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VISTOS: Lo dispuesto en el DFL N.º 1, de 2006, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N.º 2.763, de 1979, y de las Leyes N.º 18.933 y 18.469; en la Ley N.º 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. N.º 1 – 19.653 de 2001 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia; en la Ley N.º 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Servicio y Prestación de Servicios, y en su Reglamento aprobado por DS N.º 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda; en el D.S. N.º 140 de 2005 del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; en el D.S. N.º 38 de 2005 del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red; en la Ley N.º 20.393 de 2022 que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los delitos que indica; en la Ley N.º 21.595 de 2023, Ley de Delitos Económicos; en la Resolución Exenta RA 116675/7/2023 de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central que renueva mi designación como Director de este Hospital; en la Ley N.º 21.722, de Presupuesto para el Sector Público correspondiente al año 2025; y en la Resolución N.º 36 de 2024, de la Contraloría General de la República.
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1. Que mediante Resolución Exenta N° 1168 de fecha 26 de mayo de 2025, se aprueban las bases y llamado a Licitación Pública para la contratación de “SERVICIO DE EXAMEN CAPACIDAD DE DIFUSION ESTUDIO DE DLCO PARA PACIENTES DEL HOSPITAL CLINICO SAN BORJA ARRIARÁN”, ID: 1057049-146-LE25.
2. Que, con fecha 06 de junio de 2025, tuvo lugar el acto de apertura electrónica de las ofertas técnicas y económicas presentadas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, registrándose el ingreso de las siguientes ofertas, presentadas según detalle más abajo indicado:
RUT PROVEEDOR ESTADO HABILIDAD
76.242.774-5 CLINICA BUPA SANTIAGO S.A. HÁBIL
77.287.693-9 NUEVA SSI S.A. HÁBIL
77.952.429-9 TIMBIOS SPA HÁBIL
3. Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 10 de las bases administrativas, y lo dispuesto en el resuelvo N° 7, de la Resolución Exenta N° 1168 de fecha 26 de mayo de 2025, la Comisión Evaluadora está constituida por los siguientes funcionarios o quien se encuentre subrogando o reemplazando el cargo al momento de la evaluación:
• Sra. Patricia Vargas Silva, Coordinadora Unidad de Extrasistema.
• Srta. Gisela Hernández Leiva, Coordinadora Unidad de Procedimiento.
• Sr. Patricio Carrasco Vega, Ejecutivo de compras Departamento Gestión de Abastecimiento.
4. Que, según consta en informe de Evaluación de fecha 18 de julio de 2025, adjunta a la presente resolución, la Comisión Evaluadora propone rechazar o aceptar las ofertas presentadas por los proponentes de acuerdo a detalle, debido a que fueron evaluadas administrativamente según los requisitos de admisibilidad de ofertas solicitados en las Bases Administrativas capitulo Nº 8 “Documentación de la Propuesta” al momento de apertura electrónica, de acuerdo a siguiente cuadro:
Requisitos de Admisibilidad
Administrativos Técnicos Económico
Proveedor RUT Form. N°1 Form. N°2 Form. N°5 Form. N°3 RES. Sanitaria Cert. Acreditación Propuesta Técnica Form. N°4 Estado Chile Proveedores Estado Oferta
CLINICA BUPA SANTIAGO S.A. 76.242.774-5 SI SI SI SI SI SI SI SI Hábil Aceptada
NUEVA SSI S.A. 77.287.693-9 SI SI SI SI SI SI SI SI Hábil Aceptada
TIMBIOS SPA 77.952.429-9 SI SI SI SI NO NO SI SI Hábil Rechazada
5. Que, según consta en informe de Evaluación de fecha 18 de julio de 2025, adjunta a la presente resolución, la Comisión Evaluadora propone declarar inadmisible la oferta presentada por el proponente TIMBIOS SPA, RUT: 77.952.429-9, debido a que No cumple con los documentos señalados como requisitos de admisibilidad, ya que no adjunta documentación de Admisibilidad solicitada en capítulo 8.2 Oferta Técnica Letras b) Resolución de la Autoridad Sanitaria c) Certificado Acreditación del Registro de Prestadores de Salud ".
6. Que, según consta en informe de Evaluación de fecha 18 de julio de 2025, adjunta a la presente resolución, la Comisión Evaluadora propone declarar admisible las ofertas presentadas por los proponentes CLINICA BUPA SANTIAGO S.A., RUT: 76.242.774-5, NUEVA SSI S.A., RUT: 77.287.693-9, debido a que fueron evaluadas administrativamente según los requisitos de admisibilidad de ofertas solicitados en las Bases Administrativas capitulo Nº 8 “Documentación de la Propuesta” al momento de apertura electrónica, cumpliendo con la totalidad de ellos.
7. Que, según consta en el referido informe de Evaluación, de acuerdo con los criterios de evaluación fijados en las bases, la oferta de la empresa CLINICA BUPA SANTIAGO S.A., RUT: 76.242.774-5, obtuvo el más alto puntaje, recomendándose su adjudicación, debido a que resulta ser conveniente a los intereses y necesidades de este servicio de salud, según la ponderación resultante de los criterios adoptados en la respectiva Licitación Pública, todo ello, de acuerdo al siguiente cuadro:
RANKING FINAL
Proveedor RUT PLAZO ENTREGA SERVICIOS (31%) COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL (2%) CORRECTA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA (2%) OFERTA ECONÓMICA (60%) CRITERIO DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE (5%) TOTAL
CLINICA BUPA SANTIAGO S.A. 76.242.774-5 31,00 1,99 2,00 60,00 5,00 99,99
NUEVA SSI S.A. 77.287.693-9 24,80 2,00 2,00 34,88 5,00 68,68
8. Que, el certificado de estado de inscripción en chile proveedores, de la empresa CLINICA BUPA SANTIAGO S.A., RUT N° 76.242.774-5, se encuentra hábil en el sistema de Información de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl según certificado que se adjunta.
9. Que, esta contratación tiene respaldo presupuestario, según certificado de disponibilidad presupuestaria emitido por el Jefe del Departamento de Finanzas.
10. Que, considerando lo propuesto por la comisión evaluadora y atendida las facultades que me otorga el art. 9° y 10° de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, corresponde dictar el acto administrativo de rigor.
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