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Lo dispuesto en el Artículo 7° letra o), de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo 1° del DFL N°7 de 1980 del Ministerio de Hacienda; la Ley N° 21.722 sobre Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su modificación mediante Ley N° 21.634 de 2023 y su reglamento; la Resolución Exenta N°4220, de 2024, sobre Manual Proceso de Adquisiciones y Contratación; la Resolución Exenta N° 146, de 2020, sobre delegación de facultades y la Resolución Exenta N°63, de 2021, que la complementa; todas de la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos; la Resolución N°36, de 2024, de la Contraloría General de la República; las necesidades del Servicio; y
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1° Que, el Servicio de Impuestos Internos necesita contratar el “Servicio de Aseo para las Oficinas Dependientes de la Dirección Regional Chillán del Servicio de Impuestos Internos”, relacionado a la solicitud interna de compra (SIC) N°169, dando origen al proceso código interno LP-3123, solicitado por el Departamento de Administración de la Dirección Regional Chillán.
2° Que, revisado el catálogo electrónico de Convenio Marco, del portal www.mercadopublico.cl, se constató que el servicio y/o producto requerido no está disponible, según da cuenta en certificado emitido por el Jefe del Departamento de Administración de la Dirección Regional de Chillán, de fecha 24 de enero de 2025.
3° Que, concordante con lo antes señalado, el Servicio de Impuestos ejecutó un proceso de licitación pública, identificado en el portal Mercado Público bajo el ID 1074548-1-LP25, cuyas bases administrativas, técnicas y anexos fueron aprobadas mediante Resolución Exenta SII N° 1235, de 24 de marzo de 2025.
4° Que, con fecha 14 de abril del 2025, se efectuó el cierre de presentación de ofertas en el Portal de Mercado Público.
5° Que, al referido proceso concursal se presentaron cinco (5) propuestas, correspondientes a los oferentes que se señalan a continuación:
RUT
RAZÓN SOCIAL
76.264.694-3
Empresa de Aseos y Mantenciones del Sur Limitada
15.986.023-K
Luis Alejandro Diaz Arias
78.074.356-5
Asli Pro Limitada (U.T.P con Asedo Ltda. Rut N°76.965.268-K)
76.784.734-3
ByB Seguridad Limitada
78.018.677-1
Isapas SpA
6° Que, de conformidad a lo señalado en el punto 2.2 de las Bases Administrativas – Parte I, las ofertas presentadas, para ser consideradas admisibles, debían cumplir necesariamente con los siguientes requisitos:
a) Inadmisibilidades legales.
b) Dotación mínima del personal de aseo: El proveedor debía contar con la dotación de personal mínima, por dependencias y horario, para las labores de aseo y limpieza, de acuerdo con lo establecido en el punto N° 7 de las Bases Técnicas. Para estos efectos el oferente debía adjuntar a su oferta una declaración del cumplimiento de tal requisito, de acuerdo al Anexo N° 3 “Requisitos y aspectos a contratar”.
c) Presupuesto Disponible para la Contratación: El presupuesto disponible para la contratación del servicio de aseo es de 2.810 UF impuestos incluidos, por lo que las ofertas presentadas debían ajustarse al mismo.
7° Que, a partir de la revisión por parte de la Comisión Evaluadora de los requisitos de admisibilidad señalados en el considerando anterior, se verificó que la oferta del proveedor BYB SEGURIDAD LIMITADA, RUT N°76.784.734-3, no completó todas las partidas indicadas en el Anexo N°5, específicamente respecto al Cuadro N°3: Servicio Adicionales y tampoco presentó el Anexo N° 3, que daba cuenta de la dotación mínima establecida, declarándose inadmisible su oferta.
8° Que, de acuerdo con lo establecido en las bases de licitación en sus puntos 3.3.2 y 3.3.3, la Comisión Evaluadora procedió a evaluar las ofertas calificadas como admisibles, de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación:
PONDERACIÓN DE EVALUACIÓN
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
PORCENTAJE Técnica (40%)
a) Cantidad de Clientes.
25 %
b) Permanencia en el Mercado.
20%
c) Condiciones de Empleo: Remuneración -Sueldos Base (80%); Remuneración Especial Asignación Fiestas Patrias – Navidad (10%); Políticas laborales (10%).
35%
d) Cumplimientos de requisitos formales
10%
e) Cuenta con pactos de integridad, compliance; entre otros, para prevenir la corrupción.
10% Económica (60%) Precio
100%
9° Que, como resultado de la evaluación técnica, el puntaje de las ofertas admisibles fue el siguiente:
EMPRESA
PUNTAJE FINAL EVALUACIÓN TÉCNICA
Luis Alejandro Diaz Arias 92.1
Empresa de Aseos y Mantenciones del Sur Limitada 94
Asli Pro Limitada (en UTP con Asedo Limitada) 69
Isapas SpA 87
10° Que, de acuerdo a los puntajes obtenidos en la evaluación técnica, y de acuerdo a lo indicado en el punto N° 3.3.2 de las bases administrativas – Parte I, los proveedores cumplen con el puntaje mínimo establecido en las bases, el que debe ser igual o superior a 60 puntos en el total de la evaluación técnica.
11° Que, el resultado de la evaluación económica obtenido por las ofertas que calificaron técnicamente es el siguiente:
Luis Alejandro Diaz Arias
Monto Total IVA incluido
2740,33 UF
Puntaje económico
95,87
Empresa de Aseos y Mantenciones del Sur Ltda.
Monto Total IVA incluido
2.807,44 UF
Puntaje económico
82,84
Isapas Spa
Monto Total IVA incluido
2.598,96 UF
Puntaje económico
95
Asli Pro Ltda. (U.T.P con Asedo Ltda. Rut N°76.965.268-K)
Monto Total IVA incluido
2.668,64 UF
Puntaje económico
79,04
12° Que, en virtud de lo anterior y como resultado de la evaluación final, el puntaje y la ponderación corresponde a lo siguiente:
Ponderación
Puntaje Total Técnico
Evaluación Técnica
(%)
Puntaje Total Económico
Evaluación Económica (%)
Puntaje Total
Luis Alejandro Diaz Arias
92.1
36.8
95.87
57.52
94.36
Empresa de Aseos y Mantenciones Del Sur Limitada
94
37.5
82.84
49.7
87.2
Isapas SpA
69
27.5
95
57
84.5
Asli Pro Limitada
87
34.8
79.04
47.42
82.22
13° Que, la especificación de los referidos criterios y los puntajes obtenidos por las empresas se detallan en el Informe de la Comisión Evaluadora, de fecha 28 de mayo de 2025, que se publica en el portal Mercado Público junto con la presente resolución.
14° Que, los antecedentes previamente expuestos fueron presentados al Comité Competente, cuyos integrantes, en sesión efectuada el día 5 de junio de 2025, y luego de revisada la propuesta de adjudicación realizada por la comisión evaluadora, mediante informe de evaluación, recomendaron adjudicar, al oferente LUIS ALEJANDRO DIAZ ARIAS, RUT N°15.986.023-K, la licitación pública ID 1074548-1-LP25, denominada “SERVICIO DE ASEO PARA LAS OFICINAS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL CHILLÁN DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”, en el precio total de UF 2.740,33.- IVA incluido, equivalente a $107.336.279 (la UF a $39.169,25 al 23-05-2025) por un período de 24 meses, al cumplir la oferta con los requisitos técnicos y administrativos mínimos de acuerdo a los criterios de evaluación previamente establecidos, y ser convenientes para los intereses del Servicio.
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