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1. Que la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura Región del Maule, en adelante también “LA SEREMI” requiere la contratación del servicio de aseo y mantención para sus oficinas ubicadas en la calle 3 norte #980, Talca, a fin de mantenerlas en perfecto estado de orden e higiene.
2. Que, accediendo al citado requerimiento, con fecha 19 de marzo de 2026, la SEREMI del Maule publicó un llamado a Licitación Pública en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio Web: www.mercadopublico.cl, bajo el ID Nº4402-2-LE26, incluidas las bases administrativas y técnicas preparadas para la contratación de este servicio.
3. Que, la citada licitación se efectuó de acuerdo con las bases administrativas y técnicas publicadas; y aprobadas mediante resolución exenta N°12 de fecha 10 de marzo de 2026.-
4. Que, mediante Resolución Exente N° 12, de 2026, de este origen, se aprobaron las bases administrativas, técnicas, y sus anexos para la licitación pública denominada: “SERVICIO DE ASEO Y MANTENCIÓN DE OFICINAS PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA DE LA REGIÓN DEL MAULE”, y se designó la comisión evaluadora, autorizándose el debido llamado.
5. Que, entre los días 19 de marzo y 23 de marzo del año en curso, estuvo disponible en el portal el foro para hacer consultas, plazo en el cual se recibió (1) consultas al proceso, las que fueron respondidas dentro del plazo establecido para ello.
6. Que, el cierre del proceso de licitación para presentar ofertas, y la apertura de estas, ocurrió el 30 de marzo de 2026, según lo previsto en las bases de licitación, presentándose cuatro (4) ofertas, según el siguiente recuadro:
N° PROVEEDOR RUT
1 Comercializadora Trinimar SPA. 76.855.949-K
2 Edgardo Andrés Honorato Valdés 14.568.282-7
3 People Services SPA. 76.781.573-5
4 Barahona San Cristobal SPA 78.114.366-9
7. Que, durante el acto de apertura la empresa People Services SPA, RUT N°76.781.573-5 y Barahona San Cristobal SPA, RUT N°78.114.366-9 , no dieron cumplimiento con los requisitos de admisibilidad establecidas en las bases, por lo que no pasan a la etapa de evaluación técnica y económica de oferta.
8. Que, las dos (2) ofertas restantes cumplieron con todos los requisitos de admisibilidad previstos en las bases de Licitación, motivo por el que fueron aceptadas en el acto de apertura del proceso.
9. Que, la apertura, rechazo y aceptación de las ofertas consta en el acta de apertura electrónica de la Licitación Pública de fecha 30 de marzo de 2026, la que se encuentra disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl.
10. Que, los criterios de evaluación y su metodología de cálculo fueron establecidos en los Numerales 9.2 y 9.3 de las bases administrativas de la presente Licitación, siendo estos, los que se detallan a continuación:
9.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Para la evaluación y calificación de las propuestas, se considerarán los siguientes criterios de evaluación, con los porcentajes o ponderaciones que se indican:
Criterio de Evaluación Porcentaje
Oferta económica 35
Oferta Técnica 30
• Experiencia de quien oferta 20
• Servicios adicionales 10
Condiciones de empleo y remuneraciones 20
Inclusión laboral y/o género 10
Programa de integridad 2
Cumplimiento de requisitos formales 3
Total 100
9.3 METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN:
a. Oferta económica (35%)
Se valorará el precio ofertado, privilegiándose la oferta neta más económica. El precio debe ofertarse en moneda nacional indicando el valor neto de los servicios requeridos, completar Anexo N° 1.
