DISPOSICIONES GENERALES |
1.- Los oferentes participantes en esta propuesta deberán tener presente que la orden de compra que se emita, incorpora las normas establecidas en las presentes bases, aún cuando no se mencionen expresamente en los documentos indicados.
2.- La Estación Naval Isla Dawson, podrá modificar o complementar las bases de la licitación, mediante resolución fundada, debidamente tramitada, sólo hasta antes que finalice el plazo para presentar ofertas, lo que será notificado a través del portal www.mercadopublico.cl y dichas modificaciones o complementaciones formarán parte integrante de las presentes bases. En este caso, la Estación Naval Isla Dawson, mediante resolución exenta, suspenderá el proceso licitatorio hasta que los oferentes efectúen las modificaciones que sean necesarias en su oferta, dentro del plazo que se fije para tal efecto.
Asimismo, conforme lo dispone el Artículo 41 del Reglamento Complementario de la Ley Nº 19.886, la Estación Naval Isla Dawson podrá modificar la fecha de adjudicación, debiendo informar en el portal www.mercadopublico.cl, las razones que justifican esta situación.
3.- Respecto a la presentación electrónica de la oferta los proveedores deberán cumplir lo indicado en el Capítulo 4 del Manual Chilecompra del usuario proveedor.
4.- El oferente al momento de presentarse a la propuesta acepta lo estipulado en las presentes bases.
5.- La "LICITACIÓN" será superior a 100 e inferior a 1.000 UTM, con una sola etapa de apertura para la evaluación de las ofertas, de adjudicación única a la oferta más conveniente y con emisión automática de la Orden de Compra.
6.- El único idioma oficial de la República de Chile es el castellano, de modo que todo documento que haya de tener un uso o destino de carácter oficial o público debe estar redactado en dicha lengua. Por ello, todos los antecedentes relevantes y a ser considerados para evaluación u otros motivos, de la presente licitación, deberán presentarse en idioma castellano o acompañado de su respectiva traducción.
7.- La Estación Naval Isla Dawson, por razones sobrevinientes de fuerza mayor o de interés institucional, se reserva el derecho, mediante resolución debidamente tramitada, para revocar el llamado a licitación, antes del cierre de la recepción de ofertas.
8.- En los casos de Unión Temporal de Proveedores, en adelante "UTP", los "OFERENTES" deberán adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. La vigencia de esta unión no podrá ser inferior a la duración de la Garantía de la Oferta, de acuerdo al Artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas.
9.- Para contratar con la Estación Naval Isla Dawson, el oferente adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado "hábil" en el Registro Electrónico Oficial de ChileProveedores. De no encontrarse, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo fatal de quince (15) días corridos contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. En el caso de que no cumpla con dicha inscripción, se readjudicará a la siguiente mejor oferta y así sucesivamente.
10.- Todos los plazos contenidos en las presentes "BASES" son de días corridos y el incumplimiento de los mismos por algún "OFERENTE" implicará su exclusión del proceso a partir de esa fecha. Para el evento que el vencimiento del plazo corresponda a un día inhábil (sábado, domingo o festivo) se entenderá prorrogado al día hábil siguiente. Con todo, el plazo de cierre para recibir ofertas no podrá vencer en días inhábiles, ni el día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 horas.
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INTERPRETACIÓN DE LAS BASES |
Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases o especificaciones técnicas, prevalecerá el criterio de la Estación Naval Isla Dawson, sin perjuicio de la facultad que compete a la Contraloría General de la República, al Tribunal de Contratación Pública y/o los Tribunales de Justicia.
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GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA |
Los gastos que demande participar en la presente propuesta y todos los derechos e impuestos que pudieren originarse con motivo de la celebración del eventual contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor. En consecuencia, la Estación Naval Isla Dawson no responderá en caso alguno por impuestos, contribuciones, tasas, derechos fiscales, notariales, cargas o expensas de cualquier naturaleza derivadas o vinculadas a la orden de compra o a los actos que de ellos se deriven.
