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1. Lo prescrito en el artículo 19 N°8 de la Constitución Política de Chile, el cual señala el deber del Estado de asegurar a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación;
2. El mandato del artículo 3, letra f) de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que impone como una función privativa de las municipalidades, en el ámbito de su territorio, el Aseo y Ornato de la comuna;
3. Lo prescrito en el artículo 8 del mismo cuerpo legal, que faculta a los municipios para suscribir contratos u otorgar concesiones para el logro de las funciones municipales previa licitación pública y el artículo 63 letra ll) que establece la facultad del Alcalde para celebrar contratos para el adecuado cumplimiento de las funciones municipales; y lo establecido en el artículo 65 letra j) y k) que dispone que el Alcalde requerirá la aprobación del Concejo Municipal para celebrar contratos que involucren montos superiores a 500 UTM, y que requerirá la mayoría absoluta, no obstante aquellos que comprometen al municipio por un plazo que excede del periodo alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho órgano;
4. La Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su reglamento contenido en el Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2024 del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones posteriores;
5. Decreto Ley 661 de Ministerio de Hacienda de fecha 03 de junio de 2024.
6. Lo prescrito en el artículo 11 letra a) del Código Sanitario, que dispone que le corresponden a las municipalidades, en el orden sanitario, proveer a la limpieza y a las condiciones de seguridad de sitios públicos, de tránsito y de recreo;
7. La Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
8. La Ley N°19.880 que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
9. La Ley N°20.285 de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado;
10. El Decreto Alcaldicio N° 006290 de fecha 13 de noviembre de 2024, mediante el cual se aprueban en todas sus partes las Bases Administrativas Generales, Bases Técnicas y demás antecedentes del llamado a licitación pública del referido servicio; procede a efectuar llamado a licitación pública.
11. El Acta del Apertura Electrónica ID 1202333-71-LR24, que consigna la participación de los oferentes;
12. El Informe de Comisión de Evaluación N°01 de fecha 02 de enero de 2025 del llamado a Licitación para la “SERVICIO DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE CALLES, VÍAS Y ESPACIOS PÚBLICOS DE LA COMUNA Y ASEO DEPENDENCIAS DE LA I. MUNICIPALIDAD DE QUINTERO”, ID:1202333-71-LR24, recomendando al señor Alcalde adjudicar la propuesta al oferente COSEMAR S.A., RUT 96.827.370-1;
13. La visación del señor Alcalde, estampada en el Informe de Evaluación acogiendo la recomendación de adjudicación realizada por la Comisión de Evaluación;
14. Certificado de disponibilidad y factibilidad presupuestaria emitido por la Dirección de Administración y Finanzas;
15. El Certificado de Acuerdo de Sesión Extraordinaria N° 03 del Concejo Municipal, de fecha 06 de enero de 2025, por medio del cual se aprueba la contratación con el oferente resultante ganador, en virtud de lo prescrito en el artículo 65º letras j) y k) de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
16. Las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades;
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1.- Que, con fecha 13 de noviembre de 2024, mediante Decreto Alcaldicio N° 006290/2024, se aprobaron en todas sus partes las Bases Administrativas Generales, Bases Técnicas y demás antecedentes del llamado a licitación pública del referido Servicio;
2.- Que, según consta en Acta de Apertura, se presentaron las siguientes empresas:
N° Nombre o Razón Social del oferente. RUT o Cédula Nacional de Identidad Representante Legal Cédula Nacional de Identidad Precio Oferta económica
1° Cles SpA 76.213.049-1 Gerardo Fernández Vásquez 15.098.026-7 1.630.000.032
2° Cosemar S.A 96.827.370-1 José Luis Navajas 12.584.678-5 1.842.556.657
3° DAIG 77.702.886-3 Daniel Mena Vega 16.478.337-5 1.659.503.990
4° Doble M SpA 76.938.641-6 Mario Henríquez Salinas. 18.412.754-7 1.802.278.800
5° Francisco Garay Garfe 13.333.143-3 ----- ---- 1.713.600.000
6° OHL Servicios Ingesan S.A 76.547.643-7 Manuel Martínez Cobo.