- Oferta de menor monto : 100 puntos
- Segunda oferta con menor monto : 80 puntos
- Tercera oferta con menor monto : 60 puntos
- Siguientes ofertas : 50 puntos
b. Oferta Técnica (30%):
La oferta técnica se evaluará a través de los siguientes subcriterios:
i) Experiencia de quien oferta (20%)
Se evaluarán la experiencia de quienes oferten en materias análogas o similares a la licitada, entendiéndose para ello contratos de aseo y mantención de edificios. Deben corresponder a contratos en el tiempo o permanentes, por ejemplo contrato por 6 meses o más. Considerando al menos los últimos 24 meses. Será requerido completar Anexo N° 4.
Se requerirá para la obtención del puntaje, la presentación de cualquiera de los siguientes documentos:
a) Carta o certificado del mandante en el que se señale expresamente el tipo de contrato desarrollado por el interesado, que indique expresamente mandante, fecha o plazo y monto.
b) Órdenes de compra en estado de aceptada y/o recepción conforme disponible en www.mercadopublico.cl, en las que se señale expresamente el tipo de servicio prestado.
c) Contratos de prestación de servicios.
El puntaje se calculará de acuerdo con lo siguiente:
Presenta y certifica 7 o más experiencias en aseo y mantención de edificios : 100 puntos Presenta y certifica entre 4 y 6 experiencias en aseo y mantención de edificios : 70 puntos Presenta y certifica entre 1 y 3 experiencias en aseo y mantención de edificios : 30 puntos No presenta experiencia, no certifica o no informa : 0 puntos
ii) Servicios adicionales (10%)
Se valora la oferte que incluya servicios adicionales de la naturaleza que se indica:
Tipos de servicio adicionales Frecuencia
Servicio de reciclaje de papel y cartón con certificado de entrega en punto de reciclaje. Semestral
Servicio de Sanitización de baños
Cabe hacer presente que los productos utilizados deben ser los certificados y/o normados por la Seremi de Salud o autoridad sanitaria competente
Mensual
Otro servicio adicional propuesto por quien oferte, sólo se considerará para ser evaluado si indica el objetivo del servicio y la frecuencia. Indicar frecuencia
El subcriterio de servicios adicionales se calculará a partir de los datos que quien oferte declare en el Anexo N° 5.
Subcriterio Factor Puntaje
Servicios adicionales
Quien oferta declara ofrecer servicios adicionales Declara 3 o más servicios adicionales relevantes en la materia licitada. 100
Declara 2 servicios adicionales relevantes en la materia licitada. 80
Declara 1 servicios adicionales relevantes en la materia licitada. 50
No declara servicios adicionales relevantes en la materia licitada. 0
iii) Condiciones de empleo y remuneraciones (20%)
Se valorará a quien oferte y cumpla con mejores condiciones de empleo y remuneraciones para sus trabajadores/as, para ello se requiere completar la información en el Anexo N° 2.
Condiciones de empleo y remuneraciones Quien oferta declara:
a) Nivel de remuneraciones sobre el sueldo mínimo, es igual o superior al 5%, debe indicar en la declaración jurada cuál es la política en esta materia.
b) Reajusta las remuneraciones de sus trabajadores/as, debe indicar la modalidad de reajuste.
c) Duración de los contratos: El 70% del personal de su empresa cuenta con contratos indefinidos.
d) Convenios con Cajas de Compensación o similares, debidamente acreditados con certificados vigentes, emitidos en el año 2025.
e) Política de capacitación para quienes prestan los servicios a la empresa o persona, acompañar documente que dé cuenta que quien oferta cuenta con una política interna, ej. Manual de capacitación interno, Reglamento de capacitación interno, nómina de las últimas capacitaciones realizadas (año 2019-2024), al menos señalando al personal capacitado, nombre del curso, horas y asistencia. Quien oferta debe presentar una declaración jurada, para cada caso, que dé cuenta del cumplimiento de
cada una las materias que se consultan en las letras a), b) y c).
Para las letras d) y e), la acreditación serán con los documentos que se indican en el factor
Para todos los casos que los documentos a presentar impliquen la denominación de personas, debe omitirse o censurarse los datos personales.
