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CONSIDERANDO:
1. Que, el artículo 1° de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece que los municipios son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas.
2. Que, de acuerdo al artículo 3° del precitado cuerpo normativo, corresponderá a las Municipalidades, en el ámbito de su territorio, las siguientes funciones privativas: c) la promoción del desarrollo comunitario.
3. Que, según lo establecido en el Artículo 21° de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, la Secretaría Comunal de Planificación desempeñará funciones de asesoría del alcalde y del concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de ambos órganos municipales, por lo cual, es la encargada de elaborar y diseñar proyectos, políticas, programas y planes de infraestructura pública de diversa envergadura en varios sectores de la comuna, en pos de su desarrollo.
4. Que, la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 5° dispone que las municipalidades, para el cumplimiento de sus funciones, tienen entre una de sus atribuciones: letra c) administrar los bienes municipales y nacionales de uso público, existentes en la comuna. En este contexto y en el marco de su política pública integradora, inclusiva y con un foco especial en nuestros niños y en concordancia de las nuevas políticas de estado, contempla la ejecución de un plan para convertir el Parque O’Higgins de nuestra comuna, en el verdadero Parque de Niños de Coquimbo. Para ello se presenta una serie de iniciativas, todas ellas parte integral de un plan maestro de inversión, que busca cambiar la cara de este pulmón verde comunal, enfocándose en nuestros niños, entregándoles un lugar de esparcimiento y diversión, único en nuestra comuna.
5. Que, la Secretaría Comunal de Planificación, a través de su equipo de profesionales, elaboró el proyecto denominado “MEJORAMIENTO INTEGRAL PARQUE O’HIGGINS DE COQUIMBO”, que corresponde a proyecto de carácter integral, cuyo objeto de realizar mejoras al Parque O’Higgins, tanto en sus pavimentos, accesos, iluminación, áreas verdes y sistema de riego. El proyecto contempla la instalación de dos pórticos, uno de acceso peatonal y otro vehicular; además de pavimento de hormigón en el sendero principal y pavimento de caucho y deck para las áreas de los juegos y el recambio de luminarias para cumplir con la normativa vigente. El proyecto incluye también la instalación de un sistema de riego para las áreas verdes y la reactivación de la pileta existente.
6. Que, para efectos de licitar la ejecución del proyecto referido, se elaboró el documento denominado Programa de Gastos, en el cual se da cuenta de la aprobación del financiamiento con recursos municipales al proyecto “Mejoramiento Integral Parque O’Higgins de Coquimbo”, por un monto de $ 449.981.202 IVA incluido (cuatrocientos cuarenta y nueve millones novecientos ochenta y un mil doscientos dos pesos), con cargo a la asignación presupuestaria N° 215-31-02-004-122 del Presupuesto Municipal año 2024. De igual forma, se emite la denominada Guía de Requerimiento N°1088 de fecha 29/05/2024, que contempla un presupuesto $ 449.981.202 IVA incluido, para el proyecto en comento.
7. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 bis de la Ley N° 19.886, se consultó por el servicio en el catálogo electrónico de Convenio Marco, no existiendo el servicio a contratar, por lo que se hace necesario licitar públicamente la ejecución del proyecto “Mejoramiento Integral Parque O’Higgins de Coquimbo”.
8. Que, en cumplimiento de lo dispuesto Artículo 13 ter del Reglamento de Compras Públicas, la Secretaría Comunal de Planificación, a través de uno de sus profesionales elaboró un informe técnico y económico recibido en la Oficina de Compras Públicas de la Secretaría Comunal de Planificación el 21/06/2024, para obtener y analizar la información acerca de las características y precios de las obras a contratar.
9. Que, por Decreto Exento N° 789 de fecha 24/06/2024, se autorizó el llamado a licitación pública y aprobó las Bases Administrativas y los demás antecedentes de Licitación Pública N°307/2024 “MEJORAMIENTO INTEGRAL PARQUE O’HIGGINS DE COQUIMBO”, proceso licitatorio que fue publicado en el sistema de información www.mercadopublico.cl mediante Ficha de licitación ID 2446-443-LR24 del 24/06/2024.
10. Que, de acuerdo con el cronograma de la Licitación Pública N°307/2024 “MEJORAMIENTO INTEGRAL PARQUE O’HIGGINS DE COQUIMBO”, publicada en el portal www.mercadopublico.cl mediante Ficha de licitación ID 2446-443-LR24, cronograma dispuesto en el numeral 8° de las Bases Administrativas, con fecha 28/06/2024, se realizó la visita a terreno no obligatoria, de la cual se levantó acta de la misma, siendo publicada en la Plataforma Mercado Público.