Mauricio Vásquez Troncoso. 24.228.338-4
13.448.294-K 1.598.196.192
3.- Que, la Comisión de Evaluación se constituyó con fecha 12 de noviembre de 2024.
4.- Que, con fecha 02 de enero de 2025, la Comisión de Evaluación emitió el Informe N°01 dando cuenta del procedimiento de evaluación y la calificación de las ofertas previo estudio y análisis de las mismas, sugiriendo al Alcalde adjudicar la referida licitación al oferente que obtuvo la mayor puntuación a los parámetros y criterios establecidos.
5.- Que, la Comisión de Evaluación efectuó una revisión, análisis y evaluación de las ofertas aceptadas de las empresas, informando lo siguiente:
1) PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
CRITERIO N°1: PRECIO DE LA OFERTA (30%).
En base a este criterio de carácter económico será evaluado con el mayor puntaje equivalente a 100 puntos aquel oferente cuya oferta económica sea la de menor costo. Los demás oferentes serán evaluados de acuerdo con la siguiente Fórmula de cálculo:
Pje Oi = (Oi/Oe) *100
Donde:
Pje Oi: Puntaje obtenido por el oferente.
Oi: Oferta más conveniente.
Oe: Oferta económica presentada por el oferente.
Puntaje ponderado será igual = Puntaje Obtenido Precio de la Oferta x 30%
OFERENTE OFERTA PUNTAJE PONDERADO
CLES SPA 1.630.000.032 98.04 29.41
COSEMAR 1.842.556.657 86.73 26.01
DOBLE M SPA 1.802.278.800 88.67 26.6
FRANCISCO GARAY GARFE 1.713.600.000 93.26 27.97
OHL SERVICIOS INGESAN S.A 1.598.196.192 100 30
CRITERIO N°2: MEJORES CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN (20%).
Dentro de este criterio se considerarán los siguientes Sub factores:
A. Sub- Factor: Remuneración del personal. (30%).
La remuneración base que se ofrezca a pagar a cada trabajador no podrá ser inferior a $625.000 pesos (base +gratificación).
Criterio. Puntaje
Mayor remuneración ofertada 100 puntos.
2° lugar de remuneraciones 80 puntos.
3er lugar de remuneraciones 60 puntos.
4to lugar o más en remuneraciones 40 puntos.
No señala 0 puntos.
OFERENTE PUNTAJE PONDERADO
CLES SPA 1.097.917+671.250= 1.769.167/2
PROM: $884.583,5 80 24
COSEMAR 970.000+625.000= 1.595.000
PROM: $797.500 60 18
DOBLE M SPA 812.500+675.000
PROM: $743.750 40 12
FRANCISCO GARAY GARFE 875.000+687.500
PROM: $781.250
No señala Gratificaciones, se aplica 25% solo para efectos numéricos. 40 12
OHL SERVICIOS INGESAN S.A 1.137.667+687.500
PROM: $912.583.5
100 30
B. Inclusión Laboral (10%)
En este ítem el oferente debe indicar si dentro de su personal cuenta con inclusión de personas con discapacidad en su fuerza laboral. Además, se otorgará mayor puntaje si incluye carta compromiso para contratar al menos a una persona de la bolsa de trabajo que tiene la Oficina de Discapacidad de la I Municipalidad de Quintero. Sin perjuicio de lo anterior, de no existir un postulante con el perfil para el trabajo ofertado, el contratista deberá procurar al menos cada 3 meses revisar con oficina de discapacidad posible nueva contratación.
Criterio. Puntaje
Cuenta con al menos tres contrataciones y además realiza carta de compromiso con bolsa de trabajo. 100 puntos.
