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1. Lo dispuesto en el Decreto con fuerza de Ley N°1 de la Ley N° 19.653 de fecha 17 de noviembre del año 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
2. Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N°1/2005, del Ministerio de Salud, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°2.763 de 1979 y de las leyes N°18.933 y N°18.469.
3. Lo dispuesto en la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el Decreto Supremo N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886.
4. Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N° 29, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
5. Lo dispuesto en el Decreto N°38/2005, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red.
6. Lo dispuesto en la Ley N°19.937 del 2008, que otorga la calidad de Autogestionado en red al Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique.
7. Lo dispuesto en la Resolución N°7 de fecha 29 de marzo del año 2019 que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; y la Resolución N°14 de fecha 9 de enero del año 2023 que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y establece controles de reemplazo cuando corresponda, ambos de la Contraloría General de la República.
8. Lo dispuesto en el Decreto N°140 del 21 de abril del 2005 del Ministerio de Salud que aprobó el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud.
9. Lo dispuesto en la Ley N° 21.566, que modifica las denominaciones de los Servicios de Salud
10. Lo dispuesto en la Ley N° 21.595 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, denominada Ley de delitos económicos, que establece inhabilitaciones para contrata con el Estado.
11. Lo dispuesto en la Ley N°21.634 del Ministerio de Hacienda, del 11 de diciembre de 2023, que moderniza la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
12. Lo dispuesto por la Ley N° 21.722 de Presupuestos del sector público correspondiente al año 2025.
13. Lo dispuesto por la Resolución Exenta 04870 de fecha 13 de noviembre del 2024 de la Dirección del Servicio de Salud de Tarapacá, que nombra como director del hospital Dr. Ernesto Torres Galdames a Dr. Aldo Cañete Soto;
14. Lo establecido en Resolución Exenta N°213/2025 de la Dirección del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique que aprueba el Plan Anual de Compras del Hospital, correspondiente al año 2025;
15. Lo indicado en la Resolución exenta N° 1362 de 3 de junio de 2025 y lo indicado en la Resolución Exenta N°1568 de 25 junio de 2025, ambas de la Dirección del Hospital, en las que se establece el llamado a licitación y posterior declaración de proceso desierta, bajo el ID 1070620-90-lp25,
16. Lo dispuesto en Resolución Exenta N° 1759, del 29 de julio de 2025 de la dirección del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, por medio de la cual se aprueban las bases de la licitación Privada para la contratación de “SUMINISTRO DE INSUMOS, CON EQUIPOS EN COMODATO, PARA PACIENTES DEL PROGRAMA DE DIÁLISIS PERITONEAL PARA LA UNIDAD DE NEFROLOGÍA Y DIÁLISIS HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES”. Resolución Exenta N°1938, del 19 de agosto de 2025 de la dirección del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, por medio de la cual se aprueba las respuestas a la licitación y demás antecedentes contenidos en la carpeta electrónica de la licitación pública ID 1070620-121-H225.
17. Lo expuesto en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N. º235 (LIC) de fecha 05 septiembre del año 2025 emitido por el jefe del Departamento de Finanzas y Contabilidad del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique; y;
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1. Que, el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, mediante Resolución Exenta N°1759, del 29 de julio de 2025, llamó a Licitación Privada para la contratación de “SUMINISTRO DE INSUMOS, CON EQUIPOS EN COMODATO, PARA PACIENTES DEL PROGRAMA DE DIÁLISIS PERITONEAL PARA LA UNIDAD DE NEFROLOGÍA Y DIÁLISIS HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES”, la cual fue publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública bajo el ID 1070620-121-H225, con el objeto de cumplir y satisfacer de manera adecuada y eficiente la demanda asistencial, que permita entregar un servicio con la efectividad, seguridad y condiciones de calidad que la atención de los pacientes requiera.
