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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
1002772-46-LP24
Adjudicación Informada en portal el
25/6/2024 10:34
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En
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16-04-2024
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Nro de
Resolución
07371
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Vistos
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1. Lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases General de la Administración del Estado, cuyo texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por D.F.L. N° 1/19.653 del año 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
2. El D.S. N 38/2005 que Aprueba el Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión, en especial el uso de las atribuciones que me confieren los artículos 22° y 23° de dicha normativa.
3. El artículo décimo quinto transitorio de la Ley N° 19.937 modificado por el artículo 1° de la Ley N° 20.319 mediante el cual se otorga por el solo ministerio de la ley la calidad de Establecimiento de Autogestión en Red al Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda a contar del 31 de enero del año 2010.
4. La ley N° 21.640 que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2024.
5. La Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y; su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda.
6. La Resolución Afecta N° 153 de fecha 27 de febrero del año 2014 del Ministerio de Obras Públicas que adjudica el contrato de concesión para la ejecución, reparación conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada “Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda”.
7. La Resolución Exenta N° 116395/409 de fecha 2 de diciembre del año 2021 del Director del Servicio de Salud Metropolitano Occidente que nombra en cargo de Alta Dirección Pública al Director de este recinto hospitalario.
8. Lo previsto en la Resolución Exenta N.º 7/2019 de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
9. La Resolución Exenta N° 25224 de fecha 5 de diciembre de 2023 del Director del Servicio de
Salud Metropolitano Occidente que nombra orden de subrogancia de este recinto hospitalario.
10. La Resolución exenta N° 116395/280/2023 de la Directora del Servicio de Salud Metropolitano Occidente que nombra en cargo de Alta Dirección Pública al Subdirector Administrativo de este recinto hospitalario
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Considerando
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1. Que, la función que le corresponde a este establecimiento es la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud, como también la rehabilitación y cuidados paliativos de nuestros pacientes, que son parte de la Red Asistencial del Servicio de Salud Metropolitano Occidente.
2. Que, por otra parte, nuestro ordenamiento jurídico garantiza a las personas el ejercicio del derecho constitucional a la protección de la salud que comprende el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y a aquellas que estén destinadas a la rehabilitación del individuo, así como la libertad de elegir el sistema de salud estatal o privado al cual cada persona desee acogerse.
3. Que, los establecimientos asistenciales del Sistema Nacional de Servicios de Salud no podrán negar atención a quienes la requieran, ni condicionarla al pago previo de tarifas o aranceles fijados a este efecto, sin perjuicio de lo prescrito en los artículos 16° y 28° de la Ley N°18.469.
4. Que, los organismos que integran el Sistema Nacional de Servicios de Salud son responsables de la ejecución de las acciones que tiendan a asegurar la salud de los habitantes de la República.
5. Que, el Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda es un hospital público asistencial docente integrado a la red y a la comunidad, que entrega atención de salud oportuna, humanizada y de calidad a sus usuarios.
6. Que, a su vez, esta institución aspira a ser un recinto hospitalario innovador de excelencia técnica y humana, centrado en el usuario con el fin de otorgar una atención de salud oportuna y de calidad.
7. Que, el Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda cuenta con una dotación de 523 camas, entre las cuales destacan Pabellones Centrales y de Maternidad, Unidad de Paciente Critico Adulto y Pediátrico, Neonatología, Unidad de Urgencia Adulto, Unidad de Emergencia Pediátrica y Urgencia Maternal.
8. Que, hechas las consultas respectivas el suministro de los insumos licitados no se encuentra disponibles en el Catálogo de Convenio Marco de www.mercadopublico.cl.
9. Que, existiendo recursos disponibles para ejecutar la contratación, y de conformidad a las demás disposiciones vigentes sobre la materia, es menester acudir a la realización de una licitación pública.
10. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por la ley N° 19.886 y su Reglamento, se confeccionaron las presentes bases, las cuales observan los principios de libre concurrencia de los oferentes al llamado administrativo y de igualdad antes las bases, que rigen los procedimientos concursales, y cumplen con los requerimientos técnicos y jurídicos para verificar la realización de la presente licitación pública.
11. Que, conforme a formulario de requerimiento de licitación pública N°58 de fecha 15 de enero del año 2024 emitido por el medico jefe de servicio de cirugía infantil se solicita el presente proceso licitatorio, dicho formulario cuenta con el visto bueno de la Subdirector Médico, Subdirector Administrativo (S) y Director, de este recinto hospitalario.
12. Que, el presupuesto estimado para la presente contratación asciende al monto de $125.000.000 (Ciento veinticinco millones pesos), impuestos incluidos
13. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por la ley N° 19.886 y su Reglamento, se confeccionaron las presentes bases, las cuales observan los principios de libre concurrencia de los oferentes al llamado administrativo y de igualdad antes las bases, que rigen los procedimientos concursales, y cumplen con los requerimientos técnicos y jurídicos para verificar la realización de la presente licitación pública.
14. Que, por la cuantía de los insumos a adquirir, la presente licitación se ubica en el tramo para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM e inferiores a las 5.000 UTM, de conformidad al Artículo 19° bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Resuelvo
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1.-APRUÉBANSE, las Bases Administrativas, Técnicas y sus respectivos Anexos, que regularán el proceso para efectuar llamado a Propuesta Pública, para el CONVENIO DE SUMINISTRO DE BOLSA EXTRACTORA DE ESPECIMEN PARA EL HOSPITAL DR. FELIX BULNES CERDA.
2.- Las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus respectivos Anexos, que por este acto se aprueban, se entenderá que forman parte integrante de la presente Resolución y cualquier modificación de su texto que se efectúe antes del cierre de recepción de ofertas, deberá ceñirse a lo dispuesto en el Artículo 19º del Decreto N°250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº19.886.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Luis Alberto Retamal Gonzalez
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Cargo
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Profesional Unidad de Contratación Pública
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Teléfono
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56-22-32537495
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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1002772-46-LP24
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Nombre de Adquisición
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SUMINISTRO DE BOLSA EXTRACTORA DE ESPECIMEN
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
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Descripción
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Las presentes Bases constituyen el instrumento rector con el fin de obtener CONVENIO DE SUMINISTRO DE BOLSA EXTRACTORA DE ESPECIMEN para el hospital Dr. Félix Bulnes cerda, por un periodo de 24 meses Éstas, establecen los fines, condiciones y requisitos que deberán ser cumplidos por los oferentes, en todas y cada una de las partes que conformen su oferta y además de regular el todo el proceso licitatorio hasta la suscripción del correspondiente contrato y su ejecución.
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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22/4/2024 15:26
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Fecha de Cierre
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2/5/2024 16:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 44.160.000
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 44.160.000
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Comisión Evaluadora
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| 10.193.585-K | Carlos Francisco Romero Encina | Medico Cirujano Pediatra |
| 16.019.095-7 | Diego Echiburu Perez | Santiago |
| 25.667.346-0 | ALFONSO PERDOMO STORY | |
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Resultado de la Adjudicación
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