 3. Organización del taller
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Región
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Arica y Parinacota
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N° de talleres
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1
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Detalles del taller
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Debe contener al menos 4 módulos, cada módulo con una duración de 4 horas, las cuales deberán estar divididas en horas teóricas y prácticas para capacitar a las juventudes en la elaboración del proyecto de negocio que desean presentar al concurso de proyectos de negocio de INDAP.
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Actividades y duración
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Día 1
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Duración
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-bloque 1
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1 hora
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-bloque 2
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1 hora
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Coffe break
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-bloque 3
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2 horas
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Almuerzo
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2do Módulo
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4 horas
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Coffe break 2
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Día 2:
-3er Módulo
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2 horas
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Coffe break 1
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Continuación 3er Módulo
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2 horas
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Almuerzo
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-4to Modulo
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3 horas
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Coffe break 2
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Entrega de diplomas
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45 min - 1 hora
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Mes a realizar
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Mayo del presente año
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Modalidad
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Presencial con alojamiento
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Implementación -Equipamiento
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Salón con una capacidad mínima de 25 jóvenes, notebook, proyector o data, telón, calefacción, sillas y mesas individuales, con accesibilidad universal y con baños cercanos.
Se evaluará positivamente que el oferente ponga a disposición un salón con equipamiento de computador o notebook para los alumnos.
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Materiales
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Para cada estudiante, al inicio de las capacitaciones se le debe entregar:
- 1 Credencial con Lanyard (diseño a convenir con INDAP)
- 1 Bolsa reutilizable de Algodón 41cm X 37cm, Biodegradable, con manillas, que incluya un estampado en base a diseño consensuado con INDAP
- 1 Carpeta de cartón con elástico (diseño a convenir con INDAP)
- 1 cuaderno o libreta de anotaciones
- Ficha de Proyecto de negocio (Formato entregado por INDAP)
- Lápiz Pasta
Para la metodología participativa:
Papelógrafos, plumones, Post-it Hojas y todo tipo de material que el oferente requiera.
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Alimentación
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Para cada día de capacitación el oferente deberá proveer
- Dos coffes (1am y 1 pm) que contenga a lo menos café, té, jugos, aguas, 1 snack salado, 1 snack dulce por personas para cada uno de los asistentes
- Almuerzo que contenga a lo menos: Plato de Fondo, Ensalada, Postre y bebestible, para cada uno de los asistentes.
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Alojamiento
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Para la jornada de capacitación el oferente deberá proveer habitaciones dobles y triples para alojar a un máximo de 25 jóvenes (Hoteles 3 estrellas o similar) por 1 noches 2 días, con desayuno incluido, solo los jóvenes que no tengan domicilio en la provincia de Arica, esta información será proporcionada por INDAP.
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Material de Apoyo
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Entrega de material complementario, que contenga PPT presentados impresos, preguntas frecuentes sobre formalización de un negocio, esquemas de visualización del modelo CANVAS, Ejemplos de modelo de negocios CANVAS de al menos los rubro agrícola, frutícola, ganadero, avícola, turismo, artesanía, otro.
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Relatores
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1 relator por taller
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Monitores
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2 monitores por taller
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Incentivo Movilización
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INDAP dispone de recursos para el concepto de movilización de los participantes de $20.000 por cada usuario/a participante que asista al taller de capacitación, el cual está destinado a cofinanciar el gasto de movilización de Ida y regreso para los participantes.
El oferente debe considerar que debe disponer de estos recursos para ser pagados a los participantes al término del taller de capacitación.
El valor total por este concepto será reembolsado por INDAP al Proveedor, contra entrega de la
documentación de respaldo del pago de este incentivo; planilla de recepción conforme firmada por los participantes y comprobantes de transferencias si es que se realizaran.
- El valor total por este concepto será de hasta $900.000.
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3.1.3. Idoneidad equipo de trabajo y experiencia para el taller y la tutoría
Los profesionales deben contar con título profesional de las áreas requeridas, lo que debe ser respaldado mediante copia del certificado de título profesional correspondiente. Al momento de la oferta se debe acompañar la copia simple del certificado de reconocimiento y del título en el caso de los extranjeros o del título en el caso de los nacionales, sin perjuicio de que los documentos legalizados deben acompañarse al momento de la firma del contrato.
Los profesionales deben cumplir con el siguiente perfil para dictar la capacitación CANVAS
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Tabla 4. Definiciones de relatores y monitores
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Ítem
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Relator
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Perfil
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- Los relatores deben poseer título profesional de a lo menos 10 semestres en las áreas agrícolas y/o económicas, obtenido en una institución reconocida por el Estado con experiencia acreditable.
- Los relatores deben acreditar experiencia como relator de la temática central de la capacitación requerida por INDAP: metodología CANVAS o similares como desarrollo de proyectos, administración de negocios, gestión empresarial. Los cuales deberán acreditarse mediante cursos certificados de al menos 16 horas, diplomados y/o especialización en el área. Para ello, deberá adjuntar malla curricular correspondiente o certificados.
- Los relatores deben acreditar experiencia de trabajos en capacitación grupales, mediante certificados de experiencia formales.
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Funciones
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- Encargado de preparar el material teórico indicado en el presente documento.
- Dictar la clase teórica y práctica
- Registrar Asistencia
- Resolver dudas, proponer ideas y mejoras a los proyectos de negocios
- Evaluar la correcta formulación de los proyectos de negocios.
- Dictar el servicio de tutoría post taller
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Ítem
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Monitores
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Perfil
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1.- Los monitores deberán poseer título profesional o técnico, en área comercial, agronegocios, agronomía, administración de empresas, de a lo menos 5 semestres, obtenido en una institución reconocida por el Estado con experiencia acreditable.
