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Que, por Resolución Exenta Nº 1200-098 de fecha 26 de octubre de 2022, se autorizó el llamado a Licitación Pública y se aprobaron las Bases Administrativas y Técnicas para la contratación de “Cambio de Luminarias en Unidades Judiciales de Panguipulli, Rio Negro e Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia.
2. De acuerdo a lo indicado en punto 24 de Bases Administrativas, la Corporación se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente, a uno o más oferentes: La adjudicación de la oferta o de las ofertas se efectuará bajo la modalidad de adjudicación múltiple, por cada unidad judicial a intervenir y se resolverá dentro del plazo estimado que establece el cronograma de esta licitación
3. Que, por Resolución Exenta 1200-106 de fecha 17 de noviembre de 2022, se adjudicó la contratación del Servicio de Cambio de Luminarias en Unidades Judiciales de Panguipulli, Rio Negro e Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia, según el siguiente detalle:
Edificio
Empresa
Monto
Juzgado de Letras de Panguipulli
Constructora Pilolkura Ltda
$4.504.674
Juzgado de Letras de Rio Negro
Constructora El Cipres Ltda
$9.251.060
Iltma Corte de Apelaciones de Valdivia
Constructora El Cipres Ltda
$20.701.835
4. Que, con fecha 22 de noviembre de 2022, se adjudicó esta licitación en el Sistema de Compras y Contrataciones del Sector Público, con el número de identificación ID N°2180-151-SE22
5. Que, con fecha 28 de noviembre de 2022, la empresa Constructora Pilolkura Ltda, a través de un correo electrónico, declina realizar el trabajo asignado en el Juzgado de Letras de Panguipulli, argumentando que no le es conveniente económicamente, dado que esperaban adjudicarse la totalidad de los trabajos.
6. Que, a raíz de esto, es factible aplicar lo indicado en punto 27 de las Bases Administrativas: Si la orden de compra fuera rechazada o no fuera aceptada transcurrido 24 hrs., contadas desde la solicitud de rechazo, la Corporación podrá readjudicar la presente licitación a la segunda oferta mejor evaluada o declarará desierto el proceso de acuerdo a los intereses institucionales.
7. Que, a causa de que el proveedor Constructora Pilolkura Ltda con fecha 28 de noviembre de 2022 rechazó la Orden de Compra 2180-151-SE22 y lo que establece el numeral 27 de las bases administrativas según el punto anterior, se requiere adjudicar el servicio al siguiente proveedor mejor calificado.
8. Que, la Comisión evaluadora, a través de acta y planilla de evaluación de fecha de 16 de noviembre de 2022, determinó el siguiente cuadro de ofertas para dicho Tribunal, siendo la empresa Constructora El Cipres Ltda la segunda mejor oferta.
9. Que, dada las condiciones en que se encuentran las luminarias del Juzgado de Letras de Panguipulli, existe la imperiosa necesidad de llevar a cabo los trabajos en el más breve plazo.
10. Que, habiéndose realizado una licitación previa a la actual, la cual fue declarada desierta, dado que los valores ofertados no eran convenientes a los intereses de la Corporación, la oferta de Constructora El Ciprés Ltda., en esta licitación es un 25% más baja respecto de dicha oferta, el valor unitario por luminaria ofertada es más bajo que el promedio de las ofertas recibidas en la primera licitación, y que los costos ofertados estarían dentro de rangos de mercado.
11. Que, no existe tiempo para llevar a cabo otro proceso licitatorio, y que ésto no asegura que las ofertas que se pudiesen recibir sean menores a las ofertadas.
12. Que, se cuenta con los recursos para ejecutar los trabajos indicados en la licitación 2180-38-LE22, necesarios para el adecuado funcionamiento del Juzgado de Letras de Panguipulli.
13. Que, es necesario ejecutar los servicios indicados en la licitación, por lo cual se debe adjudicar a la segunda mejor oferta
14. Que, la decisión de la Corporación de dejar sin efecto el proceso, es por un decisión del proveedor adjudicado, quien declina realizar los trabajos argumentando que no le es conveniente económicamente.
15. Que, no existe otra forma de extinción de la Resolución Exenta N°1200-106 de fecha 17 de noviembre de 2022.
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Déjese, según lo establece el punto 27 de las bases administrativas, sin efecto la adjudicación Cambio de Luminarias en Unidades Judiciales de Panguipulli, Rio Negro e Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia, en lo referente al Juzgado de Letras de Panguipulli, realizada mediante Resolución Exenta N°1200-106 de fecha 17 de noviembre de 2022, al proveedor Constructora Pilolkura Ltda , Rut 76.881.237-3, debido a que la empresa rechazo la orden de compra 2180-151-SE22 de Mercadopublico.
2. Readjudíquese esta licitación en lo referente al Juzgado de Letras de Panguipulli al proveedor CONSTRUCTORA EL CIPRES LTDA, Rut Nº 77.212.323-K, con domicilio en Velero Hermann 64, Valdivia, Región de Los Rios, para la prestación del Servicio de Cambio de Luminarias en Unidades Judiciales, edificio Juzgado de Letras de Panguipulli.
3. El valor total del contrato es de $10.273.568 (diez millones doscientos setenta y tres mil quinientos sesenta y ocho pesos) IVA incluido, y un plazo de 3 días, que se pagarán de acuerdo a lo establecido en el numeral 31 de las Bases Administrativas, contra factura y previa recepción conforme por parte del Departamento de Mantenimiento de la Zonal Valdivia.
4. Publíquese la presente resolución, en el Sistema de Compras y Contrataciones del Sector Público a través de la página web www.mercadopublico.cl.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y REGÍSTRESE
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