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1. Que, el Comando de Operaciones Terrestres efectuó un llamado a Licitación Pública ID 3361-28-L124 a través del Sistema de Información, para la adquisición de con fondos FORA (Exento de IVA), de menaje de cocina para el empleo del casino del Cuartel General.
2. Que, el Centro de Gestión de Adquisiciones (CGA) de este Comando, revisó el catálogo electrónico de convenio marco y certificó que esta adquisición no se encuentra disponible, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
3. Que, en el sistema se presentaron 6 (seis) ofertas, conforme a lo siguiente:
OFERENTES RUT
• COMERCIAL ALIMENTICIA LTDA. 76.019.939-7
Líneas N° 1, 2, 3, 4 y 5
• CAZATI MAQUINARIAS SPA 76.360.729-1
Líneas N° 1, 2, 3, 4 y 5
• COMERCIALIZADORA PULSO SPA 76.488.848-0 Líneas N° 1, 2, 3, 4 y 5
• COMERCIALIZADORA MAQUIPAN CHILE SPA 96.702.420-1
Líneas N° 5
• MENAJE EL VOLCAN 86.520.500-7
Líneas N° 1, 2, 3, 4 y 5
• COMERCIAL OFICINTA LTDA. 79.702.500-3
Línea N° 1, 2, 3 y 5
4. Que, se realizó una acuciosa revisión de los documentos en relación al cumplimiento de los requisitos administrativos y técnicos solicitados, con el fin de verificar si las ofertas cumplen con los requisitos para participar del proceso y se determinó que los siguientes oferentes deben ser excluido del proceso licitatorio en virtud de las causas legales que a continuación se expresan:
4.1 COMERCIAL ALIMENTICIA LTDA. 76.019.939-7
Líneas N° 2, 3, 4 y 5
Se rechaza la línea N° 2 de esta empresa, ya que no dio cumplimiento a lo solicitado en el “Requerimiento Técnico”, incumpliendo las Bases de Licitación que dice en el punto VII “Otras Cláusulas”, “Presentación de las Ofertas”, numeral 1.6 en forma textual “…Los oferentes deberán respetar íntegramente los requerimientos detallados en las Bases Técnicas”, al ofertar una licuadora profesional con velocidad de 12.000 – 23.000 rpm y se solicita una licuadora profesional con 6 velocidades.
Se rechaza la línea N° 3 de esta empresa, ya que no dio cumplimiento a lo solicitado en el “Requerimiento Técnico”, incumpliendo las Bases de Licitación que dice en el punto VII “Otras Cláusulas”, “Presentación de las Ofertas”, numeral 1.6 en forma textual “…Los oferentes deberán respetar íntegramente los requerimientos detallados en las Bases Técnicas”, al ofertar una cortadora de fiambre con espesor de 0-13 mm y se solicita una cortadora de fiambre con espesor de 0-15 mm.
Se rechaza la línea N° 4 de esta empresa, ya que no dio cumplimiento a lo solicitado en el “Requerimiento Técnico”, incumpliendo las Bases de Licitación que dice en el punto VII “Otras Cláusulas”, “Presentación de las Ofertas”, numeral 1.6 en forma textual “…Los oferentes deberán respetar íntegramente los requerimientos detallados en las Bases Técnicas”, al ofertar una trituradora de alimentos con brazo desmontable y se solicita una trituradora de alimentos con cuchilla desmontable.
Se rechaza la línea N° 5 de esta empresa, ya que no dio cumplimiento a lo solicitado en el “Requerimiento Técnico”, incumpliendo las Bases de Licitación que dice en el punto VII “Otras Cláusulas”, “Presentación de las Ofertas”, numeral 1.6 en forma textual “…Los oferentes deberán respetar íntegramente los requerimientos detallados en las Bases Técnicas”, al ofertar una lavavajilla con una dureza de 20 ppm – 50 ppm y se solicita una lavavajilla con una dureza de 90 ppm – 125 ppm.
