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El Decreto Ley N° 1.762 de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones; el Decreto Ley N° 1.028, de 1975, sobre atribuciones de los Subsecretarios de Estado; la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Ley N° 20.125 de 2018, sobre Presupuesto del Sector Público para el año 2019, del Ministerio de Hacienda; la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento aprobado por D.S. N° 250, de 2004 y sus modificaciones, del Ministerio de Hacienda; el Decreto Supremo N° 66, de 2018, que designa Subsecretario de Telecomunicaciones; el Decreto Exento N°0018, de 11 de diciembre de 2018, que designa subrogancia de la Sra. Subsecretaria de Telecomunicaciones; la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución Nº 8, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Determina los Montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a Controles de Reemplazo cuando corresponda; y
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a) Que, mediante Resolución Exenta Nº 2133, de 16 de octubre de 2019, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se llamó a Licitación Pública y se aprobaron las Bases Administrativas y Técnicas, para contratar la actividad denominada, “Servicio de vigilancia y seguridad para las dependencias de la Subsecretaría de Telecomunicaciones”, proceso licitatorio publicado en el portal www.mercadopublico.cl, con fecha 18 de octubre de 2019, bajo el ID N°: 606-13-LP19.
b) Que, según da cuenta el Acta de Apertura Electrónica, de fecha 06 de noviembre de 2019, emitida por el Sistema de Información, ofertaron cinco proveedores, cuales son: High Security y Compañía Limitada, RUT N° 76.015.836-4; Master Security System Limitada, RUT N° 76.241.920-3; Soc. Profesionales de la Seguridad Limitada, RUT N° 79.840.520-9; Protect Security Chile SPA, RUT N° 76.844.691-1; Sociedad de Servicios Transbe SPA, RUT N° 76.116.640-9.
c) Que, conforme a la propuesta realizada por la Comisión Evaluadora de Ofertas en el Acta de Evaluación, de fecha 13 de noviembre de 2019, se dictó la Resolución Exenta N°2350, de 18 de noviembre de 2019, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que adjudicó la licitación pública antes individualizada al proponente Master Security System Limitada, RUT N° 76.240.920-3;
d) Que, de acuerdo a lo consignado en el capítulo VIII, N°5, letras a), b) c) y d), el adjudicatario debía, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la publicación del acto de adjudicación en el Sistema de Información, acompañar en forma electrónica o mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, entre otros, los siguientes documentos:
a) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del Artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo. Se exceptúa sin embargo de esta obligación, el adjudicatario cuya información relativa a saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones se encuentre disponible en el portal www.chileproveedores.cl.
b) Copia simple del certificado de aprobación del curso exigido de acuerdo a normas dictadas por la Autoridad Fiscalizadora, obtenido por cada uno de los guardias que estarán en el equipo que será destinado a trabajar en las dependencias de las Subsecretarías, y fotocopia de la credencial de guardia de seguridad de cada uno de ellos, ambos documentos otorgados por el OS-10 de Carabineros de Chile.
c) Certificado de Antecedentes Personales para asuntos especiales del personal que será destinado a la prestación del servicio, cuya vigencia no podrá ser superior a 60 días.
d) Copias de los contratos de trabajo y de los currículum de cada uno de los integrantes del equipo que será destinado a la prestación del servicio para acreditar lo consignado en la declaración jurada simple acompañada en su oferta técnica, según lo solicitado en el Capítulo I, literal c), de las Bases Técnicas, respecto al tipo de contrato y a la remuneración bruta de cada trabajador destinado a la prestación de los servicios licitados. Los curriculum de las personas que prestarán servicio en las Subsecretarías deberán ajustarse a los perfiles definidos en el Anexo N° 7 de las presentes Bases de licitación.
e) Que, el mismo artículo de las Bases de Licitación, indica que en caso que el adjudicatario no entregue los documentos señalados en el considerando precedente dentro de los plazos consignados en el mismo, se le tendrá como desistido de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta, sin perjuicio que la Subsecretaría, en forma simultánea adjudique al segundo proveedor con mayor puntaje o declare desierta la licitación.
f) Que, la publicación de la Resolución Exenta N° 2350, de 18 de noviembre de 2019, mediante la cual se resolvió el proceso de licitación en comento, se efectúo el día 19 de noviembre de 2019, por lo que el pazo de 10 días hábiles para acompañar la documentación referida vencía el día 04 de diciembre de 2019. En relación a lo anterior cabe señalar, que la referida documentación no fue acompañada oportunamente.
g) Que, en virtud de lo anterior, el adjudicatario no dio cumplimiento a los requisitos para contratar establecidos en las Bases de Licitación, capítulo VIII, N°5, por lo que de conformidad a lo señalado en estas y atendido que según consta en el Acta de Evaluación referida, hubo otro oferente que dio estricto cumplimiento a las Bases de Licitación, y cuya oferta resulta conveniente a los intereses de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, corresponde dejar sin efecto la adjudicación realizada al proveedor Master Security System Limitada, RUT N° 76.241.920-3 y readjudicar la licitación denominada: “Servicio de vigilancia y seguridad para las dependencias de la Subsecretaría de Telecomunicaciones”, ID N 606-13- LP19, al segundo proveedor evaluado, siendo este: Hight Security y Cia. Limitada; RUT:76.015.836-4.
h) Que, de acuerdo a lo establecido en el capítulo VII, de las Bases Administrativas, la oferta del segundo proveedor se encuentra vigente hasta el 30 de diciembre de la presente anualidad.
i) Que, el proponente Hight Security y Cia. Limitada, ha aceptado que se le readjudique la licitación de la especie.
j) Que, se han cumplido las formalidades exigidas por la Ley y el Reglamento, y se cuenta con el presupuesto para la realización de las actividades objeto de la licitación.
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1° Téngase por desistido de su oferta al adjudicatario Master Security System Limitada, RUT N° 76.240.920-3, por cuanto no acompañó la documentación requerida para contratar, no dando de esta manera cumplimiento a lo dispuesto en el capítulo VIII, N°5, letras a); b); c) y d), de las Bases Administrativas.
2° Readjudíquese la licitación pública denominada, “Servicio de vigilancia y seguridad para las dependencias de la Subsecretaría de Telecomunicaciones”, ID Nº 606-13-LP19, al proveedor, Hight Security y Cia. Limitada, atendido que su oferta obtuvo el segundo puntaje en los criterios de evaluación y resulta conveniente a los intereses de la Subsecretaría.
El readjudicado deberá acompañar la documentación requerida en las Bases de Licitación en el plazo dispuesto para ello en el capítulo VIII de las Bases Administrativas, el que se contará a partir de la notificación de la presente Resolución Exenta.
3° Publíquese en el Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl, el presente acto administrativo.
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