2. Que, lo singularizado en el párrafo anterior se procedió a invitar a participar de la licitación privada bajo el ID 1070620-121-H225 a los siguientes oferentes:
RAZON SOCIAL RUT
VANTIVE LABORATORIOS LIMITADA 76.703.897-6
B braun medical spa 96.756.540-7
Fresenius medical care 96.640.350-0
3. Que, con fecha 12 de agosto del 2025, se procedió a la apertura administrativa de la licitación señalada, en la que se presentó una (01) oferta, que se detalla en la siguiente tabla adjunta:
OFERTA OFERENTE RUT
1 VANTIVE LABORATORIOS LIMITADA 76.703.897-6
4. Que, efectuado el examen de admisibilidad, se determinó aceptar la oferta del proponente: VANTIVE LABORATORIOS LIMITADA RUT: 76.703.897-6, por cumplir con la totalidad de los requisitos mínimos administrativos obligatorios establecidos en las bases de la Licitación ID 1070620-121-H225, por lo que avanzaron a la etapa de evaluación técnica.
5. Que, con fecha 26 de agosto de 2025, se recepcionó, Memorándum N° 144 de la Coordinadora de Programa de Peritoenodialsis enviando evaluación técnica de la licitación 1070620-121-H225.
6. Que, así también, conforme consta en el Acta de Comisión Evaluadora suscrita con fecha 8 de septiembre de 2025, por Coordinadora de Programa de Peritoenodialsis, como referente técnico del contrato, por el Subdirector Administrativo (S) y por el Jefa (s) del Departamento de Licitaciones, todos pertenecientes a este establecimiento hospitalario, la oferta presentada cumple con las características técnicas solicitadas en las bases de la presente licitación.
7. Que, los criterios de evaluación establecidos en el acápite N°32 de las bases administrativas de la licitación, son los siguientes:
CRITERIO DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN EN %
CRITERIOS ADMINISTRATIVOS 5%
Criterios formales 50%
Pacto de Integridad 50%
CRITERIOS TÉCNICOS 60%
Propuesta Técnica certificados y ficha 70%
Plazo de Entrega menor tiempo de entrega e instalación 30%
CRITERIO ECONÓMICO 35%
Precio Ofertado menor precio 70%
Carta canje servicio post venta 30%
TOTAL 100%
CRITERIOS ADMINISTRATIVOS (5%)
CUMPLIMIENTO CRITERIOS FORMALES (50%)
En este criterio se considerará para evaluación, la presentación de los Anexos Administrativos, según el siguiente cuadro:
Criterios Asignación de puntaje Puntaje
Cumplimiento Criterios Formales Presenta todos Documentos Administrativos, dentro del plazo recepción de oferta. 100
No Presenta la totalidad, faltando al menos un documento Administrativos de los solicitados, dentro del plazo recepción de oferta. 50
No presenta ningún Documento Administrativo de los solicitados, dentro del plazo recepción de oferta 0
Una vez obtenido los puntajes, estos serán multiplicados por 0,5 de ponderación arrojando el puntaje ponderado obtenido en este criterio para cada línea ofertada:
Puntaje Requisitos Formales = Puntaje Obtenido * 50%
PACTO DE INTEGRIDAD (50%)
Con el motivo de implementar medidas para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de compras Privadas según lo instruido en pronunciamiento emitido por el Contralor General de la RePrivada en Dictamen E370752 de fecha 20 de julio de 2023. Este criterio tiene por objeto evaluar que los oferentes cumplan con programas de integridad (compliance) y que estos sean conocidos por su personal, lo cual deberá ser detallado en el ANEXO N°2 “FORMULARIO DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DEL OFERENTE”, completando cada uno de los datos que allí se solicitan.
El oferente deberá adjuntar el programa de integridad (compliance) vigente implementado en su empresa y acreditar con medios de verificación afines la difusión del programa y que este sea conocido por su capital humano. En caso de no adjuntar el programa de integridad y/o los documentos que acrediten la difusión y conocimiento del recurso humano del pacto de integridad, estos podrán solicitarse por una única vez mediante aclaraciones de oferta, posterior a ello, si el proveedor no adjunta lo solicitado, será evaluado con puntaje cero.
