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Lo dispuesto en la Ley N°17.374, que fija texto refundido, coordinado y actualizado del D.F.L. N°313, de 1960, que aprueba la Ley Orgánica Dirección Estadística y Censos y Crea el Instituto Nacional de Estadísticas; el Decreto N°1.062, de 1970, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba Reglamento del Instituto Nacional de Estadísticas; en la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado por Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda; en el DFL 1-19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 21.722, sobre presupuesto de ingresos y gastos del Sector Público para el año 2025; en lo establecido en las Resoluciones N°7, de 2019, que fija normas sobre trámite de toma de razón, y N°36, de 2024, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda; en la personería de don(a) Marcela Puz León, para representar al INE, en su calidad de Directora Regional de Coquimbo de INE, consta en Resolución Exenta RA 159/1273/2022 del 14 de diciembre de 2022; en la Resolución Exenta N°106 de 2015, del INE, que delega facultades en Directores Regionales del Instituto Nacional de Estadísticas, en los términos que indica; en la Resolución Exenta N°3435 de 28.09.2023 que delega facultades en los cargos que indica, y deja sin efecto Resolución Exenta N°5393, de 2021, y sus modificaciones, todas del Instituto Nacional de Estadísticas; y en la demás normativa aplicable.
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1. Que, el Instituto Nacional de Estadísticas, en adelante INE, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley N° 17.374, es el organismo técnico e independiente, encargado de las estadísticas y censos oficiales de la República.
2. Que, el INE, mediante la resolución N°396, de fecha 02 de mayo del 2025, autorizó el llamado a licitación pública y aprobado las bases técnicas, administrativas y anexos para la contratación del “Servicio de transporte privado remunerado de pasajeros en áreas urbanas y rurales, para la provincia de Elqui, Limarí y Choapa región de Coquimbo, por 24 meses”, siendo publicada en la misma fecha en el portal www.mercadopublico.cl bajo el ID: 1129-2-LQ25.
3. Que, con fecha 08 de mayo, mediante resolución N°419 se modificó toda referencia asociada a la garantía de seriedad de la oferta incluida en las bases de licitación ya indicadas.
4. Que, el 22 de mayo del 2025, fue la fecha de cierre para presentar ofertas en el portal Mercado Público, por lo cual se procedió a efectuar la apertura electrónica de las mismas, mediante Acta de Apertura, que dejó constancia de la existencia de las siguientes ofertas recibidas para cada línea, de los siguientes proveedores:
LINEA 1 ELQUI:
OFERENTE EXAMINADO REQUISITOS ADMINISTRATIVOS REQUISITOS TÉCNICOS REQUISITOS ECONÓMICOS
A) D.J., debidamente firmada de NO inhabilidades y prohibiciones en portal Mercado Publico. Anexo N°7 Anexo N°3 Anexo N°4 Anexo N°5
Anexo N°8 Anexo N°6
Programas de integridad. Oferta Técnica Experiencia del Oferente Dotación y Antigüedad Flota de Vehículos Oferta Económica
B) En caso de que oferte una UTP debe presentar el Anexo N°2 “Declaración para uniones temporales de proveedores”.
Tiempo de Asistencia en Ruta Monto máximo de la contratación, corresponde a $3.770.000 (Tres millones setecientos setenta mil pesos).
Razón Social:
BORIS ARTURO ARANCIBIA ANGEL
Nombre de fantasía: boris arturo
RUT: 17.111.971-5
A) Presenta declaración para ofertar firmada.
B) No presenta Anexo N°2, Unión temporal de proveedores sin firma, declarando que "No es UTP". Presenta Anexo N°7
Anexo firmado, declarando que "Cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal". Presenta Anexo N°3
Anexo firmado, especificando el Servicio de Transporte de pasajeros. Presenta Anexo N°4
Anexo firmado, declarando experiencia de la empresa en el Servicio de Transporte de pasajeros. Presenta Anexo N°5
Anexo firmado, declarando flota y antigüedad de vehículo.
Presenta Anexo N°8
Anexo firmado, declarando tiempo de respuesta en ruta
Presenta Anexo N°6
Anexo firmando.
Ofertando un precio total de $3.370.000 (Tres millones trescientos setenta mil pesos).
