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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
1052836-9-LP25
Adjudicación Informada en portal el
26/1/2026 14:48
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En
San Carlos,
22-01-2026
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Nro de
Resolución
15
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Vistos
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Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, artículos 115 bis y 116; El DFL No 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado; en DFL N° 119.175, que fija texto Refundido, Coordinado, Sistematizado y Actualizado de la Ley No 19.175 Orgánica Constitucional Sobre Gobierno y Administración Regional; en la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 21.640, sobre Presupuesto para el sector público año 2024; en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el Decreto N° 661 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886; en DFL N° 22 de 1959, que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Gobierno Interior; el Decreto Supremo N° 117 de 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a la Delegada Presidencial Provincial de Punilla; en la Resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República; Circular N° 07 de fecha 26 de enero de 2024, del Subsecretario del Interior; Resolución Exenta N°328 de fecha 25 de Noviembre del 2025 que APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TÉCNICAS Y ANEXOS. DESIGNA COMISIÓN EVALUADORA Y AUTORIZA PUBLICACIÓN PARA LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE CONTRUCCIÓN A SUMA ALZADA DE SONDAJE DE EMERGENCIA PARA EL SSR FLOR DE QUIHUA, COMUNA DE SAN CARLOS; Resolución Exenta N° 5 del 15 de enero del 2026 que ADJUDICA LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA para "SERVICIO DE CONTRUCCIÓN A SUMA ALZADA DE SONDAJE DE EMERGENCIA PARA EL SSR FLOR DE QUIHUA, COMUNA DE SAN CARLOS".
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Considerando
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Provincial de Punilla el que consta bajo el código ID: 10528369LP25 de la plataforma mercado público se adjudicó conforme al contenido de la resolución N°5 de fecha 15 de enero del 2026 a la empresa SOCIEDAD PERFOSUR LIMITADA; RUT: 76.287.915-8, por la suma de $71.400.000 IVA incluido.
2) Que, conforme a lo indicado en bases administrativas, se tomó contacto con el proveedor adjudicado, con el objeto de coordinar la firma de contrato y la entrega de terreno, la que se estimaba realizar con fecha 23 de enero del 2026.
3) Que, frente a lo solicitado el proveedor indica que no tiene disponibilidad para llevar a cabo el inicio de la obra sino hasta el 22 de febrero del 2026, razón por la cual indica que tendrá que rechazar la adjudicación, conforme a lo indicado en correo electrónico remitido al Departamento de Administración y finanzas del siguiente tenor:
“ Estimado:
Buenas tardes, junto con saludar me dirijo a usted por el motivo de la adjudicación de la licitación Servicio Construcción de sondaje de emergencia SSR, a pesar de que fuimos adjudicados lamentamos informar que actualmente no podemos iniciar este proyecto hasta 16 de Febrero debido a que poseemos un retraso en dos faenas que se encuentran en ejecución las cuales debemos terminar primero antes de poder asumir este contrato, si bien nuestro plazo indicado ea licitación corresponde a 35 días, este podríamos llevarlo a cabo pero en un plazo de 60 días si
ustedes aceptaran claramente, de lo contrario desistimos del contrato desde ya, quedamos
atentos a sus comentarios o a las indicaciones según proceda para llegar a un acuerdo.”
4) Que, como bien se indica en la Resolución Exenta N°328 que aprueba las bases que dio inicio a este procedimiento de compra pública, el requerimiento indicado corresponde a una situación de emergencia, motivo por el cual es necesario dar inicio lo antes posible al servicio contratado.
5) Que, en concordancia con lo expresado anteriormente, uno de los factores importantes de evaluación fue el criterio de ejecución de la obra, inclusive siendo este el que marcó la diferencia inclusive en los puntajes asignados en los proveedores.
6) Que, en razón de la situación fáctica descrita en los considerandos anteriores es que resulta necesario revocar la Resolución Exenta N°5 del 15 de enero de 2026 y proceder conforme a lo indicado en las bases administrativas N°328 ambas de esta Delegación Presidencial Provincial de Punilla.
7) Que, la referida Resolución que aprueba las bases administrativas, en su numeral 17 se indica:
“La Delegación Presidencial Provincial de Punilla junto con dejar sin efecto la adjudicación original, podrá adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en los siguientes casos:
• Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra cuando sea requerido por la Delegación Presidencial Provincial de Punilla.