Cuenta con al menos dos contrataciones, pero realiza carta de compromiso con bolsa de trabajo. 80 puntos.
Cuenta con al menos una contratación, pero realiza carta de compromiso con bolsa de trabajo. 50 puntos.
No cuenta con contrataciones, pero realiza carta de compromiso con bolsa de trabajo. 30 puntos.
No cuenta con al menos una contratación y no realiza carta de compromiso 0 puntos
OFERENTE Observaciones PUNTAJE PONDERADO
CLES SPA Presenta carta y declara tener contratados trabajadores.
100 10
COSEMAR Presenta carta y declara tener contratados trabajadores.
100 10
DAIG INADMISIBLE INADMISIBLE INADMISIBLE
DOBLE M SPA No presenta 0 0
FRANCISCO GARAY GARFE No acredita trabajadores. Presenta carta de compromiso. 30 3
OHL SERVICIOS INGESAN S.A Presenta carta y declaración de trabajadores.
100 10
C. Sub-Factor Existencia de contratos indefinidos (10%)
OFERENTE Compromiso PUNTAJE PONDERADO
CLES SPA 80% 10 10
COSEMAR 100% 10 10
DOBLE M SPA 100% 10 10
FRANCISCO GARAY GARFE 100% 10 10
OHL SERVICIOS INGESAN S.A 100% 10 10
D. Sub-Factor Mejores condiciones de empleo. (50%) que se subdivide en los siguientes sub sub factores:
1) Prestaciones de bienestar de los trabajadores. (50%).
Se evaluará con mayor puntaje a los participantes que ofrezcan prestaciones de bienestar a sus trabajadores.
Se entiende por prestación de bienestar aquellos beneficios complementarios o adicionales de cargo del empleador, que están orientados al mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores, de sus cargas familiares y al desarrollo y perfeccionamiento social, económico y humano de los mismos, tales como prestaciones de salud o dentales, prestaciones de educación, prestaciones de recreación u otras.
Se asignará puntaje a los oferentes en base a la siguiente tabla:
Criterio Puntaje
El oferente presenta prestaciones de bienestar a sus trabajadores. 100 puntos
El oferente no presenta prestaciones de bienestar a sus trabajadores. 0 puntos
OFERENTE PRESENTA PUNTAJE PONDERADO
CLES SPA SÍ 100 25
COSEMAR SI 100 25
DOBLE M SPA SI 100 25
FRANCISCO GARAY GARFE NO 0 0
OHL SERVICIOS INGESAN S.A SI 100 25
Bonos y Aguinaldos. (50%).
Se evaluará con el mayor puntaje a aquel contratista que entregue el mayor número de bonos y aguinaldos a sus trabajadores, cuantificables en dinero y que impliquen una prestación de carácter pecuniaria por parte del empleador a sus trabajadores. Los participantes deberán especificar detalladamente en el Anexo correspondiente la periodicidad con que entrega este tipo de beneficio durante el año y el monto anual de los mismos, considerado por cada trabajador. Se entregará el puntaje correspondiente a cada participante de acuerdo puntuación que se detalla en la siguiente tabla:
El contratista otorga igual o más de 6 tipos de bonos y aguinaldos anuales a sus trabajadores 100 puntos
El contratista otorga igual o más de 3 y menos de 6 de bonos y aguinaldos anuales a sus trabajadores 80 puntos
El contratista otorga igual o más 1 y menos de 3 de bonos y aguinaldos anuales a sus trabajadores 60 puntos
El contratista otorga menos de un tipo de bonos y aguinaldos anuales a sus trabajadores 30 puntos
Puntaje ponderado Sub Sub Factor IV será igual = Puntaje Obtenido x 50%
OFERENTE Bonos PUNTAJE PONDERADO
CLES SPA Presenta 6 o más. 100 25
COSEMAR Presenta 6 o más. 100 25
DOBLE M SPA Presenta 6 o más. 100 25
FRANCISCO GARAY GARFE Presenta 4 bonos. 80 20
OHL SERVICIOS INGESAN S.A Presenta 6 o más. 100 25
TOTAL (20%):
OFERENTE Remuneración del personal Inclusión Laboral Existencia de contratos indefinidos Prestaciones de bienestar Bonos y Aguinaldos Total Total Ponderado
CLES SPA 24 10 10 25 25 94 18.8
COSEMAR 18 10 10 25 25 88 17.4
DOBLE M SPA 12 0 10 25 25 72 14.4
FRANCISCO GARAY GARFE 12 3 10 0 20 45 9
OHL SERVICIOS INGESAN S.A 30 10 10 25 25 100 20
CRITERIO N°3: PROPUESTA TÉCNICA (20%).
