|
Las necesidades del Servicio, las atribuciones que me confiere el D.F.L. MOP Nº 850 de 1997, la Ley Nº 19.886, el Decreto del Ministerio de Hacienda Nº 250 de 2004 y sus modificaciones, el Decreto MOP Nº 1141/2006, modificado por el Decreto MOP 412/2007, la Resolución Nº 1600 de 2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma Razón y en cumplimiento de las atribuciones que me otorga la Res. Exenta D.V. Nº 5674/2009; 1269/2010; 6154/2013.
|
|
Que, la Dirección de Vialidad Chiloé, mediante Resolución Exenta N° 092 de fecha 23.02.2017, dispuso el llamado a Licitación Pública, previa aprobación de Bases Administrativas y Técnicas bajo el ID 1895-7-L117, para la compra de Mallas para Gaviones Galvanizados y Plastificados con sus respectivos rollos de alambre.
Que, conforme al Acta de Evaluación N° 09 de fecha 07.03.2017, efectuada por la comisión Evaluadora, de acuerdo a los antecedentes y ofertas presentadas por los Oferentes y considerando las pautas de evaluación contenidas en las bases de Licitación citada, se obtuvieron los siguientes puntajes finales:
Que, de acuerdo a la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora, la Empresa MG PROVEEORES INDUSTRIALES LTDA., obtuvo el puntaje final de 85 (ochenta y cinco), el que constituye el puntaje más alto en el proceso de evaluación, por lo que mediante Resolución Exenta N° 104 de fecha 08 de marzo de 2017, de la Dirección Provincial de Chiloé, se adjudicó la Licitación Pública para la compra de Mallas de Gaviones Galvanizados y Plastificados, a la Empresa MG PROVEEORES INDUSTRIALES LTDA., RUT N° 76.172.116-K.
Que, no obstante lo anterior y de conformidad al punto N° 5 de las Bases Administrativas de la Licitación, denominada “COMPRA MALLAS PARA GAVIONES”, se establece el plazo de entrega, en su modalidad Hora y días para que este producto esté disponible en nuestras bodegas.
Que, asimismo, en el punto N° 6 de las Bases Administrativas de la Licitación, denominada “COMPRA MALLAS PARA GAVIONES”, se establece el cobro de MULTAS por atrasos que sean imputables a la empresa proveedora.
Que, se emitió Orden de Compra N° 1895-70-SE17 con fecha 09.03.2017, indicando el proveedor en su oferta la cantidad de siete días de entrega. En consecuencia, su fecha de entrega seria el día lunes 20 de marzo.
Que, el proveedor solicitó una ampliación de plazo hasta el 20 de abril, pero el inspector fiscal de esta recepción, le indico que hasta el momento tenía un atraso de 30 días por lo cual estaban sujeto a multas correspondiéndole al tope de 30%, según lo indica las bases administrativas de esta Licitación. En consecuencia, el proveedor no acepta la multa y cancela la orden de compra con fecha 13 de abril del 2017.
Que, considerando lo anteriormente expuesto, especialmente el hecho que la oferta de la Empresa del Sr. MANUEL VASQUEZ FRIZ, calificó en SEGUNDO LUGAR dentro de los Oferentes evaluados y cumple con los requisitos establecidos en las respectivas Bases Administrativas y Técnicas, obteniendo el puntaje final de 84,74.
|