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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
3471-8-LP23
Adjudicación Informada en portal el
17/7/2023 9:27
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En
Ñuñoa,
12-07-2023
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Nro de
Resolución
1427
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Vistos
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1. Lo establecido en los artículos 9° y 10° de la Ley N°19.886, de Bases y Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y artículo 11° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
2. Lo dispuesto en los artículos 54° y 55° de la Ley N°18.961 “Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile.
3. Lo dispuesto en el Artículo 2° de la Ley N°18.476, publicada en el Diario Oficial de fecha 14.12.1985, que dicta normas respecto a los Hospitales de las Instituciones de la Defensa Nacional.
4. La figura jurídica de la Revocación Administrativa acontece cuando se quiere sin efecto a un acto administrativo válido, por razones de mérito, conveniencia u oportunidad, debido a que sus efectos ya no son convenientes para la Administración, lo que en este caso en particular se ve reflejado en que es necesario hacer una revisión exhaustiva de los antecedentes del proceso, para concretar de forma óptima el proceso licitatorio, y así satisfacer la necesidad existente, para determinar si se levanta nuevamente una licitación.
5. Que, en atención a lo expuesto anteriormente, resulta necesario revocar el proceso de licitación pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N°19.880, que establece las “Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”, en el sentido de que: “Los actos administrativos podrán ser revocados por el órgano que los hubiera dictado”, precisando en su inciso segundo, que ello no procederá “a) cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente; b) cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos o, c) cuando, por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto”, excepciones que no ocurren en este caso.
6. Que, en virtud del estado de este proceso de Licitación Pública, no existen derechos adquiridos por parte de terceros participantes, por lo que no existe un contrato que formalice un vínculo jurídico entre la Institución y un proveedor adjudicado, ni menos una orden de compra. Así, es dable entender que los terceros participantes no tienen más que una “mera expectativa” de contratar con la Administración, como también está el hecho que la regulación legal del acto administrativo en sí, no impide que sea dejado sin efecto, de manera que existe mérito para revocar el proceso de Licitación Pública".
7. sin perjuicio de lo anterior, se indica que un error en las cantidades a licitar es más propia de una invalidación, que de una revocación, distinto seria que se requieren en la práctica más cupos de los publicados y por lo tanto debe reformularse los requerimientos, en este último caso se estaría ante una revocación.
8. Lo establecido en el Decreto N°723, de fecha 12.05.19678, del Ministerio del Interior, que aprobó el Reglamento Orgánico y de Servicio para el Hospital de Carabineros, N°31.
9. La Orden General N°2227, de fecha 18.10.2013, de la Dirección General de Carabineros, publicada en el Boletín Oficial N°4512, de fecha 21.10.2013, que aprueba la Directiva de Organización y Funcionamiento del Hospital de Carabineros “Del General Humberto Arriagada Valdivieso”.
10. La Orden General N°2487, de fecha 11.05.2017, de la Dirección General de Carabineros, publicada en el Boletín Oficial N°4709, de fecha 15.05.2017, que aprueba la Directiva de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Salud de Carabineros.
11. La Orden de entrega N°2, de fecha 17.03.2023, de la Dirección de Salud de Carabineros, por medio de la cual dispone el traslado del CORONEL SR. JAVIER ENRIQUE CUEVAS LEIVA, según lo informado mediante D/E NCU 179063636, de fecha 14.03.2023, de Dipecar Traslados, Haciendo entrega del Hospital Institucional en carácter de SUBROGANTE A LA TENIENTE CORONEL VERÓNICA CRUZAT GATTONI.
12. Lo ordenado en la Resolución N°7, de fecha 23.03.2019, de la Contraloría General de la Republica, que fija normas sobre el trámite de toma de razón; y, Resolución N°14, de fecha 29.12.2022, del mismo Órgano Contralor, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos administrativos que se individualizan quedaran sujetos a toma de razón y controles de reemplazos cuando corresponda.
13. El requerimiento ERP N°2300607, de fecha 02.03.2023, gestionado por la Oficina de Docencia Asistencial, de la Dirección de Sanidad.
14. El certificado de refrendación, CR N°H178, de fecha 02.03.2023, del Hospital de Carabineros.
15. Las bases de licitación para la contratación del servicio de capacitaciones, para los distintos funcionarios, de contrato DFL-1, de la Red de Salud y el Hospital de Carabineros, aprobadas mediante resolución exenta N°970, de fecha 12.05.2023, del Hospital de Carabineros, dependiente de la Dirección de Salud.
16. La resolución exenta N°1148, de fecha 06.06.2023, del Hospital de Carabineros, que aprobó la Comisión Evaluadora respecto de la licitación pública ID 3471-8-LP23, para la contratación en referencia.
