Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 2013-36-LR24
Adjudicación Informada en portal el
28/1/2025 15:48

En Iquique, 22-01-2025
Nro de Decreto 10-0089-25
Vistos
Lo dispuesto en la ley N°18.368, que crea Universidad Arturo Prat; el DFL N°20, de 27 de diciembre de 2023, publicado en el Diario Oficial el 12 de julio de 2024, que aprueba el Estatuto de la Universidad Arturo Prat, adecuado al Título II de la Ley N°21.094; la ley Nº21.091, sobre Educación Superior; la ley N°21.094, sobre Universidades Estatales, todos del Ministerio de Educación (en adelante, MINEDUC); el D.F.L. N°1 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (en adelante, MINSEGPRES), que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus modificaciones; el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda [en adelante, D.S. N°250/2004 (H)], que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886, y sus modificaciones; la ley N°21.634 que moderniza la ley N°19.886 y otras leyes para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado; la Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública; el D.S. N°13/2009 (MINSEGPRES), que establece el reglamento de la Ley N°20.285 sobre Acceso a la Información Pública; la Ley N°20.730, que Regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios; el D.S. N° 71/2014 (MINSEGPRES), que aprueba el Reglamento de la Ley N°20.730; las resoluciones N°7, de 2019, y N°14, de 2020, ambas de la Contraloría General de la República; el Decreto Supremo N° 149, de 22 de Diciembre de 2023, del Ministerio de Educación, que designa a don Alberto Martínez Quezada en el cargo de Rector de esta Casa de Estudios, y; el Decreto TRA N°385/18/2024, de fecha 3 de diciembre de 2024, que nombra a don Eduardo Huerta Vera en el cargo de Secretario General, todos de esta Corporación Universitaria.
Considerando
que cumple las funciones de docencia, investigación, creación artística, innovación, extensión, vinculación con el medio y el territorio, con el fin de contribuir al fortalecimiento de la democracia, al desarrollo sustentable e integral del país y al progreso de la sociedad en las diversas áreas del conocimiento y dominios de la cultura. Asimismo, es un organismo autónomo, con personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación, y posee domicilio principal en la ciudad de Iquique, siendo la Región de Tarapacá su ámbito de acción preferente, sin perjuicio de la facultad de los órganos superiores de la Universidad de incorporar otros territorios, en la medida que sea necesario para el cumplimiento de sus funciones. b. Que, para los efectos de la continuidad del servicio, es necesario tener presente las siguientes disposiciones transitorias del antes referido D.F.L. N°20 publicado el 12.07.2024: Disposición Transitoria Primera: “El presente estatuto comenzará a regir a contar del primer día del mes siguiente al de la publicación en el Diario Oficial del decreto con fuerza de ley que lo apruebe”; Disposición Transitoria Segunda: “Mientras no se dicten los reglamentos a los que se hace referencia en el cuerpo del presente estatuto, seguirán vigentes aquellos que regulen dichas materias al tiempo de la entrada en vigencia del presente instrumento. Con todo, los reglamentos y demás normativa universitaria actualmente vigente se mantendrán en aquello que no resulte incompatible con el presente Estatuto”; y, Disposición Transitoria Quinta, primera parte: “Las autoridades unipersonales elegidas con anterioridad a la entrada en vigencia del presente estatuto seguirán cumpliendo su cometido hasta la expiración del mismo por el término previsto en la normativa vigente al tiempo de su elección, sin perjuicio de lo establecido en el artículo tercero transitorio de la Ley 21.094, en el caso del Rector o