2.- Los monitores deben acreditar experiencia en capacitaciones de la materia metodología CANVAS, generación de proyectos o planes de negocios, mediante certificados de experiencia.
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Funciones
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- Estar a cargo de un grupo de jóvenes apoyando en la escritura y desarrollo de los proyectos de negocios.
- Resolver dudas, proponer ideas y mejoras.
- Ayudar en la revisión de la formulación de los proyectos de negocios
- Dictar el servicio de tutoría post taller
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Ítem
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Asesor Experto complementario
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Perfil
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1.- El asesor experto debe ser Ingeniero Agrónomo de a lo menos 8 semestres, obtenido en una institución reconocida por el Estado.
2.- El asesor experto deben acreditar experiencia de asesoría agropecuaria, mediante certificados de experiencia.
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Funciones
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- Profesional que asesore al relator y monitores en contenidos técnicos agropecuarios en la aplicación del CANVAS, en proyectos de negocios del ámbito silvoagropecuario.
- Apoyar en la clase práctica.
- Resolver dudas, proponer ideas y mejoras.
- Dictar el servicio de tutoría post taller
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El oferente deberá incluir en su oferta una propuesta de personas para la ejecución de cada taller, detallando sus nombres y RUT, las cuales deben cumplir con los criterios de idoneidad que se señalan previamente.
Para los perfiles requeridos, se deberán presentar a lo menos 3 profesionales diferentes.
3.1.4. PROPUESTA DE CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN
El oferente deberá incluir en su oferta, una propuesta de acreditación mediante “Certificados de Participación” para cada participante del curso, los cuales deben ser entregados por el oferente en conjunto con representante de las Direcciones Regionales de INDAP.
La propuesta de “Certificados de Participación” debe incluir al menos los siguientes elementos:
- Nombre y Logo de las siguientes Instituciones, siguiendo los manuales de uso: Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) y Entidad capacitadora
- Indicar: “Se otorga un certificado de Participación a [Nombre de la Participante], identificado con cédula de identidad número [Número de Cédula], ha completado con éxito el curso titulado “CURSO DE CAPACITACIÓN DE EMPRENDIMIENTO Y DESARROLLO DE PROYECTO NEGOCIOS CANVAS PARA PROGRAMA MI PRIMER NEGOCIO RURAL AÑO 2025, REGION DE ARICA Y PARINACOTA”.
- Fecha de finalización del curso: [Fecha de Finalización]
- Duración del curso: [16 Horas]
- Espacio para la firma del director regional de INDAP.
La propuesta del oferente deberá incluir detalles relativos a la impresión del documento, el cual, en cualquier caso, deberá ser impresos en papel opalina o similar de al menos 200 gramos.
3.2. TUTORÍA POST TALLER Y PRESENTACIÓN DEL PROYECTO ANTE CONCURSO
Posterior al taller, el equipo a cargo del taller deberá presentar un servicio de tutoría por un periodo de 10 días hábiles a los 25 jóvenes que asistieron al taller, para el mejoramiento de los proyectos de negocios. Los y las jóvenes deberán entregar el proyecto de negocios al oferente, quien deberá revisar que sea coherente y consistente para presentar ante concurso y que este respondido en su totalidad, de no ser así, será deber del oferente modificar el proyecto de negocios basándose en la pauta de evaluación descrita en la Normativa que rige el programa en coordinación con el o la joven.
Así también, será el oferente quien deberá presentar los proyectos de negocios ante el concurso de INDAP, en los plazos y mecanismos que la institución indique. Adjuntando un consentimiento informado firmado (autógrafo o electrónicamente) por el participante, cuyo formato está establecido por INDAP.
Características generales de la tutoría.
El oferente luego del taller presencial deberá:
- Coordinar y asignar un grupo de jóvenes a cada profesional para realizar tutoría.
- Realizar una primera revisión de los proyectos formulados por las juventudes y generar una mejora del proyecto, en base a la pauta de evaluación del programa y lo requerido en la ficha de concurso. La mejora dependerá de cada proyecto, pudiendo ser de redacción como fortalecer el contenido técnico.
- Enviar el proyecto de negocios con las mejoras incluidas a las juventudes, ya sea, a través de correo electrónico, WhatsApp u otro medio donde se verifique el registro y las juventudes puedan acceder fácilmente.
- Tomar contacto virtual o presencial con las juventudes para explicar la intervención del proyecto y validar su aprobación o consensuar lo escrito. El contacto debe ser de al menos 2 veces y se debe generar el registro correspondiente, con algún medio de verificación como mail, informe más fotografía o WhatsApp.
- Una vez que las juventudes y el oferente estén de acuerdo con el proyecto de negocios, el oferente enviará un consentimiento informado individual (formato establecido por INDAP) para que las y los jóvenes lo firmen mediante autógrafo o electrónicamente.
- Además, el oferente deberá habilitar un espacio de comunicación (foro, mail, chat) durante los 10 días hábiles posteriores a la realización del curso. Para que el usuario pueda resolver dudas y/o mejoras del proyecto.
- Presentación del proyecto de negocios ante concurso. Será deber del oferente postular a las juventudes a través de la plataforma que se habilite para estos fines y en los plazos que INDAP defina a través de la respectiva resolución de apertura de concurso.
La tutoría debe considerar los diferentes contextos de las juventudes, pudiendo presentar problemas de conectividad o de transporte, por lo que la metodología de trabajo de la tutoría debe ser pertinente con la situación de las juventudes.
3.2.1. PROPUESTA TÉCNICA N°1: TALLER Y TUTORÍA
Los servicios por contratar se han agrupado en fases ordenadas cronológicamente, por lo que el detalle de la propuesta técnica nº 1 del oferente participante deberá ceñirse a la siguiente estructura:
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Ítem
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Servicios
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1.-Pre-Ejecución
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1.- Contenido a exponer en la capacitación.
