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El Acta de Proclamación del Tribunal Calificador de Elecciones de fecha 09 de julio de 2021; las facultades que me conceden las letras h) y ñ) del artículo 24 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y sus modificaciones; la Ley N° 21.640, de Presupuesto para el Sector Público para el año 2024; el Decreto Supremo N°854, de 2004, del Ministerio de Hacienda, sobre Clasificación Presupuestaria; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda; la Ley N° 19.880, que establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; lo establecido en el artículo 9 del D .F. L N° 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N°581 de 01 de abril de 2024 que aprueba las Bases, y Resolución Exenta N°1011 de 07 de junio de 2024, ambas de este Gobierno Regional, el Memorándum N°220 de 11 de junio de 2024; las Resoluciones N° 7, de 2019 y N° 14, de 2022, ambas de la Contraloría General de la República; y;
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1. Que, mediante Resolución Exenta N°508 de 01 de abril de 2024 se aprobaron las bases administrativas generales, bases especiales, especificaciones técnicas, anexos, se nombró a los miembros de la comisión evaluadora, y llama a licitación pública para “DIAGNÓSTICO ESTUDIO DE RIESGOS, SECTOR EL NOVICIADO, COMUNA DE PUDAHUEL” CODIGO IDI N°40060207-0. El mencionado proceso licitatorio se le otorgó en el Sistema de Información de Compras Públicas N° ID 1261-12-LR24.
2. Que, conforme a la Resolución pre citada, los funcionarios que procedieron a efectuar la evaluación fueron los siguientes:
Nombre RUT Cargo División
1 Nicolás Bettini Arriagada 17.099.108-7 Profesional División de Planificación y Desarrollo Regional
2 Isabel Brain Valenzuela 9.583.177-K Profesional División de Planificación y Desarrollo Regional
3 María Elena Barraza Salinero 9.907.589-9 Profesional División de Planificación y Desarrollo Regional
3. Que, a continuación se dio lugar a la apertura de las ofertas el día 09 de mayo de 2024 a las 15:31horas, en dependencias del Departamento de Gestión de Abastecimiento de la División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional, con el fin de verificar las ofertas recibidas en la plataforma www.mercadopublico.cl, y verificar que los oferentes cumplieran con los documentos establecidos en las Bases de Licitación en la presentación de sus ofertas. De esta forma, consta en el acta de apertura pertinente, que se recibieron seis (6) ofertas registradas en el acta de apertura, obteniéndose el siguiente resultado productor del análisis de los antecedentes recibidos:
N° RUT RAZÓN SOCIAL Aceptar/Rechazar requisitos
1 76.598.791-1 ALLARD ARQUITECTOS ASOCIADOS LTDA. Oferta ACEPTADA
2 81.698.900-0 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Oferta ACEPTADA
3 77.030.365-6 –
77.359.989-0 UTP URVANA LTDA. Y COLABORATIVA SPA Oferta ACEPTADA
4 76.376.004-9 GREEN RIVER SPA Oferta ACEPTADA
5 96.950.600-9 –
76.037.594-2 INFRACON CONSULTORES LIMITADA-XTERRAE GEOLOGÍA LIMITADA. UTP Oferta ACEPTADA
6 60.910.000-1 IDIEM, DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE Oferta ACEPTADA
4. Que, mediante el informe de los funcionarios evaluadores, individualizados en el considerando número dos del presente acto, se estableció, en lo pertinente, lo siguiente:
I. APLICACIÓN PAUTA DE EVALUACIÓN
Durante la evaluación se aplicó la siguiente pauta, establecida en el numeral 10 de las Bases Administrativas Especiales:
N° CRITERIO SUBCRITERIO PORCENTAJES %
Sub
criterio Criterio
1 Cumplimiento de requisitos formales (CR) - - 3%
2 Pacto de integridad (PI) - - 2%
3
Oferta Técnica (OT) 3.1. Experiencia Del Oferente (EO) 30% 60%
3.2. Experiencia Del Equipo Técnico (EE) 30%
3.3. Propuesta Metodológica componente Estudio de Riesgos (ER) 20%
3.4. Propuesta metodológica componente participación ciudadana (CPC) 20%
4 Carta Gantt y Plan de trabajo (PT) - - 15%
5 Oferta económica (OE) - - 20%
TOTAL 100%
El Gobierno Regional Metropolitano se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, cuando ninguna oferta obtenga el 60 % ponderado de la evaluación, una vez aplicados los criterios de evaluación.
1. Evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales (3%)
El puntaje asignado en este criterio de evaluación es el siguiente:
RUT Proveedor Razón Social Puntaje Cumplimiento Ponderación 3%
76.598.791-1 ALLARD ARQUITECTOS ASOCIADOS LTDA. 100 3
81.698.900-0 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 100 3
77.030.365-6 –
77.359.989-0 UTP URVANA LTDA. Y COLABORATIVA SPA 100 3
76.376.004-9 GREEN RIVER SPA 100 3
96.950.600-9 – 76.037.594-2 INFRACON CONSULTORES LIMITADA-XTERRAE GEOLOGÍA LIMITADA. UTP 100 3
60.910.000-1 IDIEM, DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE 100 3
2. Pacto de Integridad (2%)
El puntaje asignado en este criterio de evaluación es el siguiente:
RUT Proveedor Razón Social Puntaje Cumplimiento Ponderación 2%
76.598.791-1 ALLARD ARQUITECTOS ASOCIADOS LTDA. 100 2
81.698.900-0 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 100 2
77.030.365-6 –
77.359.989-0 UTP URVANA LTDA. Y COLABORATIVA SPA 100 2
76.376.004-9 GREEN RIVER SPA 100 2
96.950.600-9 – 76.037.594-2 INFRACON CONSULTORES LIMITADA-XTERRAE GEOLOGÍA LIMITADA. UTP 100 2
60.910.000-1 IDIEM, DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE 100 2
3. Oferta técnica (60%)
Este criterio se evaluaron los siguientes subcriterios:
a Experiencia del oferente (30%)
b Experiencia del equipo técnico (30%)
c Propuesta metodológica componente estudio de riesgo (20%)
d Propuesta metodológica componente participación ciudadana (20%)
a. Experiencia del oferente (30%)
En relación con la experiencia del oferente, se evaluó según años de experiencia en el mercado y encargos de consultorías en estudios de riesgos y/o participación ciudadana. Se consideraron como experiencia la realización de estudios individualizados como tal (riesgos y/o participación ciudadana), pero también se consideraron la experiencia en estas materias en el marco de la ejecución de planes y/o programas que hayan realizado análisis de dichas materias y componentes en contratos más amplios (por ejemplo, en la elaboración de planes reguladores, planes regionales de ordenamiento territorial) y que estuviesen correctamente acreditados, de acuerdo al punto 10.3.1 de las bases técnicas. El puntaje ponderado en este subcriterio es el siguiente:
RUT Proveedor Razón Social Item Puntaje Cumplimiento Ponderación 30%
76.598.791-1 ALLARD ARQUITECTOS ASOCIADOS LTDA. Años Experiencia 15 19,5
Estudios realizados 50
81.698.900-0 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Años Experiencia 30 30
Estudios realizados 70
77.030.365-6 –
77.359.989-0 UTP URVANA LTDA. Y COLABORATIVA SPA Años Experiencia 15 25,5
Estudios realizados 70
76.376.004-9 GREEN RIVER SPA Años Experiencia 15 19,5
Estudios realizados 50
96.950.600-9 – 76.037.594-2 INFRACON CONSULTORES LIMITADA-XTERRAE GEOLOGÍA LIMITADA. UTP Años Experiencia 30 30
Estudios realizados 70
60.910.000-1 IDIEM, DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE Años Experiencia 30 30
Estudios realizados 70
b. Experiencia del equipo técnico (30%)
En el punto 10.3.2 de las bases especiales, se especifican los profesionales y experiencia requeridas que se exigen como equipo mínimo para el desarrollo de la consultoría. Y los antecedentes acreditadores que se considerarían para la evaluación. Quedando la evaluación de la siguiente manera:
ITEM ALLARD ARQUITECTOS ASOCIADOS LTDA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE UTP URVANA LTDA. Y COLABORATIVA SPA GREEN RIVER SPA INFRACON CONSULTORES LIMITADA-XTERRAE GEOLOGÍA LIMITADA. UTP IDIEM, DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE
Director de proyectos 100 100 100 0 100 100
Encargada/o área de riesgo 80 100 100 0 100 100
Profesional rea de apoyo riesgos 10 100 0 0 100 100
Encargada/o participación ciudadana 40 100 100 0 100 100
Profesional de apoyo área de participación ciudadana 10 100 100 0 100 100
Encargado/a área de planificación urbana 80 100 100 0 100 100
Encargado/a área sistema de información geográfica 80 100 100 0 100 60
Ponderación 30% 17,1 30,0 25,7 0.0 30,0 28,3
En el punto 10.3.2, las bases especiales indicaban que los antecedentes acreditadores del equipo profesional mínimo requerido y el adicional presentado por el oferente deberán acompañarse de: currículum, certificado de título, especializaciones y acreditaciones de experiencia. Aquellos oferentes que no presentaron la acreditación de la experiencia no pudieron ser puntuados.
