|
Las facultades conferidas por el D.F.L. Nº 1 de 2005, del
Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. 2.763 de 1979 y de las Leyes Nº
18.933 y Nº 18.469; DFL Nº 1/19.653 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; La Ley N° 19.880 de Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; La Ley
Nº19.653 sobre Probidad Administrativa; El Decreto Nº38 de 2005, sobre Reglamento Orgánico de los
Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Salud de Autogestión en Red; la
Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento,
aprobado por Decreto Nº 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda; la Resolución N°36 de 2024, de la Contraloría
General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; el Decreto con Fuerza de
Ley N° 36 de 1980 del Ministerio de Salud, que regula convenios celebrados con terceros y relativos a la ejecución
de las acciones de salud que le son propias; el Decreto Exento Nº 607, de 2 de octubre de 2013, del Ministerio de
Salud, que crea el Hospital Dra. Eloísa Diaz I. de La Florida; la Resolución exenta Nº926 del Ministerio de Salud,
de fecha 27 de diciembre de 2022, que otorga la calidad de establecimiento de autogestión en red al Hospital
Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza de La Florida; la Resolución Exenta RA 449/88/2025, del Servicio de Salud
Metropolitano Sur Oriente, que nombra como Director del Hospital La Florida a don Enrique Alejandro Ayarza
Ramírez; la Resolución TRE 449/16/2025 del SSMSO de fecha 26 de Agosto de 2025 , que nombra en cargo de
alta dirección Pública en el cargo de Subdirectora Administrativa del Hospital Clínico Eloísa Díaz de la Florida a
doña Ana María Fuentes Carbonetto; la Resolución Exenta N°1246, de fecha 02 de octubre de 2023, que Actualiza
Organigrama del Hospital Clínico Metropolitano Dra. Eloísa DíazInsunza de La Florida; la Resolución Exenta N°536,
de fecha 18 de abril de 2023, que establece nombres de jefaturas y respectivas subrogancias de todos los niveles
jerárquicos de la estructura organizacional vigente del Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza de la Florida; la
Resolución Exenta N°1512, de fecha 30 de noviembre de 2023, que Actualiza Subrogancias de la Dirección del
Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza de La Florida; la Resolución Exenta N°114 de fecha 25 de enero de 2024,
que modifica la estructura organizacional de todo el Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza de La Florida; la
Resolución Exenta N°885, de fecha 15 de julio de 2024, que actualiza estructura organizacional de todo el Hospital
Clínico Dra. Eloísa DíazInsunza; la Resolución Exenta N°542, de fecha 23 de abril de 2025, que Actualiza Estructura
Organizacional Del Hospital Clínico Dra. Eloísa Diaz Insunza De La Florida; la Resolución Exenta N°1002, de fecha
12 de agosto de 2024, que actualiza nómina de jefaturas y respectivas subrogancias, según la estructura vigente
del Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza; Resolución Exenta N°866 del 16 de Junio de 2025 que actualiza
estructura organizacional del Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza; la Resolución Exenta N°1028, de fecha 14
de agosto de 2024, que ratifica y actualiza Subrogancias de la Dirección, Subdirección Administrativa y Unidad de
Personal del Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza de la Florida; la Resolución Exenta N°286 de fecha 21 de
febrero de 2025, que actualiza el orden de subrogancias de la Dirección del Hospital Clínico Metropolitano Dra.
Eloísa DiazInsunza de La Florida; la Resolución Exenta N°696, de fecha 19 de mayo de 2025, que actualiza nómina
de jefaturas y respectivas subrogancias; la Resolución Exenta N°1262 de fecha 03 de septiembre de 2025, que
actualiza la nómina de jefaturas y subrogancias de acuerdo a la estructura vigente del HLF; lo dispuesto en la
Resolución Afecta Nº35, de fecha 30 de mayo de 2025, que aprobó las bases de la licitación para la adquisición
de SERVICIO DE DESPACHO DE MEDICAMENTOS A DOMICILIO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA ID 812261-44-
LR25; lo propuesto por la Comisión Evaluadora en el Acta de Evaluación, de fecha 05 de septiembre de 2025.
|
|
Que, con fecha 23 de junio del 2025, se publicó en el Sistema de Información de la Dirección de Compras
Públicas la Resolución Afecta Nº35, de fecha 30 de mayo de 2025, aprobatoria de las Bases de Licitación
Pública para la adquisición SERVICIO DE DESPACHO DE MEDICAMENTOS A DOMICILIO PARA EL HOSPITAL
LA FLORIDA ID 812261-44-LR25, desarrollándose el proceso de acuerdo a las etapas y plazos publicados en
la ficha de la licitación.
