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1. Lo dispuesto en la Ley N°19.886 sobre Bases y Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios; y, el Decreto N°661, del año 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
2. Lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N°18.476, publicada en el Diario Oficial de fecha 14.12.1985, que dicta normas respecto a los Hospitales de las Instituciones de la Defensa Nacional.
3. El artículo 61°, de la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, publicado en el Diario Oficial, de fecha 29.05.2013, del Ministerio Secretaría General de la República.
4. Lo establecido en el Decreto N°723, de fecha 12.05.1967, del Ministerio del Interior, que aprobó el Reglamento Orgánico y de Servicio para el Hospi-tal de Carabineros, N°31.
5. La Orden General N°2227, de fecha 18.10.2013, de la Dirección General de Carabineros, publicada en el Boletín Oficial N°4512, de fecha 21.10.2013, que aprueba la Directiva de Organización y Funcionamiento del Hospital de Carabineros “Del General Humberto Arriagada Valdivieso”.
6. La Orden General N°2487, de fecha 11.05.2017, de la Dirección General de Carabineros, publicada en el Boletín Oficial N°4709, de fecha 15.05.2017, que aprueba la Directiva de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Salud de Carabineros.
7. La Orden de Traslado, de la Dirección Nacional de Personal de Carabineros, comunicada mediante documento electrónico NCU 218078569, de fecha 13.11.2024, complementado con el documento electrónico NCU 220128672, de fecha 13.12.2024, que dispone el traslado del Coronel Sr. Felipe Eduardo Rosenberg Arancibia, a contar del 02.01.2025, en el Hospital de Carabineros de la Dirección de Salud de Carabineros, desde la futura Subdirección Operativa a la Plana Mayor del Hospital de Carabineros, como Director, en relación con el Acta de Entrega de la Dirección del Hospital de Carabineros, de fecha 20.12.2024.
8. Lo establecido en la Resolución Nº36, de fecha 19.12.2024, de la Contraloría General de La República, que determina los montos en unidades tributa-rias mensuales, a partir de los cuales los actos administrativos que se individualizan quedaran sujetos a toma de razón y controles de reemplazo cuando corresponda.
9. El requerimiento SIAC N° 2500573, de fecha 18.02.2025, gestionado por la Oficina de Contratos y Convenios de Medicamentos e Insumos, del De-partamento de Abastecimiento, de la Dirección de Salud de Carabineros.
10. El certificado de refrendación, CR N°H051, de fe-cha 03.03.2025, del Hospital de Carabineros.
11. Las bases de licitación para la contratación del convenio de suministro de insumos médicos (suturas quirúrgicas), por 24 meses, para el Hospital de Carabineros, dependiente de la Dirección de Salud de Carabineros, aprobadas mediante resolución exenta N°428, de fecha 14.03.2025, del Hospital de Carabineros, dependiente de la Dirección de Sa-lud.
12. La resolución exenta N°563, de fecha 31.03.2025, del Hospital de Carabineros, que aprobó la Comisión Evaluadora respecto de la licitación pública ID 3471-14-LP25, para la contratación en referencia.
13. El acta de apertura electrónica de ofertas, de la lici-tación pública ID 3471-14-LP25, informada en el portal con fecha 22.04.2025.
14. El informe de la comisión evaluadora ID 3471-14-LP25, de fecha 15.07.2025, elaborado por la Oficina de Evaluaciones, dependiente del Departamento de Abastecimiento.
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a) La necesidad de suscribir un convenio de suminis-tro de insumos médicos (suturas quirúrgicas), por 24 meses, para el Hospital de Carabineros, depen-diente de la Dirección de Salud de Carabineros, con el objeto de contar con los artículos necesarios para dispensar las atenciones médicas en forma oportuna, asegurando un abastecimiento permanente y precios estables.
b) La resolución exenta N°428, de fecha 14.03.2025, del Hospital de Carabineros, dependiente de la Dirección de Salud de Carabineros, que autoriza el lla-mado a licitación pública para la contratación en referencia.