Este criterio entregará puntaje a los participantes en base a la Propuesta Técnica que deberán elaborar y presentar todos los oferentes. El documento señalado anteriormente, tiene que cumplir con todos y cada uno de los términos, requisitos y condiciones del servicio licitado, los cuales fueron establecidas en las Bases Técnicas y los demás antecedentes de la licitación.
Se entregará el puntaje correspondiente a cada participante de acuerdo puntuación que se detalla en la siguiente tabla:
Criterio. Puntaje.
Excelente: La propuesta técnica presentada por el oferente cumple con la totalidad de los parámetros. 100 puntos.
Muy Bueno: La propuesta técnica presentada por el oferente no cumple 1 de los parámetros. 90 puntos.
Bueno: La propuesta técnica presentada por el oferente no cumple 2 de los parámetros. 70 puntos.
Regular: La propuesta técnica presentada por el oferente no cumple 3 de los parámetros. 40 puntos.
Insuficiente: La propuesta técnica presentada por el oferente carece de 4 o más de los parámetros. 0 puntos.
Puntaje ponderado será igual = Puntaje Obtenido x 20%
Requerimientos Técnicos:
OBJETO DE LA LICITACIÓN:
1. Servicio de barrido y limpieza de calles, vías y espacios públicas de zonas urbanas y rurales de la comuna de Quintero.
2. Servicio de aseo y limpieza en dependencias municipales del edificio consistorial como en lugares externos.
3. Servicio de limpieza nuevo terminal de buses de Quintero.
Para todos los efectos comprende el servicio de barrido y limpieza los siguientes ítems:
a) Barrido de calles, zarpas y aceras de las áreas.
b) La limpieza de rejillas y alcantarillas de aguas lluvias, sumideros y bordes de canal existentes en las calles.
c) La limpieza continua de los contenedores y basureros ubicados en el espacio público sujeto del presente contrato.
d) La limpieza continua de los refugios peatonales ubicados en el espacio público sujeto del presente contrato.
e) Despejar y retirar de los lugares a barrer y de los contenedores todos los materiales excedentes y escombros, y disponerlos por su cuenta en un recinto autorizado para ello.
d) Aplicar insecticidas contra garrapatas y pulgas a las aceras, soleras y bandejones verdes aledaños a todas las calles contempladas dentro de las áreas de la concesión.
g) El lavado de pasos peatonales de pintura termoplásticas existentes en las calles contempladas en la concesión.
h) Evitar la formación de micro basurales.
1. DEL SERVICIOS DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE CALLES, VÍAS Y ESPACIOS PÚBLICOS EN ESPECÍFICO.
El contratista estará obligado a ejecutar las siguientes prestaciones:
1. Barrido y limpieza diaria del sector céntrico de la comuna de Quintero
2. Barrido y limpieza diaria de calles, vías, y espacios públicos de sectores específicos de la zona rural y la península de Quintero según las instrucciones impartidas diariamente por la Unidad Técnica.