2.- Propuesta de locación de desarrollo del curso
3.- Coordinación de apoyos de cuidados y logísticos.
4.-Materiales necesarios para la ejecución del curso.
5.- Elaboración de materiales de apoyo.
6.- Coordinación de participantes.
7.-Coordinación y gestión de traslado de usuarios de ser necesario.
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2.-Ejecución del Taller
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1.-Estructura de contenido de cada jornada.
2.-Número de módulos y horarios de duración.
3.-Monitoreo y evaluación de la ejecución.
4.-Revision de formularios de proyectos de negocio que postularan al programa
5.-Entregar las instrucciones de coordinación y contacto para las tutorías de mejoramiento del proyecto de negocios
5.-Entrega de diploma de participación.
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3.-Ejecución de la tutoría
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- Equipo que realizará la tutoría
- Metodología que tendrá la tutoría
- Cronograma de actividades con la que contará la tutoría
- Medios por el cual se realizará la tutoría (modalidad)
- Medio por el cual el joven firmará el consentimiento informado
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4.- Post ejecución
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Entrega de productos
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PRE-EJECUCIÓN
La propuesta nº1 del oferente deberá considerar todos los elementos siguientes, a coordinarse previo a la ejecución del taller.
Coordinación de participantes:
El oferente deberá proponer una agenda de coordinación con la o las personas encargadas regional/es del programa de INDAP, que permita confirmar los nombres específicos de cada una de las participantes.
Será responsabilidad de INDAP, la entrega del listado con la información de los y las usuarias que participarán de cada una de las capacitaciones a desarrollar en la presente licitación, en un plazo no mayor a 5 días hábiles que posibilite el contacto telefónico para el relacionamiento directo y comprobable con cada una de las participantes, de manera de coordinar lo siguiente:
- Fecha de desarrollo de cada taller.
- Horario de desarrollo de cada taller.
- Coordinación de apoyos logísticos.
Coordinación de reemplazantes:
Será responsabilidad de INDAP, tener una lista de reemplazantes en casos donde por causas fundadas algún participante no pueda asistir al taller.
El oferente deberá contemplar en su oferta una propuesta inicial respecto de cada uno de los puntos antes señalados.
Coordinación de localización del taller:
La presente licitación a modo indicativo contempla la comuna de Arica para la realización del curso.
Los espacios específicos (salón o similar) para el desarrollo de la actividad deberán ser coordinados junto a INDAP.
Será de exclusiva responsabilidad del oferente los problemas que el desarrollo mismo de la actividad pudiera generar en el lugar, incluyendo costeo de materiales rotos, infraestructura dañada y similar. INDAP no se hará responsable por posibles gastos derivados como consecuencia del uso del espacio.
Coordinación de apoyos logísticos:
El oferente deberá contemplar en su oferta el apoyo a los y las usuarias participantes de los siguientes puntos:
- Reembolsar un monto total de hasta $20.000.- por los dos días para cofinanciar el gasto movilización de cada participante desde su territorio hasta el lugar de desarrollo del taller de capacitación (ida y regreso).
- Servicio de alimentación previamente mencionados en las bases de licitación
- Servicio de alojamiento previamente mencionados en las bases de licitación
- Entrega de material de apoyo, aprobado previamente por INDAP.
Cuando no exista disponibilidad de movilización privada oportuna, que pudiera impactar en la asistencia al curso, el oferente deberá proponer en su oferta una forma de movilización que facilite la asistencia de los jóvenes o en su defecto, un sistema de devolución de los gastos de combustible y peajes, acorde a las distancias recorridas por los jóvenes en sus territorios (se contempla en cualquier escenario considerar un monto máximo mencionado previamente en esta licitación)
EJECUCIÓN
La propuesta del oferente debe considerar todos los elementos siguientes, a coordinarse con anterioridad a la ejecución misma del curso.
Metodología y contenidos de los talleres de capacitación:
El oferente deberá incluir en su propuesta los contenidos específicos, metodología y material de trabajo para desarrollar los módulos temáticos señaladas en el numeral 3 de estas bases técnicas. De igual manera deberá incluir en su propuesta una reunión de coordinación con el Jefe de Fomento Regional, o a quien designe, a fin de coordinar en detalle los contenidos a exponer. REUNIÓN CON INDAP
Estructura de contenido de cada jornada:
El oferente deberá incluir en su propuesta de trabajo un detalle del desarrollo de cada jornada siguiendo la siguiente estructura:
- Apertura de la clase, presentación, objetivos y metodología.
- Registro fotográfico y de asistencia (lista nombre de participante, firma, RUT, fecha, lugar de implementación y profesionales expositores).
- Desarrollo de los contenidos y metodología de trabajo
- Sistematización de los proyectos realizados por los jóvenes.
- Cierre y registro fotográfico final.
Monitoreo y evaluación de la ejecución:
El oferente deberá tener en consideración, que el equipo de INDAP Región de Arica y Parinacota, estará realizando permanente monitoreo y evaluación a la ejecución de las actividades planteadas en el diseño de los módulos de las capacitaciones, por lo que se solicitará disposición permanente que facilite estas acciones.
Ejecución tutoría
La propuesta del oferente debe considerar todos los elementos siguientes, a coordinarse con anterioridad a la ejecución misma de la tutoría.
Estructura de contenido de la tutoría
El oferente deberá incluir en su propuesta de trabajo un detalle del desarrollo de la tutoría siguiendo la siguiente estructura:
- Contacto para coordinación de tutoría con los jóvenes
- Metodología de trabajo: Inicio de tutoría y entrega de retroalimentación
- Registro de asistencia (Documento con lista nombre de participante, RUT, fecha de contacto, modalidad de implementación, profesionales responsables)
- Formato de sistematización y entrega de documentos que respalden la realización de la tutoría.
