PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO Y LICITACIÓN |
Las propuestas se abrirán, en un acto público, ante los funcionarios que se señalan a continuación, Titulares, Suplentes o a quien éstos designen: El Secretario Municipal, quien actuará como Ministro de Fe , un Asesor Jurídico de la Municipalidad de Ovalle, el SECPLAN quien la presidirá , un profesional de la Secplan, y el Encargado de la Oficina de la Vivienda, quienes además son miembros de la Comisión evaluadora con excepción del Secretario Municipal y del asesor jurídico, en el día y hora indicados en el Calendario de Propuesta, en presencia de los proponentes que voluntariamente concurran levantándose un Acta de Apertura, firmada por los oferentes que deseen hacerlo, que se incorporará en el Portal Chilecompra. Los oferentes que voluntariamente concurran por sí o representados legalmente al acto de apertura deberá entregar al Secretario Municipal al inicio de este, los documentos que acrediten su identificación y la calidad en que se presenta. En los casos que el Oferente no comparezca personalmente, la personería del apoderado, ya sea persona natural o jurídica, deberá constar en poder simple suscrito ante Notario, cuya fecha de otorgamiento no sea superior a 30 días, especialmente otorgada al efecto. A partir de dicha hora los proponentes no podrán retirar las propuestas. EL horario de inicio de acto de apertura será el que registre el Portal Chile compras. Estos oferentes podrán efectuar observaciones a la apertura de las ofertas dentro de las 24 horas siguientes a dicha apertura, las observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Chilecompra. Propuestas: Se procederá a leer apartado: Antecedentes Administrativos. El presidente de la Comisión procederá a leer primeramente el apartado "Antecedentes Administrativos" de todos los proponentes, en forma previa, verificando la inclusión de cada uno de los antecedentes exigidos en las Bases. Si faltare cualesquiera de tales antecedentes quedarán eliminados de la licitación, NO leyendose los restantes apartados “Anexos Técnicos “ y “ Anexos Económicos” . No obstante, la Municipalidad de Ovalle se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores que estimare no relevantes, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni la correcta evaluación de las propuestas, a juicio de la Comisión referida en las presentes Bases mediante votación. Luego se procedera a la lectura de los apartados "ANTECEDENTES TÉCNICOS" Y "ANTECEDENTES ECONÓMICOS" . Con todo los proponentes podrán formular las observaciones o reclamos que estimen pertinentes dejando constancia de ellas en el Portal Chilecompra dentro de las 24 horas de efectuado el Acto de Apertura. Cabe señalar que para aquellos proveedores inscritos en chileproveedores y no cuenten con su inscripción vigente y documentación acreditada en el Portal ChileProveedores quedaran inmediatamente fuera de bases sus ofertas. Firma de Acta de Apertura Electrónica: El Acta de Apertura deberá contener los datos de individualización suficientes de los proponentes y sus ofertas, dejando constancia de las observaciones o reclamos que formulen los interesados. El Acta será firmada por el Secretario Municipal, por los funcionarios municipales que concurran y por los interesados que deseen hacerlo.
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FORMALIZACIÓN DE LOS RECLAMOS |
Los interesados que hayan formulado reclamos deberán formalizarlos por escrito dentro de las 24 horas de efectuada la apertura. La presentación deberá ingresarse al Portal Chilecompra.
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SUFICIENCIA DE LA OFERTA |
El oferente al presentar su oferta asume todo riesgo, contingencia y demás factores o circunstancias que puedan afectarla, como asimismo los costos de todo tipo y el financiamiento requerido para cumplir todas sus obligaciones contractuales en las condiciones establecidas en las presentes Bases.
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DE LA ADJUDICACIÓN |
Una vez revisadas y debidamente ponderadas las ofertas y antecedentes presentados por los proveedores, la Comisión de Evaluación procederá a elaborar un informe respecto de las ofertas presentadas sugiriendo la adjudicación de la oferta que presente las mejores condiciones de cumplimiento con relación a las bases del proceso. Este informe debe remitirse al Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Ovalle. El Alcalde puede optar por una oferta de mayor valor, siempre que este cumpla de mejor forma con los objetivos y fines de la obra o servicio y obtenga el mayor puntaje. La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas o de adjudicarlas parcialmente, sin derecho a indemnización alguna. El Decreto que acepta la propuesta se notificará a todos los oferentes, por intermedio del sistema Chilecompra. La notificación se entenderá realizada luego de 24 horas desde que la unidad respectiva publique en el sistema de información el decreto exento.
