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Lo dispuesto en la ley N° 18.575 Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado, de fecha 5 de
diciembre de 1986; en los artículos 74 y siguientes, de la Ley
N°18.834 sobre Estatuto Administrativo de fecha 23 de
septiembre de 1989, en la Ley N° 21.640, de presupuestos para el
sector público correspondiente al año 2024; en la Ley N° 20.502,
que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio
Nacional para la prevención y rehabilitación del consumo de
drogas y alcohol y el DFL N° 2-20.502, de 2011; en la Ley N°
19.880, que establece bases de los procedimientos
administrativos que rigen los actos de los órganos de la
administración del Estado; en La ley N°19.886, de fecha 30 de julio
de 2003, de bases sobre contratos administrativos y prestación de
servicios y en su reglamento, aprobado mediante Decreto N° 250,
de fecha 24 de septiembre de 2004 del Ministerio de Hacienda; en
la Resolución Nº 7, de 26 marzo de 2019 y en la Resolución N° 14,
del 29 de diciembre de 2022, ambas de la Contraloría General de
la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma
de razón; en el Decreto N° 346, de fecha 30 de noviembre de 2022
y el Decreto Exento N°433 del 29 de marzo de 2023, ambos del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el requerimiento N°
S-1894/24 y en la solicitud de recursos N° 167 REC- 167/24, en la
resolución exenta N° 400 del 07 de mayo de 2024, en el
Memorándum N° MEMO-756/24 de 09 de julio de 2024, en la
Resolución Exenta N° 560 de 19 de Julio de 2024 y en el
requerimiento S-5174/24
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1. Que, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
SENDA, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del
consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol, y de
tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos
estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, en la elaboración de una Estrategia
Nacional de drogas y Alcohol.
2. Que, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
SENDA, requería contratar un Servicio de suministro de producción, organización, gestión e
implementación de actividades de capacitación, Talleres, Seminarios, Congresos, Convenciones,
Ferias con la comunidad, por un plazo de 24 meses de servicio
3. Que, el servicio requerido no se encontraba dentro del catálogo de los bienes y servicios
disponibles a través de convenio marco celebrados por la Dirección de Compras y Contratación
Pública.
4. Que, para su contratación, resultaba indispensable que el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, llamara a licitación pública.
5. Que, en el ámbito de sus facultades, SENDA, procedió a licitar a través de su portal institucional
www.mercadopublico.cl con el ID 745463-1-LR24, correspondiente a la Contratación Servicio de
suministro de producción, organización, gestión e implementación de actividades de capacitación,
Talleres, Seminarios, Congresos, Convenciones, Ferias con la comunidad, cuyas bases fueron
aprobadas por Resolución Exenta N°400 de 07 de mayo de 2024 de este Servicio.
6. Que, a la Licitación pública antes individualizada, se presentaron los siguientes oferentes, a través
de su portal:
RUT PROVEEDOR
76.749.901-9 Razón Social: NOT EVENT
76.364.234-8 Razón Social: CONCORDE EXPRESS
76.741.156-1 Razón Social: EVENTOS TURISTICOS SPA
76.062.012-2 Razón Social: DITECSUR LIMITADA
76.958.676-8 Razón Social: TOLED PRODUCCIONES
76.857.409-k Razón Social: AMERICA CREATIVA
7. Que, conforme a lo dispuesto en el número 4.2 del Acápite I de las Bases Administrativas, la
Comisión Evaluadora se constituyó con fecha 05 de julio de 2024.
8. Que, en una primera evaluación; la propuesta de EVENTOS TURISTICOS SPA, RUT 76.741.156-1, fue
declarada inadmisible, en cuanto a no cumplió con los contenidos mínimos requeridos exigidos en
las bases de licitación señalados en el punto 3.6, ACÁPITE I, como se expresa en el acta de
evaluación insertada en la presente, por lo que, la comisión resuelve continuar la evaluación de los
oferentes NOT EVENT, CONCORDE EXPRESS, DITECSUR, TOLED PRODUCCIONES AMERICA
CREATIVA de conformidad a lo señalado en las bases en el punto 4.3 de la evaluación de las Ofertas
Técnicas.
9. Que la Comisión Evaluadora al realizar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios
descritos en las bases de licitación llegó al resultado final que la Licitación pública ID 745463-1-
LR24, convocada a través del portal www.mercadopublico.cl correspondiente a la contratación de
un “Servicio de suministro de producción, organización, gestión e implementación de actividades
de capacitación, Talleres, Seminarios, Congresos, Convenciones, Ferias con la comunidad” fue
adjudicada al proveedor: NOT EVENT, RUT 76.749.901-9, esto por cumplir su propuesta con todos
los aspectos técnicos y económicos requeridos, todo ello de conformidad con el Acta de
Evaluación y Adjudicación que se adjunta a la presente resolución exenta.
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10. Que, a través de la Resolución Exenta N° 560 de 19 de julio de 2024, se adjudica la licitación ID
745463-1-LR24, correspondiente al Servicio de suministro de producción, organización, gestión e
implementación de actividades de capacitación, Talleres, Seminarios, Congresos, Convenciones,
Ferias con la comunidad al proveedor NOT EVENT - RUT 76.749.901-9.
11. Que, con fecha 8 de agosto de 2024, el oferente NOT EVENT - RUT 76.749.901-9 ha comunicado
vía correo electrónico, su desistimiento del proceso y a la firma del contrato.
12. Que, mediante memorándum N ° 880, de conformidad a lo establecido en el N ° 5.3 de las bases
de licitación aprobadas por Resolución Exenta N ° 400/24 desde el área de adquisiciones
solicitaron la readjudicación al segundo oferente con mayor puntaje final de acuerdo al acta de
evaluación.
13. Que, en razón de todo lo anteriormente expuesto, es necesario dictar el correspondiente acto
administrativo, razón por la cual,
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PRIMERO: Readjudíquese proceso de licitación ID 745463-1-LR24, correspondiente a la contratación
del Servicio de suministro de producción, organización, gestión e implementación de actividades de
capacitación, Talleres, Seminarios, Congresos, Convenciones, Ferias con la comunidad, al proveedor
DITECSUR LIMITADA- Rut 76.062.012-2.
SEGUNDO: El gasto total que irrogará para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, la ejecución del servicio licitado asciende a la cantidad única y total de
$620.000.000.- impuestos incluidos.
El referido monto se pagará en la forma y condiciones descritas en el número 7.1 y 7.2 del Acápite I de
las Bases Administrativas aprobadas por Resolución Exenta N°400 del 07 de mayo de 2024 de SENDA.
Los pagos que deban efectuarse durante el año 2024 se imputarán a la partida 24.01.002 del
Presupuesto del Sector Público Vigente, establecido en la Ley N°21.640.
Déjese constancia que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol, cuenta con las disponibilidades presupuestarias para comprometer los pagos
correspondientes.
TERCERO: El oferente deberá, dentro de los 15 días hábiles desde la notificación de la presente
resolución que adjudica, hacer llegar los documentos correspondientes para la suscripción del
Contrato.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
EN EL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA
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