Cálculo del puntaje:
Subcriterio Factor Pun taje
Condiciones de empleo y remuneracione s Declara y acredita cumplir con todos las materias indicadas para el subcriterio (a, b, c, d y e). 100
Declara y acredita cumplir con al menos cuatro de las materias indicadas para el subcriterio. 80
Declara y acredita cumplir con al menos tres de las materias indicadas para el subcriterio. 60
Declara y acredita cumplir con al menos dos de las materias indicadas para el subcriterio. 30
Declara y acredita cumplir con al menos una de las materias indicadas para el subcriterio. 10
Declara que no cumple con ninguna de las materias indicadas en el subcriterio o no presenta o no acompaña el respaldo de la acreditación conforme al medio de verificación exigido.
0
iv) Inclusión laboral y/o género (10%):
Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género).
Adicionalmente de acuerdo con lo previsto en el art. 55 del Reglamento de la Ley de Compra:
• Se entenderá que una empresa promueve la igualdad de género cuando incluye políticas o prácticas del lugar de trabajo para reducir brechas salariales; fomentar contrataciones equitativas, la corresponsabilidad en los cuidados, y reducir la desigualdad de género.
• Se entenderá que una empresa promueve los liderazgos de mujeres dentro de la estructura organizacional, cuando sea acorde al artículo 4, numeral 15, del reglamento de la ley 19.886.
• Se entenderá que una empresa impulsa la participación de grupos subrepresentados cuando incluye políticas y prácticas para la inclusión y contratación significativa de personas que enfrentan barreras estructurales y desventajas en su acceso, permanencia y desarrollo en el mercado laboral.
El criterio se calculará a partir de los siguientes factores de inclusión. Completar Anexo N° 3:
Factores de inclusión Materias y contenidos Medio de verificación
Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios
Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias. *** 1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses**; y
2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.
Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país debidamente legalizados en Chile.
Trabajadores en
situación de
discapacidad (Sólo para empresas con menos de 100
trabajadores, empresas mayores deben cumplir con el requisito legal del 1%).
Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no
discriminatorias.***
1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses**;
2. Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad.
Mujeres trabajadoras**** 1- Quien oferta es una persona natural de género femenino.
2- Quien oferta es una empresa liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer.
3- Quien oferta demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.
4- Quien oferta considera al menos una mujer como integrante del equipo de trabajo permanente para el proyecto.
Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:
1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).
2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes.
3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa (debe incluir todas las faenas o todos los certificados por faenas del RUT).
4. Debe indicarse expresamente en la oferta técnica al momento de presentar el equipo de trabajo, singularizando a la integrante mujer.
**Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.
***Se entenderá cumplido el requisito si quien oferte al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.
**** Para el factor de inclusión mujeres trabajadoras podrá cumplirse con una o más materias, pero sólo se otorgará puntaje por factor específico.
Asignación de puntaje:
Subcriterio Factores Puntaje
Política de Inclusión Laboral y/o de género Cuenta con dos o más factores de inclusión laboral y/o de género. 100
Cuenta con un factor de inclusión laboral y/o de género. 70
No cuenta con factores de inclusión laboral y/o de género. 0
c. Programa de integridad (2%)
Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajan para el/a proveedor/a y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad.
Lo anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de contratación pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad en el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su propuesta.
Con ese fin, el oferente debe presentar junto con su oferta, lo siguiente:
1. Acompañar, con su oferta, el programa de integridad, de contar con él (artículo 17 Reglamento);
2. Acompañar los antecedentes que den cuenta de que éste es conocido y aplicado por su personal (artículo 17 Reglamento).
Se asignará puntaje a quienes oferten y cuenten con un programa de integridad que pueda acreditarse que se encuentre difundido en su empresa y con sus colaboradores.
Cálculo del puntaje:
Cuenta con programa de integridad 100 puntos No cuenta con programa de integridad 0 puntos.