Rectora.” c. Que, a través de Decreto Exento N°10-1325-24, de 5 de noviembre de 2024, la Universidad autorizó el llamado a Licitación Pública denominada “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA HABILITACIÓN, REMODELACIÓN Y MANTENCIÓN MENOR DE ESPACIOS, EN CASA CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD ARTURO PRAT”, la que fue publicada en el portal bajo el ID 2013-36-LR24. Conjuntamente, con las bases de la licitación, se publicó la Aclaración N°1 de la licitación pública, con el fin de corregir la denominación de la línea N°2 que pasó a definirse como “Remodelaciones Campus Playa Brava y otras dependencias” y en el sentido de esclarecer que el punto A.0.1 LETRERO DE OBRAS de las bases técnicas, no debe ser considerado puesto que no es aplicable para esta licitación. d. Que, los criterios de evaluación fueron establecidos en el numeral II.6 de las bases de licitación, mismos que consideran la evaluación de los siguientes aspectos: Criterios Técnicos (35%), bajo el cual se consideran los subcriterios Trabajos Similares (40%), Experiencia (60%) y Personal Disponible (10%); Oferta económica (40%), bajo el cual se establecieron los subcriterios Precio (40%) y Relación Precio y Prioridad (60%); Criterios Condiciones de empleo y remuneraciones CER (15%); Criterios Administrativos (5%), y; Cumplimiento de Programas de Integridad y Compliance (5%). Los mecanismos de asignación de puntaje de cada criterio y subcriterio referido se desarrollan expresamente en el numeral II.6, señalado. e. Que, según fuere dispuesto en el punto en el punto I.5.-, en relación con el punto I.6.-, ambos de las bases administrativas de licitación, quienes quisieren participar de la licitación pública debían asistir a la visita a terreno de carácter obligatoria, la que se llevó a efecto el día 29 de noviembre de 2024, a las 12:00.-, según consta en el acta respectiva. f. Que, según se precisa en el acta de la comisión evaluadora de fecha 7 de enero de 2025, se advirtió un error en las bases de licitación, específicamente en el “Criterio Técnico” ya que la asignación de porcentajes en los valores presentados para los subcriterios sumaban un total de 110%, en circunstancias que lo correcto es que totalicen un 100%. Por lo tanto, se ajustaron proporcionalmente los valores originales para asegurar que la suma total sea 100%, en base a lo siguiente: Porcentaje ajustado 1, subcriterio Trabajos Similares 36%; Porcentaje ajustado 2, subcriterio Experiencia 55%, y; Porcentaje ajustado 3, subcriterio Personal Disponible 9%. Tal rectificación se formalizará mediante el presente acto administrativo. g. Que, al respecto, el artículo 13 de la Ley Nº 19.880, que aprueba las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, establece que la Administración podrá subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita, siempre que con ello no se afectaren intereses de terceros. Por su parte, el artículo 62 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo, señala que, en cualquier momento, la autoridad administrativa que hubiere dictado una decisión que ponga término al procedimiento podrá, de oficio o a petición del interesado, aclarar los puntos dudosos u obscuros y rectificar errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo. h. Que, luego, según se precisa en el acta de la comisión evaluadora, se procedió a realizar la apertura de las ofertas, habiéndose presentado al llamado a licitación pública ID N°2013-36-LR24, dos ofertas, formulada por los siguientes proponentes, quienes asistieron a la visita obligatoria: EMPRESAS RUT OFERTA 1 PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA 77.104.868-4 OFERTA 2 CONSTRUCTORA RENACER GROUP LIMITADA 77.014.167-2 i. Que, las bases administrativas de la licitación establecen en su punto