Se entenderá como medios de verificación todas aquellas acciones relacionadas a la difusión y conocimiento por parte de los trabajadores del Pacto de Integridad de la empresa, como, por ejemplo: Mecanismos normativos como código de ética, código de conducta, reglamento interno e instrucciones; mecanismos de gestión internos como plataforma de integridad, línea de denuncias o consultas; mecanismos de formación como actividades de información, formación y difusión; mecanismos de gestión de riesgos como detección de vulnerabilidades y mecanismos de mitigación u otros que sirvan como verificadores para acreditar el programa de integridad implementado en su empresa tales como correos electrónicos, actas de inducción, listas firmadas por el personal asistente a capacitación u otras, sin perjuicio que, en ningún caso se deberá considerar que este listado constituye una limitación a todos los demás elementos que el proponente podrá utilizar como medio de respaldo, los cuales podrán ser desestimados o aprobados en el proceso de evaluación de ofertas por parte del Hospital de Iquique.
Criterios Pacto de Integridad PUNTAJE
Cumplimiento Pacto de Integridad Declara cumplir con el Pacto de Integridad y presenta los antecedentes de respaldo en la propuesta cuando corresponda. 100
Declara cumplir con el Pacto de Integridad en la propuesta cuando corresponda, sin embargo, NO presenta antecedentes de respaldo, pero los adjunta en la aclaración. 50
NO declara si cumple o no con el Pacto de Integridad, ni sus antecedentes, sin embargo, rectifica Anexo y adjunta antecedentes en aclaratoria con fecha anterior al cierre de ofertas. 25
Declara cumplir con el Pacto de Integridad, sin embargo, NO presenta antecedentes de respaldo y tampoco los adjunta en la aclaración. 10
NO declara si cumple o no con el Pacto de Integridad, ni sus antecedentes de respaldo en la propuesta cuando corresponda y tampoco los adjunta en la aclaración. 0
Una vez obtenido los puntajes, estos serán multiplicados por 50% de ponderación arrojando el puntaje ponderado obtenido en este criterio para cada línea ofertada:
Ponderación Pacto De Integridad = Puntaje * 50%
PUNTAJE FINAL DE EVALUACIÓN CRITERIOS ADMINISTRATIVOS:
Finalmente, se determinará la ponderación de los Criterios Administrativo correspondiente a la sumatoria de las ponderaciones obtenido por el oferente en cada subfactor de evaluación, según lo siguiente:
Ponderación Criterio Administrativo = (Ponderación Criterio Formales + Ponderación Pacto De Integridad) * 5%
OFERTA ECONÓMICA (35%)
PRECIO OFERTADO (70%)
En la Evaluación, el precio de los Insumos corresponderá al Valor ingresado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Privada, www.mercadoprivado.cl más impuestos, en caso de que la empresa esté afecta a IVA, o en el caso que el oferente emite Boleta de Honorario o factura exenta de impuesto. Para tal efecto, el oferente deberá indicar en la glosa correspondiente en el Portal www.mercadoprivado.cl y en el Anexo N°3 OFERTA ECONÓMICA, la modalidad de tributación o el documento tributario de cobro, de no indicarlo, se considerará afecto a IVA.
Para determinar el puntaje para el criterio “Oferta Económica” se utilizará el “Método del Menor Precio”, en donde el mayor puntaje (100 puntos) será asignado al proponente que presente el menor valor, y linealmente se asignarán los puntajes al segundo lugar, tercer lugar, etc., de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje precio = (Precio mínimo entre los oferentes / precio del oferente evaluado) * 100
Ponderación precio = (Puntaje Precio Obtenido) * 70%
CARTA CANJE Y SERVICIO POST VENTA (30%)
El oferente debe adjuntar Anexo N° 6 carta canje y servicio post venta requeridos dentro de los plazos establecidos en las presentes base, de lo contrario será evaluado en dicho criterio con la puntuación mínima. Esta evaluación tiene una ponderación de30 % de la evaluación final.
Descripción Puntaje
Si presenta anexo N°4 carta de canje y servicio post vente en formato adjunto 100
No presenta anexo N°4 carta de canje y servicio post vente en formato adjunto 0
Ponderación Carta de canje y servicio post venta= (Puntaje Obtenido) * 30%
Al término de la evaluación, se confeccionará un cuadro comparativo, entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota o puntaje que obtenga cada uno. “El Hospital” decidirá la adjudicación en conformidad a la nota que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificaciones en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.