En caso de tratarse de personas naturales que participen del proceso, recibirán el puntaje íntegro para este criterio.
En caso de ofertar en UTP todos sus integrantes deben contar con “Programa de Integridad” en los términos descritos en el presente criterio de evaluación, a fin de obtener el máximo puntaje.
Cumplimiento de Requisitos formales (3%)
Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de la oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.
Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:
1) Presentación de Administrativos y Anexos técnicos según formatos.
2) Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.
3) Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.
4)
La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación de quien oferta, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.
Cumplimiento de Requisitos Formales (5%) Puntaje
Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases. 100
Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicional a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica.
50
Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.
50
No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y/o no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta.
0
9.1 Puntaje Mínimo de Adjudicación:
Se adjudicará la licitación a quien obtenga el mayor puntaje ponderado a los criterios de evaluación, no obstante, dicho puntaje ponderado debe ser igual o superior al 65%.
En caso de que ningún proponte alcance dicha puntuación ponderada la licitación será declarada desierta, en los términos previstos en el numeral 14 de las presentes bases.
9.2 Mecanismo para dirimir empates:
En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Oferta Técnica”.
2. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Oferta económica”.
3. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Experiencia de quien oferte”.
4. De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio del criterio “inclusión laboral y/o género”.
5. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Programa de Integridad”.
6. De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el subcriterio de “Cumplimiento de requisitos formales”.
7. En caso de mantenerse el empate, se resolverá por la fecha y hora de ingreso de la oferta en el Sistema de Compras.
Que, el análisis del resultado señalado en el cuadro precedente para cada oferente y para cada criterio de evaluación, es presentado de la siguiente forma:
11. Que, realizada la evaluación de las ofertas en competencia y aplicados los criterios antes mencionados, la Comisión Evaluadora obtuvo el siguiente resultado:
12. Que, el análisis del resultado para cada criterio de evaluación aplicado es el siguiente:
1.- Oferta Económica: 35%
Se evaluaron las ofertas en función del menor valor neto mensual ofertado, conforme a lo establecido en las bases de licitación y según lo informado en el Anexo N°1.
En este contexto, la empresa COMERCIALIZADORA TRINIMAR SpA obtiene el puntaje máximo de 100 puntos, al presentar la oferta de menor monto, ascendente a $689.500 (valor neto mensual), lo que equivale a un puntaje ponderado de 35%.
Por su parte, la empresa EDGARDO HONORATO obtiene un puntaje de 80 puntos, al presentar la segunda oferta de menor monto, correspondiente a $705.882 (valor neto mensual), alcanzando un puntaje ponderado de 28%.
Lo anterior se asigna de acuerdo con la escala definida en las bases, que establece 100 puntos para la oferta de menor monto, 80 puntos para la segunda, 60 puntos para la tercera y 50 puntos para las siguientes.
2.- Propuesta Técnica (30%):
2.1 Subcriterio Experiencia del proveedor (20%):
Revisada la información de ambos proveedores se evaluó la experiencia de los oferentes en servicios de aseo y mantención de edificios, conforme a la información declarada en el Anexo N°4 y los medios de verificación exigidos en las bases de licitación.
Analizados los antecedentes presentados por ambos oferentes, se constata que cada uno acredita 7 o más experiencias en servicios de naturaleza similar a la licitada, correspondientes a contratos de aseo y mantención de edificios, dentro del período requerido.
Asimismo, ambos oferentes adjuntan documentación válida para acreditar dicha experiencia, consistente en órdenes de compra en estado “aceptada” y/o con “recepción conforme”, en las cuales se identifica expresamente el tipo de servicio prestado, dando cumplimiento a lo exigido en las bases.
En virtud de lo anterior, ambos oferentes obtienen el puntaje máximo de 100 puntos en este subcriterio, lo que equivale a un puntaje ponderado de 20%.
