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3° Que, en la licitación anteriormente citada se presentaron los siguientes oferentes:
Nº Razón Social Rut
1 (UTP) APCA Chile
Asesorías e Inversiones Apca Chile Spa
Mónica Alvear Alzugaray
76.148.283-1
11.861.430-5
2 Claudio Cristian Bravo Ortega 12.059.751-5
3 (UTP) Consorcio Servicios de Ingeniería Deuman SpA. (Deuman) & Fundación Centro de Estudios de la Mujer
Servicios de Ingeniería Deuman SpA
Fundación Centro de Estudios de la Mujer
78.733.550-0
65.155.120-K
4 Consultora Innmetric Chile Limitada 76.428.842-4
5 Pontificia Universidad Católica de Chile 81.698.900-0
4° Que, la comisión, previa suscripción de sus respectivas declaraciones de no estar afectos a ningún conflicto de interés, y de acuerdo al numeral 10.5 de las bases Administrativas sobre “Inadmisibilidad de las ofertas y declaración desierta de la licitación”, procedió a analizar la admisibilidad de las ofertas, dando cuenta que:
a) La oferta de la Unidad Temporal de Proveedores ASESORIAS E INVERSIONES APCA CHILE, integrada por Asesorías e Inversiones Apca Chile Spa RUT: 76.148.283-1 y Mónica Alvear Alzugaray, RUT: 11.861.430-5, no presenta el Anexo N.° 6 “Requisitos mínimos para participar” de las bases administrativas de la licitación, y modificó el Anexo Nº 5 sobre “Oferta económica” e ingresó su oferta en una moneda (pesos chilenos) distinta a la requerida (Euros), lo que contraviene lo indicado en el numeral 6 de las Bases Administrativas, que refiere: “En caso de que no se presente el anexo económico o que la oferta se presente en un tipo de moneda distinto al requerido en el anexo, la oferta será declarada inadmisible” y respecto del Anexo N°5: “Los valores ofertados deberán ser expresados en EUROS. En caso de que la oferta se presente en un tipo de moneda distinto, la oferta será declarada inadmisible”;
b) Las propuestas de Claudio Cristian Bravo Ortega, rut 12.059.751-5; Unión Temporal Consorcio Servicios de Ingeniería Deuman SpA. & Fundación Centro de Estudios de la Mujer, rut 78.733.550-0 y 65.155.120-K; Consultora Innmetric Chile Limitada, rut 76.428.842-4 y Pontificia Universidad Católica de Chile, rut: 81.698.900-0, fueron declaradas ofertas admisibles, por cumplir con lo establecido en el numeral 6 de las bases de licitación.
5° Que, posteriormente y de acuerdo al numeral 10.6 de las Bases Administrativas sobre Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas”, el comité procedió con la evaluación de las ofertas, dando cuenta que:
a) Al revisar la propuesta técnica de la Universidad Católica de Chile para el criterio “Propuesta de Plan de Trabajo”, el que supone la necesidad de contar con tres medios de verificación (Plan de trabajo, Carta Gantt con planificación de tareas, organigrama de la organización), el Comité de Evaluación observa que no adjunta Carta Gantt con planificación de tareas, según requerido en el número 2.6 del Anexo Nº 4 de las bases de licitación, como uno de los tres contenidos mínimos del Plan de Trabajo y como medio de verificación en dicho criterio, y sólo presenta un cronograma que no cumple con los elementos propios de la carta Gantt requerida. El “Cronograma” permite una mirada temporal lineal (vertical), mientras que la “Carta Gantt” permite una mirada “vertical y horizontal” de las acciones a ejecutar en el tiempo, es decir: permite evaluar “la estructuración y coherencia del Servicio” en relación con las acciones desplegadas, su secuencialidad, conexión y coherencia con la etapa respectiva y el resultado esperado.
El análisis “vertical y horizontal” que entrega la Carta Gantt, no lo permite el Cronograma propuesto por la Universidad Católica de Chile, ya que no es posible evidenciar “coherencia entre etapas, acciones y esfuerzos, y su secuencialidad o paralelismo”, inhibiendo al evaluador de generar un juicio sobre la coherencia en la estructuración y ejecución temporal del Plan de Trabajo propuesto por el oferente.