Razón Social: SOCIEDAD GARRIDO VARGAS SPA
Nombre de fantasía:
SOCIEDAD GARRIDO VARGAS RESPONSABILIDAD LIMITADA
RUT: 76.971.509-6 A) Presenta declaración para ofertar firmada. Presenta Anexo N°7
Anexo firmado, declarando que "Cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal".
Presenta Anexo N°3
Anexo firmado, especificando el Servicio de Transporte de pasajeros.
Presenta Anexo N°4
Anexo firmado, declarando experiencia de la empresa en el Servicio de Transporte de pasajeros. Presenta Anexo N°5
Anexo firmado, declarando flota y antigüedad de vehículo.
Presenta Anexo N°8
Anexo firmado, declarando tiempo de respuesta en ruta Presenta Anexo N°6
Anexo firmando.
Ofertando un precio total de $3.770.000 (Tres millones setecientos setenta mil pesos).
B) No presenta Anexo N°2, Unión temporal de proveedores sin firma, declarando que "No es UTP".
Razón Social: TRANSVALLES SPA
Nombre de fantasía:
TRANSVALLES
RUT: 77.663.285-6 A) Presenta declaración para ofertar firmada.
B) No presenta Anexo N°2, Unión temporal de proveedores sin firma, declarando que "No es UTP".
Presenta Anexo N°7
Anexo firmado, declarando que "Cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal". Presenta Anexo N°3
Anexo firmado, especificando el Servicio de Transporte de pasajeros.
Presenta Anexo N°4
Anexo firmado, declarando experiencia de la empresa en el Servicio de Transporte de pasajeros.
Presenta Anexo N°5
Anexo firmado, declarando flota y antigüedad de vehículo.
Presenta Anexo N°8
Anexo firmado, declarando tiempo de respuesta en ruta
Presenta Anexo N°6
Anexo firmando.
Ofertando un precio total de $3.352.000 (Tres millones trecientos cincuenta y dos mil pesos).
Razón Social: TRAVEL LOGISTICS SPA
Nombre de fantasía:
TRAVEL LOGISTICS SPA
RUT: 77.796.305-8 A) Presenta declaración para ofertar firmada.
B) No presenta Anexo N°2, Unión temporal de proveedores sin firma, declarando que "No es UTP".
Presenta Anexo N°7
Anexo firmado, declarando que "Cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal". Presenta Anexo N°3
Anexo firmado, especificando el Servicio de Transporte de pasajeros.
Presenta Anexo N°4
Anexo firmado, declarando experiencia de la empresa en el Servicio de Transporte de pasajeros.
Presenta Anexo N°5
Anexo firmado, declarando flota y antigüedad de vehículo.
Presenta Anexo N°8
Anexo firmado, declarando tiempo de respuesta en ruta
Presenta Anexo N°6
Anexo firmando.
Ofertando un precio total de $2.709.400 (Dos millones setecientos nueve mil cuatrocientos mil pesos).
LINEA 2 LIMARÍ: SIN OFERTAS
LÍNEA 3: CHOAPA
OFERENTE EXAMINADO REQUISITOS ADMINISTRATIVOS REQUISITOS TÉCNICOS REQUISITOS ECONÓMICOS
A) D.J., debidamente firmada de NO inhabilidades y prohibiciones en portal Mercado Publico. Anexo N°7 Anexo N°3 Anexo N°4 Anexo N°5
Anexo N°8 Anexo N°6
Programas de integridad. Oferta Técnica Experiencia del Oferente Dotación y Antigüedad Flota de Vehículos Oferta Económica
B) En caso de que oferte una UTP debe presentar el Anexo N°2 “Declaración para uniones temporales de proveedores”.
Tiempo de Asistencia en Ruta Monto máximo de la contratación, corresponde a $1.540.000 (Un millón quinientos cuarenta mil pesos).
Razón Social: WILSON MARCELO GONZALEZ SUAZO
Nombre de fantasía: WILSON MARCELO GONZALEZ SUAZO
RUT: 10.884.341-1 A) Presenta declaración para ofertar firmada.
B) No presenta Anexo N°2, Unión temporal de proveedores sin firma, declarando que "No es UTP".
