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Que, la Ley N°21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Secretaría de Estado cuyo objeto es colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica , reconociendo y valorando las culturas de los pueblos indígenas, la diversidad, reconociendo y valorando las culturas de los pueblos indígenas, la diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la Ley N°21.045.
Que, el artículo 7 de la referida Ley, crea la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, y establece en su artículo 9 que ésta deberá diseñar y ejecutar planes y programas destinados al cumplimiento de las funciones y atribuciones establecidas entre otros, en el numeral 1 del artículo 3 de la citada Ley. Asimismo, el artículo 39 de la Ley, establece que, en el ámbito de las funciones y atribuciones que le otorga la Ley, la Subsecretaría de las Culturas y las Artes será considerada para todos los efectos la sucesora y continuadora legal del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, con todos sus derechos, obligaciones, funciones y atribuciones, con excepción de las materias de patrimonio.
Que, en este mismo orden de ideas, el Ministerio cuenta con la Subsecretaría de las Culturas y las Artes –continuadora legal del ex Consejo Nacional de la Cultura y las Artes–, la que tiene como objeto proponer políticas al Ministerio y diseñar, ejecutar y evaluar planes y programas en materias relativas al arte, a las industrias culturales, a las economías creativas, a las culturas populares y comunitarias, a las asignadas en la Ley N°21.045 y las demás tareas que el Ministerio le encomiende.
Que, según el artículo 39 de la Ley N°21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, en el ámbito de las funciones y atribuciones que le otorga dicho cuerpo normativo, será considerada, para todos los efectos, sucesora y continuadora legal del ex Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, con todos sus derechos, obligaciones, funciones y atribuciones.
Que, conforme al artículo 13 del D.F.L. N°35, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija plantas de personal de Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional de Patrimonio Cultural, dicho Ministerio y sus Subsecretarías dependientes, han entrado en funcionamiento el día 01 de marzo de 2018, siendo suprimido el consejo a contar de la misma fecha.
Que, en el Decreto Exento RA N° 122509/2/2022 del día 17 de enero de 2022, que establece orden de subrogancia de Secretario Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Arica y Parinacota, en el cual se señala a don RAÚL EDUARDO CALDERÓN DÍAZ, grado 8° de la E.U.S., Coordinador Regional de Ciudadanía Cultural de esta Secretaría Regional Ministerial.
Que, en el Memorándum S.R.M-XV/126 del día 12 de noviembre de 2024 de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Arica y Parinacota, en virtud del cual informa la circunstancia que desde el día 11 de noviembre de 2024, la Autoridad Regional titular del cargo será subrogada por don RAÚL EDUARDO CALDERÓN DÍAZ, Coordinador de Ciudadanía Cultural de esta Institución.
Que, conforme lo anterior, la Unidad Regional de Educación y Formación en Artes y Cultura de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Arica y Parinacota, PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE FACILITADORES PARA LA GESTIÓN DEL PROGRAMA CENTROS DE CREACIÓN DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO, DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA.
Que, el servicio requerido no se encuentra disponible en el Catálogo de Convenios Marco ofrecidos en el sistema de información www.mercadopublico.cl.
Que, lo anterior, que tales servicios no se encuentran disponibles en el Catálogo de Convenios Marco ofrecidos en el sistema de información www.mercadopublico.cl, por lo que resulta procedente efectuar la contratación mediante un proceso de Licitación Pública, ya que es el procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, de conformidad a lo prescrito en el artículo 7, letra a) de la LEY N° 19.886, DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACION DE SERVICIOS, en el cual señala que la licitación o propuesta pública el procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual los organismos del Estado realizan un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente. En las licitaciones públicas cualquier persona podrá presentar ofertas, debiendo hacerse el llamado a través de los medios o sistemas de acceso público que mantenga disponible la Dirección de Compras y Contratación Pública, en la forma que establezca el reglamento. Además, con el objeto de aumentar la difusión del llamado, la entidad licitante podrá publicarlo por medio de uno o más avisos, en la forma que lo establezca el reglamento.
