Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 5751-2-LP13
Adjudicación Informada en portal el
25/6/2013 9:56

En Valdivia, 24-06-2013
Nro de Resolución 859
Vistos
a) Lo dispuesto en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y el Decreto Supremo Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones. b) El Decreto Supremo Nº 236 de 2002, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba Bases Generales Reglamentarias de Contratación de Obras para los Servicios de Vivienda y Urbanización. c) El Decreto Supremo Nº 127 de 1977, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que aprueba el reglamento del Registro Nacional de Contratistas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. d) La Resolución Nº 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. e) La Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en su texto refundido mediante Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653 de 2000, de Ministerio Secretaría General de la Presidencia. f) La Ley Nº 16.391 de 1965, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. g) El Decreto Supremo Nº 355 de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba el Reglamento Orgánico de los Servicios de Vivienda y Urbanización. h) El Decreto Ley Nº 1.263 de 1975, Ley Orgánica de la Administración Financiera del Estado y sus modificaciones. i) La ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. j) Las facultades que me confiere el Decreto Supremo N° 29, de 26 de Marzo de 2013, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, tomado razón por Contraloría General de La República con fecha 24 de abril de 2013, que me nombra Director del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Ríos en forma Provisoria y Transitoria.
Considerando
1. La Resolución N° 610, de fecha 17 de Mayo de 2013, que “APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y EXPEDIENTE TÉCNICO, Y AUTORIZA LLAMADO PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 1/2013: “CONSTRUCCIÓN DE 28 VIVIENDAS DEL LOTEO COMITÉ DE VIVIENDA LA ESPERANZA I DE RÍO BUENO”. ID 5751-2-LP13. 2. La Orden de Servicio N° 87, de fecha 12 de Junio de 2013. que “DESIGNA FUNCIONARIOS PARA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA N° 1/2013 “CONSTRUCCIÓN DE 28 VIVIENDAS DEL LOTEO COMITÉ DE VIVIENDA LA ESPERANZA I DE RÍO BUENO” ID 5751-2-LP13. El Acta de Apertura de Ofertas Licitación Pública N° 1/2013 “CONSTRUCCIÓN DE 28 VIVIENDAS DEL LOTEO COMITÉ DE VIVIENDA LA ESPERANZA I DE RÍO BUENO” ID 5751-2-LP13, de fecha 18 de Junio de 2013, suscrita por don Felipe Córdova Carrasco, Coordinador Egis SERVIU, doña Marcela Castro Guiachetti , Encargada de la Unidad de Asistencia Técnica, don Carlos Barahona Kompatzki, Encargada de la Unidad de Evaluación de Proyectos Habitacionales y por don Eduardo Garcia Docmac, como Ministro de Fe, todos funcionarios del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Rios. 1. Informe de Evaluación de ofertas consignado en acta de apertura de Ofertas de Licitación Pública N° 1/2013 “CONSTRUCCIÓN DE 28 VIVIENDAS DEL LOTEO COMITÉ DE VIVIENDA LA ESPERANZA I DE RÍO BUENO” ID 5751-2-LP13, de fecha 18 de Junio de 2013, suscrita por don Felipe Córdova Carrasco, Coordinador Egis SERVIU, doña Marcela Castro Guiachetti , Encargada de la Unidad de Asistencia Técnica, don Carlos Barahona Kompatzki, Encargada de la Unidad de Evaluación de Proyectos Habitacionales y por don Eduardo Garcia Docmac, como Ministro de Fe, todos funcionarios del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Rios, designados por orden de servicio Nº87 de fecha 12 de junio de 2013, en el cual se establece: Se realiza apertura electrónica, presentándose oferta económica de la empresa constructora AVIFEL Ltda., la que es aceptada, ya que su oferta se ajusta a lo establecido en las bases (puntos 4 y 13 de las Bases Administrativas). Con fecha 18 de Junio de 2013, siendo las 10:00hrs, se realiza Acto de Apertura de Ofertas. Se deja constancia que el oferente, Constructora AVIFEL Ltda., presenta documentación requerida para presentación de oferta, ajustándose a lo requerido en puntos 12, 13 y 14 de las Bases Administrativas. De acuerdo a lo señalado en la letra o) del punto 14.2 “Documentos Anexos”, de las Bases Administrativas, el oferente, Constructora AVIFEL Ltda., incorpora y modifica partidas como parte de la propuesta de licitación, las que complementan la ejecución de las obras y que no perjudican el producto y se atienen a los requerimientos mínimos exigidos por itemizado técnico del Programa Fondo Solidario de Vivienda D.S. 174. Estas Son: Partidas incorporadas: Vivienda