2.2 Subcriterio Servicios adicionales (10%):
En el subcriterio “Servicios adicionales”, con una ponderación del 10%, se evaluaron las prestaciones adicionales ofertadas sin costo, conforme a lo declarado en el Anexo N° 5.
Revisada la oferta de la empresa COMERCIALIZADORA TRINIMAR SpA, ésta declara la incorporación de tres servicios adicionales atingentes a la naturaleza de la licitación, consistentes en: servicio de reciclaje de papel y cartón con certificación de disposición en punto autorizado, servicio de sanitización de baños y servicio de lavado de vehículos. En virtud de lo anterior, obtiene el puntaje máximo de 100 puntos, equivalente a un puntaje ponderado de 10%, por declarar tres o más servicios adicionales relevantes.
Por su parte, el oferente EDGARDO ANDRÉS HONORATO VALDÉS declara en el Anexo N° 5 la incorporación de tres servicios adicionales atingentes, correspondientes a: reciclaje de papel y cartón con certificado de entrega en punto de reciclaje, servicio de sanitización de baños y servicio de desincrustación de sarro en lavamanos y WC. En consecuencia, obtiene igualmente el puntaje máximo de 100 puntos, equivalente a un puntaje ponderado de 10%, conforme a la escala establecida en las bases.
Cabe hacer presente que, respecto de los servicios de sanitización y otros que involucren el uso de productos químicos, éstos deberán ser certificados y/o normados por la Autoridad Sanitaria competente, conforme a la normativa vigente.
3. Criterio Condiciones de Empleo y Remuneraciones (20%):
En el presente subcriterio se evaluó el cumplimiento de las condiciones de empleo y remuneraciones, conforme a la información declarada en el Anexo N° 2 y los antecedentes de respaldo exigidos en las bases de licitación.
La empresa COMERCIALIZADORA TRINIMAR SpA presenta la Declaración Jurada correspondiente y antecedentes que permiten acreditar el cumplimiento de las siguientes materias: nivel de remuneraciones sobre el sueldo mínimo, reajuste de remuneraciones y duración de los contratos, indicando que al menos el 70% de su personal cuenta con contratos indefinidos. No obstante, no acredita la existencia de convenios con Cajas de Compensación ni una política de capacitación para su personal. En consecuencia, obtiene 60 puntos, equivalente a un puntaje ponderado de 12%, por acreditar tres de las materias evaluadas.
Por su parte, el oferente EDGARDO ANDRÉS HONORATO VALDÉS presenta la Declaración Jurada correspondiente y antecedentes que permiten acreditar el cumplimiento de las siguientes materias: nivel de remuneraciones sobre el sueldo mínimo, reajuste de remuneraciones, duración de contratos indefinidos y convenio con Caja de Compensación. Sin perjuicio de lo anterior, no acredita la existencia de una política de capacitación para quienes prestan los servicios. En consecuencia, obtiene 80 puntos, equivalente a un puntaje ponderado de 16%, por acreditar cuatro de las materias evaluadas.
4. Criterio Inclusión laboral y/o género (10%):
En el presente criterio se evaluaron las políticas y prácticas de inclusión laboral y/o de género, conforme a lo declarado en el Anexo N° 3 y los medios de verificación exigidos en las bases de licitación.
La empresa COMERCIALIZADORA TRINIMAR SPA: Declara como factores de inclusión el reconocimiento como Empresa Mujer, acreditado mediante registro de proveedores (Sello Empresa Mujer), junto con antecedentes de su constitución social y certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1). En virtud de lo anterior, acredita un factor de inclusión, obteniendo 70 puntos, equivalente a un puntaje ponderado de 7%, conforme a la escala establecida en las bases.
Por su parte, EDGARDO ANDRÉS HONORATO VALDÉS declara la implementación de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad, acreditadas mediante contrato de trabajo indefinido del trabajador/a y su inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad. Asimismo, acredita un segundo factor de inclusión correspondiente a mujeres trabajadoras, respaldado mediante certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1) y antecedentes contenidos en su propuesta técnica. En consecuencia, acredita dos factores de inclusión, obteniendo el puntaje máximo de 100 puntos, equivalente a un puntaje ponderado de 10%.