11. Que, en el contexto del calendario de la Licitación Pública N°307/2024 “MEJORAMIENTO INTEGRAL PARQUE O’HIGGINS DE COQUIMBO” ID 2446-443-LR24, se recibieron a través del FORO Consultas www.mercadopublico.cl consultas al proceso en cuestión, siendo éstas respondidas el día 05/07/2024 a las 17:30 horas, dando cumplimiento al calendario de licitación numeral 3° Etapas y Plazos de la Ficha ID 2446-443-LR24.
12. Que, con fecha 25/07/2024 se procede a realizar la Apertura Electrónica de la Licitación Pública N°307/2024, ID 2446-443-LR24, recibiendo en el portal Mercado Público 04 ofertas pertenecientes a las siguientes empresas: Unión Temporal de Proveedores MT Ingeniería y Construcción Ltda. RUT N° 77.645.940-2 y Cuatro Toros Ingeniería y Construcción SpA Rut 77.546.414-3, por el monto de $693.104.071 IVA incluido, con un plazo de ejecución de 117 días corridos; Unión Temporal de Proveedores Constructora Braden Spa, RUT N°76.764.179-6 y Milton Lorca Araya Rut 11.848.011-2, por un monto de $488.607.923 IVA incluido, con un plazo de ejecución de 120 días corridos; Olga Toro Pizarro, E.I.R.L. RUT N° 52.005.405-7, por el monto de $ 701.469.657 IVA incluido, con un plazo de ejecución de 120 días corridos; y finalmente Luis Enrique Oliva Muñoz, RUT N° 9.246.989-1, por un monto de $435.941.368 IVA incluido, con un plazo de ejecución de 110 días corridos.
13. Que, por Decreto Exento N°789 de fecha 24/06/2024, se designó a los funcionarios integrantes de la Comisión Evaluadora de la Licitación Pública N°307/2024 “MEJORAMIENTO INTEGRAL PARQUE O’HIGGINS DE COQUIMBO”, ID 2446-443-LR24, correspondiendo a los funcionarios: Edward Conley Candia, Patricia Videla Montenegro y Patricio Silva Cáceres, en calidad de miembros titulares. A su vez, se designó en calidad de evaluador suplente 1 al funcionario Carlos Sepúlveda Lazo, y en calidad de suplente 2 a la funcionaria Tatiana Cárdenas Padilla.
14. Que, según acta de evaluación de fecha 14/08/2024, la comisión evaluadora da cuenta que, revisados los antecedentes presentados por los oferentes, en virtud de los documentos solicitados en los numerales 11.2 “Oferta Administrativa” y 11.3 “Oferta Técnico Económica” de las Bases Administrativas, indica lo siguiente respecto a la admisibilidad de las ofertas presentadas: la UTP MT INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN LTDA., RUT. N°77.645.940-2 y CUATRO TOROS INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA RUT 77.546.414-3, adjunta formulario N° 4 Oferta Económica por un total de $693.104.071, es decir, un monto 54.03% mayor al presupuesto referencial de la presente licitación. En atención a ello, considerando que la Municipalidad podrá adjudicar hasta un 30 % mayor al valor que tenía estimado, y si este monto es superior al 30%, es obligatorio que el municipio explicite las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia según lo señala el Artículo 11 del Reglamento de Compras Públicas, y en consideración a lo establecido en el artículo 13, letra f) de las Bases de licitación, donde señala que las ofertas podrán ser declaradas inadmisibles cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, la oferta del proveedor MT INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN LTDA se declara INADMISIBLE. De igual forma, la empresa "OLGA TORO PIZARRO CONSTRUCTORA E.I.R.L, RUT N°52.005.405-7, adjunta formulario Nº4 Oferta Económica por un total de $701.469.657, es decir, un monto 55.89% mayor al presupuesto referencial de la presente licitación. En atención a ello, y considerando que la Municipalidad podrá adjudicar hasta un 30% mayor al valor que tenía estimado, y si este monto es superior al 30%, es obligatorio que el municipio explicite las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia según lo señala el Artículo 11 del Reglamento de Compras Públicas, y en consideración a lo establecido en el artículo 13, letra f) de las Bases de licitación, donde señala que las ofertas podrán ser declaradas inadmisibles cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, la oferta del proveedor OLGA TORO PIZARRO CONSTRUCTORA E.I.R.L. se declara INADMISIBLE. En lo que respecta a la oferta del contratista LUIS ENRIQUE OLIVA MUÑOZ RUT 9.246.989-1, la comisión evaluadora, señala que en su formulario Nº6 de Experiencia del Oferente, se indican 10 obras ejecutadas, sin embargo, las bases del presente proceso señalan, en su artículo 11.3, punto 3 que para la acreditación de la experiencia se considerarán certificados de cumplimiento o recepción de obras ejecutadas emitidos por instituciones públicas o privadas, órdenes de compras en estado de recepción conforme y/o contratos ya ejecutados de trabajos iguales o similares en el mismo rubro de la presente licitación. En consideración a lo anterior, el proveedor adjunta 1 contrato sin adjuntar su respectivo certificado de cumplimiento o recepción, 1 una de las experiencias acreditas no corresponde a trabajos iguales o similares en el mismo rubro de la presente licitación, en atención a ello, y según lo señalado en las presentes bases, solo se considerará como experiencia debidamente acreditada, 8 de las 10 experiencias señaladas en el formulario Nº6. Adicionalmente, se deja constancia que en relación a la experiencia acreditada en el punto 4., si bien en los documentos adjuntos no se evidencia la totalidad del decreto asociada a la obra señalada, este si se encuentra publicado en el portal www.mercadopublico.cl, mediante el ID 2446-418-LQ23, en vista de lo cual la experiencia se considerará válida. Por último, la oferta de la UTP CONSTRUCTORA BRADEN SPA, RUT N°76.764.179-6 y MILTON LORCA ARAYA RUT 11.848.011-2, cumple con toda la documentación exigida en los numerales 11.2 Oferta Administrativa y 11.3 Oferta Técnico Económica de las Bases Administrativas, aprobadas por Decreto Exento N° 789 de fecha 24/06/2024.