3. Barrido y limpieza de carreteras de la comuna de Quintero según los requerimientos Unidad Técnica.
4. Barrido y limpieza de paraderos urbanos y rurales según los requerimientos Unidad Técnica.
5. Barrido y limpieza según los requerimientos presentados por las personas de la comuna.
6. Barrido y limpieza de playas y bordes costeros (sector de Loncura y sector el Durazo) en la época no comprendido en la temporada estival.
7. Barrido y limpieza en casos de imprevistos y emergencias ocurridas en la comuna según los requerimientos de al Unidad Técnica.
8. Barrido y limpieza en caso de eventos especiales y actividades masivas organizados por la I. Municipalidad de Quintero.
9. Barridos y limpieza de calles, vías y espacios públicos en todos los casos y según los requerimientos especiales solicitados por la Unidad Técnica atendida las necesidades de la comuna y el objeto del contrato.
• Barrido y limpieza diaria del sector céntrico de la comuna de Quintero:
Calles céntricas o puntos céntricos de la comuna:
Manzanas sector céntrico :
Manzana 1: Arturo Prat, Estrella de Chile, Luis Orione, Luis Cousiño, entrada feria libre por Luis Orione.
Manzana 2: Estrella de Chile, Avenida Normandie, Luis Orione, Piloto Moraga, Piloto Alcayaga, Pasaje Federico Albert, Pasaje Irarrazabal, Plaza Zañartu, calle Bilbao.
Manzana 3: Estrella de Chile, Avenida Normandie, Pasaje Alonso de Quintero, Piloto Alcayaga, Pasaje Carretón Arce.
Manzana 4: Estrella de Chile, Avenida Normandie, Pasaje Alonso de Quintero, Piloto Alcayaga Arce, Plaza de Armas, Gregorio Arrieta, Pasaje Fernández Mella, Avenida Francia, Gregorio Arrieta, Alonso de Quintero, Punta de Diamante.
Manzana 5 Estrella de Chile, Luis Cousiño, Avenida Normandie, Arturo Prat,
Pasaje Rodolfo Marsh.
• Barrido de calles, vías y espacios públicos en sectores específicos de la zona rural y la península de Quintero.
• Barrido y limpieza de vía de acceso a la comuna.
• Barrido y limpieza de paraderos.
• Barrido y limpieza según requerimientos de la población.
• Barrido y limpieza de playas y bordes costeros durante los meses no comprendidos en el periodo no estival.
• Barrido y limpieza en casos de imprevistos y emergencias:
• Barrido y limpieza en caso de eventos especiales y actividades masivas.
• Barrido y limpieza según los requerimientos especiales solicitados por la Unidad Técnica a cargo.
2. OTROS ASPECTOS RELEVANTES DEL SERVICIO BARRIDO Y LIMPIEZA DE CALLES, VÍAS Y ESPACIOS PÚBLICOS.
• BARRIDO DE CALLES Y ACERAS.
• LIMPIEZA DE REFUGIOS PEATONALES.
• APLICACIÓN DE INSECTICIDAS A ACERAS, SOLERAS, ZARPAY BANDEJONES VERDES.
• DISPOSICIÓN DE RESIDUOS.
Se debe retirar el producto barrido de las calles o vías públicas, limpiezas de alcantarillas y rejillas de aguas lluvias, y sumideros. Será responsabilidad del contratista depositar los residuos en los camiones recolectores. Queda terminantemente prohibido crear puntos de acumulación de bolsas de basura en las vías públicas.
• MEDIOS MECANIZADOS Y MANUALES.
• TRANSPORTE DEL PERSONAL.
3. DOTACIÓN MINIMA DEL PERSONAL DEL SERVICIO DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE CALLES, VÍAS YESPACIOS PÚBLICOS.
La empresa deberá contar con personal calificado para las labores encomendadas, quienes preferentemente deberán ser trabajadores con experiencia en el rubro y residencia en la comuna de Quintero con el propósito de fomentar el trabajo y empleo local.
