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1. Que, mediante la Resolución SOP [Exenta] Electrónica Nº 317, de fecha 20 de febrero del 2026, se aprobaron las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Formularios, Anexo y Modelo de Contrato Ad-Referéndum de la Licitación Pública para contratar el servicio de Agencia de Viajes para la Adquisición de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales para la Subsecretaría de Obras Públicas (SOP).
2. Que, posteriormente, el 23 de febrero de 2026, se realizó la Publicación en el Portal Mercado Público, según ID 1020-17-LP26.
3. Que, mediante Resolución SOP [Exenta] Electrónica N°401 del 06 de marzo de 2026, fueron aprobadas las Respuestas a Preguntas sobre las Bases Administrativas la Licitación en comento.
4. Que, por Resolución SOP [Exenta] Electrónica N°402 del 06 de marzo de 2026, se designó la Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas.
5. Que, mediante la Apertura Electrónica de las ofertas, efectuada en el Portal Mercado Público el 26 de marzo de 2026, presentaron sus propuestas los siguientes proveedores:
RAZÓN SOCIAL RUT
i. ATN VIAJES S.A. 89.347.400-5
ii. BLANCO VIAJES SPA 80.116.100-6
iii. AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO NATALIA DE LOURDES BRA 76.397.135-K
iv. INVERSIONES Y SERVICIOS CORDERO SPA 76.882.864-4
v. JOKER SERVICIOS SPA 76.938.028-0
vi. SERVITECH CHILE SPA 77.151.258-5
vii. TRAVEL SECURITY S.A. 85.633.900-9
viii. TURISMO I T A TOUR LIMITADA 79.698.790-1
ix. TURISMO KAYLU SPA 79.871.330-2
6. Que, la Jefa de la Subdivisión de Abastecimiento de la Subsecretaría de Obras Públicas (SOP), mediante Memorándum Electrónico N° 25 del 27 de marzo de 2026, envió a la Comisión de Evaluación respectiva, todos los antecedentes de la licitación y las ofertas presentadas, para su evaluación pertinente.
7. Que, a través de correo electrónico del 22 de marzo de 2026, se envía a la Subdivisión de Abastecimiento de la SOP, el Informe de Evaluación correspondiente, emitido con fecha 21 de abril de 2026 por la Comisión Evaluadora, el cual, forma parte integrante del presente acto administrativo y que al respecto señala en lo que interesa, lo siguiente:
a) FACTORES DE EVALUACIÓN
De acuerdo al numeral 6.3 de las Bases Administrativas:
- Evaluación Factor Técnico : 50 puntos
- Evaluación Factores Adicionales : 10 puntos
- Evaluación Factor Económico : 40 puntos
a.1) Evaluación Factor Técnico
FACTOR A: Experiencia del oferente en el rubro y del Equipo de Trabajo propuesto (máximo 50 puntos)
En este factor se considerarán los siguientes Sub Factores:
Sub Factor Puntaje máximo
A-1 Experiencia del oferente en el rubro 20 puntos
A-2 Cantidad de contratos vigentes 15 puntos
A-3 Experiencia en el rubro del Equipo de Trabajo propuesto 15 puntos
Puntaje del Factor A = Sumatoria de puntajes obtenidos en Sub Factores A.1, A.2 y A.3 anteriores.
a.2) Evaluación Factores Adicionales
Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a los siguientes factores y sus respectivos puntajes máximos:
Factores Puntaje Máximo
A. Cumplimiento de los Requisitos Formales de Presentación de la Oferta. 4 puntos
B. Desarrollo Inclusivo: Equidad de Género. 4 puntos
C. Programa de Integridad y Ética Empresarial 2 puntos
D. Comportamiento contractual anterior (*)
TOTAL 10 puntos
(*) Factor D., solo descuenta puntaje, en la forma señalada en el punto 6.4 de las Bases Administrativas.
El puntaje de la Evaluación de los Factores Adicionales se obtendrá de la sumatoria de los puntajes obtenidos en los Factores A., B. y C. anteriores.
a.3) Evaluación Factor Económico
En la evaluación económica se considerará el factor Precio, que tendrá un puntaje máximo total de 40 puntos.
PRECIO: máximo 40 puntos.