Por lo tanto, en virtud del principio de estricta sujeción a bases e igualdad de los oferentes se rechazan las líneas N° 2, 3, 4 y 5 de esta oferta.
4.2 CAZATI MAQUINARIAS SPA 76.360.729-1
Línea N° 5
Se rechaza la línea N° 5 de esta empresa, ya que no dio cumplimiento a lo solicitado en el “Requerimiento Técnico”, incumpliendo las Bases de Licitación que dice en el punto VII “Otras Cláusulas”, “Presentación de las Ofertas”, numeral 1.6 en forma textual “…Los oferentes deberán respetar íntegramente los requerimientos detallados en las Bases Técnicas”, al ofertar una lavavajilla con capacidad de lavado de 35/18 cestas por hora y se solicita una lavavajilla con capacidad de 90 cestas por hora.
Por lo tanto, en virtud del principio de estricta sujeción a bases e igualdad de los oferentes se rechaza la línea N° 5 de esta oferta.
4.3 COMERCIALIZADORA PULSO SPA 76.488.848-0 Líneas N° 1, 4 y 5
Se rechaza la línea N° 1, de esta empresa ya que el oferente sobrepasa el monto máximo disponible de $ 532.790.- y el monto de la oferta, es de $ 545.473.- ambos montos exentos de IVA.
Se rechaza la línea N° 4 de esta empresa, ya que no dio cumplimiento a lo solicitado en el “Requerimiento Técnico”, incumpliendo las Bases de Licitación que dice en el punto VII “Otras Cláusulas”, “Presentación de las Ofertas”, numeral 1.6 en forma textual “…Los oferentes deberán respetar íntegramente los requerimientos detallados en las Bases Técnicas”, al ofertar una trituradora de alimentos con brazo desmontable y se solicita una trituradora de alimentos con cuchilla desmontable.
Se rechaza la línea N° 5 de esta empresa, ya que no dio cumplimiento a lo solicitado en el “Requerimiento Técnico”, incumpliendo las Bases de Licitación que dice en el punto VII “Otras Cláusulas”, “Presentación de las Ofertas”, numeral 1.6 en forma textual “…Los oferentes deberán respetar íntegramente los requerimientos detallados en las Bases Técnicas”, al ofertar una lavavajilla sin las características técnicas solicitadas en las bases de la presente licitación. Conforme al criterio Cumplimiento de requisitos formales se solicitó a través del foro las características técnicas del bien a adquirir con un plazo de un día, no presentando o corrigiendo la documentación solicitada. Por lo tanto, la oferta será rechazada.
Por lo tanto, en virtud del principio de estricta sujeción a bases e igualdad de los oferentes se rechazan las líneas N° 1, 4 y 5 de esta oferta
4.4 COMERCIALIZADORA MAQUIPAN CHILE SPA 96.702.420-1
Línea N° 5
Se rechaza la línea N° 5 de esta empresa, ya que no dio cumplimiento a lo solicitado en el “Requerimiento Técnico”, incumpliendo las Bases de Licitación que dice en el punto VII “Otras Cláusulas”, “Presentación de las Ofertas”, numeral 1.6 en forma textual “…Los oferentes deberán respetar íntegramente los requerimientos detallados en las Bases Técnicas”, al ofertar una lavavajilla con capacidad de lavado de 30 cestas por hora y se solicita una lavavajilla con capacidad de 90 cestas por hora.
Por lo tanto, en virtud del principio de estricta sujeción a bases e igualdad de los oferentes se rechaza la línea N° 5 de esta oferta.
4.5 MENAJE EL VOLCÁN 86.520.500-7
Líneas N° 2 y 5
Se rechaza la línea N° 2 de esta empresa, ya que no dio cumplimiento a lo solicitado en el “Requerimiento Técnico”, incumpliendo las Bases de Licitación que dice en el punto VII “Otras Cláusulas”, “Presentación de las Ofertas”, numeral 1.6 en forma textual “…Los oferentes deberán respetar íntegramente los requerimientos detallados en las Bases Técnicas”, al ofertar una licuadora profesional con velocidad de 35.000 rpm y se solicita una licuadora profesional con 6 velocidades.