Tipo: 3.01.04.03 – Refuerzo Radier 3.01.09 – Extracción Escombros 3.01.10 – Rellenos Estabilizado 3.04.01.05 – Forro Contramuro 3.05.02 – Pozos Absorbentes Vivienda Disc. Móvil: 3.01.04.03 – Refuerzo Radier 3.01.10 – Extracción Escombros 3.01.11 – Rellenos Estabilizado 3.05.02 – Pozos Absorbentes Vivienda Disc. Visual: 3.01.04.03 – Refuerzo Radier 3.01.09 – Extracción Escombros 3.01.10 – Rellenos Estabilizado 3.04.01.05 – Forro Contramuro 3.05.02 – Pozos Absorbentes Partidas Modificadas: • Se propone cerraduras Poli Futura PAC B40 y Poli Futura B40a en puestas de viviendas. • Se propone Sala de Baño Pronto Fanaliza con lavamanos Tomé en baños. • Se propone cerco ursus en base a polines de 3” a 2,0 metros. Malla ursus de H=1.40m. En vista de lo establecido en el punto 16.1 “Criterios de Evaluación”, de las Bases Administrativas, la Comisión realiza evaluación de la oferta presentada por Constructora AVIFEL Ltda., arrojando como resultado una puntuación de 115 ptos. Conforme lo señalado en numerales 7, 8 y 9, la Comisión Evaluadora sugiere al Sr. Directora Regional P. y T. SERVIU Región de Los Ríos, lo siguiente: Declarar Adjudicada la Licitación Pública N° 1/2013, ID 5751-2-LP13: “CONSTRUCCIÓN DE 28 VIVIENDAS DEL LOTEO COMITÉ DE VIVIENDA LA ESPERANZA I DE RÍO BUENO” a la Empresa Constructora AVIFEL Ltda. 2. El proveído del Sr. Director P. y T., indicando lo siguiente: “Se procede a declarar adjudicada Licitación Pública ID 5751-2-LP13 a Constructora AVIFEL Ltda., de acuerdo a informe emitido por la comisión” de fecha 20 de Junio de 2013.
Resuelvo
1. SANCIÓNASE el informe de la Comisión Evaluadora, de fecha 18 de Junio de 2013, de la licitación pública N° 01/2013, “CONSTRUCCIÓN DE 28 VIVIENDAS DEL LOTEO COMITÉ DE VIVIENDA LA ESPERANZA I DE RÍO BUENO”. 2. ACÉPTESE la oferta presentada por la Empresa Constructora AVIFEL Ltda., R.U.T. Nº 76.123.847-7, para la ejecución de la obra correspondiente a: “CONSTRUCCIÓN DE 28 VIVIENDAS DEL LOTEO COMITÉ DE VIVIENDA LA ESPERANZA I DE RÍO BUENO”, según el siguiente detalle: CONTRATISTA PLAZO EJECUCIÓN (DÍAS CORRIDOS) MONTO CONTRATO (IVA INCLUIDO) Constructora AVIFEL Ltda. 210 12.710 UF.- 3. CONTRÁTESE a la empresa constructora AVIFEL Ltda., R.U.t. Nº 76.123.847-7, por el sistema a suma alzada, conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 236 de 2002 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo por un monto de 12.710 UF.- (doce mil setecientos diez UF) (IVA incluido) y un plazo de ejecución de 210 días corridos, cuya oferta es conveniente a los intereses del Servicio y cumple con los requisitos establecidos en las bases de licitación. 4. DÉJASE establecido que las condiciones que rigen el contrato que en virtud de la presente resolución se suscribe con el adjudicatario, son las siguientes: a) Para todos los efectos legales la relación contractual se regirá especialmente por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 174 del año 2005 xxxxxxx, Decreto Supremo Nº 236 de 2002 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, por las Bases Administrativas Especiales, Especificaciones Técnicas ilustrativas, anexos, antecedentes en general de la presente licitación, Ley General de Urbanismo y Construcciones, Ordenanzas locales y los Reglamentos de Instalaciones Domiciliarias de los Servicios respectivos, todas las leyes que tengan relación con el régimen laboral o del trabajo y previsional del personal que trabaje en la obra, Normas Chilenas Oficiales obligatorias del Instituto Nacional de Normalización y aquellas normas legales y reglamentarias atingentes a la materia, que rigen para el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y por la oferta del Contratista. b) Plazo Ejecución obras: El plazo para la ejecución y entrega de las obras será de 210 (doscientos diez) días corridos, contados desde la fecha del acta de entrega de terreno por parte de Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos al contratista. Al final de este plazo las obras deberán encontrarse terminadas. c) Multas por atraso en la entrega de las Obras: En conformidad a lo estipulado en el punto 22 de las Bases Administrativas Especiales y lo dispuesto en el Decreto Supremo 236/2002 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. d) Garantías del Contrato: d.1) Previo a la suscripción y protocolización del Contrato, el contratista deberá entregar una Boleta Bancaria de Garantía, a nombre del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de los Ríos RUT: 61.818.002-6, expresada en Unidades de Fomento, por el equivalente al 3,0% del monto del Contrato, con la siguiente glosa: “para caucionar el fiel, oportuno y total cumplimiento de la obra (NOMBRE DEL CONTRATO Y SU RESOLUCIÓN) y de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores”, la que deberá exceder a lo menos en 30 días al plazo de término de las obras y deberá mantenerse vigente hasta que sea sustituida por la Boleta Bancaria de Garantía destinada a caucionar el buen comportamiento de las obras y su buena ejecución, en los términos señalados en la glosa.