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PARTICIPANTES |
1.- Podrán participar como oferentes en esta propuesta, directamente o como apoderado de terceros, la persona natural o jurídica y los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), asociación de personas naturales y/o jurídicas que formulen las ofertas conforme a las bases de licitación.
2.- No podrán participar en esta propuesta, directamente o como apoderados de terceros, ninguna persona afecta a alguna de las inhabilidades del artículo 4º, inciso 6° de la Ley 19.886, ni personas jurídicas sancionadas en los términos señalados en los artículos 8º y 10º de la Ley 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho, para cuyo efecto el oferente deberá presentar la declaración jurada señalada en la Cláusula H.- número 2.- a).
3.- Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con Organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el Artículo 27 de la Ley Nº 19.913, en el Artículo 8º de la Ley Nº 18.314 y en los Artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar Actos y Contratos con Organismos del Estado. La "Armada de Chile”, verificará esta información a través del Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
4.- Respecto de la unión temporal de proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, afectarán a cada uno de sus integrantes individualmente considerados.
5.- En caso de ofertar una "UTP", deberá adjuntar al momento de hacerlo, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. La vigencia de esta unión no podrá ser inferior a la duración de la Garantía de la oferta, de acuerdo al Artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas y las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, afectarán a cada uno de sus integrantes, considerándolos individualmente.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
1.- Las Consultas y Aclaraciones a las "BASES", Especificaciones Técnicas o informaciones adicionales que requieran los "OFERENTES", deberán formularse sólo a través del "PORTAL", hasta las 10:00 horas del tercer día contado desde la fecha de publicación de las "BASES", cuyas respuestas se publicarán por el mismo medio hasta las 15:00 horas del cuarto día contado desde la fecha de publicación de las "BASES".
2.- La "Armada de Chile" publicará las Aclaraciones a las "BASES" que estimare necesarias o que hubieren surgido del proceso de "Consultas y Aclaraciones", con anterioridad a la Apertura de las Ofertas. Tales aclaraciones se entenderán notificadas y conocidas por los "OFERENTES", transcurridas veinticuatro (24) horas desde su publicación en el "PORTAL".
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Y ANTECEDENTES |
1.- Las ofertas económicas deberán ser presentadas antes del cierre de la presente propuesta, exclusivamente forma electrónica, a través del sistema de información mercado público (www.mercadopublico.cl), indicando los valores unitarios netos en moneda nacional, los cuales deben ser ingresados en la línea de ofertas creada en el portal, según corresponda.
La oferta económica deberá tener una validez de noventa (90) días, contados del día de la apertura de la presente licitación. Las Ofertas que no indiquen lo señalado en el punto precedente anterior. Ofertas Se declaradan inadmisibles.
El cierre de la presente propuesta se efectuará el décimo (10) día después de publicado el llamado a "LICITACIÓN".
2.- Los antecedentes que a continuación se indican deben ser presentados a través del portal mercado público, debiendo ser publicados antes del cierre de la propuesta:
a) Antecedentes administrativos, según formularios y formatos indicados en la cláusula T.- de las presentes bases:
a.1. Identificación completa del oferente o apoderado de la unión temporal de proveedores, del representante legal si es persona jurídica o del mandatario designado para participar en la licitación, considerando lo siguiente:
• Razón social y/o nombre completo.
• R.U.T. de la empresa y/o Cédula Nacional de Identidad o equivalente en el extranjero.
• Domicilio del oferente.
• N° de teléfonos y E-mail.
a.2. El representante o apoderado de la unión temporal de proveedores (UTP), además de los documentos descritos precedentemente, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública. En caso de firmar contrato deberá presentar estos documentos en forma física y en original.
a.3. Cuando se trate de la UTP, adjuntar un documento señalando, además de lo consignado en el punto a.1 anterior, la identificación detallada de los integrantes de la UTP, esto es:
• Razón social y/o nombre completo.
• R.U.T.
• Nombre representante legal.
• R.U.T. representante legal.
• Domicilio.