Que, este organismo público requiere contratar los servicios de facilitadores para la gestión del programa Centros de Creación, que se desarrollará en la Región de Arica y Parinacota, para las actividades correspondientes al año programático 2025, cuyas bases fueron aprobadas mediante Resolución Exenta N° 542 del día 20 de diciembre de 2024, incorporándose al portal www.mercadopublico.cl el proceso licitatorio ID N° 5642-21-LE24.
Que, en la Resolución Exenta N° 001 del día 03 de enero de 2025 que designa a los integrantes de la Comisión Evaluadora en el presente proceso licitatorio.
Que, con fecha 30-12-2024, se llevó a cabo la apertura electrónica de la licitación pública citada, instancia en la que se presenta 8 ofertas en el proceso de apertura para su evaluación y calificación.
OFERTAS EN EL PROCESO DE APERTURA
Proveedor
(RUT) MONTO TOTAL ($) OBSERVACIONES
Línea 1: Artes de la Visualidad
1. ROMÁN GARY DÍAZ TELLO, Rut: 16.051.572-4.
$10.900.000
El oferente presenta el comprobante ingreso oferta con fecha 30 de diciembre a las 14:11 hrs.
Línea 1: Artes de la Visualidad
2. JORGE ANDRÉS SÁEZ AVILÉS, Rut: 16.051.572-4.
$10.890.000 El oferente presenta el comprobante ingreso oferta con fecha 30 de diciembre a las 14:51 hrs.
Línea 2: Artes Musicales
1. FREDY SEBASTIAN JIMENEZ VILLESCA, Rut: 17.805.921-1
$ 10.896.000 El oferente presenta el comprobante ingreso oferta con fecha 29 de diciembre a las 16:24 hrs.
Línea 3: Artes Escénicas
1. JUAN PABLO RIVERA MORAGREGA, Rut: 17.556.074-2.
$ 10.896.000 El oferente presenta el comprobante ingreso oferta con fecha 29 de diciembre a las 18:33 hrs.
Línea 3: Artes Escénicas
2. ROSITA MARÍA LARA AMAS, Rut: 13.013.622-2
$10.900.000 El oferente presenta el comprobante ingreso oferta con fecha 30 de diciembre a las 14:38 hrs.
Línea 4: Tecnología
1. CAROLINA BELEN AGUILA URIBE, Rut: 20.780.848-2. $10.900.000 El oferente presenta el comprobante ingreso oferta con fecha 27 de diciembre a las 23:26 hrs.
Línea 5: Sustentabilidad y/o Ciencias
1. NELSON ESTEBAN AGUIRRE MARTINEZ, Rut: 19.356.745-2. $10.900.000 El oferente presenta el comprobante ingreso oferta con fecha 30 de diciembre a las 14:48 hrs.
Línea 6: Comunicaciones
1. DANIELA ROSSANA ZEGARRA BORI, Rut: 16.466.739-1.
$10.900.000 El oferente presenta el comprobante ingreso oferta con fecha 30 de diciembre a las 12:54 hrs.
Que, con fecha 06-01-2025 la Comisión Evaluadora remite el Acta de Evaluación al Coordinador Regional de la Unidad de Administración y Finanzas con las respectivas tablas de evaluación con 5 ofertas admitida en el proceso de evaluación, según detalle siguiente:
OFERTAS EN EL PROCESO DE ADMISIBILIDAD.
Proveedor
(RUT) MONTO TOTAL ($) OBSERVACIONES
Línea 1: Artes de la Visualidad
1. ROMÁN GARY DÍAZ TELLO, Rut: 16.051.572-4.
$10.900.000 Que, el oferente ROMÁN GARY DÍAZ TELLO, Rut: 16.051.572-4, se encuentra hábil en el Registro Oficial de Chilecompra e incorporó a la plataforma www.mercadopublico.cl parte de los documentos enunciados en el punto N° 10 ANTECEDENTES LEGALES, Persona natural; en su postulación no se encuentra; “Certificado de antecedentes para fines especiales y el Certificado de inhabilidades por maltrato relevante”, dicho documento fue solicitado y adjuntado a través de foro inverso de manera que su oferta resultó admisible.