Ponderación Económica = (Puntaje Precio Obtenido + Puntaje carta canje) * 0,35
CRITERIOS TÉCNICOS (60%)
El proceso de análisis, verificación de información y evaluación de los Criterios Técnicos se realizará bajo las siguientes consideraciones:
PROPUESTA TÉCNICA (70%)
La comisión evaluadora verificara el contenido del anexo N°4 (anexo técnico), ficha técnica o catálogo con imagen del insumo ofertado. Se consideran admisibles todas aquellas ofertas que cumplan en su totalidad con las especificaciones requeridas, de lo contrario, se considerará fuera de bases y no será evaluado. Lo anterior, por total de la oferta. También se verificará que la oferta cumpla con las certificaciones correspondientes. Por tanto, se entregará puntuación, según la tabla adjunta.
Esta evaluación tiene una ponderación del 70% respecto de la evaluación final.
PARAMETROS DE CRITERIO Puntaje
Certificado de fabricación ISO 13.485. 10 puntos
Certificado de CE 10 puntos
Certificado FDA 10 puntos
Certificado de producto implantable 10 puntos
Ficha técnica con imagen 30 puntos
Certificado compatibilidad con resonancia 20 puntos
Representante certificado. 10 puntos
Puntaje obtenido = sumatoria del cumplimiento de los parámetros
Ponderación propuesta técnica = puntaje obtenido * 70%
En caso de no adjuntar los antecedentes de respaldo que fueron debidamente declarado en el Anexo N°4 Oferta Técnica, estos podrán ser solicitados por una única vez mediante aclaraciones de oferta, posterior a ello, si el proveedor no adjunta lo solicitado, será declarada inadmisible su oferta al no presentar antecedentes de respaldo.
PLAZO DE ENTREGA MENOR TIEMPO (30%)
Para la evaluación de este criterio plazo de entrega y reposición de los insumos Anexo N°5 se calculará según el siguiente cuadro y tendrá una ponderación del 30%:
PLAZO ENTREGA INSUMOS Y EQUIPO PUNTAJE
Entrega 1 y 3 días hábiles 100
Entre 4 y 8 días hábiles 50
Mayor a 9 días 0
Se utilizará la misma tabla para la evaluación de los subcriterios.
Fórmula de cálculo criterio oferta plazo de entrega:
Puntaje oferta = puntaje entrega insumos + entrega de equipos x 30%
PUNTAJE FINAL DE EVALUACIÓN CRITERIOS TÉCNICOS:
Finalmente, se determinará un Puntaje Técnico correspondiente a la sumatoria del puntaje obtenido por el oferente en cada subfactor de evaluación, según lo siguiente:
Ponderación Criterio Técnico = (Ponderación Propuesta Técnica + Ponderación Plazo De Entrega) *60%
En caso de no adjuntar los antecedentes de respaldo que fueron debidamente declarado en el Anexo N°4 Oferta Técnica, estos podrán ser solicitados por una única vez mediante aclaraciones de oferta, posterior a ello, si el proveedor no adjunta lo solicitado, será declarada inadmisible su oferta al no presentar antecedentes de respaldo.
RANKING FINAL DE EVALUACIÓN:
Finalmente, se confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre los seleccionados de acuerdo con la evaluación administrativa, técnica y económica de las ofertas, según el siguiente algoritmo:
Ponderación final = ponderación administrativo + ponderación económico + ponderación técnica
De los resultados obtenidos, se elaborará un Acta de Pre-adjudicación la cual será enviada al Director del Hospital de Iquique, o quien lo subrogue, quién finalmente resolverá.
8. Que, La Comisión en conocimiento que el criterio plazo de entrega fue hecho para los tiempos de entregas de los insumos dentro de la instalación de la institución, y la propuesta realizada por el oferente VANTIVE LABORATORIO LIMITADA RUT: 76.703.897-6 Pacientes del Programa Domiciliario, cuya entrega es mensual, contempla el Servicio Logístico de Distribución en Ruta de éstos; cubriendo todo el Territorio continental Nacional, desde la Región XV a la Región XII; y en la Región Metropolitana, todas sus comunas. El Calendario de Entrega se planifica semestralmente y es informado a través de los Coordinadores Clínicos de Vantive Chile, a las (los) enfermeros que controlan a los Pacientes de cada Programa, de tal manera que la receta o prescripción – orden de compra y posterior - entrega en domicilio, esté de acuerdo y ajustada a las fechas diseñadas con anterioridad. La Distribución en Ruta está especialmente diseñada de tal manera de permitir de manera segura y coordinada, garantizar la entrega, en tiempo y forma de todo el material que el Paciente del Programa de Diálisis Peritoneal Domiciliario, necesita para realizar la terapia en su hogar. Todo lo anterior con nuestra flota de camiones y personal entrenado, se considera conveniente y se acepta la propuesta.
