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Las atribuciones que me concede la Ley N° 20.065 sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del personal del Servicio Médico Legal; Decreto Supremo Nº 773 de 19 de Noviembre de 2007 del Ministerio de Justicia que delega facultad que indica en el Director del Servicio Médico Legal y en los funcionarios que señala de dicho Servicio; Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; Ley Nº 18.803 de 30/05/1989 de Acciones de Apoyo, Ley Nº 20.713 que fija el Presupuesto del Sector Público para el año 2014; Resolución Nº 13 de 14 de enero de 2013 que renueva nombramiento del Subdirector Administrativo del SML; Resolución Exenta Nº 6.381 de fecha 6 de Octubre de 2014 que Autoriza a la Oficina de Partes del Servicio Médico Legal la Distribución Digital de actos administrativos que indica; y la Resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón.
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1.- Que, la efectiva optimización de las labores técnico periciales y administrativas propias del Servicio Médico Legal, constituye una necesidad permanente para la Institución, siendo indispensable, en aras de tal objetivo, contar con bienes y servicios que satisfagan sus distintos requerimientos.
2.- Que, en cumplimiento de lo anterior, el Servicio Médico Legal requiere adquirir tres (3) placas murales de acero inoxidable, para las Sedes del Servicio Médico Legal, de Ancud, de Angol y de Punta Arenas.
3.- Que, el requerimiento de dichas placas se presentó por la Jefatura del Área de Proyectos del Servicio, Sra. Elizabeth Silva Ortiz, mediante solicitud de presupuesto (SP) de fecha 08 de Septiembre de 2014, dirigida a la Jefatura del Departamento de Presupuesto y Finanzas.
4.- Que, el Departamento de Presupuesto y Finanzas asignó los recursos para financiar la adquisición de las tres (3) placas de acero inoxidable, autorizando la solicitud de presupuesto (SP) N° 972 de fecha 10 de Septiembre de 2014.
5.- Que, revisado el catálogo electrónico del portal www.mercadopublico.cl, se constató que las placas murales de acero inoxidable no se encuentran disponibles en Convenio Marco, en consecuencia, para su adquisición, procedía licitarlos públicamente, y atendida la cuantía del proyecto a ejecutar, no requería de toma de Razón, por lo que, luego de su aprobación, debía ser publicada en el portal www.mercadopublico.cl, para efectos de su total validez legal.
6.- Que, conforme con lo expuesto, se elaboraron las Bases Administrativas correspondientes, aprobadas mediante Resolución Exenta Nº 6989 de fecha 05 de Noviembre de 2014, y el llamado a presentar ofertas se efectuó a través del Portal www.mercadopublico.cl, bajo el ID 837-129-L114.
7.- Que, en la apertura electrónica del proceso ID 837-129-L114, se constató la presentación de seis ofertas, resultando todas ellas admisibles, luego que dos oferentes completaran los antecedentes requeridos en plazo adicional que se les otorgó, de acuerdo a lo establecido en las Bases Administrativas de la Licitación.
8.- Que, con fecha 19 de Noviembre de 2014, se recibió en la Unidad de Compras del Departamento de Abastecimiento, el Cuadro de Evaluación de Ofertas correspondiente a la licitación ID 837-129-L114, el cual propone adjudicar el proceso a la empresa SERVICIOS DE PUBLICIDAD LUIS HUMBERTO ÁLVAREZ BAHAMONDES E.I.R.L., también conocida como ALVAREZ PUBLICIDAD E.I.R.L., RUT. 76.315.671-0, por un monto total de $ 1.428.000.- IVA incluido.
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