Se rechaza la línea N° 5 de esta empresa, ya que no dio cumplimiento a lo solicitado en el “Requerimiento Técnico”, incumpliendo las Bases de Licitación que dice en el punto VII “Otras Cláusulas”, “Presentación de las Ofertas”, numeral 1.6 en forma textual “…Los oferentes deberán respetar íntegramente los requerimientos detallados en las Bases Técnicas”, al ofertar un dispensador de jugo lavavajilla con capacidad de lavado de 40 cestas por hora y se solicita una lavavajilla con capacidad de 90 cestas por hora.
Por lo tanto, en virtud del principio de estricta sujeción a bases e igualdad de los oferentes se rechazan las líneas N° 2 y 5 de esta oferta.
4.6 COMERCIAL OFICINTA LTDA. 79.702.500-3
Líneas N° 1, 2, 3 y 5
Se rechaza la línea N° 1, 2, 3 y 5 de esta empresa, no adjunto los anexos incorporados a las bases, requisitos solicitados en el punto VII “Otras Cláusulas”, “Presentación de las Ofertas”, numeral 1.4 que dice textual “…Los anexos incorporados a las presentes Bases deberán presentarse firmados por el representante legal del oferente - persona jurídica - o por el oferente - persona natural - en caso que corresponda y no se encuentren disponibles en el portal, de no hacerlo la oferta podrá ser declarada inadmisible…” y el numeral 1.2 que textualiza “…La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en ellas, será condición suficiente para no considerar la propuesta…”.
Por lo tanto, en virtud del principio de estricta sujeción a bases e igualdad de los oferentes se rechazan las líneas N° 1, 2, 3 y 5 de esta oferta.
5. Que, para la línea N° 5 se rechazaron las ofertas de las empresas de acuerdo al Considerando 4) en los puntos 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 4.5 y 4.6, por lo que debe ser declarada desierta.
6. En virtud de lo anterior, las líneas de las siguientes ofertas, pasan al proceso de evaluación.
• COMERCIAL ALIMENTICIA LTDA. 76.019.939-7
Línea N° 1
• CAZATI MAQUINARIAS SPA 76.360.729-1
Líneas N° 1, 2, 3 y 4
• COMERCIALIZADORA PULSO SPA 76.488.848-0 Líneas N° 2 y 3
• MENAJE EL VOLCAN 86.520.500-7
Líneas N° 1, 3 y 4
7. Que, los siguientes criterios de evaluación fueron establecidos en las Bases de Licitación con el objeto de adjudicar la propuesta a aquel proveedor que obtenga el mayor puntaje:
CRITERIOS PORCENTAJE
PRECIO 45%
GARANTÍA 35%
PLAZO DE ENTREGA 15%
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5%
8. Que, conforme a la matriz de evaluación que se expone el resultado de la evaluación de las ofertas es la siguiente:
LINEA N°1 OFERTA ECONOMICA PLAZO DE ENTREGA GARANTÍA CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES Total ptos.
N° Empresa Precio total Pje 45% Pje 15% Pje 35% Pje 5% 100%
1 COMERCIAL ALIMENTICIA LTDA $ 490.000 100 45,00 60,00 9,00 100 35,00 50 2,50 91,50
2 CAZATI MAQUINARIAS SPA $ 530.000 92,45 41,60 42,86 6,43 100 35,00 100 5 88,03
3 MENAJE EL VOLCAN $ 521.672 93,93 42,27 100 15 100 35,00 50 2,50 94,77
LINEA N° 2 OFERTA ECONOMICA PLAZO DE ENTREGA GARANTÍA CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES Total ptos.