9. Que, acto seguido, se procedió a la evaluación de la oferta presentada, de acuerdo con los respectivos criterios de evaluación establecidos en el acápite N°32 de las bases administrativas de la licitación, siendo calificada la oferta de la siguiente manera:
10. Que, en virtud del análisis efectuado y considerando que la oferta presentada reúne la combinación de factores más ventajosa para la institución, la comisión evaluadora propuso la adjudicación de la licitación privada ID 1070620-121-H225, al oferente VANTIVE LABORATORIO LIMITADA RUT: 76.703.897-6, según los criterios administrativos, técnicos y económicos establecidos en las bases de la licitación, ajustándose esta propuesta al requerimiento formulado por este establecimiento de salud, encontrándose, además, dentro del presupuesto autorizado para esta licitación.
11. Que, conforme se consigna en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, el oferente VANTIVE LABORATORIO LIMITADA RUT: 76.703.897-6 se encuentra hábil para contratar con el Estado, según certificado folio N° CED2025-Y5fdyjIB-7, de fecha 08 septiembre del año 2025 POR TANTO,
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1° ADJUDÍCASE la Licitación Privada denominada “SUMINISTRO DE INSUMOS, CON EQUIPOS EN COMODATO, PARA PACIENTES DEL PROGRAMA DE DIÁLISIS PERITONEAL PARA LA UNIDAD DE NEFROLOGÍA Y DIÁLISIS HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES”, publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública bajo el ID N°1070620-121-H225 al oferente VANTIVE LABORATORIO LIMITADA RUT: 76.703.897-6 item 1 gobal por un período de 36 meses y en base a valor unitario ofertado en el Anexo N°3, que a continuación se detallan, cuyo monto total de la contratación no podrá exceder de $337.145.000 pesos, impuestos incluidos.
OFERTA: VANTIVE LABORATORIO LIMITADA RUT: 76.703.897-6
ÍTEM 1 DESCRIPCIÓN VALOR UNITARIO NETO VALOR TOTAL
N° INSUMOS
1 Solución Glucosada al 1,5% 2000 cc DRB9806 $ 4.529 $1.035.530
2 Solución Glucosada al 2,5% 2000 cc DRB9816 $ 4.529
3 Solución Glucosada al 4,25% 2000 cc ARB9826 $ 4.529
4 Solución Glucosada al 1,5% 2500 cc HRB5168 $ 4.529
5 Solución Glucosada al 2,5% 2500 cc HRB5178 $ 4.529
7 Solución Glucosada al 1,5% Ca 3,5mEq/lt 6000 cc HRB9710 $ 7.093
8 Solución Glucosada al 2,5% Ca 3,5mEq/lt 6000 cc HRB9711 $ 7.093
9 Solución Glucosada al 4,25% Ca 3,5mEq/lt 6000cc SRB9712 $ 6.081
10 Solución Glucosada al 1,5% Ca 2,5mEq/lt 6000cc ARB9770 $ 6.081
11 Solución Glucosada al 2,5% Ca 2,5mEq/lt 6000cc HRB9771 $ 7.093
13 lcodextrina al 7.5#a 2000 ml para sistema automatizado VBB9199CY $ 16.117
14 lcodextrina al 7.5#« 2000 ml para sistema manual VBB829CY $ 16.117
15 Catéter peritoneal doble cuff curvo, izquierdo y derecho. 8888413807 CATETER SWAN NECK COIL 2 CUFF ADULTO IZQ $ 251.770
16 Kit Implantación Catéter Percutáneo 8817278007 $447.857
17 Adaptador Catéter dos piezas PPC4129 $ 190.857
18 Tapón Protector de línea de prolongación HZC4226BN $26.250
19 Líneas conexión cicladora 5C4469C $13.894
20 Líneas de prolongación. 5C44872S $18.100
25 Pinza de conexión automatizada HZC4527C $ 5.003
22 Mascarillas quirúrgicas con elástico en las puntas INCLUYE ITEM 18
23 Cinturones contenedores para catéter BONIFICADO UNO POR PACIENTE
24 Tela adhesiva de papel INCLUYE ITEM 18
EQUIPO EN COMODATO
MARCA: BAXTER
MODELO: HOMECHOICE
FABRICANTE: BAXTER
PAIS DE ORIGEN: SINGAPUR
Equipo de diálisis peritoneal, modelo Homechoice ®, código 5C6M10. Esta diseñada para proporcionar control automático de los intercambios de solución de diálisis en el tratamiento de fallos renales en niños y adultos sometidos a diálisis peritoneal.