El oferente presenta el comprobante ingreso oferta con fecha 30 de diciembre a las 14:11 hrs.
Línea 1: Artes de la Visualidad
2. JORGE ANDRÉS SÁEZ AVILÉS, Rut: 16.051.572-4.
$10.890.000 Que, el oferente JORGE ANDRÉS SÁEZ AVILÉS, Rut: 16.051.572-4, se encuentra hábil en el Registro Oficial de Chilecompra, pero no incorpora a la plataforma www.mercadopublico.cl los documentos enunciados en el punto N° 10 ANTECEDENTES LEGALES, Persona natural y tampoco los anexos editables para evaluar su propuesta de manera que su oferta resultó inadmisible para ser evaluada.
Línea 2: Artes Musicales
1. FREDY SEBASTIAN JIMENEZ VILLESCA, Rut: 17.805.921-1
$ 10.896.000 Que, el oferente FREDY SEBASTIAN JIMÉNEZ VILLESCA, Rut: 17.805.921-1, se encuentra hábil en el Registro Oficial de Chilecompra e incorporó a la plataforma www.mercadopublico.cl parte de los documentos enunciados en el punto N° 10 ANTECEDENTES LEGALES, Persona natural; en su postulación no se encuentra; “Certificado de antecedentes para fines especiales y el Certificado de inhabilidades por maltrato relevante”, dicho documento fue solicitado y adjuntado a través de foro inverso de manera que su oferta resultó admisible.
Línea 3: Artes Escénicas
1. JUAN PABLO RIVERA MORAGREGA, Rut: 17.556.074-2.
$ 10.896.000 Que, el oferente JUAN PABLO RIVERA MORAGREGA, Rut: 17.556.074-2, se encuentra hábil en el Registro Oficial de Chilecompra e incorporó a la plataforma www.mercadopublico.cl, a través de su representante legal, los documentos enunciados en el punto N°10 ANTECEDENTES LEGALES, persona natural; de manera que su oferta resultó admisible para ser evaluada.
Línea 3: Artes Escénicas
2. ROSITA MARÍA LARA AMAS, Rut: 13.013.622-2
$10.900.000 Que, el oferente ROSITA MARÍA LARA AMAS, Rut: 13.013.622-2, se encuentra hábil en el Registro Oficial de Chilecompra, e incorporó a la plataforma www.mercadopublico.cl, en su postulación no se encuentra; “Certificado de antecedentes para fines especiales y el Certificado de inhabilidades por maltrato relevante”, los documentos fueron solicitados a través de Foro Inverso pero no hubo respuesta por parte de la oferente de manera que su oferta resultó inadmisible para ser evaluada.
Línea 4: Tecnología
1. CAROLINA BELÉN ÁGUILA URIBE, Rut: 20.780.848-2. $10.900.000 Que, la oferente CAROLINA BELÉN ÁGUILA URIBE, Rut: 20.780.848-2, se encuentra hábil en el Registro Oficial de Chilecompra e incorporó a la plataforma www.mercadopublico.cl , a través de su representante legal, los documentos enunciados en el punto N° 10 ANTECEDENTES LEGALES, persona natural; de manera que su oferta resultó admisible para ser evaluada.
Línea 5: Sustentabilidad y/o Ciencias
1. NELSON ESTEBAN AGUIRRE MARTÍNEZ, Rut: 19.356.745-2. $10.900.000 Que, el oferente NELSON ESTEBAN AGUIRRE MARTÍNEZ, Rut: 19.356.745-2, se encuentra hábil en el Registro Oficial de Chilecompra e incorporó a la plataforma www.mercadopublico.cl, a través de su representante legal, los documentos enunciados en el punto N° 9 ANTECEDENTES LEGALES, persona natural; de manera que su oferta resultó admisible para ser evaluada.