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DEL PAGO |
Se consideran para esta licitación la opción de generar 2 estados de pagos:
1er Estado de Pago: Considera el 50% del monto licitado. Para cursar este estado de pago se debe presentar el libro en formato Digital e Impreso con ingreso por Oficina de parte, con un plazo máximo de 60 días desde iniciado el encargo. Se entenderá como inicio habiendo aceptada la orden de compra respectiva y habiéndose recepcionado por parte el oferente de los antecedentes recopilados (grabaciones, fotografías, informes, etc.):
2do Estado de Pago: Contra recepción de los 600 ejemplares impresos puestos en Ovalle.
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SUBCONTRATACIONES. |
El oferente no podrá transferir, o ceder el contrato a persona natural o jurídica alguna. Con todo, con autorización escrita de la Municipalidad podrá realizar subcontrataciones para la ejecución de parte de la obra o servicios, pero manteniéndose como único y exclusivo responsable ante la I. Municipalidad de Ovalle.
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JURISDICCIÓN Y DOMICILIO. |
Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la Ciudad de Ovalle y deberán someterse a la competencia de sus tribunales.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MULTAS |
Se considerarán las siguientes multas por atraso:
Primera etapa: 1/1000 por cada día de atraso de acuerdo al punto 5 de los Términos de Referencia.
Segunda etapa: 1/1000 por cada día de atraso de acuerdo al punto 5 de los Términos de Referencia.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA Y EL CAMBIO DE FECHA DE ADJUDICACIÓN |
a) La adjudicación se efectuará mediante Decreto Alcaldicio b) Se declarará desierta aquella licitación a la que no se presenten proponentes o inadmisible en la situación que ninguno de ellos cumpla con los requisitos exigidos en las Bases. c) Una vez que se haya dictado el Decreto Alcaldício de Adjudicación, se le notificará al oferente a quien se le haya adjudicado la propuesta. (d) Cualquier cambio en la fecha destinada a adjudicación, por razones justificadas se informará debidamente al oferente. Por razones justificadas, se informara respecto a un cambio en el horario de la adjudicación.
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Unidad Ejecutora Contratante. |
La institución que contrata, es la I. Municipalidad de Ovalle, representada por su Alcalde, o por el funcionario que legalmente la subrogue, ambos con domicilio en Vicuña Mackenna # 441, Ciudad de Ovalle.
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Antecedentes omitidos por los oferentes.- |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. En todo caso, los certificados u otros documentos omitidos deben haber estado vigentes a la fecha y hora de la apertura de la licitación. La comisión podrá tener por acreditado un antecedente, si éste se encuentra vigente en el portal www.mercadopublico.cl. Nota: la presentación posterior de antecedentes omitidos significará un castigo de un 5% menos en la nota final de evaluación. En ningún caso podrá omitirse la presentación de la garantía en soporte físico.
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Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el OFERTA ECONOMICA”.
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DE LA REINCORPORACION DE OFERENTE |
En el caso que los oferentes dentro de las 24 horas posteriores al acto de apertura presentaren reclamos solicitando su reincorporacion por errores en el acto de apertura, la comision de apertura deberá reunirse nuevamente analizar el reclamo, si es necesario realizar la reincorporacion para el analisis de los antecedentes. En el caso que se proceda aceptar nuevamente la oferta la comision deberá efectuar el acta de apertura de reincorporacion.
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Interpretación |
Ante cualquier duda o diferencias en la interpretación de las bases que rigen este proceso o el contrato, será la Ilustre Municipalidad de Ovalle, a través de la Dirección de Asesoría Jurídica, la encargada de hacer la interpretación en estricta consonancia con lo enumerado en la cláusula anterior.
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NORMAS APLICABLES A LA ADQUISICION BIENES O CONTRATACION SERVICIOS |
La prestación del Servicio deberá ejecutarse de acuerdo a los siguientes antecedentes y normas, según corresponda: a) Las presentes Bases Administrativas Generales; b) Las Especificaciones Técnicas; c) Ordenanzas Municipales locales; d) Los documentos y antecedentes de la oferta adjudicada; e) La Orden de Compra y/o el Contrato; f) En general todos las Leyes, Reglamentos, Ordenanzas y Normas que son aplicables a la materia de la presente licitación.
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CONTRATO/ORDEN DE COMPRA |
El contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra. Una vez adjudicado en el portal www.mercadopublico.cl se procederá a emitir la Orden de Compra. Si por cualquier causa que no sea imputable a la Municipalidad, no es aceptada esta misma dentro de los plazos estipulados en las presentes bases, se entenderá desistimiento de la oferta pudiendo la Municipalidad hacer efectiva la garantía señalada en el ITEM Garantias, y adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado.
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SERVICIOS EXTRAORDINARIOS |
En el caso de requerirse, por causas justificadas, servicios distintos a los contratados, éstos se entenderán como extraordinarios, los que deberán ser evaluados por la Municipalidad. Para la determinación de los precios a pagar, mandante y contratista deberán agotar todos los medios para llegar a un entendimiento. En el caso de no existir entendimiento entre las partes, la Municipalidad podrá contratar, si fuere posible, las obras o servicios extraordinarios a otro contratista.
