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1º Que, la Corporación de Asistencia Judicial R.M. es un servicio público descentralizado y sin fines de lucro, cuya misión es proporcionar orientación y asesoría jurídica a todas las personas que así lo requieran y patrocinar judicialmente de manera profesional y gratuita a quienes no cuente con los recursos económicos para hacerlo. Asimismo, se proporcionan los medios para que los egresados y licenciados en Ciencias Jurídicas y Sociales puedan realizar su práctica profesional, para optar al título profesional de Abogado.
2º Que, en este contexto, la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana, cuenta en la actualidad con diversos centros de atención destinados precisamente al cumplimiento de los fines institucionales.
3° Que, por su parte el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, tiene por objeto Contribuir al desarrollo del país a través de la modernización del sistema de justicia, promoviendo normas y políticas públicas orientadas a facilitar el acceso y la protección de los derechos de las personas, la reinserción social y la seguridad ciudadana, todo ello en un marco de respeto a los derechos humanos.
4° Que, en este orden de ideas, el año 2019 se cumplieron 29 años desde que Chile ratificó la Convención Internacional Sobre los Derechos del Niño y asumió como Estado, la necesidad de adoptar las medidas administrativas, legislativas y de otra
índole, que fueran necesarias para dar efectividad a los derechos reconocidos por dicho acuerdo internacional.
5° Que, la referida Convención Internacional, supera la concepción tutelar que se tenía anteriormente de los Niños, Niñas y Adolescentes, reconociéndolos como legítimos titulares de los derechos y libertades que son reconocidos a toda persona y estableciendo la protección preferente de su desarrollo integral, concibiéndolos como personas capaces de gozar y ejercer sus derechos por sí mismos, en concordancia con la evolución de sus facultades.
6° Que, en el marco de los avances en materia legislativa y administrativa para la adopción de medidas orientadas al cumplimiento de la citada convención, el gobierno se ha propuesto avanzar progresivamente en la creación de las condiciones políticas, normativas e institucionales necesarias para la aplicación integral de la convención.
7° Que, como resultado de lo anterior, el gobierno ha formulado la “Política Nacional de la Niñez y Adolescencia 2015-2025”, orientada a la generación de un sistema integral de garantías de derechos de la niñez y de la adolescencia, incluyendo tanto iniciativas legales que buscan el reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho con autonomía progresiva y titularidad de derechos para actuar, garantizando el derecho general a la asistencia jurídica, distanciándose de la figura del curador ad litem.
8° Que, en este sentido, durante los últimos años ha adquirido especial relevancia la especial situación de vulnerabilidad en que se encuentran los Niños, Niñas y adolescentes ingresados como resultado de una orden judicial a una residencia del Servicio Nacional de Menores.
9° Que, en este contexto, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través de la Subsecretaria de Justicia, busca impulsar medidas concretas orientadas al ejercicio material de los derechos de los Niños, Niñas y adolescentes, a través de un diseño de representación jurídica efectiva de un abogado, tanto en el ámbito de los Tribunales de familia como en el ámbito penal, cuando corresponda, permitiendo levantar estándares para la implementación de una prestación especializada en esta línea.
10° Que, en el marco de la materialización de los objetivos señalados en el considerando precedente, el Ministerio de Justicia, busca desarrollar una intervención que mejore la situación futura de los Niños, Niñas y Adolescentes, que se encuentran en régimen de internación, como consecuencia de la implementación de una representación jurídica, cuyo énfasis sea el reconocimiento de las dimensiones básicas de sus garantías, tales como su integridad personal, libertad y vínculos familiares, promoviendo el retorno de estos a una vida en familia.
11° Que, con tal objeto, la Subsecretaría de Justicia, tomó la decisión de suscribir con cada una de las Corporaciones de Asistencia Judicial del país, convenios con la finalidad de transferirles recursos, para que ejecuten una adecuada prestación de servicios de representación jurídica de Niños, Niñas y Adolescentes en régimen de internación del Servicio Nacional de Menores, ante los tribunales de familia, tribunales con competencia en lo penal y tribunales superiores de justicia, según corresponda mediante equipos especializados.