5. Programa De Integridad (2%)
En el presente criterio se evaluó la existencia y difusión de un programa de integridad, conforme a lo exigido en las bases de licitación.
La empresa COMERCIALIZADORA TRINIMAR SPA presenta un programa de integridad, junto con antecedentes que acreditan su difusión interna, consistente en copia de correo electrónico dirigido a sus trabajadores, mediante el cual se informa su contenido y aplicación. En consecuencia, obtiene el puntaje máximo de 100 puntos, equivalente a un puntaje ponderado de 2%.
Por su parte, EDGARDO ANDRÉS HONORATO VALDÉS presenta un programa de integridad, acreditando igualmente su difusión entre sus trabajadores. En virtud de lo anterior, obtiene el puntaje máximo de 100 puntos, equivalente a un puntaje ponderado de 2%.
6. Cumplimiento de requisitos formales:
En el presente criterio se evaluó la correcta presentación de los antecedentes administrativos y técnicos, conforme a lo exigido en las bases de licitación.
Revisados los antecedentes, se constata que ambos oferentes, COMERCIALIZADORA TRINIMAR SPA y EDGARDO ANDRÉS HONORATO VALDÉS, cumplen íntegramente con los
requisitos formales establecidos, no registrándose errores, omisiones ni la necesidad de solicitar aclaraciones durante el proceso de evaluación.
En consecuencia, la Comisión Evaluadora determina otorgar a ambos oferentes el puntaje máximo de 100 puntos, equivalente a un puntaje ponderado de 3%.
De acuerdo con el resultado de la evaluación, ambos oferentes obtienen igual puntaje final ponderado, configurándose un empate en la calificación final.
En virtud de lo anterior, corresponde aplicar lo dispuesto en el numeral 9.5 “Mecanismo para dirimir empates” de la Resolución Exenta N°12 de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura Región del Maule, que aprueba las bases de licitación.
Conforme a dicho numeral, el primer criterio de desempate corresponde al mayor puntaje ponderado en el criterio “Oferta Técnica”. No obstante, dado que ambos oferentes presentan igual puntaje en dicho criterio, se procede a aplicar el segundo mecanismo de desempate.
En este sentido, el numeral 9.5 establece que el empate se resolverá a favor del oferente que obtenga el mayor puntaje ponderado en el criterio “Oferta Económica”. Al respecto, la empresa COMERCIALIZADORA TRINIMAR SPA presenta una oferta económica ascendente a
$16.548.000, mientras que la empresa PEOPLE SERVICES presenta una oferta por $16.941.168.
En consecuencia, al ser la oferta de menor monto, se dirime el empate a favor de COMERCIALIZADORA TRINIMAR SPA, por resultar económicamente más conveniente para los intereses del servicio.
Por lo antes expuesto, esta Comisión Evaluadora recomienda al Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Región del Maule declarar inadmisibles las ofertas presentadas por las empresas PEOPLE SERVICES SPA y BARAHONA SAN CRISTÓBAL SPA, por no dar
cumplimiento a los requisitos de admisibilidad establecidos en las bases de licitación, conforme a lo verificado en el proceso de evaluación; y, asimismo, recomienda adjudicar la presente licitación pública a la empresa COMERCIALIZADORA TRINIMAR SPA, RUT 76.855.949-K, por un monto total de $19.692.120 (diecinueve millones seiscientos noventa y dos mil ciento veinte pesos), IVA incluido, correspondiente a la totalidad del contrato a suscribir por un período de 24 meses, por cuanto su oferta cumple con los requisitos técnicos, administrativos y económicos establecidos en las bases de licitación, resultando además la más conveniente para los intereses del servicio.
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