POST EJECUCIÓN
La propuesta del oferente debe considerar la post ejecución e incluir en ella todos los elementos que se detallan a continuación. En este apartado se incluyen los productos finales del taller y la tutoría.
Entrega de productos:
El oferente deberá incluir en su oferta una propuesta de sistematización de los productos solicitados como entregables, tal y como se detalla a continuación:
Para el taller:
- Lista de asistencia de cada uno de los módulos firmada por cada uno de los participantes.
- Listado de recepción conforme de incentivo de movilización firmado por la totalidad de los alumnos.
- Listado de recepción conforme de alimentación firmado por la totalidad de los alumnos.
- Listado de recepción conforme de materiales firmado por la totalidad de los alumnos.
- Proyectos de negocios preliminares desarrollados en el taller
- Encuesta de satisfacción de las y los usuarios
- Diplomas
Para la tutoría:
- Listado con registro de asistencia y medios de verificación de la tutoría post taller
- Proyectos de negocios finales
- Listados de consentimientos informados
- Postulación para cada joven capacitado, el oferente deberá subir el formulario de proyecto de negocio, en la plataforma que INDAP habilite para estos fines. Este formulario deberá estar escrito en formato Word y debe considerar todos los antecedentes contenidos en dicho formulario, debidamente firmado por el joven capacitado (consentimiento informado).
Para ambas actividades:
- Informe final, que considere un resumen de las actividades, temas tratados, número y categorización de los participantes, por sexo, edad y rubro. Puntos críticos y posibles mejoras.
- Un informe ejecutivo de al menos 3 páginas, en donde cada relator de los talleres realizados describa los aspectos más relevantes respecto al nivel de competencia de los jóvenes capacitados (ranking de proyectos de negocios) para poner en marcha el plan de negocio elaborado durante la capacitación.
Las fechas comprometidas para dicha entrega no deben exceder los 20 días hábiles al desarrollo del taller.
3.3.- ASESORÍA TÉCNICA INTEGRAL
Posterior al desarrollo de las actividades anteriormente mencionadas, se inicia el servicio de asesoría técnica integral para los jóvenes ganadores del concurso proyecto de negocios. Dicha asesoría se describe a continuación.
3.3.1 DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El objetivo del servicio deberá apoyar técnicamente la formalización[1] del negocio, así como orientar, acompañar y entregar herramientas técnicas y prácticas en todas las áreas de la gestión (técnica, productivas y empresariales) del negocio naciente, de modo que el emprendedor joven entre al programa con una idea y salga con un negocio funcionado, validado técnica y comercialmente (logre primeras ventas formales ante el SII).De igual manera, este servicio debe animar la existencia de redes entre los jóvenes afines del programa en pro del intercambio de experiencias e inquietudes como un complemento al accionar del programa.
Este servicio deberá abordar acciones de mentoría o de guía (acompañamiento al emprendedor para la toma de decisiones traspasándole experiencia y conocimiento profesional basada en su trayectoria), acciones de carácter formativo (capacitación), y acciones de asesoría técnica en las distintas áreas de la gestión del negocio del joven emprendedor (tecnologías de producción y gestión empresarial).
Cabe indicar que los indicadores de resultados buscados por el programa con los jóvenes participantes son: (i) % de jóvenes que incrementa sus ingresos brutos por venta una vez finalizada su participación en el programa, y (ii) % de emprendimientos (primer negocio) de jóvenes que lograron primeras ventas formales ante el Servicio de Impuestos Internos, una vez finalizado su participación en el programa.
Este servicio buscará el apoyo de un oferente que disponga de un equipo de profesionales que traspase su información, conocimientos y habilidades técnicas especializados en distintas áreas de la gestión del negocio para la implementación de los negocios de los jóvenes. Los consultores a cargo de este servicio, antes de iniciar su acción, deberá precisar junto al joven un Plan de negocios y un Plan de trabajo que establece objetivos, contenidos, actividades a desarrollar, número de actividades y duración.
La duración de la consultoría será de 3 años concordante con las temáticas que se aborde y de los objetivos que se hayan planteado el plan de trabajo para cada usuario. El citado plan debe ser coherente y consistente con el proyecto de negocio del joven ganador del concurso, el foco de acción esperado del oferente que ejecute este servicio técnico y el financiamiento de este, así como el marco de financiamiento del proyecto, tanto en materia de inversión como de capital de trabajo.
Cabe indicar que el oferente debe considerar el enfoque de género en su metodología de trabajo, considerando los múltiples roles de la mujer, en al ámbito reproductivo, productivo, de cuidados, entre otros
El usuario accederá hasta $1.500.000 al año para financiar el servicio de apoyo técnico integral durante los 3 años de duración. Adicionalmente el oferente recibirá el copago de los jóvenes, este será de un 5% del costo total del servicio de asesoría, con un máximo de $30.000 pesos anuales. Para las mujeres que se adscriben al programa, el copago será de $15.000 pesos anuales.
3.3.2 CARACTERISTICAS DEL SERVICIO REQUERIDO
Las características del servicio requerido para la provisión del servicio de apoyo emprendedor están establecidas en la Resolución Exenta N° 0070-010377/2025 que Aprueba Norma Técnica y Procedimiento Operativo del Programa Mi primer Negocio Rural.
El detalle de los productos que el oferente deberá entregar quedará establecido en el Contrato de Prestación de Servicios respectivo. Es importante señalar que el servicio esperado se basa en visitas técnicas individuales presenciales a los 15 usuarios/as.
La consultoría que desee ejecutar el servicio deberá incluir en su oferta un equipo de profesionales y/o técnicos que provean los siguientes servicios:
Actividades de base: corresponden a las actividades que dan soporte técnico productivo-empresarial y son permanentes para el logro de los objetivos del programa. A continuación, se detallan las actividades.