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MODIFICACION DE TRABAJOS |
En el caso que se produzca una modificación del servicio contratado originalmente, por servicios no previstos, etc. ésta se ejecutará, previa aprobación de la Municipalidad, de acuerdo a lo señalado en las presentes bases. En el momento en que lo considere necesario, el contratista deberá informar su solicitud de modificación, ingresándola por escrito a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad, ubicada en Vicuña Mackenna # 441, Ovalle, donde indique su petición a modificaciones. Las modificaciones presentadas por el contratista al mandante, deberán ser aprobadas por el servicio que corresponda (En éste caso la Municipalidad, de modo tal, que en cualquier caso, obtenga la respectiva recepción final del servicio competente. La demora en la tramitación para aceptar esta clase de variantes o modificaciones no dará lugar a un aumento del plazo, salvo casos plenamente justificados, calificados como tales por la Municipalidad. De cualquier forma, todo cambio y/o modificación, será de exclusiva responsabilidad del contratista quien deberá absorver los gastos que ello origine, no eximiéndose del cumplimiento de ningún tipo de reglamento, norma y/o recomendación de los servicios competentes.
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RESCILIACION |
Corresponde resciliar un contrato cuando de común acuerdo el mandante y el contratista deciden poner término y liquidar anticipadamente el contrato. Con tal objeto la parte interesada en resciliar deberá formular una presentación por escrito, y la otra parte aceptarla. Se rescilia el contrato sin indemnización para las partes. RESOLUCION DEL CONTRATO. El contrato podrá ser resuelto por disposición de la Municipalidad, en forma inmediata, sin necesidad de requerimiento previo, sin forma de juicio, con indemnización de perjuicios en los casos siguientes: Incumplimiento grave y reiterado de los plazos contractuales y/o de la programación de las obras. Paralización de las obras, sin causa justificada, por más de tres días hábiles seguidos. Obras entregadas con defectos graves que no puedan ser reparados o que la obra no sirva para los fines previstos por la Municipalidad al construir esta obra. El contratista es sancionado por el delito que merezca pena aflictiva. El contratista es declarado en quiebra y cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones del contratista.
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FALLECIMIENTO DEL CONTRATISTA |
En caso de fallecimiento del contratista se procederá a la liquidación anticipada del contrato, y si ella arroja un saldo a favor del contratista, esta les será entregada a sus herederos conjuntamente con las garantías y retenciones, una vez suscrito el finiquito correspondiente. Los herederos deberán acreditar su calidad de tales con la posesión efectiva respectiva.
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DAÑOS A TERCEROS |
Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de los servicios se ocasione a terceros, será de exclusiva responsabilidad del Contratista. La Municipalidad no cancelará al Contratista ningún gasto proveniente de daños o indemnizaciones producto de lo estipulado en el párrafo anterior.
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SUSPENSION DE PLAZOS |
El mandante podrá suspender el plazo de ejecución de los servicios u obra en caso de fuerza mayor, o problemas administrativos comprobadamente ajenos al contratista, sin perjuicio de la facultad del ITO de evaluar otras causales de suspensión, previa autorización del Alcalde. Se entenderá como fuerza mayor que justifique una solicitud de suspensión de plazo de ejecución de servicios u obras, una situación climática de emergencia o catástrofe nacional o local, u otra situación que afecte en forma irrecuperable el avance de la obra y que sea demostrada adecuada y oportunamente al mandante. Lo señalado no dará derecho al contratista a ser indemnizado por el mandante, ni implicará variaciones en el monto total contratado. Las solicitudes de solicitud de plazo contractuales serán autorizadas exclusivamente por la Municipalidad. La solicitud de suspensión de plazo deberán ser ingresadas con al menos quince días de anticipación a la fecha de término del contrato, junto con las boletas de garantías o prorrogas según fuese necesario; sin perjuicio de la facultad de la IMO de acoger a tramitación una solicitud ingresada con un tiempo menor a los quince días ya referidos.
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MODIFICACION DE BASES |
La Municipalidad podrá modificar los documentos de la Propuesta hasta antes de la apertura, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la Propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio web www.mercadopublico.cl, Adquisición ID Nº 2709-146-LE18. Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases y serán aprobadas por Decreto Exento.