- No obstante, en caso de atraso en la terminación de la obra o aumento del plazo contractual, la boleta deberá ser prorrogada con una anticipación mínima de 30 días corridos al término de su vigencia, debiendo existir continuidad en su vigencia, evitando así lagunas afectas a multas. d.2) Terminadas las obras y antes de la emisión del acta de recepción de las obras, el contratista deberá entregar una Boleta Bancaria de Garantía, a nombre del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de los RíosRUT: 61.818.002-6, expresada en Unidades de Fomento, por el valor equivalente al 3,0% del monto total del contrato, con la siguiente glosa: “para caucionar el buen comportamiento de la obra (NOMBRE DEL CONTRATO Y SU RESOLUCIÓN) y su buena ejecución”, por un período de 2 años contados desde la fecha de recepción de las mismas.- Si durante este período el Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos, detectare que las obras presentan indicios de mal comportamiento, el contratista deberá subsanar las observaciones.- Si el contratista, no subsanare las observaciones formuladas por este Servicio de Vivienda y Urbanización, antes que expire la garantía, deberá exigírsele reemplazar esta Boleta Bancaria de Garantía, por otra extendida en las mismas condiciones antes señaladas, por un nuevo período de vigencia de 90 días a contar desde la fecha de vencimiento de la garantía primitiva.- Subsanadas las observaciones la Dirección del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos deberá ordenar la liquidación del contrato dentro de los 30 días siguientes a la expiración de la garantía.- Si no hubiere observaciones, y previo requerimiento por escrito de ello, por parte del contratista dentro de los 60 días anteriores al vencimiento de esta garantía de buen comportamiento y ejecución de las obras, el Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos procederá a liquidar el contrato y a devolver la garantía. d.3) Se exigirá garantía adicional a la garantía por fiel cumplimiento del contrato, cuando el monto de la propuesta aceptada fuere inferior en más de un 15% del presupuesto oficial. Esta garantía adicional de fiel cumplimiento del contrato deberá constituirse por un monto equivalente a la diferencia entre el valor del presupuesto oficial rebajado en un 15% según corresponda y el valor de la propuesta aceptada, fijándose dicho valor expresado en unidades de fomento considerando su valor a la fecha de presentación de la oferta. d.4) El SERVIU Región de Los Ríos podrá autorizar anticipos, según lo establecido en el artículo 122 del Decreto Supremo Nº 236/2002 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, si las disponibilidades presupuestarias del servicio lo permiten. d.5) Junto a la garantía por fiel cumplimiento del contrato y previo a la suscripción del contrato, el contratista deberá presentar y entregar una póliza de seguros equivalente al 3% del monto del contrato para responder de todo daño, de cualquier naturaleza que con motivo o con ocasión de las obras se cause a terceros, sin embargo, de producirse daños a terceros por montos que superen el valor de la póliza contratada, el contratista será el único responsable pecuniariamente de las diferencias entre el monto efectivamente pagado por la compañía de seguros y los daños que efectivamente deben ser indemnizados o reparados.- Esta garantía se devolverá una vez efectuada la recepción oficial de las obras, según artículo 51 del Decreto Supremo 236/02 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.- Esta póliza deberá contener una cláusula de renovación automática que permita cubrir todo el período de ejecución de las obras y hasta la recepción oficial de las mismas. En caso que el adjudicatario postergue la entrega de esta garantía, o de la señalada en el número 18.1 precedente, se podrá dejar sin efecto la adjudicación.