Al PRECIO FEE TOTAL con IVA incluido ofertado mediante el Formulario N° 1 (Total columna 4), se le aplicará la relación que a continuación se indica, para asignar el puntaje correspondiente:
I = _P mín. x I máx._
P2
Donde:
I : Puntaje a asignar a la oferta económica analizada
P mín. : MENOR Precio Fee Total con IVA incluido Ofertado
P2 : Precio Fee Total con IVA incluido de la oferta en análisis
I máx. : Puntaje máximo correspondiente a este Factor, esto es, 40 puntos
a.4) Calificación final de la oferta
La calificación final del proceso de evaluación de cada oferta, será el resultado de aplicar la siguiente relación:
Puntaje Final = Puntaje Factor Técnico + Puntaje Factores
Adicionales + Puntaje Factor Económico = Puntaje Total − Puntaje Factor Comportamiento contractual anterior
b) RESULTADO DE LA EVALUACIÓN
b.1) Puntaje Factores Técnicos
FACTORES Puntaje Máximo BLANCO VIAJES SPA TURISMO KAYLU SPA
Puntaje Puntaje
A-1 Experiencia del oferente en el rubro 20 15 5
A-2 Cantidad de contratos vigentes 15 2 2
A-3 Experiencia en el rubro del Equipo de Trabajo propuesto 15 6 0
Total 50 23
7
b.2) Puntaje Factores Adicionales
FACTORES Puntaje Máximo BLANCO VIAJES SPA TURISMO KAYLU SPA
Puntaje Puntaje
A. Cumplimiento de los Requisitos Formales de Presentación de la Oferta. 4 4 0
B. Desarrollo Inclusivo 4 0 4
C. Programa de Integridad y Ética Empresarial 2 2 0
D. Comportamiento contractual anterior (*) (*) 0 0
Total 10 6
4
(*) Factor D. solo descuenta puntaje.
b.3) Puntaje Factor Económico
FACTORES Puntaje Máximo BLANCO VIAJES SPA TURISMO KAYLU SPA
Puntaje Puntaje
Precio 40 40 29,06
Total 40 40
29,06
b.4) Puntaje Final
Razón Social RUT Puntaje evaluación técnica Puntaje Factores Adicionales Puntaje evaluación económica Puntaje Factor Comportamiento contractual anterior Puntaje final
BLANCO VIAJES SPA 80.116.100-6 23 6 40 0 69
TURISMO KAYLU SPA 79.871.330-2 7 4 29,06 0 40,06
c) CONCLUSIÓN DE LA COMISIÓN EVALUADORA
La Comisión Evaluadora propone:
c.1) Declarar inadmisibles las ofertas presentadas por los siguientes proveedores, de acuerdo al detalle indicado en el cuadro del numeral 4.1 del Informe, por cuanto no cumplen con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Administrativas y Bases Técnicas que rigen el presente proceso licitatorio, conforme a lo señalado en el artículo N°54, inciso 1° del D.S. del Ministerio de Hacienda N°661/2024, y según lo previsto en el punto 6.2, letra b., N°7 de las Bases Administrativas:
N° Razón Social RUT Justificación
1 ATN VIAJES S.A. 89.347.400-5 No presenta el Anexo N°1 del Formulario N°2 y el Formulario N°3 del Ejecutivo Suplente, dando incumplimiento al punto 4.2 de las Bases Administrativas, y a las letras b. y c., del punto 3.1 de las Bases Técnicas.
2 AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO NATALIA DE LOURDES BRA 76.397.135-K No presenta el Formulario N°3 del Ejecutivo Suplente, dando incumplimiento al punto 4.2 de las Bases Administrativas, y a la letra b., del punto 3.1 de las Bases Técnicas.
3 INVERSIONES Y SERVICIOS CORDERO SPA 76.882.864-4 No presenta el Formulario N°1, el Anexo N°1 del Formulario N°2 y el Formulario N°3 del Ejecutivo Suplente, dando incumplimiento al punto 4.2 de las Bases Administrativas, y a las letras b. y c., del punto 3.1 de las Bases Técnicas.
4 JOKER SERVICIOS SPA 76.938.028-0 No presenta el Formulario N°3 del Ejecutivo Suplente, dando incumplimiento al punto 4.2 de las Bases Administrativas, y a la letra b., del punto 3.1 de las Bases Técnicas.
