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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
85-51-LQ19
Adjudicación Informada en portal el
19/12/2019 19:08
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En
Santiago Centro,
19-12-2019
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Nro de
Resolución
3443
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Vistos
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Lo dispuesto en la ley Nº 15.720 que crea la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; en el decreto Nº 5.311 de 1968, del Ministerio de Educación que fija Reglamento General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; en el D.L. Nº 180 de 1973 que entrega las funciones, atribuciones y obligaciones del Consejo al Secretario General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; en la ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento, aprobado por D.S. N° 250 de 2004 y sus modificaciones; en la ley Nº 18.575 orgánica constitucional de bases generales de la administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; la ley N°21.125 para el sector público correspondiente al año 2019; la solicitud de pedido N° 785, del Departamento de Administración y Finanzas; el certificado de disponibilidad presupuestaria N° 715, emitido por el Departamento de Administración y Finanzas de JUNAEB; la resolución exenta N° 2898 de fecha 15 de noviembre de 2019 que aprueba bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación pública ID 85-51-LQ19; la resolución exenta N° 3230 de fecha 10 de diciembre de 2019 que designa comisión evaluadora; el decreto exento N° 429, de fecha 04 de julio de 2019, del Ministerio de Educación, que modifica el Decreto Exento N° 690, de 2018, de Educación, de la forma que indica; y en las resoluciones Nº 7 y 8, ambas de 2019, de la Contraloría General de la República;
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Considerando
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1. Que, la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas JUNAEB publicó en el portal de Mercado Público, el proceso de licitación ID 85-51-LQ19 para la contratación del “Servicio de apoyo al control de la ejecución programática”;
2. Que, las bases de licitación fueron aprobadas mediante resolución exenta N° 2898, de fecha 15 de noviembre de 2019;
3. Que, con fecha 03 de diciembre de 2019, se procedió a la apertura electrónica de las ofertas, de conformidad a los plazos establecidos en el título N°3, denominado “Etapas y plazos” de las bases administrativas;
4. Que, al proceso de licitación pública ID 85-51-LQ19 se presentaron 8 (ocho) ofertas para las 4 líneas de servicio licitadas.
5. Que las bases de licitación establecían en el título 6, de la apertura, que los proponentes debían dar cumplimiento a la obligación de presentar una garantía de seriedad de la oferta, por lo tanto, éstas fueron sometidas a revisión, según se indica:
RUT OFERENTE ESTADO
78.989.350-0
BACKBONE SERVICIOS INTEGRALES DE COMPUTACION LIMITADA Aceptada
76.199.648-7 BAHEN CONSULTORÍA S.A. Aceptada
76.226.819-1 ANDES SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA Rechazada
81.513.400-1 PRICEWATERHOUSECOOPERS CONSULTORES AUDITORES Y COMPANIA LIMITADA Aceptada
76.692.841-2 RHEOLI SPA Rechazada
N/A UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES 85-51-LQ19 Rechazada
76.317.379-8 TICBLUE Aceptada
76.401.552-5 VZION CODE SPA Aceptada
6. Que, con fecha 17 de diciembre de 2019, la comisión evaluadora concluyó la evaluación de las ofertas, de conformidad a los criterios de evaluación establecidos en el título N° 11 de las bases administrativas, dando cuenta en su informe final el resultado de las ofertas presentadas;
7. Que, las bases de licitación establecieron como criterios de evaluación de ofertas, los siguientes:
CRITERIOS PORCENTAJE
Evaluación Técnica 40%
Evaluación Económica 55%
Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta 5%
Factores de evaluación técnica
FACTORES PONDERACIÓN
Experiencia del oferente 40%
Condiciones de empleo y remuneración 60%
8. Que, el artículo 9 de la ley N° 19.886 y 40 bis de su reglamento, disponen que el órgano contratante declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Enseguida, se debe tener presente que el inciso primero del artículo 37 del citado decreto N° 250 dispone que la entidad licitante deberá evaluar los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores y rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las bases;