- Mentoría para el negocio. Se entenderá como una práctica para potenciar el máximo desarrollo de las juventudes como emprendedoras. El mentor deberá ser un especialista en la creación de las empresas, en cómo sostenerlas, y en dónde innovar para lograr un mayor desempeño económico. Su función principal es prestar apoyo especializado, basado en la experiencia del emprender, deseablemente en el rubro silvoagropecuario y/o conexos. Las acciones del mentor deberán contemplar al menos 4 visitas presenciales al año de aprendizaje por cada joven participante en el programa. pudiendo requerir más visitas dependiendo del nivel de dificultad del negocio. Para este último caso, se deberá complementar con mentorías en modalidad virtual o videollamadas. El mentor será el encargado de desarrollar el Plan de negocios y, por ende, el Plan de trabajo.
- Asesoría Técnica: corresponde al servicio técnico productivo o prestación de servicios (dependerá del tipo de negocio y rubro), este se llevará a cabo a través de visitas presenciales individualizadas y estarán en coherencia con el plan de trabajo y los objetivos del Plan de negocios. La asesoría técnica es necesaria para superar brechas específicas de cada tipo negocio. Se requerirá de un profesional para cada especialidad. El accionar del asesor deberá ser de al menos 7 visitas técnicas por año, teniendo mayor énfasis durante el ciclo productivo o temporada alta dependiendo del tipo de negocio.
- Apoyo financiero y contable: asesoría destinada al análisis y evaluación del negocio en términos económicos. Deberá guiar, proponer y ayudar a la comprensión del negocio, desde una perspectiva financiera. Responsable de la responsabilidad tributaria y de otorgar análisis sobre los costos y ventas del negocio. El accionar del profesional deberá ser de al menos 3 veces por año. Dicho profesional deberá ser del área contable y/o administración de negocios.
Actividades complementarias. Corresponden a actividades que potencial el conocimiento, bajo modalidad teórica -práctica y con la generación de redes locales. Estas son las siguientes:
- Actividades grupales: Se deben desarrollar a lo menos 2 actividades grupales por año, que fomenten el aprendizaje colaborativo y el intercambio de experiencias entre los jóvenes. Estas actividades pueden incluir talleres, capacitaciones o jornadas prácticas sobre temas relacionados con la gestión, comercialización, innovación y sostenibilidad en el ámbito del negocio silvoagropecuario y conexo.
- Giras Técnicas: Organizar a lo menos 3 giras técnicas para las juventudes. Deberá estar orientada a la adquisición de nuevas perspectivas y conocimientos prácticos. Esta actividad busca exponer a los jóvenes a experiencias exitosas y tecnologías aplicadas en otros contextos, fomentando la inspiración.
- Articulación Institucional: durante o al finalizar el programa, se deberá realizar la postulación de a lo menos un proyecto que promueva la articulación con otras instituciones relevantes para el desarrollo de los negocios rurales. Este componente busca generar redes de apoyo, acceso a recursos adicionales y la integración de los jóvenes emprendedores en ecosistemas productivos más amplios.
3.3.3 GESTIÓN DEL SERVICIO.
A continuación, se presentan los requerimientos de gestión específicos del servicio.
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Dirección regional
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Región de Arica y Parinacota
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Rubros que apoyar en jóvenes rurales.
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- Grupo de negocios vinculados a hortalizas, hidroponía, frutales.
- Grupo de negocio vinculado a alimentos procesados, bioinsumos, especialidades campesinas, cosméticos.
- Grupo de negocio vinculado al turismo rural, Artesanía.
- Grupo de negocios vinculados a la producción animal y avícola.
- Grupo de negocios vinculado a la fruticultura, platines viveros, semilleros y producción forestal.
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Comuna y sector
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ARICA y PUTRE
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Número de usuarios
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Requerimientos del equipo de trabajo para el servicio
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El servicio de asesoría requerido para la ejecución del programa contempla:
- Mentoría del Negocio: al menos 1 profesionales del área económica o comercial
- Apoyo financiero y contable: al menos 1 profesional del área contable o comercial
- Asesoría técnica: según las características del rubro principal que desarrollan los jóvenes emprendedores:
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Rubros/ negocios
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Profesional
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Hortalizas aire libre /invernaderos, hidroponía, frutales.
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Ingeniero Agrónomo y/o técnico agrícola con experiencia demostrable en el tipo de negocios considerados en la agrupación.
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Alimentos procesados, bioinsumos, biopreparados, especialidades campesinas, cosméticos.
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Ingeniero Agrónomo y/o Ingeniero en alimentos con experiencia demostrable en el tipo de negocios considerados en la agrupación
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Turismo rural, Artesanía
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Administrador en turismo y/o licenciatura en arte, diseñador a fin con experiencia demostrable en el tipo de negocios considerados en la agrupación.
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Producción animal, ganaderos, avícola.
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Médico Veterinario con experiencia demostrable en el tipo de negocios considerados en la agrupación.
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Fruticultura, platines viveros, semilleros y producción forestal
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Ingeniero Agrónomo y/o Forestal con experiencia demostrable en el tipo de negocios considerados en la agrupación.
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Requerimientos para actividades complementarias
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- Actividades grupales: Se deben desarrollar a lo menos 2 actividades anuales
- Giras Técnicas: Organizar a lo menos 1 giras técnicas anual para las juventudes
- Articulación Institucional: al menos 1 proyecto que promueva la articulación con otras instituciones relevantes para el desarrollo o consolidación de los negocios rurales, durante el programa
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Rango de visitas prediales por joven anuales
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El oferente deberá proveer al menos un total de 14 visitas obligatorias anualmente distribuidas de la siguiente manera:
- 4 visitas de mentoría y guía para diseño e implementación del Plan de negocios
- 7 vistas de asesoría técnica según rubro
- 3 visitas de apoyo contable/tributario
La distribución de las vistas puedes ser modificada en común acuerdo entre el Asesor y el Joven emprendedor.