5 SERVITECH CHILE SPA 77.151.258-5 No presenta el Formulario N°1 en pesos chilenos, dando incumplimiento a la letra a del punto 5.1.1. de las Bases Administrativas. No ofertar un ejecutivo suplente y no presentar el Formulario N°3 del Ejecutivo Titular, dando incumplimiento al punto 4.2 de las Bases Administrativas, y a las letras a., b. y c., del punto 3.1 de las Bases Técnicas.
6 TRAVEL SECURITY S.A. 85.633.900-9 No presenta el Anexo N°1 del Formulario N°2 y el Formulario N°3 del Ejecutivo Suplente, dando incumplimiento al punto 4.2 de las Bases Administrativas, y a las letras b. y c., del punto 3.1 de las Bases Técnicas.
7 TURISMO I T A TOUR LIMITADA 79.698.790-1 No presenta el Anexo N°1 del Formulario N°2 y el Formulario N°3 del Ejecutivo Suplente, dando incumplimiento al punto 4.2 de las Bases Administrativas, y a las letras b. y c., del punto 3.1 de las Bases Técnicas.
c.2) De acuerdo al resultado indicado en el cuadro del numeral 6.1 del Informe, la Comisión propone adjudicar, salvo mejor parecer de la autoridad competente, la oferta presentada por la empresa BLANCO VIAJES SPA, RUT 80.116.100-6, por el monto declarado en el Formulario N°1 de su oferta económica, por cuanto cumple con todos los requisitos mínimos exigidos en las Bases Administrativas y Bases Técnicas de la Licitación, obteniendo un puntaje final de 69 puntos, conforme a los criterios de evaluación establecidos en las respectivas Bases Administrativas.
8. Que, a su vez en lo que respecta a la declaración de inadmisibilidad de las propuestas de los oferentes: ATN VIAJES S.A., AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO NATALIA DE LOURDES BRA, INVERSIONES Y SERVICIOS CORDERO SPA, JOKER SERVICIOS SPA, SERVITECH CHILE SPA, TRAVEL SECURITY S.A., y TURISMO I T A TOUR LIMITADA, encuentra respaldo aquella circunstancia establecida en el numeral 6.2 “Procedimiento de Evaluación”, letra b., numeral 7 de las Bases Administrativas, que señala lo siguiente:
“Las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las BA y BT, conforme a lo señalado en el artículo 54, inciso 1º del Reglamento, sin perjuicio de la facultad de la SOP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56, numeral 1 del Reglamento.”
9. Que, por otro lado, respecto a la propuesta de adjudicación del proveedor BLANCO VIAJES SPA, RUT 80.116.100-6, cabe señalar que este último se encuentra hábil para contratar con las entidades que conforman la Administración del Estado, según consta en Certificado de Habilidad del Registro de Proveedores, emitido mediante el Portal Mercado Publico el 28 de abril de 2026.
10. Que, el plazo para efectuar la referida adjudicación, es de hasta 60 días corridos, a contar de la fecha de Apertura Electrónica, conforme a lo señalado en el punto 1.4, letra h. de las Bases Administrativas de la Licitación.
11. Que, la Jefa (S) de la Subdivisión de Planificación y Gestión Financiera de la Subsecretaría de Obras Públicas, mediante Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 16, emitido el 27 de enero de 2026, y modificado posteriormente con fecha 18 de febrero de 2026, establece el financiamiento para contratar el servicio de Agencia de Viajes para la Adquisición de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales para la SOP.
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1. DECLÁRENSE INADMISIBLES las ofertas de los proveedores: ATN VIAJES S.A., RUT 89.347.400-5; AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO NATALIA DE LOURDES BRA, RUT 76.397.135-K; INVERSIONES Y SERVICIOS CORDERO SPA, RUT 76.882.864-4; JOKER SERVICIOS SPA, RUT 76.938.028-0; SERVITECH CHILE SPA, RUT 77.151.258-5; TRAVEL SECURITY S.A., RUT 85.633.900-9; y TURISMO I T A TOUR LIMITADA, RUT 79.698.790-1; presentadas en la Licitación Pública para contratar el servicio de Agencia de Viajes para la Adquisición de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales para la Subsecretaría de Obras Públicas (SOP), ID 1020-17-LP26, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto administrativo y de conformidad a los artículos 9º de la Ley 19.886 y 59 de su Reglamento.