La dotación mínima exigida será la que el contratista proponga en su oferta para el correcto desarrollo de los servicios, debiendo contar con a lo menos 15 auxiliares para la ejecución del servicio y 1 supervisor o jefe con una jornada ordinaria laboral de acuerdo a la ley vigente, distribuidos en turnos adecuados para el cumplimiento del contrato. Los operarios estarán a cargo de un jefe o supervisor encargado de impartir las instrucciones necesarias y dirigir a los trabajadores.
• IMPLEMENTACIÓN DEL MATERIAL Y UNIFORMES DE TRABAJO Y CUMPLIMIENTO NORMAS DE SEGURIDAD.
• SERVICIO DE ASEO Y LIMPIEZA EN DEPENDENCIAS MUNICIPALES DEL EDIFICIO CONSISTORIAL COMO EN LUGARES EXTERNOS.
Este servicio comprende el aseo y la limpieza de todas las dependencias y oficinas que se encuentran emplazadas al interior del edificio consistorial como las dependencias u oficinas que se encuentran fuera del edificio. Así mismo, este servicio también comprende el aseo y la limpieza de los espacios comunes, pasillos y baños públicos de la municipalidad en la frecuencia y horarios establecidos en las presentes bases.
• PERSONAL MINIMO NECESARIO PARA EL SERVICIO DE ASEO Y LIMPIEZA.
3.- Servicio de limpieza nuevo Terminal de Buses de Quintero.
• Descripción del Servicio:
Para dar cumplimiento a los siguientes requerimientos de bases técnicas:
a) Limpieza del Perímetro Exterior, Calles Aledañas y Accesos: frecuencia diaria
b) Limpieza de Vidrios y Elementos de Altura: frecuencia 1 vez al mes.
c) Limpieza de Pisos con Hidrolavado: frecuencia 1 vez al mes
d) Limpieza de Pasillos: frecuencia diaria
e) Limpieza de Oficinas: frecuencia diaria
f) Limpieza de Servicios Higiénicos y sanitización: frecuencia diaria
g) Limpieza de Loza de Patio de Maniobras de Andenes: frecuencia diaria
8. Limpieza de pasa manos, escaleras y barandas de madera: frecuencia diaria
• Insumos y Maquinaria
• Instalaciones y Base de Operaciones.
OFERENTE Observaciones PUNTAJE PONDERADO
CLES SPA Cumple con la totalidad de los requerimientos técnicos. 100 20
COSEMAR Cumple con la totalidad de la oferta técnica 100 20
DAIG Inadmisible Inadmisible Inadmisible
DOBLE M SPA Cumple con la totalidad de la oferta técnica 100 20
FRANCISCO GARAY GARFE Cumple con la oferta 100 20
OHL SERVICIOS INGESAN S.A No desarrolla la oferta técnica, no se refiere a los ítems requeridos, a saber:
Barrido y limpieza según requerimientos de la población.
Barrido y limpieza de playas y bordes costeros durante los meses no comprendidos en el periodo no estival.
Barrido y limpieza en casos de imprevistos y emergencias.
Barrido y limpieza en caso de eventos especiales y actividades masivas.
0 0
41.2 CRITERIO N°4: EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN EL RUBRO. (20%)
En este factor se evaluará el número de años de experiencia del oferente en el rubro que presente el contratista, los cuales deberán ser acreditados mediante la documentación de respaldo que acredite el número de años de experiencia de manera indubitada.
Para estos efectos, los participantes deberán acompañar las copias de contratos ejecutados o en ejecución, decretos alcaldicios de adjudicación de licitaciones, órdenes de compra, facturas y los demás documentos que logren dar fe de las contrataciones previas suscritas por el contratista según lo señalado en las presentes bases.
Criterio. Puntaje.
El oferente acredita igual o más de 6 años de experiencia en el rubro. 100 puntos.
El oferente acredita igual o más de 4 años y menos de 5 años de experiencia en el rubro. 75 puntos.