12° Que, con este objeto, la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, ha suscrito diversos convenios a partir del año 2017, con la finalidad de
lograr la implementación del Programa de Representación Judicial de Niños Niñas y Adolescentes, también denominado “Programa Mi Abogado”.
13º Que, mediante Oficio Nº 3294 de fecha 23 de junio de 2021 el Subsecretario de Justicia procedió a informar a la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana que, 01 de octubre de 2021, entró en vigencia la ley Nº21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, comúnmente denominado "Servicio Mejor Niñez". Esta nueva institucionalidad -supervigilada por el Presidente de la República a través del Ministerio de Desarrollo Social y Familia- asumió el trabajo que desarrollaba el Servicio Nacional de Menores en materias de protección de derechos y de adopción, incorporando mejoras sustanciales en la comprensión y ejecución de la protección especializada a la niñez y adolescencia, teniendo como principal propósito la ejecución de las políticas de niñez y adolescencia para promover el desarrollo integral de todos las niños, niñas y adolescentes (NNA).
14º Que, el citado cuerpo legal dispone en el Servicio Mejor Niñez una serie de atribuciones y competencias relacionadas con el diseño, ejecución y control de los programas de protección, prevención, reparación de derechos en favor de los niños, niñas y adolescentes, sin establecer la facultad de representación y asistencia jurídica como propias del Servicio. De esta manera, conforme lo dispuesto en el artículo Nº 2, letra n) del D.F.L. N°3 de 2017, ley orgánica de esta Cartera de Estado, corresponde al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el ejercicio y resguardo de dicho derecho; cuya ejecución, en virtud de las leyes N°17.995 y 18.632, recae en las Corporaciones de Asistencia Judicial, y en especial, en su línea de acción especializada en la materia, el Programa Mi Abogado. En este orden de ideas, se ha dispuesto que, a contar de la entrada en vigencia de la ley N°21.302, serán las Corporaciones de Asistencia Judicial, a través del referido Programa, quienes asumirán la representación jurídica de los NNA que ejecutaba el Servicio Nacional de Menores, a través de los Programas de Representación Jurídica (PRJ)al no poder ser traspasados éstos a la nueva institucionalidad, por no contar ésta con las competencias legales para ella.
15º Que, conforme lo expuesto, se buscó incorporar a los NNA que hoy se encuentran representados por los PRJ a un modelo de representación jurídica independiente, especializada e interdisciplinaria, que asignará a cada uno de ellos una tripleta compuesta por la Unidad Técnica de esta Subsecretaria. El Programa Mi Abogado cuenta con una alta valoración en el sistema proteccional, con presencia nacional y de intervención directa tanto en materias judiciales como extrajudiciales, constituyéndose ciertamente como una posibilidad de evitar que los casos de espectro ambulatorio se transformen en causas de cuidados alternativos, previniendo la institucionalización de los NNA.
16° Que, en el mismo sentido y a mayor abundamiento, y con el fin de que los funcionarios desarrollen, complementen, perfeccionen o actualicen los conocimientos y destrezas necesarios para el eficiente desempeño de sus empleos o aptitudes, con el fin de permitirles mejores oportunidades y condiciones de trabajo; la Corporación realiza actividades de capacitación las cuales se desarrollarán acorde a lo establecido en el Decreto N°9 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que Aprueba Convenio de Colaboración y Transferencia para la ejecución del programa de representación jurídica de niños, niñas y adolescentes, denominado “Mi Abogado”, celebrado entre la Subsecretaría de Justicia y la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, de fecha 30 de diciembre de 2022.
