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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, al tenor de lo indicado en el artículo 5° letras c) de la Ley Orgánica de Municipalidades, los municipios, Para el cumplimiento de sus funciones las municipalidades tendrán las siguientes atribuciones esenciales: Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público, incluido su subsuelo, existentes en la comuna, salvo que, en atención a su naturaleza o fines y de conformidad a la ley, la administración de estos últimos corresponda a otros órganos de la Administración del Estado.
3. Que, se hace absolutamente necesario contar con un servicio de limpieza y mantención de la estructura tenso membrana presente en el Estadio Francisco Sánchez Rumoroso, lo cual obedece no solo a un cuidado estético del recinto municipal, sino que también al plan de mejoramiento permanente que se realiza al interior de los recintos emblemáticos de la Municipalidad de Coquimbo.
4. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley N°19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simples suscritas por los funcionarios evaluadores de la licitación pública ID 2446-161-LE25.
5. El Decreto Exento N° 2315 de fecha 23 de mayo de 2025 que aprueba las bases técnicas y administrativas para el Servicio De Limpieza De La Tensomembrana Y Sectores En Altura E.F.S.R, mediante el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora de acuerdo al siguiente cuadro:
Nombre Rut Cargo
Liz Cuello Cortés 19.257.720-9 Apoyo Técnico Estadio F.S.R
Ricardo Rojas Araya 17.721.689-5 Profesional Administrador Municipal
Jorge López Jiménez 13.240.309-0 Profesional Administrador Municipal
Dicha Comisión procedió a la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme a lo establecido en la las bases de licitación y de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación ahí establecidos:
CRITERIO DESCRIPCION
PORCENTAJE
Precio (Menor Precio Ofertado/Precio Ofertado) x 100. 40%
Experiencia en el rubro 0 a 1 documentos que acrediten la experiencia de la empresa y el supervisor: 0 puntos
2 a 4 documentos que acrediten la experiencia de la empresa y el supervisor: 50 puntos
5 a 7 documentos que acrediten la experiencia de la empresa y el supervisor: 80 puntos
8 o más documentos que acrediten la experiencia de la empresa y el supervisor: 100 puntos
Para la evaluación de este criterio el oferente deberá acompañar documentos que acrediten experiencia del supervisor en trabajos de altura. Además, debe acompañar documentación que acrediten la experiencia en el mismo rubro o similar a los servicios requeridos en la presente licitación.
Se considerarán como documentos válidos para acreditar la experiencia: certificados de trabajo de altura, copias de contratos, órdenes de compra o certificados de cumplimiento o ejecución. Los servicios o trabajos similares respecto de los cuales no se acompañen estos documentos no serán considerados para la evaluación. 30%
Programa(S) De Integridad Y Compliance De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo “Programa (s) de Integridad y Compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con programa de integridad y compliance conocido por su personal; adjuntando copia del señalado programa, y medios de verificación que acrediten ser conocidos por sus trabajadores. 100 puntos.