Presenta Anexo N°7
Anexo firmado, declarando que "No cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal". Presenta Anexo N°3
Anexo firmado, especificando el Servicio de Transporte de pasajeros. Presenta Anexo N°4
Anexo firmado, declarando experiencia de la empresa en el Servicio de Transporte de pasajeros.
Presenta Anexo N°5
Anexo firmado, declarando flota y antigüedad de vehículo. Presenta Anexo N°8
Anexo firmado, declarando tiempo de respuesta en ruta
Presenta Anexo N°6
Anexo firmando.
Ofertando un precio total de $1.540.000 (Un millón quinientos cuarenta mil pesos).
5. Que, el artículo 1° “Aspectos Generales”, de las bases de licitación en cuestión, dispuso:
1.7. Inscripción en el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
El oferente al momento de participar con él o los vehículos debe tener inscrito el vehículo con que participará, en el Registro del Ministerio de transporte y telecomunicaciones (Decreto Nº80/2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones), en caso contrario su oferta será declarada inadmisible.
6. Que, el artículo 5° “Contenidos de las ofertas”, de las bases de licitación en cuestión, dispuso:
2. Oferta Técnica:
Las ofertas DEBERÁN CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES TÉCNICAS, entendiéndose que éstos son los requisitos técnicos mínimos para poder participar.
Si no presenta propuesta técnica o si a ésta le faltare alguna de estas exigencias técnicas, su oferta se declarará inadmisible, según los casos que se detallan en el artículo 10° de estas Bases.
Para estos efectos, deberá adjuntar y completar información requerida en los siguientes anexos:
Anexo N°3 "Oferta Técnica"
Anexo N°4 "Experiencia del oferente".
Anexo N°5 "Dotación y antigüedad flota vehículos".
Anexo N° 8 "Tiempo de asistencia en ruta"
La(s) oferta(s) que no adjunten en tiempo la información requerida en los anexos descritos o algunos de éstos sean incompletos, será(n) declarada(s) inadmisible(s), quedando excluida(s) del proceso de licitación.
7. Que, el artículo 10° “Evaluación de las ofertas”, de las bases de licitación en cuestión, dispuso:
Todas las características y requisitos técnicos se encuentran contenidos en las bases técnicas y en los anexos de la Oferta Técnica. De no cumplirse con dichas condiciones técnicas, la respectiva oferta será declarada inadmisible.
8. Que, el artículo 11° “Inadmisibilidad de las ofertas”, de las bases de licitación en cuestión, dispuso:
Inadmisibilidad de las ofertas.
EI INE podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos específicos establecidos en:
a) La oferta técnica (Articulo 4.2.), esto es, cuando no presenta la información completa requerida en los siguientes anexos:
Anexo N°3 "Oferta técnica"
Anexo N°4 "Experiencia del oferente".
Anexo N°5 "Dotación y antigüedad flota vehículos".
Anexo N°8 "Tiempo de Asistencia en ruta
b) Si no acompaña certificados de anotaciones vigentes de los vehículos, a fin de verificar la antigüedad de estos. Este certificado deberá tener una antigüedad de tres meses.
c) La oferta económica (Articulo 4, numeral 3.), esto es, en caso de no acompañarse o no llenarse algunos de los cuadros de la oferta económica que contempla el Anexo N°6.
d) Si la oferta económica supera el presupuesto máximo establecido en el artículo 2° de las presentes bases.
e) Si la oferta económica supera el valor máximo disponible diario, por tramo.
f) En el caso establecido en el párrafo segundo del artículo 4° de las presentes bases.
g) Si la flota propuesta por el oferente supera los 10 años de antigüedad.
h) Si no presenta propuesta técnica o si a ésta le faltare alguna de estas exigencias técnicas, su oferta se declarará inadmisible, según los casos que se detallan en el artículo 10° de estas Bases.
i) Si la oferta no es remitida electrónicamente, salvo lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento.
j) Si la oferta contraviene el interés público.
k) Si la oferta es modificada posterior al cierre y antes de la adjudicación.
I) La oferta que no considere la cantidad minina exigida de vehículos, según la línea ofertada.
m) Si no presenta Garantía Seriedad de la Oferta, según Artículo 2 de las presentes bases.