N° II.1. inciso final que los oferentes podrán optar por ofertar una o más líneas de contratación, sin embargo, se adjudicará una sola línea por oferente. En este sentido, se deja constancia que ambos proponentes formularon ofertas por las 3 líneas de la licitación, estableciendo como prioridad de adjudicación, en el anexo N°9, la línea N°2 “Remodelaciones Campus Playa Brava y otras dependencias”. j. Que, con el objeto de evaluar el criterio Cumplimiento de programas de Integridad y Compliance, fue necesario solicitar una aclaración, a través del sistema de información (foro inverso), de la oferta formulada por Constructora Renacer Group Limitada, a fin de que acompañe evidencias que demuestren que pacto de integridad de la empresa fue dado a conocer a su personal, según lo indicado en Anexo 3-B adjunto a oferta. Al respecto, ante la falta de respuesta, la comisión evaluadora consideró que el oferente individualizado no acreditó haber puesto en conocimiento de sus trabajadores su programa de integridad y compliance, siendo evaluado en consecuencia y acarreando, la solicitud de aclaración, los descuentos de puntaje correspondientes en la evaluación. k. Que, la evaluación de las ofertas por parte de la comisión se llevó a efecto de conformidad con los criterios establecidos en el Punto II.6. de las bases de licitación, asignando los puntajes respectivos a cada oferente, según se detalla a continuación: 1.- Criterios Técnicos: CRITERIOS TECNICOS 35% Proveedor TRABAJOS SIMILARES 36% EXPERIENCIA AÑOS 55% PERSONAL DISPONIBLE 9% Puntaje TOTAL 35% PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA 100 36 50 27,5 100 9 72,5 25,375 RENACER GROUP LTDA. 100 36 100 55 60 5,4 96,4 33,74 2.-Oferta Económica OFERTA ECONOMICA 40% Proveedor PRECIO 40% PUNTAJE 40% RELACION PRECIO Y PRIORIDAD 60% PUNTAJE 60% Total Puntaje TOTAL PONDERACION 40% PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA $ 82.374.357 100 40 $ 5.864.162 100 60 100 40 RENACER GROUP LTDA. $ 145.271.620 56,7 22,7 $ 14.344.318 40,9 24,5 47,2 18,9 3.- Criterios Condiciones de empleo y remuneraciones (CER) CRITERIOS CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES 15% Proveedor MAYOR REMUNERACION MENOR REMUNERACION Ingreso Minimo mensual Puntaje Ponderación (15%) PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA $ 1.080.000 $ 770.000 $ 500.000 46,6 7,0 RENACER GROUP LTDA. $ 1.041.000 $ 681.000 $ 500.000 20,1 3,0 4.- Criterios Administrativos CRITERIOS ADMINISTRATIVOS 5% Proveedor FACTOR EVALUACION PUNTAJE Ponderación (5%) PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA ENTREGA TODA LA DOCUMENTACION CONFORME 100 5 RENACER GROUP LTDA. DEBE ACLARAR RESPALDOS DEL PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE 0 0 5.- Cumplimiento de programas de integridad y compliance CUMPLIMIENTO DE PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE 5% Proveedor POSEE PACTO DE INTEGRIDAD ACREDITA Puntaje Ponderación (5%) PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA SI NO 50 2,5 RENACER GROUP LTDA. SI NO 50 2,5 l. Que, finalmente, conforme consta del acta de evaluación respectiva, el resumen de la evaluación consta en el siguiente cuadro: N° Proveedor CRITERIOS TECNICOS 35% OFERTA ECONOMICA 40% CRITERIOS CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES 15% CRITERIOS ADMINISTRATIVOS 5% CUMPLIMIENTO DE PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE 5% Total 1 PRIMERAS PIEDRAS 25,4 40,0 7,0 5,0 2,5 79,9 2 RENACER GROUP LTDA. 33,7 18,9 3,0 0,0 2,5 58,1 m. Que, el proponente con mayor puntaje obtenido en la evaluación es PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA, RUT N° 77.104.868-4, quien según consta en el Anexo N° 9, formuló su oferta respecto de todas las líneas de la licitación, expresando como prioridad para adjudicar la línea N° 2 “Remodelaciones Campus Playa Brava y otras dependencias”. Por su parte, el oferente que le sigue en puntaje es CONSTRUCTORA RENACER GROUP LIMITADA, RUT N°77.014.167-2, quien igualmente formuló su oferta por todas las líneas de la licitación, manifestando como prioridad la línea N° 2, lo que consta en el Anexo N°9. n. Que, atendiendo a lo anterior y según se indica en el acta de evaluación, la Comisión Evaluadora, conforme a lo establecido en el punto I.10.