2. ACÉPTASE Y ADJUDÍQUESE la oferta presentada por el proveedor BLANCO VIAJES SPA, RUT 80.116.100-6, en la Licitación Pública para contratar el servicio de Agencia de Viajes para la Adquisición de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales para la Subsecretaría de Obras Públicas (SOP), ID 1020-17-LP26, conforme al siguiente detalle:
Descripción del servicio Precio Fee NETO
$ IVA
$ Precio Fee Total con IVA INCLUIDO
$
(1) (2) (3) (4)
1. Fee por adquisición pasaje nacional o internacional 15.500 2.945 18.445
2. Fee por canje de pasaje 7.750 1.473 9.223
3. Fee por remisión de pasaje 0 0 0
4. Fee por devolución de pasaje emitido 0 0 0
TOTAL 23.250
4.418
27.668
3. DÉJESE ESTABLECIDO, que el proveedor BLANCO VIAJES SPA, RUT 80.116.100-6, tendrá plazo hasta la fecha de suscripción del Contrato señalado en el punto 4. siguiente, para entregar una GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, de acuerdo a lo establecido en el numeral 9. de las Bases Administrativas, con las siguientes características específicas:
TIPO DE DOCUMENTO
Cualquier instrumento financiero que asegure el cobro de manera rápida y efectiva (Por ejemplo: boleta de garantía, vale vista, etc.).
VIGENCIA
MINIMA Desde la fecha de inicio de vigencia del Contrato, señalada en el punto 10.2 de las Bases Administrativas y hasta la fecha de su término, más 120 días corridos. Si existen modificaciones de plazos, esta garantía se deberá adecuar a los nuevos plazos.
GLOSA “Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato por Servicio de Agencia de Viajes para la Adquisición de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales para la SOP, ID 1020-17-LP26 y/o de las obligaciones laborales y sociales del Adjudicatario”.
En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente adjudicado deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
MONTO Y MONEDA
El 5% del Precio Total de la contratación expresado en pesos chilenos o su equivalente en UF * a la fecha de su presentación.
PLAZO DE ENTREGA
Hasta la fecha de suscripción del Contrato.
OPORTUNIDAD DE SU RESTITUCION
Dentro de los 30 días corridos siguientes a su vencimiento y una vez que sea verificado el fiel cumplimiento del Contrato.
FORMA DE ENTREGA
En la Subdivisión de Abastecimiento de la SOP, ubicada en Morandé N° 71, piso 10°, of. 1012, Santiago Centro, en caso de entregarse en forma física.
En caso de otorgarse electrónicamente, el documento de garantía deberá suscribirse mediante firma electrónica avanzada, ajustándose a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Se recomienda que la copia escaneada del documento de garantía sea remitida al correo electrónico: berta.escobar@mop.gov.cl
* Si aplica, según el tipo de documento presentado
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje señalado.
Asimismo, esta garantía debe asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, conforme lo exige el artículo 11 de la Ley Nº 19.886.
a. En el caso que se modifique el Contrato, contemplando la prórroga del mismo, de acuerdo a lo señalado en el punto 10.3, letra a., numeral 1, punto i. de las Bases Administrativas, se deberá ampliar la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, por el mismo plazo que se extienda el Contrato, más 120 días corridos.
4. SUSCRÍBASE un Contrato, según Modelo de las Bases Administrativas, con el proveedor BLANCO VIAJES SPA, RUT 80.116.100-6, en el plazo máximo de 10 días corridos, desde la notificación de la presente Resolución.
5. EL GASTO TOTAL ESTIMADO que generará la presente adjudicación, asciende a un monto de $ 139.000.000.- (Ciento treinta y nueve millones de pesos), IVA incluido, cuya imputación presupuestaria se realizará mediante el acto administrativo que apruebe el Contrato a suscribir.
6. COMUNÍQUESE la presente Resolución a: la División de Administración y Secretaría General, las Subdivisiones de: Abastecimiento; Planificación y Gestión Financiera, a la Encargada del Área de Gestión Financiera; todas pertenecientes a la Subsecretaría de Obras Públicas. Esta comunicación, la efectuará Oficina de Partes mediante correo electrónico a las respectivas jefaturas y Secretarías de las Unidades.
7. PUBLÍQUESE Y NOTIFÍQUESE la presente Resolución mediante el Portal Mercado Público.
ANÓTESE.
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