MCC/ASA/DAC/JNA/AFC/EAR/NVF
RESOLUCIÓN EXENTA N°: 1417 26/09/2025
MATERIA: ADJUDICA LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE DESPACHO DE
MEDICAMENTOS
A DOMICILIO PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA ID 812261-44-LR25
2
2. Que, entre el 23 de junio y el 15 de julio del 2025, se desarrolló la etapa de preguntas y respuestas,
presentándose las siguientes solicitudes de aclaración:
N° PREGUNTA RESPUESTA
1 se acepta la subcontratación? Estimado proveedor: Como se señala en punto 10.11 de Bases
Administrativas, "Queda prohibida la subcontratación de los
bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución y siempre y cuando: a) No se trate de
servicios especiales, y se haya contratado en vista de la capacidad
o idoneidad del contratista. b) Si la subcontratación no excede el
treinta por ciento del monto total del contrato. c) No afecte al
subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de
Proveedores. d) El subcontratista no se encuentra en alguna de las
incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a
que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras. Sin
perjuicio de lo anterior, la responsabilidad y la obligación de
cumplimiento de la totalidad de lo contratado permanecerá en el
contratista adjudicado. Los oferentes, para efectos de la
subcontratación parcial, deberán indicar al momento de contratar
la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe
y el nombre o razón social del subcontratista. El subcontratista,
deberá ser un proveedor hábil inscrito en el registro del artículo
16 y acreditar el cumplimiento de los requisitos que el reglamento
o las bases de licitación establezcan. Tanto el contratista como el
subcontratista deberán dar cumplimiento íntegro de las
obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores
incluyendo la obligación de adoptar las medidas necesarias para
proteger eficazmente la vida y la salud de todos los trabajadores
que laboren en su obra, empresa o faena, cualquiera sea su
dependencia. El contratista principal deberá notificar por escrito
al órgano contratante de cualquier modificación en las
prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su
identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios.
En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el
contratista principal deberá acreditar que éste cumple con los
requisitos señalados en el inciso anterior."
2 cual es el ID de la licitación que esta
realizando el servicio?
Las consultas deben tener relación con las Bases de
licitación del proceso, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.2
del título “Disposiciones generales” de las Bases Administrativas.
3 se puede postular con leasing
operacional?
Estimado Proveedor, la utilización de Leasing Operacional no es
excluyente para postular.
4 cual es la cantidad de despachos
diarios,semanales, mensuales
Estimado proveedor: Como se señala en bases técnicas punto 2.1
"De las prestaciones": La demanda mensual es de 15.000
dispensaciones.
5 donde se encuentran los domicilios,
solo comuna de la florida
Estimado proveedor: Como se señala en bases técnicas punto 2.1
"De las prestaciones", la dispensación de medicamentos a
domicilio se hará solo a beneficiarios cuya dirección de despacho
sea la comuna de la Florida.
6 cual es el horario de retiro y entrega Estimado proveedor: Como se señala en bases técnicas punto 7
"De los horarios", la entrega de medicamentos al paciente será
entre las 09:00 y 18:00.
7 cual es el peso minimo, y cual es el
maximo
Estimado proveedor, el peso mínimo y máximo no está
establecido en las presentes bases de licitación.
8 se puede retirar los despachos con un
solo vehiculo el dia anterior, hacer
rutas en bodega y salir al otro dia con
diferentes vehiculos por ruta
Estimado proveedor: Solo podrá dejar medicamentos en bodega
si este lugar cumple según lo indicado en bases técnicas punto 4
"Del despacho de medicamentos": Los despachos que no fueron
entregados, en caso de no tener contacto deben ser programados
para una segunda entrega al día siguiente y dejar en lugar de
almacenamiento según norma Técnica N°147 del Ministerio de
Salud, según la característica del medicamento en lugar
autorizado por autorización sanitaria.