- de las bases de licitación, propuso la adjudicación de las líneas N°1 y N°2 y declarar desierta la línea N°3, todas de la licitación pública ID 2013-36-LR24 denominada “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA HABILITACIÓN, REMODELACIÓN Y MANTENCIÓN MENOR DE ESPACIOS, EN CASA CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD ARTURO PRAT”, según el siguiente detalle: • Adjudicar la Línea 2 “Remodelaciones Campus Playa Brava y otras dependencias”, al oferente PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA, RUT N°77.104.868-4, en base a los valores unitarios ofertados en el anexo N°11 “Presupuesto Itemizado”, cuyo monto máximo de la contratación, en todo caso, no podrá exceder de $225.000.000, que es el presupuesto autorizado para esa línea. Lo anterior, considerando que obtuvo la mayor puntuación ponderada en el proceso de evaluación. • Adjudicar la Línea 1 “Remodelación Espacios Biblioteca”, al oferente CONSTRUCTORA RENACER GROUP LIMITADA, RUT N°77.014.167-2, en base a los valores unitarios ofertados en el anexo N°11 “Presupuesto Itemizado”, cuyo monto máximo de la contratación, en todo caso, no podrá exceder de $162.500.000, que es el presupuesto autorizado para esa línea. Lo anterior, considerando que obtuvo la segunda mejor puntuación en el proceso y por tanto no ser posible la adjudicación de la línea N°2 en su favor. • Declarar desierta la Línea 3 “Remodelaciones Campus Huayquique”, con un monto de $112.500.000, se propone declararla desierta, debido a que no se presentó un tercer oferente para ser adjudicada. o. Que, conforme se consigna en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, los oferentes PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA, RUT N°77.104.868-4, y CONSTRUCTORA RENACER GROUP LIMITADA, RUT N°77.014.167-2, se encuentran hábiles para contratar con el Estado, según certificados folio N°CED2025-mcAJqf9GLT y folio N°CED2025-AX0Z2l5o56, respectivamente, ambos de fecha 22 de enero de 2025.
Resuelvo
ARTÍCULO PRIMERO: SANCIÓNASE la Aclaración N°1 de fecha 19 de noviembre de 2024, de este origen, debidamente publicada en el sistema de información, en virtud de la cual se corrigió la denominación de la línea N°2 y precisó que el punto A.0.1 LETRERO DE OBRAS de las bases técnicas, no es aplicable para esta licitación, aclaración que forma parte de los antecedentes de la licitación pública ID N° 2013-36-LR24. ARTÍCULO SEGUNDO: RECTIFÍCANSE los porcentajes de los subcriterios establecidos bajo el criterio de evaluación denominado “Criterios Técnicos (CT)” del punto II.6 de las Bases administrativas de la licitación aprobadas mediante el Decreto Exento Nº10-1325-24 de fecha 5 de noviembre de 2024 de esta casa de estudios, en el siguiente sentido: DONDE DICE: “… Trabajos similares (40%)… …Experiencia (60%)… …Personal disponible (10%)…” DEBE DECIR: “… Trabajos similares (36%)… …Experiencia (55%)… …Personal disponible (9%)…” ARTÍCULO TERCERO: DECLÁRASE DESIERTA la Línea 3 “Remodelaciones Campus Huayquique”, de la licitación Pública denominada “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA HABILITACIÓN, REMODELACIÓN Y MANTENCIÓN MENOR DE ESPACIOS, EN CASA CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD ARTURO PRAT”, publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública bajo el ID N° 