15. Que, según lo dispuesto en el artículo 6 de las Bases Administrativas, el presupuesto referencial de la presente licitación corresponde a $449.981.202 IVA incluido, indicando por Nota que: No se declararán inadmisibles las ofertas que excedan el presupuesto referencial, sino que será considerado para posterior análisis de la Comisión Evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, la adjudicación en dichos casos quedará sujeta al análisis técnico/económico de las ofertas, pudiendo ser de todas formas declaradas inadmisibles, por no ser convenientes a los intereses del municipio, sin derecho a indemnización alguna. Por otro lado, el artículo 13 letra f) de las Bases de licitación, establece como causal de inadmisibilidad el hecho que la oferta no resulte conveniente a los intereses municipales, verificándose dicho hecho toda vez que las ofertas indicadas en el considerando 14, las que superan en un 54,03% y 55,89% el presupuesto referencial de la licitación. A su vez, cabe indicar que el artículo 11 del Reglamento de Compras Públicas referido por la Comisión Evaluadora en el acta, establece lo siguiente: cuando el monto adjudicado supere en más de un 30% al monto estimado, las entidades deberán explicitar en el acto adjudicatorio las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.
16. Que, acto seguido, la Comisión Evaluadora, en el acta de evaluación citada, dispone que de las 4 empresas oferentes al proceso de Licitación ID 2446-443-LR24, sólo pasan a la etapa de evaluación las siguientes ofertas: UTP Constructora Braden Spa, RUT N°76.764.179-6 y Milton Lorca Araya Rut 11.848.011-2, por un monto de $488.607.923 IVA incluido, con un plazo de ejecución de 120 días corridos, y Luis Enrique Oliva Muñoz, RUT N° 9.246.989-1, por un monto de $435.941.368 IVA incluido, con un plazo de ejecución de 110 días corridos. Así, según consta en acta de evaluación de fecha 14/08/2024, y tras la revisión de los antecedentes de las 2 ofertas que pasaron a etapa de evaluación, se establece que éstas fueron evaluadas aplicando los criterios dispuestos en el artículo 15.3 de las Bases Administrativas, aprobadas por Decreto Exento N° 789 de fecha 24/06/2024, ponderando los siguientes puntajes por cada criterio evaluado:
NOMBRE OFERENTE A Oferta Económica B Experiencia C Plazo D Pacto Integridad E C.
Contractual F C. Requisitos Formales TOTAL
UTP Constructora Braden Spa 35,69 20,00 18,33 2,00 10,00 8,00 94,02
Luis Oliva Muñoz 40,00 16,00 20,00 2,00 10,00 8,00 96,00
17. Por lo anterior, de acuerdo a los puntajes obtenidos por cada oferente, la comisión evaluadora propone adjudicar la Licitación Pública N°307/2024 “MEJORAMIENTO INTEGRAL PARQUE O’HIGGINS DE COQUIMBO”, ID 2446-443-LR24, al oferente Luis Enrique Oliva Muñoz, RUT N° 9.246.989-1, por un monto de $435.941.368 IVA incluido, con un plazo de ejecución de 110 días corridos, dado que es la oferta que adjunto y cumplió con todos los requisitos de admisibilidad, presentando la combinación más ventajosa obteniendo el puntaje más alto en la evaluación, 96,00 puntos; seguida por la Unión Temporal de Proveedores, UTP, Constructora Braden Spa RUT N°76.764.179-6, por un monto de $488.607.923 IVA incluido, con un plazo de ejecución de 120 días corridos.