3
9 exsite documentacion a entregar en el
domicilio y despues retornarr al
hospital
Estimo proveedor: Para ello debe usar métodos de recepción
conforme según software, como se indica en bases técnicas punto
"De las obligaciones y responsabilidades del adjudicatario": La
empresa que se adjudique la ejecución del servicio requerido en
la presente licitación debe proporcionar un Software para Gestión
de Despachos, trazabilidad completa y seguimiento de los
despachos, es deseable su integración al sistema de dispensación
de Farmacia.
10 La entrega es en domicilio o a la
personal ,se considera un segundo
intento
Estimado proveedor: la entrega es a domicilio a paciente o tutor
legal, como señalan bases técnicas punto 4 "Del despacho de
medicamentos".
11 Hay medicamentos refrigerados o con
cadena de frio
Estimado proveedor: Sí, se considera despacho de medicamentos
refrigerados, según lo señalado en bases técnicas punto 3.1
"Etapas del servicio" Etapa N°3: La Empresa debe garantizar el
almacenamiento según norma técnica Nº 147 del Ministerio de
Salud de Chile, durante todo el proceso logístico garantizando su
exposición a la luz solar, variaciones de temperatura y humedad,
además los fármacos refrigerados deberán ser trasladados en
Cooler para asegurar su almacenamiento entre 2-8 °C y según
punto 4 "Del despacho de medicamentos": Los empaques de
medicamentos preparados serán entregados al proveedor en una
bolsa cerrada por etiqueta consignando Nombre y RUT del
paciente, en caso que el paquete contenga medicamentos
refrigerados, estos además de ser etiquetados tendrá un distintivo
rojo (manteniéndose dentro de un refrigerador hasta entrega a
empresa externa). La empresa para el ejercicio de las funciones
contratadas, deberá obligatoriamente cumplir con: I. Una caja que
permita aislar la temperatura de ambiente (máximo 25°C). II. Un
cooler para almacenamiento y transporte en cadena de frio (2-
8°C). III. En caso de no presentar algunos de estos insumos, los
medicamentos no podrán ser retirados, derivando a un
incumplimiento de la entrega, que puede conllevar a una multa si
no se resuelve dentro del día. Los medicamentos refrigerados a
entregar deben programarse para la entrega a primera hora con
el fin de mantener condiciones óptimas del medicamento y así
evitar su merma.
12 El hospital asegura un espacio físico
para realizar la etapa 2, del flujo de
bases técnicas, durante todo ese día ?
Estimado proveedor, sí, tal como señalan las bases técnicas, Etapa
N°2 Retiro de fármacos: Encargado de despacho a domicilio del
Hospital la Florida, debe hacer la entrega de los fármacos al
adjudicatario el día previo a la fecha programada para la entrega
de medicamentos al paciente. Proveedor debe recibir los
medicamentos revisando con correspondiente listado los
paquetes entregados por el personal del HLF y custodiando su
almacenamiento. Se debe definir con el proveedor el sistema de
registro de este cumplimiento.
13 La información de entrega, ya sea
exitosa o causas de no exitosa, se
requiere en línea y en tiempo real?
sí, la empresa que se adjudique la ejecución del servicio requerido
en la presente licitación debe proporcionar un Software para
Gestión de Despachos, trazabilidad completa y seguimiento de los
despachos, es deseable su integración al sistema de dispensación
de Farmacia.
14 La firma de conformidad del paciente o
la fotografía que se exige, ¿Cuánto
tiempo se debe guardar? Considerando
los volúmenes de datos.
Estimado proveedor, la conformidad del paciente debe
permanecer en el sistema.
15 En punto 10.2 sobre reajustabilidad de
los precios durante los 2 años de
vigencia, se contradice, dice que si
aplica cada 12 meses y al final dice que
no aplica. Favor aclarar para estimar el
precio real para los próximos 24 meses.
Estimado proveedor: Debido a un error involuntario, se señala en
bases de licitación que el precio adjudicado no se reajustará
durante la vigencia del contrato, lo cual es incorrecto, pues tal
como señala el mismo punto de bases, "El precio del servicio se
podrá reajustar cada 12 meses contados desde la total tramitación
de la resolución que aprueba el contrato, según la variación del
Índice de Precios al Consumidor (IPC) determinado por el Instituto
Nacional de Estadística o el Órgano que lo reemplace. Para estos
efectos, se tomará como “índice base” el correspondiente al mes
4
de la resolución aprobatoria del contrato, y como “índice del
mes”, el correspondiente al mes en que se verifica el
cumplimiento del plazo de 12 meses. El reajuste de precios puede
ser solicitado por el proveedor, solo una vez transcurrido el plazo
señalado en párrafo anterior de 12 meses, para lo cual deberá
enviar una carta dirigida al Jefe Superior de Servicio, hasta los 15
días hábiles anteriores al vencimiento de ese doceavo mes, o, en
su defecto, hasta los 15 días hábiles anteriores al término del mes
que lo solicite, si esta solicitud la realiza posterior a los 12 meses.