Línea 6: Comunicaciones
1. DANIELA ROSSANA ZEGARRA BORI, Rut: 16.466.739-1.
$10.900.000 Que, la oferente DANIELA ROSSANA ZEGARRA BORI, Rut: 16.466.739-1, se encuentra hábil en el Registro Oficial de Chilecompra, pero no incorpora a la plataforma www.mercadopublico.cl los documentos enunciados en el punto N° 10 ANTECEDENTES LEGALES, Persona natural y tampoco los anexos editables para evaluar su propuesta de manera que su oferta resultó inadmisible para ser evaluada.
Que, de acuerdo a las ofertas ingresadas y admitidas en la evaluación de la licitación pública ID N° 5642-21-LE24, resulta más ventajosa para la compra referente a contratar los servicios de facilitadores para la gestión del programa Centros de Creación, que se desarrollará en la Región de Arica y Parinacota, para las actividades correspondientes al año programático 2025, cuyas bases fueron aprobadas mediante Resolución Exenta N° 542 del día 20 de diciembre de 2024, porque se ajusta a la disponibilidad presupuestaria y cumple con los requisitos técnicos y administrativos esto según lo solicitado en cada línea vinculada a este proceso licitatorio:
1. Línea 1: Artes de la Visualidad
Oferente ROMÁN GARY DÍAZ TELLO, Rut: 16.051.572-4, por un monto de $ 10.900.000.- (diez millones novecientos mil pesos), impuesto incluido, en moneda nacional
2. Línea 2: Artes Musicales
Oferente FREDY SEBASTIAN JIMÉNEZ VILLESCA, Rut: 17.805.921-1, por un monto de $ 10.896.000.- (diez millones ochocientos noventa y seis mil pesos), impuesto incluido, en moneda nacional.
3. Línea 3: Artes Escénicas
Oferente JUAN PABLO RIVERA MORAGREGA, Rut: 17.556.074-2, por un monto de $ 10.900.000.- (diez millones novecientos mil pesos), impuesto incluido, en moneda nacional.
4. Línea 4: Tecnología
Oferente CAROLINA BELÉN ÁGUILA URIBE, Rut: 20.780.848-2, por un monto de $ 10.900.000.- (diez millones novecientos mil pesos), impuesto incluido, en moneda nacional.
5. Línea 5: Sustentabilidad y/o Ciencias
Oferente NELSON ESTEBAN AGUIRRE MARTÍNEZ, Rut: 19.356.745-2, por un monto de $ 10.900.000.- (diez millones novecientos mil pesos), impuesto incluido, en moneda nacional.
Que, de conformidad a lo expuesto en el acápite anterior, es menester dictar el respectivo acto jurídico administrativo aprobatorio de la adjudicación concerniente al proceso licitatorio ID N° 5642-21-LE24, por lo que:
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INADMISIBLE LA OFERTA PRESENTADA EN LA LICITACIÓN PÚBLICA ID. Nº 5642-21-LE24, para la contratar los servicios de facilitadores para la gestión del programa Centros de Creación, que se desarrollará en la Región de Arica y Parinacota, para las actividades correspondientes al año programático 2025, a los oferentes: JORGE ANDRÉS SÁEZ AVILÉS, Rut: 16.051.572-4 (Línea 1: Artes de la visualidad), ROSITA MARÍA LARA AMAS, Rut: 13.013.622-2 (Línea 3: Artes Escénicas), DANIELA ROSSANA ZEGARRA BORI, Rut: 16.466.739-1 (Línea 6: Comunicaciones), quienes no adjuntaron completamente los documentos solicitados en el punto N° 10 ANTECEDENTES LEGALES, Persona natural, esto según lo indicado en el punto titulado “Revisión de antecedentes legales”; de manera que las ofertas resultaron inadmisible para ser evaluadas en el presente proceso licitatorio.