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3.3.4 PROPUESTA TÉCNICA N°2: DETALLE DEL PLAN DE TRABAJO PARA EL SERVICIO ASESORÍA TÉCNICA INTEGRAL (ANEXO n°2 letra e)
Los oferentes de esta licitación deberán elaborar un Plan de Trabajo detallado - que objetívese y organice su accionar como proveedor del servicio técnico integral- que permita a cada joven usuario/a implementar el proyecto de negocio seleccionado por INDAP. Es decir, desarrollar las acciones, de mentoría, formativas y de asesoría técnica permitiendo a los jóvenes, desarrollar competencias y capacidades, y ejecutar la inversión crítica y capital de trabajo, posibilitando la implementación y desarrollo inicial del negocio naciente.
A modo indicativo el oferente deberá guiarse por lo planificado en la normativa del programa, el que se indica a continuación:
Primer Año. Diagnóstico e implementación del Plan de negocio
Fase 1 (0-6 meses)
- Diagnóstico, obtención de línea base del IBV (año 0)
- Formulación de un Plan de negocios y un Plan de trabajo para las juventudes
- Capacitaciones básicas sobre el emprendimiento (comprensión del negocio)
- Implementación de inversión y capital de trabajo
Fase 2 (6-12 meses)
- Implementación capital de trabajo (si corresponde)
- Desarrollo del plan de trabajo
- Actividades para el desarrollo formal de un negocio (Iniciación de actividades, patentes, permisos, formalización, entre otros)
- Capacitaciones acordes a los objetivos del plan de negocio
- Gira técnica 1
- Lanzamiento: salida al mercado primeras ventas formales (esperable)
- Diagnóstico, obtención del IBV (año 1)
Segundo año. Actividades para concretar la venta de productos y/o servicios
Fase 3 (12-18 meses)
- Ajuste del plan de negocios de ser necesario
- Lanzamiento: salida al mercado primeras ventas formales
- Capacitaciones acordes a los objetivos del plan de negocio
- Difusión, marketing y fortalecimiento de la marca o propuesta de valor
- Gira técnica 2
Fase 4. (18-24 meses)
- Escalabilidad y crecimiento: aumento de ventas
- Identificación o exploración de nuevos productos u oportunidades del negocio
- Identificación de puntos críticos y estrategias de superación de estos
- Medir IBV (Año 2)
Tercer Año. Venta y fidelización de clientes
Fase 5. (24-30 meses)
- Revisar los resultados obtenidos durante las fases anteriores y ajuste del plan de negocios de ser necesario
- Capacitaciones especializadas
- Estrategia de fidelización de clientes
- Gira técnica 3
Fase 6. (30 a 36 meses)
- Identificación de nuevos canales de venta (expansión)
- Escalabilidad y crecimiento: aumento de ventas
- Articulación con otras instituciones (postulación a un proyecto)
- Entrega de un informe del análisis del negocio para el joven
- Medir IBV (año 3)
Para la ejecución de las visitas o contactos individuales se debe considerar los siguientes aspectos:
- Se debe planificar en conjunto con cada agricultor y programar a comienzo de cada temporada.
- Al final de cada visita debe quedar en poder del Joven Emprendedor Rural, una hoja de visita, la cual debe contener claramente el objetivo de la visita, las recomendaciones técnicas a implementar y además se debe señalar si el Joven Emprendedor realizó la recomendación indicada previamente y la fecha de la próxima visita predial.
- Las hojas de vista deben ser foliadas.
- La visita debe ser debe ser de carácter integral, con una visión global de la situación predial, en cada visita debe estar presente el análisis económico de la producción y seguimiento al cumplimiento del plan de negocio.
Para la ejecución de las actividades complementarias se debe considerar los siguientes aspectos:
- Las actividades grupales deben tener un nivel técnico adecuado al nivel de conocimientos de los jóvenes emprendedores.
- La organización y logística de las actividades debe contar con las condiciones suficientes para asegurar un ambiente cómodo y confortable para los jóvenes emprendedores.
- La asistencia mínima para la validación de las actividades debe ser superior al 75%, por lo que es responsabilidad de la empresa adjudicada realizar las gestiones necesarias para asegurar la participación de los usuarios.
- Dependiendo de la duración de las jornadas, se debe proporcionar alimentación para los usuarios (coffe break para la media jornada más una colación si se considera jornada completa).
- Cada actividad, debe contar con la entrega de un material divulgativo sobre el tema tratado, de manera que sirva al joven emprendedor como material consultivo de la información entregada.
Para la ejecución de la Articulación institucional
- Realizar la postulación de a lo menos un proyecto que promueva la articulación con otras instituciones relevantes para el desarrollo de los negocios rurales. Este componente busca generar redes de apoyo, acceso a recursos adicionales y la integración de los jóvenes emprendedores en ecosistemas productivos más amplios.
Adicionalmente:
Los oferentes pueden ofrecer servicio o productos adicionales que complemente su propuesta de plan de trabajo, sin embargo, solo se considerara actividades adicionales, aquellas que sea innovadora, diseñada para agregar valor al desarrollo inicial de los negocios. Esta podría incluir una feria de emprendimientos, una jornada de networking, o una mentoría grupal con expertos destacados, servicios o productos que vayan en directo beneficio de los jóvenes emprendedores y de sus planes de negocios. Todas estas acciones deben estar planificadas de manera coherente y consistente con los objetivos del programa, asegurando que contribuyan efectivamente al desarrollo y puesta en marcha de los negocios de los jóvenes beneficiarios.