2013-36-LR24, por no presentarse un tercer oferente para que la misma pueda ser adjudicada, considerando que, según el punto N° II.1. inciso final de las bases administrativas de la licitación, sólo es posible adjudicar una sola línea por oferente. ARTÍCULO CUARTO ADJUDÍCASE la Línea 2 “Remodelaciones Campus Playa Brava y otras dependencias”, de la licitación Pública denominada “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA HABILITACIÓN, REMODELACIÓN Y MANTENCIÓN MENOR DE ESPACIOS, EN CASA CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD ARTURO PRAT”, publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública bajo el ID N° 2013-36-LR24, al oferente PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA, RUT N°77.104.868-4, en base a los valores unitarios ofertados en el anexo N°11 “Presupuesto Itemizado”, cuyo monto máximo de la contratación, en todo caso, no podrá exceder de $225.000.000.-, que es el presupuesto autorizado para esa línea: ARTÍCULO QUINTO: ADJUDÍCASE la Línea 1 “Remodelación Espacios Biblioteca”, de la licitación Pública denominada “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA HABILITACIÓN, REMODELACIÓN Y MANTENCIÓN MENOR DE ESPACIOS, EN CASA CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD ARTURO PRAT”, publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública bajo el ID N° 2013-36-LR24, al oferente CONSTRUCTORA RENACER GROUP LIMITADA, RUT N°77.014.167-2, en base a los valores unitarios ofertados en el anexo N°11 “Presupuesto Itemizado”, cuyo monto máximo de la contratación, en todo caso, no podrá exceder de $162.500.000.-, que es el presupuesto autorizado para esa línea: ARTÍCULO SEXTO: DÉJASE CONSTANCIA que, de conformidad con lo establecido en el inciso final del punto IV.9. de las bases administrativas de la licitación, los pagos se realizarán por cada servicio efectivamente prestado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, el que se efectuará siempre contra la recepción conforme de los bienes o servicios, en la forma allí establecida. ARTÍCULO SÉPTIMO: IMPÚTESE el gasto que irrogue la presente adjudicación conforme al siguiente detalle: a) la adjudicación de la Línea 2 “Remodelaciones Campus Playa Brava y otras dependencias” se imputará al código de gestión IQUP01PRO, Proyecto 020405240061, Cuenta 1240306000, del Plan de cuenta Institucional, y; b) la adjudicación de la Línea 1 “Remodelación Espacios Biblioteca” se imputará al código de gestión IQUP01PRO, Proyecto 020405240071, Cuenta 1240306000, del Plan de cuenta Institucional. Lo anterior, por cuanto, se cuenta con la autorización presupuestaria para la presente adjudicación, según lo señalado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°19017 de fecha 20 de enero de 2025, emitido por la Unidad de Presupuesto y Tesorería de la Universidad. ARTÍCULO OCTAVO: DÉJASE ESTABLECIDO que, de conformidad con el artículo 63 del D.S. N°250/2004 (H), en relación con el punto N°IV.- de las bases administrativas aprobadas, la contratación se formalizará mediante la suscripción de los correspondientes contratos, sin perjuicio de la emisión y aceptación, por el proveedor, de las órdenes de compra. ARTÍCULO NOVENO: DÉJASE CONSTANCIA que, conforme a lo establecido en los puntos N° III.- y III.2. de las bases administrativas aprobadas para esta contratación, previo a la formalización de la contratación, los oferentes adjudicados deberán entregar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en la forma y condiciones allí establecidas, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 68 del D.S. 250 de 2004 (H.). ARTÍCULO DÉCIMO: PRACTÍQUENSE las publicaciones de la adjudicación a que se refiere el presente acto administrativo en el portal www.mercadopublico.cl. ANÓTESE, PUBLÍQUESE Y DÉSE CUMPLIMIENTO.