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COBRO DE BOLETAS DE GARANTIA, POLIZAS DE SEGUROS, VALES VISTA Y OTROS |
El contratista, una vez que haya formulado la oferta, autoriza a la Municipalidad de Ovalle, para realizar el cobro de garantías con dos días de anticipación a la fecha de su vencimiento. Este cobro se realizará siempre, salvo que el contratista haya reemplazado las garantías de forma completa y por los plazos dispuestos en las Bases Administrativas. El contratista renuncia a todo recurso, acción o requerimiento judicial o extrajudicial para suspender el cobro, así como a todo derecho que le pudiera corresponder a ser indemnizado por el cobro, salvo que acredite, de forma fehaciente y documentada, que la garantía que estaba pronto a vencer había sido reemplazada, efectivamente, por una garantía suficiente, de igual valor y por el plazo dispuesto en las Bases Administrativas Generales. El Director de Asesoría Jurídica remitirá el oficio al Banco correspondiente ordenando su pago.
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DESESTIMIENTO Y EJECUCION |
La Municipalidad podrá en el caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el Contrato, no entregue la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente efectuar una nueva licitación declarando desierto el proceso anterior, sin perjuicio de hacer efectivas las respectivas garantías.
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FACTORING |
Una vez firmado el contrato o durante la ejecución de las servicios y en la eventualidad que EL OFERENTE cede el crédito a un Factoring, dicho contratista deberá comunicar dicha situación en forma expresa y con la debida antelación a la Unidad Técnica; quien a su vez, deberá enviar conjuntamente con el estado de pago respectivo, el contrato de cesión de crédito con el factoring (suscrito ante Notario Público) y/o la notificación del factoring o cesión de crédito respectiva. En caso contrario, esto es, cuando el crédito no esté factorizado o cedido, la Unidad Técnica deberá adjuntar al estado de pago la factura respectiva incluyendo la cuarta copia denominada cuadruplicado: cobro ejecutivo cedible de manera de tener la certeza que el contratista no ha suscrito factoring o cesión de crédito. Se deja constancia que esta actuación, en caso alguno puede implicar la aceptación anticipada, por parte del Gobierno Regional, del eventual contrato de factoring o cesión de crédito, toda vez que esta aceptación deberá efectuarse en la oportunidad correspondiente de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura.
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RECEPCION |
La recepción del servicio se efectuará en coordinación con la Ilustre Municipalidad de Ovalle . La correspondiente inspección y fiscalización de los productos requeridos será realizada por un profesional Municipal, quien en virtud de su evaluación procederá a informar al Encargado del mismo centro si procede o no a la emisión del certificado de recepción del producto requerido, el que deberá estar emitido a más tardar 10 días hábiles después de la entrega del producto y posteriormente ser aprobado mediante decreto exento
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Inspección y Supervisión de los Servicios |
Con el objeto de supervisar y verificar el cumplimiento de los servicios a contratar mediante la presente licitación, la Municipalidad de Ovalle designa a un Inspector Técnico, titular o suplente, único nexo entre el adjudicado y la Ilustre Municipalidad de Ovalle. El inspector técnico deberá formular todas las observaciones que merezca la entrega del servicio; velar por el cumplimiento de las bases generales, especiales, especificaciones técnicas; velar por el cumplimiento de plazos y vigencia de las garantías; encargarse del proceso de pago, esto es recibir la factura, informe mensual, verificar que se cumpla con todos los antecedentes solicitados.Hacer las observaciones que corresponda y una vez aprobado redactará la recepción conforme del servicio y se procederá a su pago. Ante alguna irregularidad, el inspector del contrato se pondrá en contacto con el oferente adjudicado o con la persona que este haya indicado como encargado, a fin de que se subsanan todas las irregularidades acaecidas, de no subsanarlas serán aplicables las multas señaladas en las presentes bases, en caso de ser graves y reiteradas las irregularidades procederá el termino anticipado del contrato.
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AUMENTO DE PLAZO |
El mandante podrá aumentar el plazo de ejecución de servicios en caso de fuerza mayor, modificación de contrato, aumento en la cantidad de servicios o productos o problemas administrativos debidamente comprobados ajenos al contratista. Se entenderá como fuerza mayor que justifique una solicitud de aumento de plazo de ejecución de servicios, una situación climática de emergencia o catástrofe nacional o local, u otra situación que afecte en forma irrecuperable el avance del servicio y que sea demostrada adecuada y oportunamente al mandante. Lo señalado no dará derecho al contratista a ser indemnizado por el mandante, ni implicará variaciones en el monto total contratado. Las solicitudes de aumentos de plazo contractuales serán autorizadas exclusivamente por la Municipalidad.
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AUMENTO O DISMINUCIONES DE SERVICIOS |
La Municipalidad podrá solicitar al contratista aumentos y/o disminuciones de servicios, que se calcularán y contratarán de acuerdo a los precios unitarios del presupuesto adjudicado. El monto y plazo de entrega será acordado de mutuo acuerdo entre las partes
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