Los oferentes que estén interesados en participar de la presente licitación deberán tener presente lo siguiente:
- Deberán realizar un monitoreo anual del Ingreso bruto por venta (IBV) de cada joven participante del programa, teniendo como referencia el valor del indicador levantado en la encuesta de tipología de usuarios que INDAP aplicó en el proceso de admisibilidad de los usuarios al programa. Además, y cuando se produzcan las primeras ventas del negocio naciente, el oferente que se adjudique la licitación deberá acreditar con documentos del SII que lo señalado se ha producido.
- Emitir un informe de avance de la implementación del Plan de trabajo del 100% de los usuarios según lo establecido en las cuotas de pago del contrato derivado de esta licitación.
- Deberán proveer asesorías que incluyan actividades en temáticas que apunten a reducir riesgos de acceso y disponibilidad de agua, así como también en el uso eficiente del recurso hídrico.
- Deberán incorporar tecnologías y prácticas que consideren la sustentabilidad de los recursos naturales, el medio ambiente y la adaptación al cambio climático.
- Deberán proveer asesorías que apunten a la producción innocua y la seguridad alimentaria, considerando los diferentes protocolos existentes y atingentes a los negocios de los jóvenes participantes del programa.
- Deberán tener presente que, si se desarrolla el rubro apícola entre los jóvenes del programa, que está vigente la Resolución exenta N° 508 del Director Nacional de INDAP, de fecha 28 de septiembre de 2016, que obliga a los usuarios/as de INDAP, el registrase y mantenerse actualizado (cada año), en el Registro de Apicultores y Declaración de Apiarios, establecido por el SAG, siendo esto un requisito indispensable para poder acceder como apicultor INDAP a cualquier apoyo del estado.
- Deberán considerar respecto de las actividades de negocio conexas (Turismo Rural, Alimentos Procesados, y Artesanías), se regirán además por las orientaciones técnicas y/o normativas de INDAP existentes para cada uno.
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Las acciones que se realicen en cada punto anterior deberán quedar de manifiesto en los informes que se entreguen a INDAP previo al pago de cada cuota, los informes deben contener verificadores de las actividades y/o acciones realizadas, como por ejemplo informes de cada visita con fotos indicando los temas tratados en cada asesoría y
firmados por el profesional asesor y usuario.
3.3.5 Obligación de verificar aportes (cofinanciamiento del servicio asesoría técnica integral)
En razón de lo dispuesto en Norma Técnica y Procedimiento Operativo del Programa Mi Primer Negocio Rural aprobada por Resolución Exenta N° 0070-010377/2025, el aporte que corresponde efectuar a los usuarios beneficiarios corresponde hasta un 5% del costo total de la AT, con un valor máximo de $30.000 y $15.000 para hombres y mujeres respectivamente, monto determinado que se informará al momento de la suscripción del respectivo contrato.
Por otra parte, es del caso indicar que el monto de la presente contratación corresponde al aporte que realiza INDAP en relación a lo dispuesto en la aludida norma técnica.
Los/las usuarios/as deberán pagar directamente al prestador los recursos correspondientes a su copago para cofinanciar la asesoría en el Programa. En el caso de un ingreso posterior o retiro anticipado de un usuario/a, este copago será proporcional a los meses de permanencia de el/la usuario/a. El prestador podrá realizar recaudaciones parciales o total del monto del copago anual de un/a usuario/a, entregándole un comprobante simple de recaudación. Al final de cada año el consultor deberá presentar a INDAP (área o Dirección Regional), un listado de las recaudaciones realizadas y monto adeudado (anual), de todos los usuarios/as. Sin perjuicio de lo anterior, el consultor deberá entregar a la agencia de área y/o dirección regional, según corresponda, las boletas y/o facturas electrónicas que acrediten la realización del aporte total recaudado, de la totalidad de los usuarios, y cuyo plazo máximo de cumplimiento es la fecha establecida para la entrega de los requisitos de pago de la última cuota del contrato”.
Para dichos efectos cada año el prestador verificará que se realicen dichos copagos tomando en consideración a los usuarios que formen parte de la iniciativa al inicio de cada anualidad. Asimismo, el prestador deberá acreditar la realización del total del aporte recaudado respecto de la totalidad de los usuarios beneficiarios antes de la fecha establecida para la entrega de los requisitos de pago de la última cuota del contrato, sin lo cual esta última no será procedente.
En virtud de lo anterior, y sin perjuicio de los requisitos para el pago de las respectivas cuotas señalados previamente en la cláusula de presupuesto y forma de pago de las bases administrativas, el pago de la última cuota del contrato quedará condicionado a la presentación, por parte del adjudicatario, de la siguiente documentación:
- Listado de Copagos y/o aportes: Detalle de los copagos efectuados y adeudados por los usuarios/as, indicando los montos pagados, fechas de pago y/o los montos pendientes, si corresponde.
- Copia de los Documentos Tributarios que den cuenta del aporte realizado por el usuario: Facturas, boletas electrónicas u otros documentos tributarios que acrediten la efectiva realización del aporte de los usuarios.
Sin perjuicio de lo anterior INDAP, podrá requerir otro antecedente que se estime necesario para corroborar el cumplimiento del copago de acuerdo con la norma técnica vigente.
3.3.6. SOBRE LA EXPERIENCIA DEL CONSULTOR PERSONA NATURAL/PERSONA JURÍDICA
Debe presentar un curriculum vitae de la empresa (anexo N° 2 letra c) describiendo su experiencia en consultorías y/o asistencias técnicas a empresarios y/o proyectos vinculados a la temática del proyecto y en actividades de fomento, deseable con experiencia en el territorio.
3.3.7 SOBRE LA EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES A CARGO DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO DE APOYO TÉCNICO.