• Teléfonos y E-mail.
a.4. Deberá incluir Formulario 3 y 4, señalado en en la clausula T.- de las presentes bases, en el cual el oferente ingresará su oferta considerando todos los costos, para cumplir con lo requerido. En el evento que un oferente, al momento de la Apertura Electrónica (administrativa y técnica), no presente la documentación exigida en el número 2.- letra a) de la presente cláusula o éstas tengan errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, contará con un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas a contar de la hora y fecha de notificación respectiva, para presentarlos a través del portal mercado público.
Esta posibilidad de enmienda, podrá efectuarse siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el perpíodo de evaluación.
Lo anterior, en los términos y condiciones establecidas precedentemente y de acuerdo al artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Sin embargo, esta situación quedará establecida en la Matriz de Decisión. Transcurrido el plazo señalado, y ante la no presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en el párrafo precedente o no se subsanen las observaciones o se presenten otros errores, será causal para que se declare inadmisible la oferta del licitante mediante resolución fundada.
4.- Cuando haya indisponibilidad técnica del servicio de información, circunstancia que deberá ser ratificada por la dirección de compras públicas, mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso los oferentes afectados tendrán un plazo de dos (2) días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de información, según lo dispuesto en el Artículo 62 Nº 2, del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
En el caso detallado anteriormente, el oferente afectado deberá en forma obligatoria entregar su oferta en soporte papel, en el Edificio Terzona, ubicada en Calle Lautaro Navarro, # 1150, Edificio Armada de Chile, Punta Arenas, al personal del Departamento de Abastecimiento, quienes emitirán un comprobante de recepción de oferta, en caso contrario su oferta será declarada inadmisible.
En el evento que un oferente, da cumplimiento a lo señalado precedentemente y al momento de presentar su oferta fuera del portal; omite documentación exigida en el número 2.- letras a) anterior o ésta contenga errores, contará con un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas a contar de la hora y fecha de notificación respectiva, para presentar citado documento. Dicha notificación se efectuará, al mail de contacto señalado por el oferente al momento de entregar su oferta.
Las ofertas presentadas en conformidad a lo antes indicado, serán elevadas al sistema de información mercado público.
La no presentación oportuna de cualquiera de los antecedentes indicados en la cláusula “H” será causal suficiente para que en el acto de apertura correspondiente se declare inadmisible la oferta del licitante, a excepción de lo dispuesto en el punto 3.- y 4.- anteriores.
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APERTURA |
1.- La apertura de las ofertas se efectuará el mismo día al cierre de la propuesta.
2.- Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 hrs. siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del sistema de información, de acuerdo a lo indicado en el artículo 33 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
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ADJUDICACIÓN |
1.- Existirá una junta asesora integrada por personal de la Estación Naval Isla Dawson, compuesta por el Sr. 2do. Comandante, Jefe Departamento de Abastecimiento y Asesor Técnico, quienes evaluarán las ofertas, confeccionarán la matriz de decisión técnica y económica y propondrán al proveedor adjudicado.