El oferente acredita igual o más de 3 años y menos de 4 años de experiencia en el rubro. 50 puntos.
El oferente acredita menos de 3 años de experiencia en el rubro. 25 puntos.
El oferente no acredita años de experiencia en el rubro. 0 puntos.
OFERENTE AÑOS PUNTAJE PONDERADO
CLES SPA Acredita 3 años, dado que existe experiencia donde no cumple con el parámetro de ser un contrato de similar envergadura por el número de trabajadores contratados. 50 10
COSEMAR Más de 6 años. 100 20
DOBLE M SPA Más de 6 años. 100 20
FRANCISCO GARAY GARFE No presenta experiencia. 0 0
OHL SERVICIOS INGESAN S.A Más de 6 años. 100 20
CRITERIO N°6: CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES
Serán calificados con el mayor puntaje, aquellos oferentes que presenten de forma la correcta los documentos, anexos y demás antecedentes asociados a la oferta, y que cumplan todos los requisitos de formales de presentación exigidos en las presentes Bases, y que permiten de esta manera realizar una evaluación manera expedita. Para efectos de determinar la puntuación de este factor se aplicará la siguiente tabla:
Criterio. Puntaje.
El oferente cumple con todos los requisitos formales de presentación y acompaña correctamente todos los antecedentes administrativos solicitados, sin que sea necesario formular aclaraciones u observaciones.
100 puntos.
El oferente no presenta la totalidad de los antecedentes solicitados, los presenta incompletos o con errores, siendo necesario solicitar aclaración de su oferta, siendo subsanados correctamente la o las observaciones realizadas dentro de plazo establecido en las Bases.
50 puntos.
El oferente no cumple con todos los requisitos formales de presentación o no presenta la totalidad de los antecedentes solicitados, los presenta incompletos o con errores en su presentación, siendo necesario solicitar aclaración de su oferta y estos no son subsanados dentro del plazo señalado en las Bases.
0 puntos.
Puntaje ponderado será igual = Puntaje Obtenido x porcentaje de item%
OFERENTE PUNTAJE PONDERADO
CLES SPA 100 10
COSEMAR 100 10
DOBLE M SPA 100 10
FRANCISCO GARAY GARFE 100 10
OHL SERVICIOS INGESAN S.A 100 10
OFERENTE PRECIO MEJORES CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN PROPUESTO TÉCNICA Y PLAN DE TRABAJO AÑOS DE EXPERIENCIA ACREDITABLE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES TOTAL Lugar
CLES SPA 29.41 18.8 20 10 10 88.21 3°
COSEMAR S.A 26.01 17.4 20 20 10 93.41 1°
DOBLE M SPA 26.6 14.4 20 20 10 91 2°
FRANCISCO GARAY GARFE 27.97 10 20 0 9 66.97 NO CUMPLE PUNTAJE MÍNIMO REQUERIDO.
OHL SERVICIOS INGESAN S.A 30 20 0 20 10 80 4°
Conclusión:
En consideración a la puntuación final obtenida, revisión de antecedentes y del análisis expuesto en el presente Informe de Evaluación Técnica, del llamado a Licitación Pública identificada como “Servicio de barrido y limpieza de calles, vías y espacios públicos de la comuna y aseo dependencias de la Ilustre Municipalidad de Quintero”, ID: 1202333-71-LR24, la Comisión Técnica de Evaluación que suscribe recomienda a Ud: Adjudicar la licitación al oferente correspondiente a Cosemar S.A, representado legalmente por don José Luis Navajas por un monto de $1.842.556.657 IVA incluido por 24 meses.
12.- Que, habiéndose puesto término al procedimiento licitatorio, dando como resultado la propuesta de adjudicación al oferente COSEMAR S.A., RUT 96.827.370-1, por parte de la Comisión designada para la evaluación de las ofertas, dicto lo siguiente:
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