Profesional Mentoría:
- El o los profesionales que ejecutarán el servicio poseen experiencia demostrable a través de la acreditación de mínimo 4 capacitaciones y/o asesorías en las temáticas emprendimiento, gestión del negocio, administración de empresas, desarrollo de proyectos de negocios o start up. En caso de no acreditar experiencia en dicho (s) Rubro (s), la propuesta será evaluada con puntaje de 0.
- Los asesores de las acciones de Asesoría técnica productivo no podrán ser al mismo tiempo presentado en roles de mentoría y/o capacitación del servicio requerido, o viceversa.
Profesional Técnico Productivo:
- El o los profesionales que ejecutarán el servicio poseen experiencia demostrable a través de la acreditación de mínimo 4 capacitaciones y/o asesorías en las temáticas relacionadas con el tipo de negocio de los jóvenes que ofertan atender. En caso de no acreditar experiencia en dicho (s) Rubro (s), la propuesta será evaluada con puntaje de 0.
- Los asesores de las acciones de Asesoría técnica con jornada completa no podrán ser al mismo tiempo presentado en roles de mentoría y/o capacitación del servicio requerido, o viceversa.
- El o los profesionales que se postulen solo podrán asesorar a un grupo de usuarios.
Profesional Apoyo Financiero - contable:
- El o los profesionales que ejecutarán el servicio poseen experiencia demostrable a través de la acreditación de mínimo 4 capacitaciones y/o asesorías en las temáticas de contabilidad. En caso de no acreditar experiencia en dicho (s) Rubro (s), la propuesta será evaluada con puntaje de 0
Nota importante:
Se evaluará a cada profesional propuesto, en ese sentido el puntaje corresponde a la suma del puntaje obtenido por cada uno de los profesionales, dividido por el número de profesionales propuestos.
3.3.8. SOBRE DOCUMENTACION Y ACREDITACION DE EXPERIENCIA:
Curriculum Vitae:
- Los consultores, sean personas natural o Jurídica, deberán entregar su currículo vitae, según el anexo 2 c) de las presentes bases de licitación. En caso de que el consultor (Persona Natural o EIRL) cuando al mismo tiempo sea integrante del staff de profesionales ejecutores del servicio requerido, deberá presentar su Currículum Vitae claramente diferenciado según corresponda a Consultor o profesional ejecutor del servicio respectivo.
- Los profesionales, que entregarán el servicio de Mentoría, los profesionales que proveerán la asesoría técnica productivo, y el profesional que proveerá el apoyo financiero- contable, deberán entregar su curriculum vitae, según el anexo n°2 b) de las presentes bases de licitación.
- Para todos los integrantes del equipo profesional deben presentar copia de certificado de Título Profesional, copia de certificados de postítulo, Cursos y capacitaciones, etc. En caso de que se trate de un profesional titulado en el extranjero, deberá presentar copia de la convalidación del título en Chile.
- Otros antecedentes que el consultor estimara oportuno señalar y que amplíen la descripción de los servicios requeridos por la Institución. Estos documentos son de presentación optativa.
- Declarar que no le afectan inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
- Quienes no cumplan con cualquiera de estos requisitos, podrán quedar fuera del proceso de selección.
3.3.9. MODIFICACIÓN EN EL EQUIPO DE TRABAJO.
El oferente que realice el servicio de apoyo emprendedor, deberá realizarlo con aquellos profesionales individualizados en su propuesta técnica. Además, deberá mantenerlos prestando el servicio durante todo el plazo de ejecución del contrato, constituyendo ambas obligaciones un elemento esencial del contrato que se celebre en su oportunidad.
Cualquier cambio en el equipo de trabajo propuesto en su oferta técnica por el proveedor, durante la ejecución del contrato, deberá ser previamente informado, expresando un motivo que constituya un caso fortuito o fuerza mayor.
Para hacer efectivo el reemplazo, el encargado de contrato del oferente deberá dirigir un correo electrónico a la contraparte técnica del Instituto, proponiendo un/a reemplazante, fundamentando por qué éste/a tiene similar y/o equivalente idoneidad (respecto de los profesionales que fueron evaluados) para ocupar el rol comprometido en el equipo de trabajo, y acompañando sus antecedentes curriculares y de experiencia en la materia.
4. CRITERIOS DE PAGO CUOTA 1
Para el cálculo del pago por los servicios correspondientes a la cuota 1, se basará en los siguientes criterios:
El valor del servicio por cada participante se entenderá como el resultado del monto correspondiente a la primera cuota dividido por (cantidad de participantes)
Formula: Monto total cuota 1 / n° participantes = Valor unitario
A su vez cada módulo tendrá un valor del 25%
La capacitación consta de 4 módulos, por lo que cada módulo tendrá un valor del 25% de asistencia a la capacitación. El cálculo del monto a pagar al proveedor se efectúa como se indica a continuación:
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Asistencia mayor al 75%
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Asistencia del 50%
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Asistencia del 25%
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Pago del 100% del valor unitario
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Pago del 50% del valor unitario
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Pago del 25% del valor unitario
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Notas:
- Se informa a los proveedores que el mínimo garantizado de participantes es de 15 jóvenes. INDAP informara al proveedor adjudicado la cantidad definitiva de participantes, en un plazo de 5 días hábiles contados desde su contratación.
- Para aquellos participantes reemplazantes, indistintamente su porcentaje de asistencia se contabilizará para pago al ejecutor, por aquellos módulos en que efectivamente asistió el participante. Se aceptará un remplazante sólo cuando haya trascurrido máximo 50% de la actividad ósea dos módulos, transcurrido ese tiempo no se aceptarán reemplazantes.
[1] Se entenderá por formalizar al conjunto de trámites y procedimientos necesarios para que una iniciativa de emprendimiento se constituya como una entidad propia y cumpla con las normativas y regulaciones laborales, sanitarias, municipales, tributarias, entre otras, según modalidad que decida el joven emprendedor.
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