c) La licitación pública ID 3471-14-LP25, publicada con fecha 26.03.2025, en el portal de compras públicas de la Dirección de ChileCompra, ejecutada en las siguientes líneas de adjudicación:
d) Que, según consta en el acta de apertura electróni-ca de ofertas, citada en el numeral 12, de los VISTOS, se presentaron las ofertas por parte de los pro-veedores, más abajo detallados, siendo aceptadas en dicho acto, según se indica:
e) Que, producto del acto de apertura, para las líneas de adjudicación, se recepcionaron ofertas, según se muestra a continuación:
f) Que, no se recepcionaron ofertas para las líneas de adjudicación, según se muestra a continuación:
g) Que, el proceso de evaluación fue realizado sobre la base del presupuesto autorizado por línea, globalizado en el certificado de refrendación, CR N°H051, de fecha 03.03.2025, señalado en el numeral 9, de los VISTOS, según se desglosa a continuación:
h) Que, según el informe de la Comisión Evaluadora, citado en el numeral 13, de los VISTOS, se rechazan las ofertas presentadas por los proveedores, más abajo detallados; porque la propuesta obtiene nota igual o inferior a 3, en la evaluación técnica, no siendo recomendable su uso; o, porque no presenta la muestra del producto ofertado, o, porque, la propuesta económica supera el presupuesto referencial, no siendo conveniente a los intereses institu-cionales, como a continuación se detalla:
i) Que, según el informe de la Comisión Evaluadora, citado en el numeral 13, de los Vistos, se revoca la línea de adjudicación N°24 (S. MONOF. NEGRO 3/0 SC24 / C14.///); ya que, el producto será eliminado del arsenal de insumos médicos.
j) Que, en virtud de lo anterior, resulta actualmente inoportuna e inconveniente para los intereses del Hospital de Carabineros; y, por tanto, contrario a los principios de conveniencia, mérito y eficacia que deben inspirar los actos de los Órganos de la Admi-nistración del Estado, aun cuando no presente vicio de legalidad, por lo que se hace del todo necesa-rio, en este caso, hacer aplicación del artículo 61°, de la Ley N°19.880, que establece la figura jurídica de la revocación.
k) Que, en este sentido, una de las características de los actos administrativos es su estabilidad, entendiendo por ello, que sus efectos permanecen vigentes sin alterarse por el transcurso del tiempo, ello no obsta a que la administración pueda dejar sin efecto dicho acto, cuando opere una causal de extinción, como la revocación del mismo.
l) Que, lo anterior, resulta concordante con la historia del establecimiento de la Ley N°19.880, que permite sostener que el legislador, al regular la figura de la revocación, la ha establecido en sentido estricto sólo comprensivo del retiro administrativo de actos anteriores propios por causa de mérito, oportunidad o conveniencia.
m) Que, por otra parte, mediante la revocación de la línea de adjudicación N°24 (S. MONOF. NEGRO 3/0 SC24 / C14.///), del acto administrativo en co-mento, no se están afectando derechos adquiridos, ni se trata en la especie de alguna de las situacio-nes que la Ley declara improcedente dicha revocación, por lo que la presente resolución se ajusta ple-namente al artículo 61°, de la Ley N°19.880, antes citada.
n) El informe de la comisión evaluadora ID 3471-14-LP25, señalado en el numeral 13, de los VISTOS, que presenta el resultado de adjudicación, conforme el método de evaluación, detallado en el numeral 3, del anexo N°5 Criterios y Metodología de Evalua-ción, de las bases de licitación, según el puntaje final señalado a continuación:
o) Que, de acuerdo al método de evaluación definido en las bases de licitación, procede adjudicar la referida licitación, en el ítem N°32, a la oferta presenta-da por el proveedor habilitado ARTHREX CHILE SPA; en los ítemes N°11, 23, 29 y 30, a las ofertas presentadas por el proveedor habilitado B BRAUN MEDICAL SPA; en el ítem N°31, a la oferta pre-sentada por el proveedor habilitado CELL ZION, SOLUCIONES PARA INVESTIGACION SPA; en los ítemes N°3, 8, 9, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21 y 28, a las ofertas presentadas por el proveedor habilita-do COMERCIAL MEDTRONIC CHILE LTDA.; en el ítem N°17, a la oferta presentada por el provee-dor habilitado COMERCIALIZADORA DE TECNOLOGIAS MEDICAS GLOBAL MED LTDA.; en los ítemes N°5, 6, 12, 18 y 25, a las ofertas presentadas por el proveedor habilitado DROGUERIA HOFMANN LTDA. Y CÍA. S.C.A.; en los ítemes N°10, 27 y 33, a las ofertas presentadas por el pro-veedor habilitado B GREENWICH MEDICAL SPA; en el ítem N°26, a la oferta presentada por el pro-veedor habilitado JOHNSON Y JOHNSON DE CHILE S.A. (Ethicon); en el ítem N°22, a la oferta presentada por el proveedor habilitado MUNNICH PHARMA MEDICAL SPA; y, en el ítem N°7, a la oferta presentada por el proveedor habilitado SERVICIOS Y ASESORIAS HEALTHSTORE SPA; ya que, cumplen con la totalidad de las exigencias de las bases; obtienen los mayores puntajes en la ma-triz de evaluación; y, sus ofertas económicas se enmarcan en el presupuesto referencial; según lo in-dicado en el informe de la comisión evaluadora citado en el numeral 13, de los VISTOS:
p) Según da cuenta el certificado de refrendación, CR N°H051, de fecha 03.03.2025, señalado en el numeral 9, de los VISTOS, se cuenta con el presupuesto para la presente contratación.