- Esta póliza, que deberá ser pagada al contado, contendrá en forma específica, dentro de la glosa correspondiente a la materia asegurada, el número y fecha de resolución o decreto que adjudica el contrato y los daños e indemnizaciones referidas, sin exclusiones en cuanto al origen de esos daños y tendrá un deducible máximo de 2% del monto asegurado. Para las modificaciones de contrato, si las hubiere, el contratista deberá acogerse a las mismas exigencias de los puntos 18.1, 18.2 y 18.4, es decir, antes de la suscripción y protocolización de la resolución que autoriza la modificación, el contratista deberá entregar al Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Ríos, por oficina de partes, el cambio de boleta de garantía y póliza de seguros, si procede. 5. SISTEMA DE PAGO La obra se pagará mediante estados de pago, el cual se regirán según lo establecido en el título VI del Decreto Supremo 236 de 2002 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Estos estados de pago se cursarán previa visación de la inspección técnica de obras, formulándose un estado de pago a lo menos cada 28 días, de acuerdo al avance físico y la fecha establecida en la programación financiera, aprobada por el Inspector Técnico de Obra El último estado de pago se cursará una vez suscrita el acta de recepción de las obras sin observaciones, practicada la liquidación contable y recibida la garantía que corresponda. 6. El contrato para la ejecución de obras, conforme lo dispone el artículo 46 del Decreto Supremo Nº 355 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, se celebrará suscribiendo el contratista ante Notario, tres transcripciones de las resoluciones de adjudicación, debiendo protocolizarse ante el mismo Notario, uno de dichos ejemplares, las cuales deberá entregar al Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Ríos. 7. La inspección técnica de obras, estará a cargo del o los funcionarios profesionales que designe el Director del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos. La inspección técnica de obras, si la situación lo requiere, podrá contar con la asesoría de profesionales competentes, sean personas naturales o jurídicas, contratadas por el Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos, para la prestación de estos servicios. 8. Se deja establecido que el contratista deberá adoptar todas y cada una de las medidas de Gestión y Control de Calidad, utilizando la metodología establecida por el Manual de Inspección Técnica de Obras. A la Inspección Técnica de la Obra, le corresponderá verificar el autocontrol que en conformidad a la reglamentación vigente, debe cumplir el contratista respecto a las obras que ejecuta, realizando para ello las inspecciones selectivas y dando curso a los estados de pago, conforme a los procedimientos fijados en el Manual de Inspección Técnica de Obras aprobado mediante Decreto Supremo 85/2007 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. 9. Las obras deberán quedar totalmente terminadas dentro del plazo establecido en el contrato. Con anticipación a la fecha de término contractual, el contratista solicitará por escrito la recepción de los trabajos al Inspector Técnico de Obra, quién deberá aprobarla siguiendo los procedimientos establecidos en el Manual de Inspección Técnica de Obras y señalando la fecha de término de las mismas. El Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos, designará una Comisión Receptora integrada por al menos tres profesionales del área de la construcción, según lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 236 de 2002 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. 10. Los términos de la presente resolución aceptada por el contratista, constituyen las obligaciones recíprocas entre las partes y harán fe respecto de toda persona, adquiriendo además, mérito ejecutivo sin necesidad de reconocimiento previo. 11. ESTABLÉCESE que la empresa Constructora AVIFEL Ltda., R.U.T. Nº 76.123.847-7, en virtud de la aceptación de los términos de la presente resolución, expresa avenencia respecto de: • Renuncia, en virtud del fin social que el Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos persigue en su labor constructiva, al derecho legal de retención de que tratan los artículos 545 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. • Serán de cargo del contratista, los perjuicios que puedan producirse a terceros en el curso de los trabajos o con ocasión de ellos como igualmente, todo lo concerniente a Seguridad, Leyes Sociales, Accidentes del Trabajo, Permisos Municipales y en general con las Leyes, Reglamentos y Ordenanzas vigentes o que se dicten en el futuro y que tengan relación con esta clase de trabajos. • Todo accidente que ocurra en la obra será de su exclusiva responsabilidad y cargo, y en general todo gasto o pago de cualquier naturaleza que sea y que se produzca por causa o con ocasión de estos trabajos será de su exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo, quedando el Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos, libre de toda responsabilidad al respecto. • El Contratista no tendrá derecho a demandar aumentos o reajustes del precio de su contrato fundado en la dictación de leyes generales o especiales que dispongan reajustes o aumentos de las remuneraciones, bonificaciones, imposiciones previsionales o impuestos. • El Contratista deberá presentar a más tardar dentro de 5 días contados desde la fecha de protocolización de la presente Resolución, la nómina de su personal que corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto Supremo Nº 236 de 2002 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y sus socios cuando proceda. • La recepción de las obras no exonera de la responsabilidad que le corresponde como constructor de las mismas. • Los gastos de suscripción y protocolización ante Notario Público de los ejemplares de la resolución a que se refiere el artículo 46 Decreto Supremo Nº 355/76 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, serán de su exclusivo cargo. • El incumplimiento de parte del contratista a cualquiera de las obligaciones que impone las bases de licitación y ésta resolución de contratación, dará derecho al Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos, para disponer la liquidación inmediata del contrato, con indemnización de perjuicios, hacer efectivas las garantías que le fueron exigidas y hacer valer los derechos y demás acciones que competen al Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos, con arreglo a las disposiciones legales y reglamentarias que lo rigen. 12. DÉJESE constancia que para todos los efectos legales las partes fijan como domicilio la ciudad de Valdivia, sometiéndose a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, sin perjuicio de las atribuciones, que sobre el particular, competen a la Contraloría General de la República y al Tribunal de Contratación Pública. 13. ESTABLÉCESE que el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución corresponde hasta la suma de 12.710 UF (doce mil setecientos diez UF) (IVA incluido) y se cargará al Subtítulo 33 - Ítem 01, asignación 023, del presupuesto del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Ríos, correspondiente al año 2013. 14. De acuerdo a lo establecido en los artículos 18, 19 y 20 de la Ley Nº 19.886, todas las acciones inherentes a esta Licitación, deberán publicarse en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, en los términos dispuestos en los citados artículos.
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION DE V
Unidad de Compra Serviu Región de Los Ríos - Valdivia
R.U.T. 61.818.002-6
Dirección Av. Alemania 799
Comuna Valdivia
Ciudad en que se genera la Adquisición Región de Los Ríos
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo felipe cordova
Cargo arquitecto
Teléfono 56-63-277325
Fax 56-63-232210
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 5751-2-LP13
Nombre de Adquisición CONSTRUCCIÓN 28 VIVIENDAS COMITÉ LA ESPERANZA I
Tipo de Adquisición Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Descripción Se requiere la ejecución de obras de 28 viviendas sociales, habilitación de terreno y ejecución de áreas verdes, pertenecientes a loteo Comité de Vivienda La Esperanza I, de la comuna de Río Bueno.
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 20/5/2013 9:52
Fecha de Cierre 14/6/2013 13:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 272.346.400
Monto Neto Estimado del Contrato $ 272.346.400
Análisis de valores de mercado Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
RES. 859.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónResolución Adjudica L.P. 01/2013499 KB25-06-2013 09:50:32
ACTA EVALUACIÓN.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTACTA EVALUACIÓN273 KB25-06-2013 09:49:34

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
9993433-6Marcela Castro Guiachettiingeniero constructor
12055851-kFelipe Cordova CarrascoArquitecto
12585753-1Carlos Barahona Kompatzkiingeniero constructor
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 72131502 Construcción de casas
Especificaciones del Comprador : Construcción de 28 viviendas sociales de Loteo Comité de Vivienda La Esperanza I de Río Bueno
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.123.847-7 CONSTRUCTORA AVIFEL LIMITADA la oferta expresa en UF corresponde a un valor IVA incluido de 12.710 UF calculado con la UF del día de hoy 22.852,67 $ 272346400 1 272346400 Adjudicada

Total Línea

$ 272.346.400



Monto Total Adjudicado $ 272.346.400