La decisión respectiva deberá ser por resolución fundada y publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
La declaración de inadmisibilidad de una oferta no dará lugar a indemnización o pago alguno respecto del proponente que haya presentado la oferta declarada inadmisible.
9. Que, en las bases técnicas de la licitación en el Items N° 2 numeral 2.9.3 “Descripción del servicio”, en cuestión, dispuso:
Vehículos de reemplazo, el oferente debe considerar a lo menos un vehículo de reemplazo por el servicio. En caso de no entregarse vehículo de reemplazo como sus datos para cada uno de los vehículos reemplazantes, la oferta se declarará inadmisible
10. Que, la Comisión Evaluadora realizó el análisis de la admisibilidad de las ofertas de los proveedores indicados en el considerando anterior, según el siguiente detalle:
a) En cuanto al análisis de cada oferta, correspondiente a la línea N°1, la comisión dejó constancia de lo siguiente:
PROVEEDOR LÍNEA OFERTADA DETALLE DE ADMISIBILIDAD
1 Razón Social:
BORIS ARTURO ARANCIBIA ANGEL
Nombre de fantasía: Boris Arturo
RUT: 17.111.971-5 LÍNEA 1 PROVINCIA DEL ELQUI • Presenta Anexo N°3 “Oferta técnica”
• Presenta Anexo N°4 “Experiencia del oferente".
• Presenta Anexo N°5 “Dotación y antigüedad flota vehículos”.
• Presenta Anexo N°8 “Tiempo de Asistencia en ruta.”.
• No presente Certificado de anotaciones vigentes. INADMISIBLE
• No Presenta vehículo de reemplazo. INADMISIBLE
• No presenta inscripción en el Registro del Ministerio de transporte y telecomunicaciones (Decreto Nº80/2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones). INADMISIBLE
• Presenta flota menor a 10 años de antigüedad.
• La oferta no considera la cantidad mínima exigida de vehículo. INADMISIBLE
2 Razón Social: SOCIEDAD GARRIDO VARGAS SPA
Nombre de fantasía:
SOCIEDAD GARRIDO VARGAS RESPONSABILIDAD LIMITADA
RUT: 76.971.509-6 LÍNEA 1 PROVINCIA DEL ELQUI • Presenta Anexo N°3 “Oferta técnica” incompleto. INADMISIBLE
• Presenta Anexo N°4 “Experiencia del oferente".
• Presenta Anexo N°5 “Dotación y antigüedad flota vehículos”.
• Presenta Anexo N°8 “Tiempo de Asistencia en ruta.”.
• Presente Certificado de anotaciones vigentes.
• Presenta vehículo de reemplazo
• No presenta inscripción en el Registro del Ministerio de transporte y telecomunicaciones (Decreto Nº80/2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones). INADMISIBLE
• Presenta flota menor a 10 años de antigüedad.
• La oferta considera la cantidad mínima exigida de vehículo.
3
Razón Social: TRANSVALLES SPA
Nombre de fantasía:
TRANSVALLES
RUT: 77.663.285-6 LÍNEA 1 PROVINCIA DEL ELQUI • Presenta Anexo N°3 “Oferta técnica”
• Presenta Anexo N°4 “Experiencia del oferente".
• Presenta Anexo N°5 “Dotación y antigüedad flota vehículos”.
• Presenta Anexo N°8 “Tiempo de Asistencia en ruta.”.
• Presente Certificado de anotaciones vigentes.
• Presenta vehículo de reemplazo
• Presenta inscripción en el Registro del Ministerio de transporte y telecomunicaciones (Decreto Nº80/2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones).
• Presenta flota menor a 10 años de antigüedad.
• La oferta considera la cantidad mínima exigida de vehículo.
4
Razón Social: TRAVEL LOGISTICS SPA
Nombre de fantasía:
TRAVEL LOGISTICS SPA
RUT: 77.796.305-8 LÍNEA 1 PROVINCIA DEL ELQUI • Presenta Anexo N°3 “Oferta técnica” incompleto. INADMISIBLE
• Presenta Anexo N°4 “Experiencia del oferente".
• Presenta Anexo N°5 “Dotación y antigüedad flota vehículos”.