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I. ADJUDÍQUESE, la licitación pública ID 3471-14-LP25, a las ofertas presentadas por los proveedores, más abajo detallados; en razón de cumplir con todos los requerimientos de las bases de licitación, tanto técnicos como administrativos, para la contra-tación del convenio de suministro de insumos médicos (suturas quirúrgicas), por 24 meses, para el Hospital de Carabineros, que es por un monto a no exceder para ARTHREX CHILE SPA, de $7.474.723.- con IVA incluido; B BRAUN MEDICAL SPA, de $13.921.800.- con IVA incluido; CELL ZION, SOLUCIONES PARA INVESTIGACION SPA, de $368.138.- con IVA incluido; COMERCIAL MEDTRONIC CHILE LTDA., de $18.528.300.- con IVA incluido; COMERCIALIZADORA DE TEC-NOLOGIAS MEDICAS GLOBAL MED LTDA., de $597.618.- con IVA incluido; DROGUERIA HOFMANN LTDA. Y CÍA. S.C.A., de $10.676.394.- con IVA incluido; GREENWICH MEDICAL SPA, de $9.051.735.- con IVA incluido; JOHNSON Y JOHNSON DE CHILE S.A. (Ethicon), de $789.684.- con IVA incluido; MUNNICH PHARMA MEDICAL SPA, de $1.392.300.- con IVA incluido; y, SERVI-CIOS Y ASESORIAS HEALTHSTORE SPA, de $341.306.- con IVA incluido; según se muestra a continuación:
II. DECLÁRENSE INADMISIBLES, las ofertas de los proveedores, más abajo detallados; porque la propuesta obtiene nota igual o inferior a 3, en la evalua-ción técnica, no siendo recomendable su uso; o, porque no presenta la muestra del producto ofertado, o, porque, la propuesta económica supera el presupuesto referencial, no siendo conveniente a los in-tereses institucionales; según lo detallado en la letra h), de los CONSIDERANDO:
III. DECLÁRENSE DESIERTAS, la licitación pública ID 3471-14-LP25, en las líneas de adjudicación N°2 y 4; ya que, no se recepcionaron ofertas al cierre del proceso; y, en la línea de adjudicación N°1; ya que, no existen ofertas válidas en el proceso.
IV. REVÓQUESE, la licitación pública ID 3471-14-LP25, en la línea de adjudicación, N°24 (s. monof. negro 3/0 sc24 / c14.///); ya que, luego del análisis realizado por la comisión evaluadora, se determinó la necesidad de eliminar del arsenal de medica-mentos.
V. PROCEDA, el Departamento de Abastecimiento, a través de la Oficina de Adquisiciones, a generar las órdenes de compra pertinentes a los proveedores adjudicados, a contar de la publicación del presente acto administrativo; con cargo al presupuesto del Hospital de Carabineros.
VI. REMÍTANSE, una vez recepcionadas las facturas que entreguen los proveedores adjudicados, con las constancias de conformidad correspondientes, al Departamento de Finanzas, para su conocimiento y a objeto proceda a la tramitación contable respec-tiva.
VII. APRUEBASE, en el presente acto administrativo, la publicación de las respuestas a las preguntas del foro del proceso, las que se detallan más abajo, conforme a lo establecido en el Ítem I “Antecedentes Generales”, numeral 9, de las bases administrati-vas, en relación a lo consagrado en el artículo 108° letra a) Licitación Pública, del Decreto N°661:
VIII. PUBLÍQUESE, la presente resolución en el siste-ma de información de la Dirección ChileCompra, portal www.mercadopublico.cl.
ANÓTESE Y REGÍSTRESE.
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