DESCRIPCIÓN PLAZO ENTREGA: La oferta presentada para las Licitaciones por
Productos: Soluciones e Insumos de Diálisis Peritoneal para Pacientes del Programa Domiciliario, cuya entrega es mensual, contempla el Servicio Logístico de Distribución en Ruta de éstos; cubriendo todo el Territorio continental Nacional, desde la Región XV a la Región XII; y en la Región Metropolitana, todas sus comunas.
El Calendario de Entrega se planifica semestralmente y es informado a través de los
Coordinadores Clínicos de Vantive Chile, a las (los) enfermeros que controlan a los Pacientes de cada Programa, de tal manera que la receta o prescripción – orden de compra y posterior - entrega en domicilio, esté de acuerdo y ajustada a las fechas diseñadas con anterioridad.
La Distribución en Ruta está especialmente diseñada de tal manera de permitir de manera segura y coordinada, garantizar la entrega, en tiempo y forma de todo el material que el Paciente del Programa de Diálisis Peritoneal Domiciliario, necesita para realizar la terapia en su hogar. Todo lo anterior con nuestra flota de camiones y personal entrenado
carta de canje y servicio post venta para la presente licitación en un tiempo de 72 hrs
SERVICIO TECNICO
El tiempo de respuesta: 24 horas corridas, para todos los días de la semana (incluye feriados y festivos) CONTACTO: 800004181
*Valor Afecto a IVA
2° DÉJASE CONSTANCIA, que el producto adjudicado será solicitado al proveedor en la medida que sean necesarios para los pacientes del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames y los pertenecientes al programa de peritoneodialisis. Por lo tanto, las cantidades serán de flujo variable, y en todo caso, estarán limitadas como costo total de adjudicación correspondiente a la suma de $337.145.000.- (trecientos treinta y siete millones ciento cuarenta y cinco mil pesos), impuestos incluidos.
3° DÉJASE ESTABLECIDO que, de conformidad con el artículo 119 del D.S. N°661/2024, en relación con el acápite 39 de las bases administrativas aprobadas, la contratación se formalizará mediante la suscripción del correspondiente contrato, el cual, luego de suscrito por las partes, deberá ser sancionado por acto administrativo de esta Dirección. Lo anterior, sin perjuicio de la emisión y aceptación, por el proveedor, de la/s orden/es de compra.
4° DÉJASE CONSTANCIA, que, conforme a lo establecido en el acápite 17.2 de las bases administrativas aprobadas para esta contratación, previo a la formalización de la contratación, el oferente adjudicado deberá entregar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en la forma y condiciones allí establecidas, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 121 del D.S. 250 de 2004 (H.).
5° IMPÚTESE, el gasto que implique el cumplimiento de las obligaciones que surja de la ejecución del contrato al ítem presupuestario 22.04.005.003“OTROS INSUMOS CLINICOS”; 22.04.004.001.02 FARMACIA – COMPRAS INTERMEDIADAS del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, según “Certificado de Disponibilidad Presupuestaria” N° 235 (LIC)/ 2025, de fecha de 05 de septiembre del año 2025, emitido por el jefe del Departamento de Finanzas y Contabilidad del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, según lo dispuesto por la ley N°21.722 que aprueba presupuesto del sector público correspondientes para el año 2025.
6° PUBLÍQUESE, oportunamente la presente Resolución en la plataforma informática de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda. www.mercadopublico.cl, y remítase por esa misma vía, la o las órdenes de compra que corresponda al proveedor adjudicado, según necesidad del Hospital.
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