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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
727202-16-LP26
Adjudicación Informada en portal el
14/4/2026 18:34
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En
Vicuña,
14-04-2026
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Nro de
Decreto
1176
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Vistos
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El DFL 1, del año 2006, del Ministerio del Interior, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; el DFL-19653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N°19.880, que establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; la Ley 21.634; que moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado; el Decreto N°661, de fecha 03 de junio de 2024, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; la Ley 18.883, que aprueba Estatuto Administrativo para funcionarios municipales; el decreto alcaldicio N°4943, de fecha 06 de diciembre de 2024, mediante el cual asume el cargo de alcalde de Vicuña don Mario Aros Carvajal; el decreto alcaldicio N°1.700, de fecha 09 de abril de 2024, que delegó las atribuciones que señala y las facultades para firmar "por orden del alcalde" que indica en el Administrador Municipal de Vicuña; el decreto alcaldicio N°6.219, de fecha 01 de diciembre de 2010, que nombró Secretaria Municipal a doña Lisbeth Espinoza Salazar; el Decreto Alcaldicio N°1.657, de fecha 01 de abril de 2025, que nombró Administrador Municipal a don Rolando Ernesto Ilabaca Robles; el Decreto Alcaldicio N°772, de fecha 05 de marzo de 2026, que establece el orden de subrogación de los cargos directivos y jefaturas; los antecedentes y los actos administrativos de la propuesta pública que indica;
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Considerando
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1) Que, mediante Decreto Alcaldicio N°241, de fecha 28 de enero de 2026, se aprobó la publicación de la Licitación Pública que indica y se designó comisión evaluadora.
2) Que, mediante Decreto Alcaldicio N°621, de fecha 25 de febrero de 2026, se aprobó la modificación de plazos del proceso licitatorio.
3) Que, mediante Decreto Alcaldicio N°788, de fecha 06 de marzo de 2026, se aprobó las respuestas al Foro Preguntas.
4) Que en la licitación pública señalada precedentemente las siguientes empresas proponentes:
N° PROPONENTE RUT
1 Marta Michea Construcciones E.I.R.L 77.034.274-0
2 UTM Constructora Vorpahl SpA y Milton Jorge Lorca Araya 78.353.227-1 y 11.848.011-2 Respectivamente
3 Constructora Nuevo Chañar S.A 76.574.225-0
5) Que, conforme a las conclusiones que constan en el acta de evaluación de apertura técnica de fecha 08 de abril de 2026 y de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en las bases administrativas del proceso, la comisión evaluadora resolvió:
a) DECLARAR ADMISIBLE, las ofertas de las empresas :
• Marta Michea Construcciones E.I.R.L, RUT: 77.034.274-0
• UTM Constructora Vorpahl SpA, RUT: 78.353.227-1 y Milton Jorge Lorca Araya, RUT: 11.848.011-2
• Constructora Nuevo Chañar S.A, RUT: 76.574.225-0
En razón de que sus ofertas cumplen con todos los requisitos establecidos en las bases de licitación, y conforme a lo indicado en el Punto N°18.1 de las bases administrativas “La Comisión Evaluadora emitirá un primer informe que contendrá la evaluación de la Etapa 1, indicada en el Punto N°19.1 de las presentes bases, en el cual se indicarán las ofertas que hayan cumplido con los requerimientos de las Bases y obtenido el puntaje mínimo exigido para acceder a la Etapa 2. Posteriormente, la Comisión Evaluadora deberá emitir un segundo informe que comprenderá el análisis y evaluación de las ofertas que hubieren accedido a la Etapa 2, conforme a lo establecido en el Punto N°19.2 de las presentes bases”.