No acredita contar con programas de integridad y compliance y que estos son conocidos por su personal al tenor de lo solicitado en el presente criterio de evaluación. 0 puntos. 5%
Comportamiento Contractual Anterior proveedor registra 5 o más reclamos, durante los últimos 24 meses en mercado público: 0 punto
proveedor registra entre 1 y 4 reclamos, durante los últimos 24 meses en mercado público: 50 puntos
proveedor no registra reclamos, durante los últimos 24 meses en mercado público: 100 puntos 20%
Cumplimiento Requisitos Formales 100 puntos: oferta cumple con todos los requisitos de forma. no se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante; tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.50 puntos: oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante. b) la oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora.0 puntos: oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora
se deja expresa constancia que al tenor de lo señalado en el artículo 56 del ds 661/2024 no se considerará error formal errores en el precio de la oferta 5%
6. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
PROVEEDOR RUT PROVEEDOR TOTAL OFERTA (NETO) TOTAL OFERTA (IVA INCLUIDO)
Servicios Verticales Y Otros Héctor Guerrero Lespai E.I.R.L 76.517.097-4 $20.917.070 $24.891.313
Sociedad De Servicios Andinos Spa 76.200.688-K $20.159.664 $23.990.000
7. Que, la comisión evaluadora de la propuesta, al revisar los antecedentes que forman parte de la misma, de forma previa a la evaluación, en conformidad a las facultades concedidas en las bases administrativas; realiza revisión de los antecedentes técnicos, administrativos y económicos presentados de las ofertas se determina lo siguiente:
- Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente SERVICIOS VERTICALES Y OTROS HÉCTOR GUERRERO LESPAI E.I.R.L, RUT 76.517.097-4 por cuanto, el oferente dentro de los documentos técnicos en el apartado “Condiciones Comerciales” indica una validez de la propuesta de 30 días, sin embargo, de acuerdo a la cláusula “Validez de la oferta” de las Bases Administrativas señala que “El plazo mínimo de validez de las ofertas será de 60 días corridos contados desde el cierre de recepción de ofertas, al tenor de lo señalado en el artículo 117 del DS 661/2024”, además dentro de la propuesta técnica en el adjunto carta Gantt o plan de trabajo no señala todos los servicios solicitados por el municipio tales como limpieza de 68 ejes de tensomembrana del recinto, limpieza de fachada 3er y 4to piso, entre otros, en razón de lo cual, por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, se rechaza la oferta, sin derecho a ser evaluada, esto en especial consideración a la causal que se encuentra expresamente establecida en la cláusula “Inadmisibilidad de las Ofertas” de las Bases Administrativas, donde se señala como causal de Inadmisibilidad N°2 no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases administrativas o demás antecedentes de la licitación pública; la Ley N°19.886 y su reglamento al tenor de lo señalado en el artículo N°9 de la Ley de Compras Públicas y la causal N°14 Las demás causales establecidas en las presentes bases administrativas en relación al apartado 8.2 "OFERTA TÉCNICA" que señala "En caso de no presentar la documentación solicitada, su oferta será declarada inadmisible."
8. Que, la comisión evaluadora procede a ponderar las ofertas recibidas de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas y técnica, otorgando los siguientes puntajes:
PRECIO (A) 40% EXPERIENCIA EN EL RUBRO (B) 30% COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR (C) 20% CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES (D) 5% PROGRAMA(S) INTEGRIDAD Y COMPLIANCE (E) 5%
NOMBRE OFERENTE RUT PRECIO
OFERTADO PRECIO
MENOR
OFERTADO FACTOR PUNTOS EXPERIENCIA FACTOR PUNTOS CANTIDAD
RECLAMOS FACTOR PUNTOS CUMPLE FACTOR PUNTOS CUMPLE FACTOR PUNTOS
Sociedad De Servicios Andinos Spa 76.200.688-K $23.990.000 $23.990.000 100 40 23 100 30 0 100 20 CUMPLE 100 5 NO CUMPLE 0 0
NOMBRE OFERENTE RUT A B C D E TOTAL LUGAR
Sociedad De Servicios Andinos Spa 76.200.688-K 40 30 20 5 0 95 1°
9. El Acta de Evaluación de la oferta de fecha 10 de junio de 2025, donde se propone adjudicar la licitación ID: 2446-161-LE25 al oferente SOCIEDAD DE SERVICIOS ANDINOS SPA, RUT. 76.200.688-K, en virtud de obtener el mayor puntaje ponderado (95), cumpliendo con los requisitos de adjudicación.
10. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 3774 de fecha 10 de junio de 2025 que da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestaria necesaria para el Servicio De Limpieza De La Tensomembrana Y Sectores En Altura E.F.S.R. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N°408 de fecha 04 de marzo de 2025 y el Proyecto Presupuestario año 2025.
11. Que, verificado el sistema de información, se constatan que no se efectúan observaciones al acto de apertura, al tenor de lo establecido en el artículo 51 del DS 661 de 2024, Reglamento de la Ley N°19.886.
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