El reajuste se hará efectivo, solo al mes siguiente de la recepción
conforme de la solicitud del proveedor. Si la solicitud es realizada
con posterioridad al doceavo mes, este reajuste se concederá de
acuerdo a las reglas anteriores, desde el mes siguiente sin derecho
a retroactividad. Determinado el correspondiente reajuste, las
partes deberán suscribir un anexo de contrato dentro de los
treinta días posteriores al cumplimiento de la anualidad."
16 BA, punto 6, carpeta técnica. Es
necesario individualizar funcionarios y
vehículos en esta etapa del proceso
Estimado proveedor: Como se señala en bases técnicas punto 6.1:
El proveedor deberá presentar en su oferta, específicamente en
Anexo N°03: “Listado del personal en prestación de servicio”, la
nómina del personal que prestará el servicio de Despacho de
Medicamentos a Domicilio para Pacientes del Hospital la Florida.
17 BT, punto 2.1. Cuantas despachos
diarios se efectúan, considerando una
demanda mensual estimada de 15.000
dispensaciones
Estimado proveedor, se estiman aproximadamente 680
despachos.
18 BT, punto 4. Cuantas rutas se utilizan
para repartir los medicamentos
Estimado proveedor: la cantidad de rutas y su planificación es a
discreción del proveedor, siempre asegurando que se complete la
totalidad de despachos programados.
19 BT, punto 4, página 40. Cómo sabrá el
proveedor quién es el tutor legal del
paciente
Estimado proveedor: en relación al responsable de la recepción en
caso de no poder estar disponible el paciente, debe entregar sus
datos y firmar conforme la recepción, en el entendido que el
domicilio es el correcto.
20 BT, punto 5.B., Otorga puntaje
adicional la participación con vehículos
eléctricos ??
Estimado proveedor, no está considerado entregar puntaje
adicional por este concepto.
21 BT, punto 9.1., Existirá personal del
proveedor en dependencias del
Hospital ??
Sí, según lo señalado en bases técnicas punto 5 "De las
prestaciones del servicio": La empresa de despacho deberá
disponer de un encargado de contrato tanto de operación como
gestión de manera tal que sea el interlocutor con el Químico
Farmacéutico encargado de Farmacia domicilio para resolución de
casos, devoluciones, registros y resolución de dificultades que se
presenten.
3. Que, con fecha 23 de julio de 2025, y una vez finalizada la etapa de preguntas y respuestas del proceso
licitatorio, se verificó el cierre de las ofertas, recibiéndose 5 propuestas en el portal:
4. Que, conforme a las condiciones de uso del portal Mercado Público y lo señalado en las bases, numeral 8.2.1.-
Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl, se contempla
5
la posibilidad de solicitar a los proveedores mediante foro inverso, aclarar el contenido de sus ofertas o
presentar antecedentes omitidos, con el objeto de tener mayores antecedentes antes de aceptar o rechazar
su oferta operativamente en la plataforma. Que en este proceso no se solicitaron aclaraciones de las ofertas
presentadas en etapa de apertura.
5. Que, con fecha 23 de julio de 2025, se procedió a realizar la apertura de las ofertas de este proceso:
a) Acta de Apertura electrónica (en Mercado Público).
b) Detalle de la Apertura.