6) Que los criterios de evaluación y ponderación de estos, según lo establecido en las bases administrativas de la singularizada propuesta pública, son:
CRITERIOS PONDERACION
Factor: Precio 80%
Factor: Plazo de Ejecución de la Obra 10%
Factor: Comportamiento Contractual 5%
Factor: Cumplimiento de Requisitos Formales 4%
Factor: Programas de Integridad y Compliance 1%
TOTAL 100%
7) El acta de evaluación de apertura económica, de fecha 10 de abril de 2026, emitida por la comisión evaluadora de la licitación pública en comento, que se adjunta a esta resolución y que deberá ser publicada en el Sistema de Información, en la cual consta de la ponderación de puntajes obtenidos por las ofertas evaluadas, conforme al cuadro resumen que se pasa a exponer:
CRITERIOS Marta Michea Construcciones E.I.R.L UTM Constructora Vorpahl SpA y Milton Jorge Lorca Araya Constructora Nuevo Chañar S.A
Precio 80 75 73.92
Plazo De Ejecución de La Obra 10 10 10
Comportamiento Contractual 5 0 5
Cumplimiento de Requisitos Formales 4 4 4
Programas de Integridad y Compliance 1 0 1
PUNTAJE TOTAL 100 PUNTOS 89 PUNTOS 93.92 PUNTOS
8) Que, conforme a las conclusiones que constan en el singularizado informe de adjudicación, de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en las bases administrativas del proceso, la comisión evaluadora propone:
a) ADJUDICAR la presente licitación a la empresa MARTA MICHEA CONSTRUCCIONES E.I.RL, RUT: 77.034.274-0, por un precio a suma alzada de $124.762.777 (Ciento veinticuatro millones setecientos sesenta y dos mil setecientos setenta y siete pesos) impuestos incluidos. Lo anterior, en razón de que su oferta cumple con lo solicitado en las bases de licitación, y es la oferta más ventajosa para los intereses del municipio, al tenor de lo expuesto en cuadro resumen de puntajes, lo cual sometemos a su decisión.
9) Las declaraciones juradas de ausencia de conflictos de interés y de confidencialidad, de la comisión evaluadora y del funcionario encargado del proceso de licitación en el Portal de Compras de la licitación.
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Resuelvo
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1) APRUÉBESE, las actas de evaluación, emitidas por la comisión evaluadora de la licitación pública en comento.
2) ADJUDÍQUESE, la Licitación Pública en comento a la empresa MARTA MICHEA CONSTRUCCIONES E.I.RL, RUT: 77.034.274-0, por un precio a suma alzada de $124.762.777 (Ciento veinticuatro millones setecientos sesenta y dos mil setecientos setenta y siete pesos) impuestos incluidos. Lo anterior, conforme a lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
3) AUTORÍCESE, la formalización de la contratación conforme a lo establecido en el Punto N°21.1 de las bases administrativas.
4) PUBLÍQUESE, el presente decreto, acta de adjudicación y demás antecedentes de la licitación pública mediante el presente acto se adjudica, en el Portal de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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I MUNICIPALIDAD DE VICUNA
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Unidad de Compra
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Secplan
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R.U.T.
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69.040.500-8
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Dirección
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San Martín N° 275, Vicuña
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Comuna
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Vicuña
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región de Coquimbo
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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ROCIO VALENTINA OSORIO TAPIA
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Cargo
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Administrativo
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Teléfono
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56-44-3286366
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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727202-16-LP26
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Nombre de Adquisición
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MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN TECHUMBRE MULTICANCHA
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
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Descripción
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OBRA DE MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE MULTICANCHA, POBLACIÓN LOS HÉROES, COMUNA DE VICUÑA, CORRESPONDIENTE AL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO URBANO Y EQUIPAMIENTO COMUNAL PMU LÍNEA TRADICIONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO, CONFORME A LO SEÑALADO EN LOS ANTECEDENTES TÉCNICOS ADJUNTOS.
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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4/2/2026 17:48
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Fecha de Cierre
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9/3/2026 15:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 104.842.670
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 124.762.777
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Análisis de valores de mercado
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Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.
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Comisión Evaluadora
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| 16591962-9 | Marcelo Castillo Ranjel | Asesor Jurídico Municipal |
| 14400296-2 | Elias Rojas Zarate | Asistente de Arquitectura |
| 11725885-8 | Marcelo Ahumada Bravo | Director de Desarrollo Comunitario |
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Resultado de la Adjudicación
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Total Línea |
$ 104.842.670 |
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