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social UNIVERSIDAD ARTURO PRAT
Unidad de Compra UNIVERSIDAD ARTURO PRAT SEDE IQUIQUE
R.U.T. 70.777.500-9
Dirección Pedro Aguirre Cerda 1947
Comuna Iquique
Ciudad en que se genera la Adquisición Región de Tarapacá
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo María José Ovalle
Cargo Compradora
Teléfono 56-57-2526433
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 2013-36-LR24
Nombre de Adquisición SUMIN. PARA HAB REMODELACIÓN Y MANTENCIÓN UNAP
Tipo de Adquisición Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Descripción La UNAP invita a todas las personas a participar en la licitación pública denominada CONTRATO DE SUMINISTRO PARA HABILITACIÓN, REMODELACIÓN Y MANTENCIÓN MENOR DE ESPACIOS, EN CASA CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD ARTURO PRAT”. Que tiene por objeto convocar a los proveedores que suministren los bienes o servicios para ser destinados a la Universidad Arturo Prat.
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 22/11/2024 15:13
Fecha de Cierre 23/12/2024 19:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 204.451.348
Monto Neto Estimado del Contrato $ 325.630.252



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
DE 10-0089-25 Adjudicación.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónDE 10-0089-25 Adjudicación3898 KB28-01-2025 15:36:55
acta evaluacion suministro obras.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTACTA DE EVALUACION3172 KB28-01-2025 15:36:12
DECLARACION MICHELLE.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTDECLARACION AUSENCIA CONFLICTO DE INTERESES MICHELLE ESPINOZA 823 KB28-01-2025 15:34:35
DECLARACION JORGE OPAZO.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTDECLARACION AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES JORGE OPAZO834 KB28-01-2025 15:34:12
DECLARACION INGEBORG.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDECLARACIÓN JURADA AUSENCIA CONFLICTO DE INTERESES INGEBORG HINOJOSA815 KB28-01-2025 15:02:58
DECLARACION GUILLERMO Y LUISA.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDECLARACIÓN JURADA AUSENCIA CONFLICTO DE INTERESES GUILLERMO ASTORGA Y LUISA RAMOS1628 KB28-01-2025 15:01:59

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
10701059-9JORGE OPAZO MIXJEFE DE UNIDAD DE SERVICIOS GENERALES
15684883-2GUILLERMO ASTORGA TRABUCCOJEFE DE UNIDAD DE INFRAESTRUCTURA INSTITUCIONAL
11.506.739-7Luisa Ramos Perez Jefa de Finanzas
14605117-0INGEBORG HINOJOSA GONZÁLEZCOORDINADORA INSTITUCIONAL
12961973-2MICHELLE ESPINOZA LOBOSDIRECTORA GENERAL DE DOCENCIA
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 72101607 Instalación o reparación de paredes
Especificaciones del Comprador : Remodelación Espacios Biblioteca
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
77.104.868-4 PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA OFERTA SEGUN LICITACION ID 2013-36-LR24 $ 82374357 0 0 No Adjudicada
77.014.167-2 CONSTRUCTORA RENACER GROUP LIMITADA costo neto sin iva $ 122076991 1 122076991 Adjudicada

Total Línea

$ 122.076.991




2 Clasificación ONU : 72101607 Instalación o reparación de paredes
Especificaciones del Comprador : Remodelaciones Campus Playa Brava y otras dependencias
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
77.104.868-4 PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA OFERTA SEGUN LICITACION ID 2013-36-LR24 $ 82374357 1 82374357 Adjudicada
77.014.167-2 CONSTRUCTORA RENACER GROUP LIMITADA costo neto sin iva $ 122076991 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 82.374.357




3 Clasificación ONU : 72101607 Instalación o reparación de paredes
Especificaciones del Comprador : Remodelaciones Campus Huayquique
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
77.104.868-4 PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA PRIMERAS PIEDRAS IQUIQUE SPA OFERTA SEGUN LICITACION ID 2013-36-LR24 $ 82374357 0 0 No Adjudicada
77.014.167-2 CONSTRUCTORA RENACER GROUP LIMITADA costo neto sin iva $ 122076991 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 0



Monto Total Adjudicado $ 204.451.348