17. El acta de apertura electrónica de ofertas, de la licitación pública ID 3471-8-LP23, informada en el portal con fecha 07.06.2023.
18. El informe de la comisión evaluadora ID 3471-8-LP23, de fecha 20.06.2023, elaborado por la Oficina de Evaluaciones, dependiente del Departamento de Abastecimiento.
19. El Documento Electrónico N.C.U. 179261228, de fecha 17.03.2023, de la Dirección de Salud, a través de la cual se informa la Orden de Entrega N°2, referente a la Subrogancia del Director del Hospital, la cual recae en la Teniente Coronel Verónica Cruzat Gattoni.
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Considerando
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a) La necesidad de adquirir distintos cursos de capacitación para los distintos funcionarios, de contrato DFL-1, de la Red de Salud y el Hospital de Carabineros, con el objeto de contar con las herramientas necesarias para mejorar las competencias de los distintos trabajadores de este centro asistencial institucional y la Red de Salud, por medio de la formación educacional solicitada, apelando de esta forma a la libre concurrencia, asegurando así un proceso transparente y precios estables.
b) La resolución exenta N°970, de fecha 12.05.2023, del Hospital de Carabineros, que autoriza el llamado a licitación pública para la contratación en referencia.
c) La licitación pública ID 3471-8-LP23, publicada con fecha 17.05.2023, en el portal de compras públicas de la Dirección de ChileCompra, ejecutada en las siguientes líneas de adjudicación:
d) Que, según consta en el Acta de Apertura Electrónica de Ofertas, citada en el numeral 17. de los Vistos, se presentaron las ofertas por parte de los proveedores, más abajo detallados, siendo aceptadas y rechazadas en dicho acto, según se indica:
e) Que, producto del acto de apertura, para las líneas de adjudicación, se recepcionaron ofertas, según se muestra a continuación:
f) Que, se rechazan las ofertas en el acto de apertura por parte de los proveedores, más abajo detallados; ya que, no presenta anexo N°6 requisito obligatorio y excluyente; o, porque presenta documento garantía de seriedad de la oferta con vigencia inferior a la requerida; o, porque no presenta anexo N°6 requisito obligatorio y excluyente, según se indica:
g) Que, no se recepcionaron ofertas para las líneas de adjudicación, según se muestra a continuación:
h) Que, el proceso de evaluación fue realizado sobre la base del presupuesto autorizado por línea, globalizado en el certificado de refrendación, señalado en el numeral 14, de los Vistos, según se desglosa a continuación:
i) Que, según el informe de la Comisión Evaluadora, citado en el numeral 14, de los Vistos, se rechazan las ofertas presentadas por los proveedores, más abajo detallados; puesto que, no cumple con las 20 horas de participación presencial u online sincrónica; o, porque la propuesta económica supera el presupuesto referencial, no siendo conveniente a los intereses institucionales.
j) Que, según el informe de la Comisión Evaluadora citado en el numeral 14, de los Vistos, se revocara la línea de adjudicación, más abajo detallada, por pertinencia y/u oportunidad; puesto que, respecto a la evaluación técnica de ofertas por parte del ente técnico, se concluye que para el ítem N°7 “CURSO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE INFECCIONES ASOCIADAS A LA ATENCIÓN EN SALUD (IAAS)”, es necesario actualizar las cantidades requeridas.
k) El informe de la comisión evaluadora ID 3471-8-LP23, de fecha 20.06.2023, que presenta el resultado de adjudicación, conforme el método de evaluación, detallado en las Bases Técnicas numeral 4, Matriz de Evaluación de la Propuesta, de las bases de licitación, según el puntaje final señalado a continuación:
l) Que, de acuerdo al método de evaluación definido en las bases de licitación, procede adjudicar de la referida licitación, en el ítem N°10 a la oferta presentada por el proveedor CENTRO DE ENTRENAMIENTO Y CAPACITACION EN REANIMACION Y PREVENCION; para el ítem N°13 a la oferta presentada por el proveedor CONVATEC CHILE S.A.; para los ítemes N°3 y 6 a la oferta presentada por el proveedor OTEC ACHS S.A.; en los ítemes N°1 y 9 a la oferta presentada por el proveedor SEGURA Y ROMERO LTDA.; en el ítem N°8 a la oferta presentada por el proveedor SERVICIOS DE CAPACITAONES HUELLAS OTEC SPA; y, para el ítem N° 4 a la oferta presentada por el proveedor UPDATE CAPACITACIÓN SPA; por cuanto, cumplen con la totalidad de los requerimientos técnicos y administrativos, según lo indicado en el informe de la comisión evaluadora citado en el numeral 18, de los Vistos:
m) Según da cuenta el certificado de refrendación, CR N°H178, de fecha 02.03.2023, del Hospital de Carabineros, señalado en el numeral 14. de los Vistos, se cuenta con el presupuesto para la presente contratación.