N° Empresa Precio total Pje 45% Pje 15% Pje 35% Puntaje 5% 100%
1 CAZATI MAQUINARIAS SPA $ 196.000 61,62 27,73 71,43 10,71 100 35,00 100 5,00 78,44
2 COMERCIALIZADORA PULSO SPA $ 120.767 100 45,00 100 15,00 30,00 10,50 100 5,00 75,50
LINEA N° 3 OFERTA ECONOMICA PLAZO DE ENTREGA GARANTÍA CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES Total ptos.
N° Empresa Precio total Pje 45% Pje 15% Pje 35% Pje 5% 100%
1 CAZATI MAQUINARIAS SPA $ 738.000 48,26 21,72 42,86 6,43 100 35,00 100 5,00 68,14
2 COMERCIALIZADORA PULSO SPA $ 543.600 65,51 29,48 60,00 9,00 30,00 10,50 100 5,00 53,98
3 MENAJE EL VOLCAN $ 356.126 100 45,00 100 15,00 100 35,00 50,00 2,50 97,50
LINEA N° 4 OFERTA ECONOMICA PLAZO DE ENTREGA GARANTÍA CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES Total ptos.
N° Empresa Precio total Pje 45% Pje 15% Pje 35% Pje 5% 100%
1 CAZATI MAQUINARIAS SPA $ 729.000 66,14 29,76 42,86 6,43 100 35,00 100 5,00 76,19
2 MENAJE EL VOLCAN $ 482.176 100 45,00 100 15,00 100 35,00 100 5,00 100
9. Que, de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en las bases y del resultado arrojado por la matriz de evaluación, las siguientes empresas obtuvieron el puntaje necesario para adjudicarse la presente Licitación como se indica:
LÍNEA N° 1
ADQUISICIÓN : ADQUISICIÓN DE MENAJE DE COCINA PARA EL EMPLEO DEL CASINO
RAZÓN SOCIAL : MENAJE EL VOLCÁN LTDA.
RUT : 86.520.500-7
PUNTAJE PROMEDIO : 94,77%.
MONTO CONTRATO : $ 521.672.- FONDOS FORA (EXENTO DE IVA)
DETALLE : 01 (UN) DISPENSADOR DE JUGO 2 CUBAS
LÍNEA N° 2
ADQUISICIÓN : ADQUISICIÓN DE MENAJE DE COCINA PARA EL EMPLEO DEL CASINO.
RAZÓN SOCIAL : CAZATI MAQUINARIAS SPA
RUT : 76.360.729-1
PUNTAJE PROMEDIO : 78,44%.
MONTO CONTRATO : $ 196.000.- FONDOS FORA (EXENTO DE IVA)
DETALLE : 01 (UNA) LICUADORA PROFESIONAL
LÍNEA N° 3
ADQUISICIÓN : ADQUISICIÓN DE MENAJE DE COCINA PARA EL EMPLEO DEL CASINO.
RAZÓN SOCIAL : MENAJE EL VOLCAN
RUT : 86.520.500-7
PUNTAJE PROMEDIO : 97,50 %.
MONTO CONTRATO : $ 356.126.- FONDOS FORA (EXENTO DE IVA)
DETALLE : 01 (UN) CORTADORA DE FIAMBRE
LÍNEA N° 4
ADQUISICIÓN : ADQUISICIÓN DE MENAJE DE COCINA PARA EL EMPLEO DEL CASINO.
RAZÓN SOCIAL : MENAJE EL VOLCAN
RUT : 86.520.500-7
PUNTAJE PROMEDIO : 100 %.
MONTO CONTRATO : $ 482.176.- FONDOS FORA (EXENTO DE IVA)
DETALLE : 01 (UN) TRITURADORA DE ALIMENTO
10. Que, el artículo 9 de la Ley 19.886, establece que el órgano contratante declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
11. Que, lo establecido en el Artículo N° 10 de la Ley 19.886 y su reglamento, el adjudicatario será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecidos en las Bases Administrativas y en los Criterios de Evaluación.
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