c. Propuesta metodológica componente estudio de riesgo (20%)
RUT Proveedor Razón Social Item Puntaje Cumplimiento Ponderación 20%
76.598.791-1 ALLARD ARQUITECTOS ASOCIADOS LTDA. Actividades y recursos 100 20
Innovación 100
81.698.900-0 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Actividades y recursos 100 20
Innovación 100
77.030.365-6 –
77.359.989-0 UTP URVANA LTDA. Y COLABORATIVA SPA Actividades y recursos 50 15
Innovación 100
76.376.004-9 GREEN RIVER SPA Actividades y recursos 10 2
Innovación 10
96.950.600-9 – 76.037.594-2 INFRACON CONSULTORES LIMITADA-XTERRAE GEOLOGÍA LIMITADA. UTP Actividades y recursos 100 11
Innovación 10
60.910.000-1 IDIEM, DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE Actividades y recursos 100 11
Innovación 10
d. Propuesta metodológica componente participación ciudadana (20%)
RUT Proveedor Razón Social Item Puntaje Cumplimiento Ponderación 20%
76.598.791-1 ALLARD ARQUITECTOS ASOCIADOS LTDA. Actividades y recursos 50 6
Innovación 10
81.698.900-0 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Actividades y recursos 100 11
Innovación 10
77.030.365-6 –
77.359.989-0 UTP URVANA LTDA. Y COLABORATIVA SPA Actividades y recursos 50 6
Innovación 10
76.376.004-9 GREEN RIVER SPA Actividades y recursos 10 2
Innovación 10
96.950.600-9 – 76.037.594-2 INFRACON CONSULTORES LIMITADA-XTERRAE GEOLOGÍA LIMITADA. UTP Actividades y recursos 50 6
Innovación 10
60.910.000-1 IDIEM, DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE Actividades y recursos 100 11
Innovación 10
4. Carta Gannt y Plan de Trabajo (15%)
En cuanto a la evaluación de la carta Gantt y plan de trabajo, se evaluó la coherencia entre el cronograma de actividades y el plan de trabajo.
RUT Proveedor Razón Social Puntaje Cumplimiento Ponderación 15%
76.598.791-1 ALLARD ARQUITECTOS ASOCIADOS LTDA. 100 15
81.698.900-0 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 100 15
77.030.365-6 –
77.359.989-0 UTP URVANA LTDA. Y COLABORATIVA SPA 100 15
76.376.004-9 GREEN RIVER SPA 100 15
96.950.600-9 – 76.037.594-2 INFRACON CONSULTORES LIMITADA-XTERRAE GEOLOGÍA LIMITADA. UTP 100 15
60.910.000-1 IDIEM, DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE 100 15
5. OFERTA ECONOMICA (OE / 20%):
6.
La propuesta económica más baja informada en el Formato N° 5, obtendrá el puntaje máximo correspondiente a 100 puntos. Las ofertas restantes obtendrán un porcentaje del máximo señalado.