2.- Evaluadas las ofertas se efectuará la adjudicación, a un solo oferente, lo que se comunicará al oferente que resulte favorecido, mediante el Sistema de Información Mercado Público. 3.- El plazo máximo para efectuar la adjudicación de la presente licitación en el portal mercado público, será de treinta (30) días después de efectuada la apertura y el plazo máximo para emitir la orden de compra será de veinte (20) días después de la adjudicación. En caso de no cumplirse con el plazo de adjudicación indicado, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando las razones de atraso mediante resolución. 4.- La Estación Naval Isla Dawson se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente o declarar desierta la presente propuesta, en resguardo de los intereses institucionales, en el evento que las ofertas presentadas no cumplan con las bases o excedan el marco presupuestario previsto, sin perjuicio del derecho de los oferentes a solicitar la indemnización de perjuicios pertinente ante la dictación de un acto irregular. 5.- Si el oferente adjudicado no se encuentra inscrito en el portal chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo fatal de quince (15) días contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. La misma exigencia se aplicará a todos los integrantes de una UTP. 6.- Si los oferentes se encontraren inscritos en el portal chileproveedores no estarán obligados a presentar aquellos antecedentes que se encuentran disponibles en este portal. Será responsabilidad de los oferentes cerciorarse que los antecedentes disponibles en el portal chileproveedores, cumplan con los requerimientos solicitados y se encuentren vigentes. 7.- Si el oferente adjudicado fuere persona jurídica o apoderado de la UTP, dentro del plazo máximo de diez (10) días contados desde la notificación de la adjudicación, deberá presentar copia de la Inscripción de la sociedad en el registro de comercio y copia de la personería de su representante, ambos con certificado de vigencia, con fecha de emisión no superior a treinta (30) días a la fecha de apertura de las ofertas. En caso de ser persona natural, dentro del mismo plazo signado precedentemente, deberá acompañar fotocopia legalizada de la cédula de identidad y de la iniciación de actividades. Estos documentos se anexarán a la orden de compra. 8.- La vigencia de la UTP no podrá ser inferior al plazo de entrega ofertado y adjudicado. 9.- Si el adjudicatario se desistiere, de aceptar la orden de compra, a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases, para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Estación Naval Isla Dawson podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de treinta (30) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, según lo preceptuado en el Artículo 41, inciso final del Reglamento de la Ley de Compras, quedando la Comandancia facultada para adjudicar las licencias al proponente siguiente mejor evaluado.
10.- Los oferentes participantes podrán efectuar consultas al proceso de adjudicación, dentro de un plazo no superior a los dos (2) días hábiles contados de la notificación respectiva, a través del sistema de información de compras públicas. Las respuestas y/o correspondientes aclaraciones, serán publicadas en el citado sistema en un plazo no superior a los veinte (20) días hábiles contados desde la fecha de notificación de la respectiva adjudicación.
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CONDICIONES Y RECEPCIÓN DEL MATERIAL |
1.- " El servicio deberá ser efectuado en dependencias de Base Naval Isla Dawson dependientes de la Tercera Zona Naval en la Región de Magallanes y Antártica Chilena. Dentro del plazo indicado por el "OFERENTE" en el Formulario Nº 3 de su oferta, a contar de la fecha de emisión de la Orden de Compra. 2.- Los servicios deberán ser entregados con factura. 3.- Los gastos que demande participar en la presente propuesta y todos los derechos e impuestos que pudieren originarse con motivo de la celebración del eventual contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor. En consecuencia, la Estación Naval Isla Dawson no responderá en caso alguno por impuestos, contribuciones, tasas, derechos fiscales, notariales, cargas o expensas de cualquier naturaleza derivadas o vinculadas a la orden de compra o a los actos que de ellos se deriven.
NOTA: OFERENTES QUE NO INDIQUEN PLAZO DE ENTREGA Y GARANTÍA POST VENTA EN LA OFERTA PRESENTADA. OFERTAS SERA RECHAZADA EN APERTURA ELECTRÓNICA DE LA LICITACIÓN.
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ORDEN DE COMPRA |
1.- La Estación Naval Isla Dawson y el proveedor adjudicado formalizarán el contrato mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. La cual, incorpora las normas establecidas en las presentes bases, aún cuando no se mencionen expresamente en el documento indicado.
2.- En el caso que la orden de compra no haya sido aceptada, la Estacion Naval Isla Dawson podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro (24) horas desde dicha solicitud en la plataforma de mercado público.
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FORMA DE PAGO |
1.- El pago se efectuará mediante transferencia electrónica, depósito en cuenta corriente bancaria en pesos emitido por un Banco Nacional, a nombre del proveedor y se pagará cuando se haya recepcionado el servicio conforme, previa presentación de la factura debidamente legalizada al siguiente nombre:
a. Subsecretaria de Marina Estación Naval Isla Dawson.
b. RUT: 61.102.104-6.
c. Isla Dawson, S/N, Puerto Harris.
d. Giro: Fiscal.
Al momento de emitir la orden de compra al proveedor adjudicado, se refrendará el o los correos electrónicos donde enviar las facturas electrónicas de cobro.