El no contar con Carta Gantt en los términos planteados, de parte de la Universidad Católica de Chile, aparte de incumplir con uno de los tres medios de verificación exigidos (como “elemento objetivo de evaluación”), genera al Mandante la tarea posterior de co-crear este instrumento con el Oferente, hito no previsto y forzoso debido, precisamente, a esta carencia en su propuesta.
Adicionalmente observa que, en el punto Nº 8 sobre “Cronograma de trabajo” de la propuesta efectuada por la mencionada Casa de estudios, en que refiere: “Se utilizará una carta Gantt para monitorear el progreso de las tareas y asegurar el cumplimiento de los plazos acordados”, se da cuenta de un reconocimiento por parte del proponente de la diferencia de ambas herramientas y que la Carta Gantt será presentada al momento de la ejecución del contrato, lo que contraviene el estricto cumplimiento de las bases.
Considerando todos los elementos expuestos, el Comité otorga a la propuesta de la Universidad Católica (0) cero puntos en el criterio “Propuesta Plan de Trabajo”.
Por tanto, atendiendo a lo señalado, y lo dispuesto en el numeral 10.6 de las bases administrativas de la licitación que plantea: “Se entenderá que los oferentes que no cumplen con un puntaje mínimo de 43 puntos en el Puntaje de la Oferta Técnica, una calificación mínima de 50 puntos en el ítem “Propuesta Plan de Trabajo” y de 13 puntos en el ítem “Equipo de Trabajo” no califican técnicamente. Las ofertas que obtengan puntuaciones inferiores serán descalificadas”, la propuesta de la Universidad Católica de Chile, en el Criterio “Propuesta Plan de Trabajo” de conformidad a lo señalado en las bases de licitación, corresponde sea descalificada, por obtener un puntaje inferior a la calificación mínima en dicho criterio y por tanto se resuelve no continuar con la evaluación de dicha propuesta, considerando que la puntuación obtenida en otros criterios no hará variar su condición descalificatoria.
b) Por otra parte, en el marco de lo indicado en los numerales 10.3 y 10.4 de las Bases de licitación, el Comité de Evaluación, entre el 11 de noviembre y el 11 de diciembre de 2024, solicita subsanar errores formales y el envío de certificaciones omitidas:
(i) Se solicita a la Consultora Innmetric Chile Limitada, lo siguiente:
Confirmar que su oferta económica presentada en Anexo Nº 5, es exenta de IVA, adjuntando el documento legal y el registro correspondiente que certifique que la empresa se encuentra exenta de dicha tributación. El proponente entrega su respuesta en el plazo establecido en las bases informando que “la oferta presentada es exenta de IVA” y adjunta Certificado Declaración Jurada de Sociedades Profesionales, folio 24055633701, emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII), donde certifica que la empresa tributará conforme a las normas de Primera Categoría, debiendo emitir facturas y/o boletas no afectas o exentas electrónicas. La Consultora Innmetric Chile Limitada, entrega la documentación el 12 de noviembre de 2024, lo que se encuentra dentro del plazo para aclarar información, establecido en las bases de licitación.
Enviar, documentación pertinente relativa al ámbito de especialidad del magister y doctorado del Especialista en el desarrollo de marco conceptual, teórico y metodología para la construcción de instrumentos propuesto, por ejemplo, programa de estudios del año en que realizó el posgrado y/o Tesis de Grado, con el objeto de verificar si la formación académica propuesta aplica o es compatible con las especialidades requeridas en el criterio a evaluar. La empresa no entrega la información solicitada, sin embargo, en una segunda ronda de revisión de los antecedentes, se da cuenta que esta información no es relevante puesto que el Magister en Estadística informado oportunamente por el proponente aplica con las especialidades requeridas en el criterio a evaluar.
(ii) El Comité de Evaluación solicita a Claudio Cristian Bravo Ortega, lo que se indica:
Adjuntar declaración jurada simple de curriculum vitae del jefe de proyecto, documentación que es entregada el 21 de noviembre de 2024, cumpliendo con lo establecido en el plazo de aclaración.
