|
Resolución de Acta de Adjudicación
|
Adquisición Nº
2069-269-LE25
Adjudicación Informada en portal el
21/1/2026 17:42
|
|
|
En
San Miguel,
19-01-2026
|
|
Nro de
Resolución
102
|
|
|
|
|
Vistos
|
|
Lo dispuesto en el artículo 15º transitorio de la Ley Nº 19.937; las facultades concedidas por los artículos 20 y 23 del DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763 de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; los artículos 43 y siguientes del Decreto Nº 140, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el Decreto Nº 38, de 2005, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red, y el Decreto Nº 3, de 2006, del Ministerio de Salud que modifica el Decreto Nº 38, de 2005; La Resolución Exenta Nº 4907, de 21 de julio de 2014, del Director del Hospital Barros Luco Trudeau, sobre delegación de facultades; La Resolución TRE Nº446, de 24 de abril de 2025 del Servicio de Salud Metropolitano Sur sobre el nombramiento del cargo de Subdirector Administrativo del Hospital Barros Luco Trudeau; La Ley Nº 19.886 “Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda; La Ley N°21.634 que “Moderniza La Ley N° 19.886 y otras Leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de Probidad y Transparencia e introducir Principios de Economía Circular en las Compras del Estado”; La Resoluciones Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, que Determina los Montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y establece controles de reemplazo cuando corresponda, y
|
|
Considerando
|
|
1.- Estos antecedentes; Que el Hospital Barros Luco Trudeau convocó a licitación pública de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, para el “SUMINISTRO DE SAL PARA EL TRATAMIENTO Y CONTROL DE AGUAS DEL HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEAU”, previa constatación de la no existencia de Convenio Marco para este tipo de Servicio.
2.- Que el citado proceso fue aprobado según consta en Resolución Exenta Nº 4453, de fecha 18 de noviembre de 2025, de esta Dirección, y publicado bajo la ID Nº 2069-269-LE25.
3.- El Acta de apertura electrónica y cuadro comparativo de oferta, ambos de fecha 06 de enero de 2026.
4.- Las ofertas presentadas por el proponente: SAL ALPINA LTDA y NIPRO MEDICAL CORPORATION (AGENCIA EN CHILE).
5.- El Informe de Evaluación de fecha 06 de enero de 2026 de los funcionarios designados y calificados para evaluar las Ofertas correspondientes a esta licitación, quienes han considerado la totalidad de los aspectos administrativos, técnicos y económicos de las mismas en relación con lo establecido en las Bases de Licitación, formularios, anexos y todos los antecedentes del proceso, dicto lo siguiente:
1.- Estos antecedentes; Que el Hospital Barros Luco Trudeau convocó a licitación pública de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, para el “SUMINISTRO DE SAL PARA EL TRATAMIENTO Y CONTROL DE AGUAS DEL HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEAU”, previa constatación de la no existencia de Convenio Marco para este tipo de Servicio.
2.- Que el citado proceso fue aprobado según consta en Resolución Exenta Nº 4453, de fecha 18 de noviembre de 2025, de esta Dirección, y publicado bajo la ID Nº 2069-269-LE25.
3.- El Acta de apertura electrónica y cuadro comparativo de oferta, ambos de fecha 06 de enero de 2026.
4.- Las ofertas presentadas por el proponente: SAL ALPINA LTDA y NIPRO MEDICAL CORPORATION (AGENCIA EN CHILE).
5.- El Informe de Evaluación de fecha 06 de enero de 2026 de los funcionarios designados y calificados para evaluar las Ofertas correspondientes a esta licitación, quienes han considerado la totalidad de los aspectos administrativos, técnicos y económicos de las mismas en relación con lo establecido en las Bases de Licitación, formularios, anexos y todos los antecedentes del proceso, dicto lo siguiente:
|
|
Resuelvo
|
|
1.- ADJUDICASE al proponente SAL ALPINA LTDA., R.U.T 76.917.994-1, la totalidad de la propuesta denominada “SUMINISTRO DE SAL PARA EL TRATAMIENTO Y CONTROL DE AGUAS DEL HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEAU”, ID 2069-269-LE25, que asciende a la suma total estimada de $16.450.560 con IVA incluido, por un periodo de 24 meses, según el siguiente detalle: 2.- IMPÚTESE el gasto que origine la presente Resolución al ítem que corresponda.