ÍTEM DESCRIPCION INSUMO/
SERVICIO
PROVEEDOR ACEPTADA/
RECHAZADA
CAUSAL
1
SERVICIO DE DESPACHO DE
MEDICAMENTOS A
DOMICILIO
FASTCARE SPA ACEPTADA N/A
PENTACROM SPA ACEPTADA N/A
SALUD DIGITAL SB S.A. ACEPTADA N/A
TRANSPORTES JACK Y ROSE SPA ACEPTADA N/A
TRANSPORTES CLAUDIO
ALEJANDRO MELO PARRA EIRL
(TRANSPORTES SAETAS)
ACEPTADA N/A
6. Que, en este proceso se establecieron los siguientes criterios de evaluación:
CRITERIOS PONDERACIÓN FACTORES PONDERACIÓN PUNTAJE
MÁXIMO
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS
FORMALES
1% 100
PROGRAMAS DE INTEGRIDAD
CON APLICACIÓN DE CÓDIGO DE
ÉTICA PARA PROVEEDORES DEL
ESTADO
1% 100
CRITERIO TÉCNICO 36%
EXPERIENCIA DEL PERSONAL EN
PRESTACIÓN DE SERVICIO 40%
100
CAPACITACIONES DEL PERSONAL
EN PRESTACIÓN DE SERVICIO 20%
EXPERIENCIA DEL OFERENTE 20%
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL ANTERIOR
20%
CONDICIONES DE EMPLEO Y
REMUNERACIÓN 2% 100
OFERTA ECONÓMICA 60% 100
6
7. Que, las bases, en el numeral 8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de
www.mercadopublico.cl, contemplaban la posibilidad de solicitar a los proveedores mediante foro inverso,
aclarar el contenido de sus ofertas o presentar antecedentes omitidos o aclaraciones de las propuestas, con
el objeto de tener mayores antecedentes para la evaluación de las ofertas. Que en este proceso no se
solicitaron aclaraciones a las ofertas presentadas en etapa de evaluación de ofertas.
8. Que, con fecha 04 de septiembre de 2025, se concluye etapa de evaluación de los antecedentes de las ofertas
de este proceso, con los siguientes resultados:
ÍTEM 1: SERVICIO DESPACHO MEDICAMENTOS A DOMICILIO
9. Que, de acuerdo con lo señalado en el numeral anterior, y conforme a las bases, la evaluación final económica
en este proceso arroja el siguiente resultado:
ÍTEM DESCRIPCIÓN OFERENTE VALOR POR
PRESTACIÓN
DEMANDA
24 MESES
VALOR
TOTAL A
ADJUDICAR
EN PESOS
VALOR
TOTAL A
ADJUDICAR
EN UTM
GASTO
ESTIMADO
EN BASES EN
UTM
%
DIFERENCIA
1
SERVICIO DE
DESPACHO DE
MEDICAMENTOS
A DOMICILIO
FASTCARE
SPA $2.495 360.000 $898.200.000 12.968 14.480 -10%
10. Que, de acuerdo a la evaluación realizada en conformidad con las bases del proceso, y lo dispuesto en la Ley
Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y el Decreto
N°661 delaño 2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la citada ley, la Comisión
Evaluadora propone a esta Dirección del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Doctora Eloísa Díaz,
declarar inadmisibles las siguientes ofertas para los siguientes ítems y por las causales que a continuación
se señalan:
ÍTEM DESCRIPCION PROVEEDOR CAUSAL
1
SERVICIO DE DESPACHO
DE MEDICAMENTOS A
DOMICILIO
PENTACROM S.A.
Proveedor no logra acreditar
requisitos técnicos obligatorios:
Presenta anexo N°3 en blanco
60% 1% 1% 2% 100%
EXPERIENCIA DEL PERSONAL
EN PRESTACIÓN DE SERVICIO
40%
CAPACITACIONES DEL
PERSONAL EN PRESTACIÓN DE
SERVICIO 20%
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
20%
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
20%
Acredita que al menos 50%
del personal en prestación
de servicio posee
Experiencia como
despachador en
instituciones de Salud
Pública y/o Privadas.
Acredita al menos 50% del
personal en prestación de
servicio posee curso de
capacitación en Atención de
Cliente y/o Paciente y curso
de capacitación en Trato al
Usuario.
1973-4704-SE24: OC no
corresponde al mismo
rubro del servicio licitado
812261-4294-SE25: si
cumple
4561517407: factura no
corresopnde al mismo
rubro del servicio licitado
1057503-2850-SE23: OC es
de emisión anterior a los
últimos 24 meses desde el
cierre de ofertas
El sistema de
información no
registra sanciones
por incumplimientos
al oferente dentro de
los 24 meses
anterior al cierre de
ofertas
4 0 2 0 2 2 0
6 0 1 1 1,6
PENTACROM
S.A.
SALUD
DIGITAL SB
S.A.
