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1° Que, el Centro de Formación Técnica de la Región de Valparaíso (en adelante también "el CFT") es una Institución de Educación Superior Estatal cuyos fines se encuentran contemplados en el artículo 2 del D.F.L. 14 de 2017 citado en vistos, entre los que se cuentan la formación de técnicos de nivel superior, con énfasis en la calidad de la educación técnica y en mejorar su empleabilidad para que participen en el mundo del trabajo con trayectorias laborales de alta calificación y especialización, mejorando así su formación e inserción en el ámbito social y regional, además de contribuir al desarrollo social y material sostenido, sustentable y equitativo de la Región de Valparaíso, colaborando con el fomento de la competitividad y productividad de la misma y la diversificación de la matriz productiva a nivel regional, favoreciendo su industrialización y valor agregado, mediante el desarrollo espiritual y material de personas con sentido ético y solidaridad social, respetuosas del medio ambiente y de los derechos humanos.
2° Que, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, SENCE, es un organismo técnico del Estado, funcionalmente descentralizado, que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
3° Que, en conformidad al Estatuto de Capacitación y Empleo establecido en la Ley N°19.518, le corresponde promover el desarrollo de las competencias laborales de las(los) trabajadoras(es), a fin de contribuir a un adecuado nivel de empleo, mejorando su productividad y la de las empresas, así como la calidad de los procesos y productos. En materia de fomento al empleo, le corresponde fomentar el desarrollo de aptitudes y competencias en las(os) trabajadoras(es) que faciliten su acceso a empleos de mayor calidad y productividad, de acuerdo a sus aspiraciones e intereses y los requerimientos del sector productivo.
4° Que, la Ley N°20.910, dispone que corresponde a los Centros de Formación Técnica Estatales articular trayectorias formativas con otros niveles educacionales y promover la actualización permanente de su cuerpo académico, conforme lo establecido en el artículo 4 letras c) y e) de la misma ley.
5° Que, conforme a lo anterior, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo mediante Resolución Exenta N°809, de 24 de marzo de 2025 aprobó el “Instructivo para la ejecución y transferencia de recursos de cursos impartidos por los Centros de Formación Técnica Estatales creados por la Ley N°20.910, en el marco del Programa Capacitación en Oficios, línea estudios superiores”.
6° Que, mediante Resolución Exenta Rector N°286/2025, de fecha 28 de abril de 2025, se aprobó Convenio entre el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo y el Centro de Formación Técnica de la Región de Valparaíso, en cuya virtud el CFT sede Viña del Mar impartirá los cursos de Instalador/a Eléctrico/a clase D, Administración de Recursos Humanos con Inglés, Soluciones Informáticas y Desarrollo de Software, y Administración Logística con Inglés, del programa capacitación en oficios, línea Estudios Superiores 2025, para la comuna de Viña del Mar.
7° Que, mediante Resolución Exenta Rector N°287/2025, de fecha 28 de abril de 2025, se aprobó Convenio entre el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo y el Centro de Formación Técnica de la Región de Valparaíso, en cuya virtud el CFT subsede Limache impartirá los cursos de Instalador/a Eléctrico/a clase D, Administración de Recursos Humanos con Inglés, Soluciones Informáticas y Desarrollo de Software, del programa capacitación en oficios, línea Estudios Superiores 2025, para la comuna de Limache.
8° Que, mediante Resolución Exenta Rector N°288/2025, de fecha 28 de abril de 2025, se aprobó Convenio entre el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo y el Centro de Formación Técnica de la Región de Valparaíso, en cuya virtud el CFT sede San Antonio impartirá los cursos de Supervisor de Obras Civiles y Portuarias, Electrónica Básica y Energías Renovables, e Instalador/a Eléctrico/a clase D, del programa capacitación en oficios, línea Estudios Superiores 2025, para la comuna de San Antonio.
9° Que, mediante Resolución Exenta Rector N°289/2025, de fecha 28 de abril de 2025, se aprobó Convenio entre el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo y el Centro de Formación Técnica de la Región de Valparaíso, en cuya virtud el CFT sub sede Los Andes impartirá los cursos de Administración de Recursos Humanos con Inglés; y Administración Logística con Inglés; del programa capacitación en oficios, línea Estudios Superiores 2025, para la comuna de Los Andes.
10°Que, mediante Resolución exenta Rector CFT N° 611/2025, de fecha 19 de agosto de 2025, se aprobaron las bases administrativas, bases técnicas y anexos complementarios del llamado a licitación pública para “ADQUISICIÓN DE COLACIONES PARA PARTICIPANTES PROGRAMA CAPACITACIÓN EN OFICIOS, LINEA ESTUDIOS SUPERIORES 2025”, ID. 1035206-11-LP25.
11°Que, con fecha 10 de septiembre de 2025, la comisión evaluadora estudió las ofertas recibidas según los criterios señalados en las bases de licitación, indicando en las tablas siguientes los porcentajes obtenidos por cada oferente:
12°Que, de la revisión de ofertas, consta que la presentación 54 g de la galleta mini cracker indicada en las bases no se encuentra en el mercado, según se expone en el Acta de Evaluación y en los antecedentes acompañados por los oferentes.
13° Que, atendida la cláusula “54 gramos o equivalente”, y la finalidad del requerimiento, resulta razonable interpretar “equivalente” como formato vigente y actualizado del mismo producto o segmento, siempre que no se altere la esencia de la especificación ni se afecte el trato igualitario entre oferentes.
14° Que, el oferente Distribuidora Ecomark Coronel SpA ofreció el formato 50 g, indicado como reemplazo del de 54 g por el fabricante, cumpliendo la finalidad técnica y operativa; en tanto el oferente GEM SpA propuso 80 g, porción que excede el parámetro funcional de colación individual establecido en las bases, motivo por el cual su oferta fue evaluada parcialmente en dicho ítem.
15° Que, la continuidad y oportunidad en la ejecución del Programa SENCE exigen resolver en tiempo hábil, ponderando el interés público, la eficiencia del gasto y el buen servicio, máxime existiendo en el mercado un formato vigente de 50 g que satisface la finalidad del requerimiento y cuenta con respaldo objetivo de su reemplazo.
16° Que, por las razones ya esgrimidas, la comisión evaluadora propone la adjudicación de la licitación para la “ADQUISICIÓN DE COLACIONES PARA PARTICIPANTES PROGRAMA CAPACITACIÓN EN OFICIOS, LINEA ESTUDIOS SUPERIORES 2025”, ID. 1035206-11-LP25, con el proveedor DISTRIBUIDORA ECOMARK CORONEL SPA, RUT: 76.104.415-K, por el monto de $ 66.396.050.- IVA incluido, por haber obtenido el más alto puntaje de 98% en la evaluación, como consta en acta de fecha 10 de septiembre de 2025.
17° Que, el CFT cuenta con los recursos necesarios para la adquisición de ADQUISICIÓN DE COLACIONES PARA PARTICIPANTES PROGRAMA CAPACITACIÓN EN OFICIOS, LINEA ESTUDIOS SUPERIORES 2025, según consta en certificado de disponibilidad presupuestaria S-23 de 11 de agosto del 2025, emitido por el Director Económico y Administrativo del CFT.
18° Las facultades que me son propias.
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