3.- PUBLÍQUESE la presente Resolución de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.
|
|
Acta Adjudicación
|
|
Organismo Demandante
|
|
Razón Social
|
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR HOSP
|
|
Unidad de Compra
|
HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEAU
|
|
R.U.T.
|
61.608.101-2
|
|
Dirección
|
Gran Avenida 3204
|
|
Comuna
|
San Miguel
|
|
Ciudad en que se genera la Adquisición
|
Región Metropolitana de Santiago
|
|
|
Datos del Contacto para esta Licitación
|
|
Nombre Completo
|
Carlos Eugenio Gonzales morales
|
|
Cargo
|
GESTOR DE ADQUISICION
|
|
Teléfono
|
56-02-25762989
|
|
Fax
|
--
|
|
E-Mail
|
|
|
|
Datos de la Adquisición
|
|
Número de Adquisición
|
2069-269-LE25
|
|
Nombre de Adquisición
|
CGM-ADQU SAL SELEC PARA REGENE ABLAN DE AGUA
|
|
Tipo de Adquisición
|
Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
|
|
Descripción
|
El objetivo de la presente licitación es contar con un suministro de productos químicos y reactivos para el tratamiento de agua, que reúnan las condiciones de calidad y mejor precio en forma oportuna para realizar tratamiento de aguas, de acuerdo a las necesidades de los Servicios Clínicos del Hospital Barros Luco Trudeau, con el objeto de contar con estos para entregar una atención eficiente en tiempo y oportunidad a los beneficiarios del Sistema de Salud.
Sin perjuicio de lo anterior, el suministro a contratar deberá permitir la opción de ser ampliado o reducido en un 30%, de acuerdo a las necesidades del Hospital, en consideración a la demanda variable del Hospital.
Lo anterior considera los productos indicados en el siguiente detalle:
Se deja constancia que los requerimientos de los insumos solicitados son de flujo variables, no comprometiéndose el Hospital a adquirir cantidades determinadas de manera periódica por lo que en ningún caso se fijará stock mínimo de compra, ni tampoco totales, por lo que él o los adjudicatarios estarán imposibilitados de señalar cantidades mínimas para su despacho. Por lo anterior, el Hospital se reserva el derecho a la disminución total de algún ítem, cuando por razones justificadas así se requiera.
Será obligación del adjudicatario realizar un análisis de agua en forma periódica a los equipos consumidores de los productos adjudicados mencionados anteriormente.
Asimismo, se hace presente que la presente licitación se hará mediante la modalidad de adjudicación múltiple, por lo cual cada oferente podrá ofertar por un ítem de los señalados en este punto, por más de uno o por la totalidad de los mismos, correspondiendo cada ítem a una línea de producto.
El hospital se reserva el derecho de ajustar las cantidades de los productos aumentando o disminuyendo, en relación al presupuesto asignado para el presente proceso.
|
|
Tipo de Convocatoria
|
ABIERTO
|
|
Moneda
|
Peso Chileno
|
|
Fecha de Publicación
|
22/12/2025 12:51
|
|
Fecha de Cierre
|
5/1/2026 16:00
|
|
Tipo de Adjudicación
|
Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
|
|
Monto Neto Adjudicado
|
$ 13.824.000
|
|
Monto Neto Estimado del Contrato
|
$ 13.824.000
|
|
Análisis de valores de mercado
|
Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Resultado de la Adjudicación
|
|
|
|
|
|
|
|
|