Los montos ofertados y el puntaje ponderado obtenido en el criterio Oferta Económica es el siguiente:
RUT Proveedor Razón Social Monto Neto
(Sin IVA) Ponderación 20%
76.598.791-1 ALLARD ARQUITECTOS ASOCIADOS LTDA. $ 358.000.000 16,8
81.698.900-0 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE $ 359.975.000 16,7
77.030.365-6 –
77.359.989-0 UTP URVANA LTDA. Y COLABORATIVA SPA $ 349.919.500
17,2
76.376.004-9 GREEN RIVER SPA $ 340.569.000 17,7
96.950.600-9 – 76.037.594-2 INFRACON CONSULTORES LIMITADA-XTERRAE GEOLOGÍA LIMITADA. UTP $ 322.000.000 18,7
60.910.000-1 IDIEM, DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE $ 301.100.000 20,0
Oferta Mínima $ 301.100.000
Presupuesto Máximo Disponible
Impuestos incluidos $378.149.000
En la evaluación de las ofertas se aplicó el Análisis de Mínimo Costo, donde se consideró la relación entre cada oferta (en pesos chilenos) y la de menor costo.
II. RESUMEN EVALUACIÓN
En conformidad a lo antes expuesto, los puntajes ponderados asignados al oferente a continuación se indican:
RUT Proveedor Razón Social Requisitos formales Pacto de Integrida Oferta Técnica Carta Gantt y PT Oferta Económica
TOTAL
76.598.791-1 ALLARD ARQUITECTOS ASOCIADOS LTDA. 3,0 2,0 37,6 15,0 16,8 74,4
81.698.900-0 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 3,0 2,0 54,6 15,0 16,7 91,3
77.030.365-6 –
77.359.989-0 UTP URVANA LTDA. Y COLABORATIVA SPA 3,0 2,0 43,3 15,0 17,2 80,5
76.376.004-9 GREEN RIVER SPA 3,0 2,0 14,1 15,0 17,7 51,8
96.950.600-9 – 76.037.594-2 INFRACON CONSULTORES LIMITADA-XTERRAE GEOLOGÍA LIMITADA. UTP 3,0 2,0 46,2 15,0 18,7 84,9
60.910.000-1 IDIEM, DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE 3,0 2,0 48,2 15,0 20,0 88,2
III. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
En consideración, a lo señalado precedentemente y teniendo presente la facultad que tiene esta Comisión de Evaluación, en conformidad a las bases aprobadas para tales efectos, se propone al Gobernador de la Región Metropolitana de Santiago, Claudio Orrego Larraín, la adjudicación de la presente licitación pública “DIAGNÓSTICO ESTUDIO DE RIESGOS SECTOR EL NOVICIADO
CÓDIGO BIP°40060207-0 LICITACIÓN ID 1261-12-LR24” al oferente:
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE R.U.T., 81.698.900-0 cuyo precio ofertado es $359.975.000.- (Trescientos cincuenta y nueve millones novecientos setenta y cinco pesos) impuestos incluidos, y con un plazo de entrega de 360 días corridos.
5. Que, mediante Resolución Exenta N°1011 de 07 de junio de 2024, se procedió a apruebor el acta de comisión evaluadora, declarar admisible oferta que indica y adjudicar proceso licitatorio en cuestión, acto administrativo en el que se identificaron errores respecto a la individualización del ID asignado a la licitación.
6. Que, el artículo 61 de la Ley N°19.880, establece que los actos administrativos podrán ser revocados por el órgano que los hubiere dictado, salvo cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente, cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o cuando, por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto.
7. Que, tal como ha señalado la Contraloría General de la República, en dictámenes N°15.331 de 2018, N°96.610 de 2015 y N°59.466 de 2015, “la revocación consiste en la necesidad de retirar un acto administrativo, que es válido, del ordenamiento jurídico, dejándolo sin efecto por la propia autoridad que lo dictó, en consideración a que vulnera el interés público general, decisión que, por ende, se origina en razones de mérito, conveniencia y oportunidad, entendiéndose limitada por la consumación de los efectos de aquel o por la existencia de derechos adquiridos”.
8. Que, en virtud de los antecedentes expuestos respecto de los errores de referencia contenidos en las Resolución adjudicatoria, como en el acta extendida por la Comisión Evaluadora, y, evitando problemas futuros para la ejecución del estudio, se hace necesario dejar sin efecto la Resolución Exenta N°1011 de 07 de junio de 204.
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