(iii) El Comité de Evaluación solicita a la UTP Consorcio Deuman & Centro Estudios de la Mujer, lo siguiente:
Adjuntar certificados o diplomas de las especializaciones informadas en el curriculum del Especialista en análisis de datos, procesamiento y visualización de datos cuantitativos y cualitativos propuesto.
Enviar, documentación pertinente relativa al ámbito de especialidad del magister y doctorado de la Jefa de Proyecto propuesto, por ejemplo, programa de estudios del año en que realizó el posgrado y/o Tesis de Grado, con el objeto de verificar si la formación académica propuesta aplica o es compatible con las especialidades requeridas en el criterio a evaluar.
La UTP Consorcio Deuman & Centro Estudios de la Mujer, entrega la documentación el 08 de diciembre de 2024, lo que se encuentra dentro del plazo establecido para aclarar información.
c) Que, una vez recibidas las certificaciones solicitadas, el Comité continúa con el proceso de evaluación, dando cuenta que:
(i) Para el criterio “Jefe de Proyecto. 2. Formación Académica (FA)”, la propuesta de la UTP Consorcio Deuman & Centro Estudios de la Mujer, presenta como formación académica del jefe de proyecto el grado de doctor en sociología, otorgado por la Universidad Autónoma de Barcelona, la que de acuerdo a lo señalado en el numeral 5, letra b) de esta resolución, se complementa con su tesis denominada “Procesos político – institucionales e igualdad de género. Chile: 1980-2010”. Considerando lo señalado, el Comité de Evaluación otorga el puntaje máximo (100 puntos), por considerar que la formación académica corresponde al grado de Doctor en estudios de género.
(ii) Para el criterio “Especialista análisis de datos, procesamiento y visualización de datos cuantitativos y cualitativos. 2 Formación Académica” la propuesta de Consorcio Deuman & Centro Estudios de la Mujer, solo logra acreditar como formación académica del Especialista análisis de datos, el pregrado (profesión) Ingeniería Comercial, ya que la información aportada mediante el foro inverso, no da cuenta de la certificación de los estudios informados como especialización, por tanto, en este caso, el Comité resuelve que la valoración se corresponde con el título profesional de Ingeniera Comercial, otorgando un total de 50 puntos.
(iii) Para el criterio “Completitud de la oferta presentada” tanto la propuesta de la UTP Consorcio Deuman & Centro Estudios de la Mujer y la propuesta de Claudio Cristian Bravo Ortega, se les otorga un total de 50 puntos, por cuanto fue necesario solicitar certificaciones o antecedentes omitidos a través de la Plataforma de foro inverso de mercado público, sin embargo, la propuesta de Consultora Innmetric Chile Limitada, mantiene su puntuación total (100 puntos), puesto que la aclaración solicitada el 12 de noviembre en cuanto a que su oferta es exenta de iva, fue informada correctamente en el anexo Nº 5 y no obedece a un error u omisión formal, ni a la omisión en el envío de un certificado o antecedente, sino a la necesidad del Comité de confirmar que la información aportada fuese correcta. Tampoco aplica el descuento, a este proponente, de puntaje ante la solicitud de información, mediante el foro inverso, referida al ámbito de especialidad del magister informado (Magister en Estadística) ya que ésta corresponde a uno de los posgrados en específico, requeridos para el otorgamiento del puntaje máximo y no era necesaria una aclaración adicional.
6º Que, el Comité de Evaluación procede a finalizar el proceso de evaluación, el que arroja el siguiente resultado
7º Que, el citado informe de evaluación consigna la recomendación, por acuerdo unánime del comité, de adjudicar la propuesta presentada por el oferente CLAUDIO CRISTIAN BRAVO ORTEGA, RUT: 12.059.751-5, por calificar administrativa, técnica y económicamente y presentar una oferta conveniente para los intereses de las instituciones involucradas en el proyecto "Creación de Capacidades y Transferencia de Conocimiento relacionado al Hidrógeno Renovable y Sostenible en Chile";
8º Que, el servicio será financiado con fondos del Proyecto “Creación de Capacidades y Transferencia de Conocimiento relacionado al Hidrógeno Renovable y Sostenible en Chile”, según consta en los Compromisos presupuestarios N.° 6, emitidos por la Unidad Financiera de Recursos Internacionales, de fecha 26 de diciembre de 2024.
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