• Presenta Anexo N°8 “Tiempo de Asistencia en ruta.”.
• Presente Certificado de anotaciones vigentes.
• Presenta vehículo de reemplazo
• No presenta inscripción en el Registro del Ministerio de transporte y telecomunicaciones (Decreto Nº80/2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones). INADMISIBLE
• Presenta flota menor a 10 años de antigüedad.
• La oferta considera la cantidad mínima exigida de vehículo.
5 Razón Social: WILSON MARCELO GONZALEZ SUAZO
Nombre de fantasía: WILSON MARCELO GONZALEZ SUAZO
RUT: 10.884.341-1 LÍNEA 3 PROVINCIA DE CHOAPA • Presenta Anexo N°3 “Oferta técnica”
• Presenta Anexo N°4 “Experiencia del oferente".
• Presenta Anexo N°5 “Dotación y antigüedad flota vehículos”.
• Presenta Anexo N°8 “Tiempo de Asistencia en ruta.”.
• No presente Certificado de anotaciones vigentes. INADMISIBLE
• Presenta vehículo de reemplazo
• Presenta inscripción en el Registro del Ministerio de transporte y telecomunicaciones (Decreto Nº80/2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones).
• Presenta flota menor a 10 años de antigüedad.
La oferta considera la cantidad mínima exigida de vehículo.
b) Que, conforme lo señalado en el informe de evaluación de la Licitación ID N°1129-2-LQ25, los oferentes que siguen el proceso son:
TRANSVALLES, RUT: 77.663.285-6
c) El proveedor: Transvalles, Rut: 77.663.285-6, cumplen con los requisitos solicitados en las bases y que pasan al proceso de evaluación, conforme los Criterios Administrativos (10%), Criterios Técnicos (40%) y Criterios Económicos (50%) obteniendo el oferente los siguientes puntajes en una escala de 0 a 100:
C.1 Evaluación Criterios Administrativos (10%)
PROVEEDOR ANALIZADO
OBSERVACIÓN
PUNTAJE % LOGRADO EN CRITERIO
Transvalles, Rut: 77.663.285-6 Proveedor cumple con la totalidad de los requisitos administrativos requeridos
200 puntos
0.5%
Resumen Evaluación Criterio administrativo:
C.2 Evaluación Criterios Técnicos (40%)
PROVEEDOR ANALIZADO OBSERVACIÓN PUNTAJE % LOGRADO EN CRITERIO
Transvalles, Rut: 77.663.285-6 Proveedor cumple con los requisitos establecidos en las bases 40 puntos 16%
Resumen Evaluación Criterio Técnico:
C.3 Evaluación Económica (50%)
PROVEEDOR ANALIZADO VALOR OFERTADO PUNTAJE % LOGRADO EN CRITERIO
Transvalles, Rut: 77.663.285-6 $3.352.000. 100 50%
Resumen Evaluación Criterio económico:
A continuación, se presenta un resumen de las propuestas recibidas de acuerdo con el puntaje obtenido.
11. Que, el artículo 54° del Reglamento de la Ley N° 19.886, citada en el visto, establece que la entidad licitante deberá evaluar los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores y rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases; asimismo, el inciso tercero del artículo 10° de la Ley N° 19.886 señala: “(…) Los procedimientos de licitación se realizarán con estricto sujeción, de los participantes y de la entidad licitante, a las bases administrativas y técnicas que la regulen (…)”.
12. Con fecha 03 de junio del año 2025 la comisión de evaluación designada para la Licitación Pública ID 1129-2-LQ25, “Servicio de transporte privado remunerado de pasajeros en áreas urbanas y rurales, para la provincia de Elqui, Limarí y Choapa región de Coquimbo, por 24 meses”, sugiere adjudicar la línea N°1 de la licitación ya señalada al proveedor de acuerdo con la postulación:
TRANSVALLES, RUT: 77.663.285-6
Por cumplir en su totalidad con cada uno de los requisitos administrativos, técnicos y económicos solicitados en las bases técnicas que regulan el proceso de licitación pública.
13. Que, atendido al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°271, de fecha 29 de abril de 2025, de la Unidad Administrativa y Financiera de Coquimbo la adquisición cuenta con fondos suficientes.
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