JACK Y ROSE
SPA
TRANSPORTE
S CLAUDIO
ALEJANDRO
MELO
Proveedor no logra acreditar requisitos técnicos obligatorios:
Presenta anexo N°3 en blanco
Presenta anexo N°4 en blanco
Proveedor no cumple requisitos técnicos obligatorios:
La antigüedad de los siguientes vehículos sobrepasa los 5 años desde la apertura de ofertas:
HLJ073, FKP094, FFLV70, FZCZ85 Y KPL099
Proveedor no logra acreditar requisitos técnicos obligatorios:
Presenta anexo N°3 en blanco
Proveedor no cumple requisitos técnicos obligatorios:
La antigüedad de los siguientes vehículos sobrepasa los 5 años desde la apertura de ofertas:
LHVK25
36%
29,5
TOTAL
FASTCARE SPA
$2.495
Presenta oferta con
todos los documentos,
requisitos
administrativos,
técnicos, económica y
anexos solicitados en
tiempo y forma
Declara aplicar programa
de integridad con código
de ética para
proveedores en sus
contrataciones con el
Estado
93,1
PROVEEDOR
OFERTA
ECONÓMICA
CUMPLIMIENTO REQUISITOS
FORMALES
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
CON APLICACIÓN DE CÓDIGO
DE ÉTICA PARA
PROVEEDORES
CONDICIONES DE EMPLEO Y
REMUNERACIÓN
CRITERIO TÉCNICO
Declara cumplir con las
siguientes condiciones de
empleo y remuneración:
Políticas de capacitación
contínua 20 pts
Seguro salud 10 pts
Bono escolaridad 10 pts
Bono fiestas patrias 10 pts
Bono navidad 10 pts
Políticas de reajustabilidad
de remuneraciones 10 pts
Contratación personas adulto
mayor 10 pts
7
Presenta anexo N°4 en blanco
SALUD DIGITAL SB S.A.
Proveedor no cumple requisitos
técnicos obligatorios:
La antigüedad de los siguientes
vehículos sobrepasa los 5 años
desde la apertura de ofertas:
HLJ073, FKP094, FFLV70, FZCZ85 Y
KPL099
JACK Y ROSE SPA
Proveedor no logra acreditar
requisitos técnicos obligatorios:
Presenta anexo N°3 en blanco
TRANSPORTES CLAUDIO
ALEJANDRO MELO
(TRANSPORTES SAETAS)
Proveedor no cumple requisitos
técnicos obligatorios:
La antigüedad de los siguientes
vehículos sobrepasa los 5 años
desde la apertura de ofertas:
LHVK25
11.Que, de acuerdo a la evaluación realizada en conformidad con las bases del proceso, y lo dispuesto en la Ley
Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y el Decreto N°
661 del año 2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la citada ley, la Comisión
Evaluadora propone a esta Dirección del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Doctora Eloísa Díaz
adjudicar la licitación pública para la adquisición de SERVICIO DE DESPACHO DE MEDICAMENTOS A
DOMICILIO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA, ID 812261-44-LR25, a la siguiente oferta el ítem que a
continuación se señala y por el monto que allí se indica:
ITEM N°1: Se propone adjudicar al proveedor FASTCARE SPA, RUT: 76.316.089-0, el monto total de
$898.200.000.- (Ochocientos noventa y ocho millones doscientos mil pesos) exento IVA.
12.Que, se deja constancia que este proceso se adjudica en su fecha de adjudicación original, conforme a lo
señalado en el numeral 5.4 de sus bases “Cronograma de la Licitación” y lo informado oportunamente en
Mercado Público. / Que, se deja constancia que este proceso debió modificar su fecha de adjudicación
original, conforme a lo señalado en el numeral 9.2 de sus bases y lo dispuesto en el inciso 2do del artículo
58 del Decreto 661, Reglamento de Compras Públicas, en las fechas y por las razones informadas
oportunamente en Mercado Público, como se transcribe a continuación:
13.Que, esta adquisición cuenta con el respaldo presupuestario, según Certificado de Disponibilidad
Presupuestaria N° 6518, emitido por el Departamento de Finanzas del Hospital Clínico Metropolitano La
Florida Doctora Eloísa Díaz, de fecha 08 de septiembre de 2025, por lo que en uso de las facultades que me
son propias, dicto lo siguiente:
|