17° Como consecuencia de las actividades enunciadas precedentemente, resulta del todo necesario la adquisición de curso de Capacitación en “Litigación en materia Procesal Penal en delitos cometidos contra niños, niñas y adolescentes (N.N.A)”, para el mejoramiento de la prestación de servicio de representación jurídica de NNA, modalidad e-learning y presencial, para funcionarios del Programa Mi Abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de las Regiones Metropolitana, O´Higgins, Maule y de Magallanes y la Antártica Chilena).
18° Que, la entrega del curso de Capacitación en “Litigación en materia Procesal Penal en delitos cometidos contra niños, niñas y adolescentes (N.N.A)”, para el mejoramiento de la prestación de servicio de representación jurídica de NNA” de la Corporación de Asistencia Judicial R.M, no se encuentra disponible en el catálogo Convenio Marco bajo los requerimientos mínimos de adquisición que necesita esta Corporación.
19° Que, la Corporación de Asistencia Judicial R.M. necesita el curso cerrado de “Litigación en materia Procesal Penal en delitos cometidos contra niños, niñas y adolescentes (N.N.A)” para un total estimado de 75 funcionarios en las Región Metropolitana, 38 funcionarios en la región del Maule, 11 funcionarios de la Región de O´Higgins y 7 funcionarios de Magallanes y Antártica Chilena, comprendiendo un total de 131 funcionarios.
20° Que, en conformidad a lo indicado por el Departamento de Finanzas de la Corporación, a través del Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°192 de 2023, existen los fondos necesarios para proceder a la contratación;
21º Que, mediante Resolución Exenta Nº2886 de 2023 se aprobó las Bases Administrativas y Técnicas de la Licitación ID 1477-8-LE23 para la Adquisición de Capacitación en “Litigación en materia Procesal Penal en delitos cometidos contra niños, niñas y adolescentes (N.N.A)”, para el mejoramiento de la prestación de servicio de representación jurídica de NNA, modalidad e-learning y presencial, para funcionarios del Programa Mi Abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de las Regiones Metropolitana, O´Higgins, Maule y de Magallanes y la Antártica Chilena).
22º Que, el referido proceso concursal fue declarado desierto debido a que no fueron recibidas ofertas admisibles mediante Resolución Exenta Nº3848 de 2023.
23° Que, de esta forma y en conformidad a lo previsto por el Artículo 44 y siguientes del Decreto Supremo N°250 de 2004 que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, se procedió con el llamado a licitación privada mediante Resolución Exenta N° 3247 de 2023, procediéndose a invitar a los prestadores del servicio que se individualizan a continuación:
PRESTADOR
RUT EMPRESA
N° CONTACTO
CORREO
Soc. de Capacitaciones y Desarrollo Ltda.
78.855.250-5
412483004-56982884800 Eduardo.saavedra@cadesem.cl
Fundación capacita Araucanía GA 65.183.641.7
56994583551 fundacapacitaarauca@gmail.com
Quinta Capacitación SPA
76.532.024-0
56977491451 gerencia@quintacap.cl contacto@quintacap.cl
24° Que, al proceso se presentaron 2 ofertas de los proveedores Soc. de Capacitaciones y Desarrollo Ltda. y del Fundación Capacita Araucanía GA.
25° Que, la oferta de Fundación Capacita Araucanía GA fue declarada inadmisible por no acompañar certificado de magíster de al menos un relator que dictaría el curso.
26° Que, la evaluación de los antecedentes se efectuó de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en el Título 12 de las Bases Administrativas aprobados mediante Resolución Exenta N°3247 de 2023 publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
27° Que, de acuerdo con los resultados obtenidos por los oferentes en la evaluación, y conforme con el análisis del presupuesto disponible para la adquisición del servicio licitado, la Comisión Evaluadora acordó proponer al Director General de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, adjudicar la presente licitación al oferente oferente SOC. DE CAPACITACIONES Y DESARROLLO LTDA. RUT 78.855.250-5 cuya oferta obtiene puntaje máximo y cumple con los requisitos estipulados en las Bases de Licitación, en consecuencia:
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