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Resuelvo
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I. ADJUDÍQUESE, la licitación pública ID 3471-8-LP23, a las ofertas presentadas por los proveedores habilitados, más abajo detallados; en razón de cumplir con todos los requerimientos de las bases de licitación, tanto técnicos como administrativos, para la contratación del servicio de capacitaciones para distintos funcionarios, de contrato DFL-1, de la Red de Salud y del Hospital de Carabineros, en donde las cantidades podrán variar y que es por un monto a no exceder para CENTRO DE ENTRENAMIENTO Y CAPACITACION EN REANIMACION Y PREVENCION de $155.000.- exento de IVA; CONVATEC CHILE S.A. de $2.975.000.- con IVA incluido; OTEC ACHS S.A. de $11.375.000.- exento de IVA; SEGURA Y ROMERO LTDA. de $3.355.000.- exento de IVA; SERVICIOS DE CAPACITACIONES HUELLAS OTEC SPA de $1.999.950.- exento de IVA; y, UPDATE CAPACITACIÓN SPA de $2.100.000.- exento de IVA, según se muestra a continuación:
II. DECLÁRENSE INADMISIBLES, las ofertas de los proveedores, más abajo detallados; puesto que, no cumple con las 20 horas de participación presencial u online sincrónica; o, porque la propuesta económica supera el presupuesto referencial, no siendo conveniente a los intereses institucionales; y, CARLOS RODRIGO CONCHA ESCANDÓN; CEFAV SPA; INVERSIONES Y SOLUCIONES ACONCAGUA SPA; ISAHYF S.A.; MC CAPACITACIONES SPA; y, SINTONÍA CAPACITACIONES SPA; ya que, fueron rechazadas en el acto de apertura electrónica; según lo detallado en las letras d), f) y i), respectivamente, de los Considerando:
III. DECLÁRENSE DESIERTA, la licitación pública ID 3471-8-LP23, en las línea de adjudicación, N°2, 5, 11, 12, 14 al 22 ya que, no se recepcionaron ofertas al cierre del proceso; según lo detallado en la letra g), respectivamente, de los Considerando.
IV. REVÓQUESE, en la licitación pública ID 3471-8-LP23, en la línea de adjudicación N°7; pertinencia y/u oportunidad, según lo detallado en la letra j), de los Considerando.
V. DISPÓNESE, al Departamento de Finanzas, proceder con la devolución de los documentos de garantía de seriedad de la oferta a los proveedores participantes, conforme lo establecido en el título IV, de las bases de licitación, citadas en el numeral 15. de los Vistos
VI. PROCEDA, el Departamento de Abastecimiento, a través de la Oficina de Adquisiciones, a generar las órdenes de compra pertinentes a los proveedores adjudicados, con cargo al presupuesto del Hospital de Carabineros, a contar de la publicación del presente acto administrativo.
VII. REMÍTANSE, una vez recepcionadas las facturas que entreguen los proveedores adjudicados, con las constancias de conformidad correspondientes, al Departamento de Finanzas, para su conocimiento y a objeto proceda a la tramitación contable respectiva.
VIII. PUBLÍQUESE, la presente resolución en el sistema de información de la Dirección ChileCompra, portal www.mercadopublico.cl
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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Carabineros de Chile - Hospital de Carabineros
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Unidad de Compra
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Hospital de Carabineros
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R.U.T.
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60.505.723-3
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Dirección
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Av. Antonio Varas Nº 2500
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Comuna
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Ñuñoa
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región Metropolitana de Santiago
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Sandra Leonor Vergara Reyes
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Cargo
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Jefe Oficina Adquisiciones
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Teléfono
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56-02-29278235
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Fax
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56-02-8700760
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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3471-8-LP23
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Nombre de Adquisición
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SERVICIOS DE CAPACITACIONES PARA FUNCIONARIOS .
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
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Descripción
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SERVICIO DE CAPACITACIONES, PARA LOS DISTINTOS FUNCIONARIOS, DE CONTRATO DFL1, DE LA RED DE SALUD Y EL HOSPITAL DE CARABINEROS DE CHILE.
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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17/5/2023 14:57
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Fecha de Cierre
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6/6/2023 16:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 21.484.950
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 21.484.950
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Comisión Evaluadora
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| 16.838.670-2 | ANTONIETA LISETTE DEL CARMEN MEDINA ZAGAL | ADMINISTRATIVO |
| 10926711-2 | PAMELA ESPINOZA VILLARROEL | Matrona Gº9 OF.Docencia Asistencial |
| 14731268-7 | ANDRES RAMIREZ GUTIERREZ | Jefe Oficina Docencia Asistencial |
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Resultado de la Adjudicación
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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