ARTÍCULO SEGUNDO: SE DECLARA DESIERTA LA LINEA 6 “COMUNICACIONES”, oferta presentada por la oferente DANIELA ROSSANA ZEGARRA BORI, Rut: 16.466.739-1 EN LA LICITACIÓN PÚBLICA ID. Nº 5642-21-LE24, para contratar los servicios de facilitadores para la gestión del programa Centros de Creación, que se desarrollará en la Región de Arica y Parinacota, para las actividades correspondientes al año programático 2025, Esto debido a que no presentó los documentos solicitados, en el punto N° 10 ANTECEDENTES LEGALES, Persona natural.
ARTÍCULO TERCERO: ADJUDÍCASE la Licitación Pública ID. Nº 5642-21-LE24, para contratar los servicios de facilitadores para la gestión del programa Centros de Creación, que se desarrollará en la Región de Arica y Parinacota, para las actividades correspondientes al año programático 2025, cuyas bases fueron aprobadas mediante Resolución Exenta N° 542 del día 20 de diciembre de 2024, de la Secretaría Regional Ministerial de la Región de Arica y Parinacota, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, esto según lo solicitado en cada línea vinculada a este proceso licitatorio:
1. Línea 1: Artes de la Visualidad
Oferente ROMÁN GARY DÍAZ TELLO, Rut: 16.051.572-4, por un monto de $ 10.900.000.- (diez millones novecientos mil pesos), impuesto incluido, en moneda nacional
2. Línea 2: Artes Musicales
Oferente FREDY SEBASTIAN JIMÉNEZ VILLESCA, Rut: 17.805.921-1, por un monto de $ 10.896.000.- (diez millones ochocientos noventa y seis mil pesos), impuesto incluido, en moneda nacional.
3. Línea 3: Artes Escénicas
Oferente JUAN PABLO RIVERA MORAGREGA, Rut: 17.556.074-2, por un monto de $ 10.900.000.- (diez millones novecientos mil pesos), impuesto incluido, en moneda nacional.
4. Línea 4: Tecnología
Oferente CAROLINA BELÉN ÁGUILA URIBE, Rut: 20.780.848-2, por un monto de $ 10.900.000.- (diez millones novecientos mil pesos), impuesto incluido, en moneda nacional.
5. Línea 5: Sustentabilidad y/o Ciencias
Oferente NELSON ESTEBAN AGUIRRE MARTÍNEZ, Rut: 19.356.745-2, por un monto de $ 10.900.000.- (diez millones novecientos mil pesos), impuesto incluido, en moneda nacional.
Para la prestación del servicio, conforme a los criterios de evaluación estatuidas en la propuesta de adjudicación.
El pago del servicio se desarrollará en 12 cuotas, contra entrega de verificadores, esto según lo indicado en el punto “El Pago”, de la Resolución Exenta N° 542 del 20 de diciembre 2024, de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Arica y Parinacota, siempre y cuando los servicios sean recepcionados conformes.
ARTÍCULO CUARTO: EMÍTASE la Orden de Compra respectiva, al objeto de formalizar el contrato, conforme a lo preceptuado en el inciso primero del artículo 117° del Decreto N°661 APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY N° 19.886, DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO SUPREMO Nº 250, DE 2004, DEL MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO QUINTO: IMPÚTESE el gasto que demanda la presente resolución a las siguientes asignaciones presupuestarias 29-01-05-24-03-135. Programas: Programa Centros de Creación y Desarrollo Artístico para Niños, Niñas y Jóvenes, de la Ley Nº 21.722, que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2025.
ARTÍCULO SEXTO: DESÍGNESE a la Unidad Requirente como unidad técnica encargada de otorgar la recepción conforme a la contratación adjudicada.
ARTÍCULO SEPTIMO: PUBLÍQUESE, por el funcionario competente, la presente resolución en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
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