18. Que, consultada con fecha 20/08/2024 la ficha del proveedor Luis Enrique Oliva Muñoz, RUT N°9.246.989-1, en el Registro de Proveedores, ésta da cuenta que la empresa se encuentra en estado Hábil para contratar con el Estado, contando con los requisitos de inscripción en el Registro de Proveedores, dando cumplimiento al artículo 4 de la Ley N°19.886.
19. Que, para efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 65 letra j) de la Ley N° 18.695, por Decreto N° 1767 de fecha 04/07/2024, se aprobaron los acuerdos tomados en la Sesión Ordinaria N°109 del Concejo Municipio al del 03/07/2024, conteniendo el Acuerdo N°3 la autorización para la suscripción del contrato por un monto superior a las 500 UTM, para el proyecto “MEJORAMIENTO INTEGRAL PARQUE O’HIGGINS DE COQUIMBO”, proyecto que será financiado con recursos del Presupuesto Municipal, monto referencial.
20. Que, para los efectos de la adjudicación del proyecto licitado “MEJORAMIENTO INTEGRAL PARQUE O’HIGGINS DE COQUIMBO”, ID 2446-443-LR24, se cuenta con presupuesto, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°5364 de fecha 21/08/2024, en que se certifica que en la cuenta 215-31-02-004-000-000-013 se dispone de $435.941.368 (cuatrocientos treinta y cinco millones novecientos cuarenta y un mil trescientos sesenta y ocho pesos) IVA incluido, para la adjudicación de la licitación.
21. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 15.6 de las Bases Administrativas aprobadas por Decreto Exento N° 789 de fecha 24/06/2024, para los efectos de la adjudicación de la licitación, la Municipalidad dictará el decreto alcaldicio, el cual de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Ley N°19.886, debe ser una resolución fundada; para posteriormente dictar la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público que informará a los oferentes en el portal;
22. Que, de conformidad al artículo 63, letra i) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, al alcalde le corresponde especialmente dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular.
D E C R E T O
1° DECLÁRASE inadmisible la Oferta de la empresa UTP MT INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LTDA., RUT. N°77.645.940-2 y CUATRO TOROS INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA RUT 77.546.414-3, por el monto de $693.104.071.- IVA incluido, presentada en la Licitación Pública N°307/2024 “MEJORAMIENTO INTEGRAL PARQUE O’HIGGINS DE COQUIMBO” ID 2446-443-LR24, ello en conformidad a la propuesta de la comisión evaluadora contenida en Acta de Evaluación, de fecha 14 agosto 2024; y lo indicado en el considerando N°14 y 15 del presente decreto, al tenor de lo prescrito en el artículo 9 de la Ley N°19.886.
2° DECLÁRASE inadmisible la Oferta de la empresa OLGA TORO PIZARRO CONSTRUCTORA E.I.R.L., RUT. N° 52.005.405-7, por el monto de $701.469.657.- IVA incluido, presentada en la Licitación Pública N°307/2024 “MEJORAMIENTO INTEGRAL PARQUE O’HIGGINS DE COQUIMBO” ID 2446-443-LR24, ello en conformidad a la propuesta de la comisión evaluadora contenida en Acta de Evaluación, de fecha 14 agosto 2024; y lo indicado en el considerando N°14 y 15 del presente decreto, al tenor de lo prescrito en el artículo 9 de la Ley N°19.886.
3° ADJUDÍCASE la Licitación Pública N°307/2024 “MEJORAMIENTO INTEGRAL PARQUE O’HIGGINS DE COQUIMBO”, ID 2446-443-LR24, al proveedor Luis Enrique Oliva Muñoz, RUT N° 9.246.989-1, por un monto de $435.941.368 IVA incluido, con un plazo de ejecución de 110 días corridos, dado que es la oferta que adjunto y cumplió con todos los requisitos de admisibilidad, presentando la combinación, ello en conformidad con la propuesta de la comisión evaluadora, según acta de fecha 14 agosto 2024, y lo indicado en los considerandos N°16, 17, 18, 19 y 20 del presente acto.
4º SUSCRÍBASE el contrato se redactará una vez adjudicada la licitación pública en el sistema de información www.mercadopublico.cl , por lo cual la empresa adjudicataria, deberá acercarse a la Oficina de Compras Públicas y Contratos de la Secretaría Comunal de Planificación, ubicada en Avenida Varela 1112, piso 9, Coquimbo, una vez que sea notificado vía correo electrónico por la mencionada oficina, teniendo un plazo máximo de 10 días hábiles para que en el mismo acto, se proceda a firmar el respectivo contrato y hacer entrega de los siguientes documentos:
a) Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de la Obra, según lo dispuesto en el numeral 10.4 de las presentes Bases.
b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, con una antigüedad no mayor a 30 días posteriores a la fecha de la Apertura, en que conste que no tiene deudas, ni multas laborales ni previsionales.
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