• Si el adjudicatario no concurre a la suscripción del contrato en los plazos establecidos en las presentes Bases.”
8) Que, conforme al mérito de lo expuesto en los considerando se configuran los presupuestos fácticos para proceder a la re adjudicación.
9) Que, según lo expuesto por la comisión evaluadora, el segundo lugar en la suma de puntajes corresponde al proveedor SONDAGUA (SONDAJES SPA) quien obtuvo un 81.8% del puntaje asignado en el referido proceso de compra pública.
10) Que, para cumplir con lo anterior resulta necesario revocar el acto administrativo que adjudicó el proceso licitatorio.
11) Que, la revocación tiene como finalidad dejar sin efecto un acto administrativo por razones de interés público, mérito y oportunidad. La doctrina administrativista ha referido que "Dogmáticamente, la revocación se concreta con una resolución administrativa destinada a poner término a los efectos jurídicos producidos por un acto administrativo regular, cuando la administración estima conveniente hacerlo cesar por exigirlo el interés general. De este modo, la clave de la potestad revocatoria estriba en la tensión que origina entre el interés público que exige la modificación de una situación jurídica existente y la seguridad jurídica del particular sobre la mantención de su statu quo intangible, derivado de la regularidad jurídica del acto administrativo que se pretende revocar"[Juan Carlos Flores Rivas (2017),pp198-.200].
12) Que, lo anterior sin duda satisface el interés común ya que esto permitiría seguir adelante en la satisfacción de tan importante requerimiento, que es dotar de un sondaje de emergencia que permita habilitar nuevamente el APR FLOR DE QUIHUA ALTO, de la comuna de San Carlos.
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Resuelvo
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1.- REVOQUESE, la Resolución Exenta N° 5, de fecha 15 de enero de 2026, que ADJUDICA LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA para "SERVICIO DE CONTRUCCIÓN A SUMA ALZADA DE SONDAJE DE EMERGENCIA PARA EL SSR FLOR DE QUIHUA, COMUNA DE SAN CARLOS en proceso de licitación pública ID: 10528369LP25.
2.ADJUDÍQUESE la licitación ID:10528369LP25, para contratación del Servicio Construcción de sondaje de emergencia SSR FLOR DE QUIHUA ALTO, de la comuna de San Carlos, al siguiente proveedor SONDAJES SPA; RUT: 96.690.360-0 .
3. IMPÚTESE, al ítem presupuestario 214050203, un valor total máximo de $ 73.947.195 (setenta y tres millones novecientos cuarenta y siete mil ciento noventa y cinco pesos) IVA INCLUDO.
4. SUSCRÍBASE, los respectivos contratos entre la Delegación Presidencial Provincial de Punilla y el adjudicatario ya indicado.
5. PUBLÍQUESE, la presente Resolución en el sistema Electrónico de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE PUNILLA
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Unidad de Compra
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GOBERNACION PROVINCIAL DE PUNILLA
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R.U.T.
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62.000.470-7
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Dirección
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Calle Maipu N°680
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Comuna
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San Carlos
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región del Ñuble
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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MANUEL SEBASTIAN NASSAR
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Cargo
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COORDINADOR UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN, ADQUISICIONE
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Teléfono
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56-02-24877841
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Fax
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--
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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1052836-9-LP25
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Nombre de Adquisición
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Servicio Construcción de sondaje de emergencia SSR
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
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Descripción
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La Delegación Presidencial Provincial de Punilla, busca contratar “SERVICIO DE CONTRUCCIÓN A SUMA ALZADA DE SONDAJE DE EMERGENCIA PARA EL SSR FLOR DE QUIHUA, COMUNA DE SAN CARLOS.”
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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26/11/2025 17:36
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Fecha de Cierre
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8/1/2026 15:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 73.947.195
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 60.000.000
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Análisis de valores de mercado
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Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.
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Comisión Evaluadora
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| 17138403-6 | PABLO RAMOS PAREDES | JEFE DEPARTAMENTO JURIDICO |
| 17458663-2 | DANIEL GARCIA DURAN | DEPARTAMENTO EMERGENCIA |
| 17061728-2 | MANUEL SEBASTIAN NASSAR NEIRA | administraivo |
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Resultado de la Adjudicación
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