2.- La Estación Naval Isla Dawson pagará en un plazo de treinta (30) días, siguientes a la recepción de la factura comercial en original, en la forma y condición señalada en el párrafo anterior, según lo preceptuado en el Artículo 79 bis del Reglamento de la Ley de Compras.
3.- Los pagos se realizarán con recursos AFL, moneda pesos, imputándose el gasto que demandará el cumplimiento a los fondos disponibles.
4.- Se hace presente que el proveedor acepta y está en condiciones de facturar con la forma de pago aludida.
5.- No se otorgarán anticipos de dinero en ninguna circunstancia.
6.- Para los casos de la UTP, el pago se hará, en su totalidad, al apoderado nombrado en la correspondiente escritura vigente.
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MULTAS |
1.- En caso de haber atraso en la entrega del servicio por parte del proveedor, la Estación Naval Isla Dawson lo sancionará con una multa.
2.- El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios de la presente licitación. Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un 0.25% del valor total de la orden de compra, con un tope de 30 días hábiles. Las multas no podrán sobrepasar el 30% del valor total del contrato.
3.- El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos. .Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. 4.- El proveedor tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación consignada precedentemente, para impugnar su cobro manifestando sus descargos en relación al eventual incumplimiento. de hacerlo, la Estación Naval Isla Dawson resolverá, la reclamación presentada, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a su recepción, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor o bien, la rechazará procediendo a dictar la resolución de cobro de ésta mediante resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
5.- El proveedor será notificado, por la Estación Naval Isla Dawson, para que haga llegar el documento señalado en el punto 2 anterior en un plazo no superior a diez (10) días hábiles. De no cumplir con este plazo la Comandancia podrá dejar sin efecto la orden de compra y adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje.
6.- Cuando se produzcan atrasos de hasta cinco (5) dias, en la entrega del material, éstas generarán multas de acuerdo a lo señalado en el párrafo 1 de la presente cláusula. Si existe atraso superior a cinco (5) diaz, se entenderá que existe incumplimiento total del proveedor y se procederá a cancelar la Orden de Compra y adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje.
7.- Se entenderá por atraso en la entrega el tiempo transcurrido en dias corridos desde la fecha de solicitud del servicio fijado en la orden de compra y recibido oficialmente por la Estacion Naval Isla Dawson.
8.- La Estación Naval Isla Dawson estará facultada para rechazar el servicio si ésta no cumple con las especificaciones técnicas de la oferta adjudicada y la citada Estación, fundamentará las razones de tal decisión. Lo anterior, será motivo suficiente para que la Estación Naval Isla Dawson no recepcione la faena de combustible, quedando la Institución facultada para cancelar la orden de compra y adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje.
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FUERZA MAYOR |
1.- No será causal de cancelación de la orden de compra, el incumplimiento de las obligaciones del proveedor derivado de una catástrofe natural que impida el acceso al área de trabajo o de otra causal de fuerza mayor.
2.- Se entenderá como fuerza mayor para los efectos de la orden de compra, los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en virtud de la orden de compra, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno.
3.- Si una u otra parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de fuerza mayor, deberá notificar a la otra parte por escrito, en un plazo no superior a cinco (5) días desde iniciada la causa de fuerza mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el contrato. La causal invocada podrá ser aceptada o no por escrito por la otra Parte, dentro del plazo de diez (10) días desde que haya sido notificada, mediante resolución fundada de acuerdo al mérito de los antecedentes.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
1.- Cualquier dificultad que se suscite entre las partes respecto de la interpretación del contrato, serán resueltos, por la Junta de Evaluación de la Estación Naval Isla Dawson.
2.- Lo dispuesto en el punto anterior no implica de manera alguna una renuncia por parte del Fisco, de la Estación Naval isla Dawson o del proveedor a someter la controversia que se pueda suscitar, al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia, para cuyo efecto las partes fijan domicilio en la comuna de Punta Arenas, prorrogando expresamente competencia a sus tribunales, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contratación Pública.
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Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CALIDAD TÉCNICA”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "PLAZO DE ENTREGA” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “GARANTÍA DE POST VENTA”.
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