9. Que, el inciso tercero del artículo 10 de la precitada ley prevé, en lo que interesa, que los procedimientos de licitación se realizarán con estricta sujeción, de los participantes y de la entidad licitante, a las bases administrativas y técnicas que la regulen. En ese contexto, es necesario recordar que la jurisprudencia administrativa ha puntualizado que la estricta sujeción a las bases contemplada en la normativa citada constituye un principio rector que rige tanto el desarrollo del proceso licitatorio como la ejecución del correspondiente contrato y que dicho instrumento, en conjunto con la oferta del adjudicatario, integran el marco jurídico aplicable a los derechos y obligaciones de la Administración y del proveedor, a fin de respetar la legalidad y transparencia que deben primar en los contratos que celebren (Dictamen N° 45.069, de 2017 de la Contraloría General de la República);
10. Que, con fecha 9 de octubre de 2019, se emitió el certificado de disponibilidad presupuestaria N°715, que certifica que la contratación del servicio de “Servicio de apoyo al control de la ejecución programática”, cuenta con la disponibilidad presupuestaria requerida;
11. Que, en virtud de las consideraciones antedichas;
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Resuelvo
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ARTÍCULO PRIMERO: APRUÉBESE el informe técnico de evaluación de la licitación pública ID 85-51-LQ19, elaborado por el Departamento de Logística y por el Departamento de Administración y Finanzas, y el informe final emitido por la comisión evaluadora. Lo anterior en conformidad a lo dispuesto en el título 12°, denominado “Informe final de la comisión evaluadora,” de las bases administrativas, instrumentos que contienen la evaluación de las ofertas y la propuesta de adjudicación al Secretario General de JUNAEB, y que se adjuntan a la presente resolución como anexo.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLÁRESE inadmisible las siguientes ofertas, según se indica:
a) BACKBONE SERVICIOS INTEGRALES DE COMPUTACIÓN SPA, RUT: 78.989.350-0, realiza una contraviene lo indicado en las bases de licitación, por cuanto:
- La vigencia de su oferta es de 30 días, cuando las bases de licitación requieren que sea de 90 días corridos.
- Establece limitación de responsabilidad que contraviene lo requerido en las bases de licitación.
- La propiedad intelectual y la definición indicada en su oferta, contraviene los establecido en el título 21 confidencialidad de datos y propiedad.
b) ANDES SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA, RUT: 76.226.819-, por cuanto la caución de seriedad de la oferta presentada no da cumplimiento a los requisitos establecidos en las bases de licitación, en particular porque la vigencia de la garantía es menor a 100 días corridos.
c) PRICEWATERHOUSECOOPERS CONSULTORES AUDITORES Y COMPANIA LIMITADA, RUT: 81.513.400-1, por cuando su porcentaje de comisión fue calculado sobre el monto total de oferta y no por sobre las remuneraciones liquidas, de acuerdo a lo indicado en el Anexo N° 4.
d) RHEOLI SPA., RUT: 76.692.841-2, por cuanto la caución de seriedad de la oferta presentada no da cumplimiento a los requisitos establecidos en las bases de licitación, en particular porque la vigencia de la garantía es menor a 100 días corridos.
e) SOLUCIONES TECNOLÓGICAS COORDENADA SPA, RUT: 76.489.853-2, por cuanto la caución de seriedad de la oferta presentada no da cumplimiento a los requisitos establecidos en las bases de licitación, en particular no cumple con el requisito de exceptuar a la entidad pública de someterse arbitraje.
f) TICBLUE LTDA, RUT: 76.317.379-8, por cuanto su oferta económica no permite determinar el costo final del servicio ni los porcentajes de comisión, a su vez la respuesta presentada en el Foro Inverso modifica su oferta inicialmente presentada.
g) VZION CODE SPA, RUT: 76.401.552-5, por cuanto su oferta económica fue incorrectamente presentada en cuanto al porcentaje de comisión y al monto líquido de remuneración, lo cual no permite calcular el costo total de la oferta y, en consecuencia, ser evaluada. Se realiza foro inverso y no presenta respuesta.
ARTÍCULO TERCERO: ADJUDÍQUESE la licitación pública ID 85-51-LQ19, convocada para la contratación del “Servicio de apoyo al control de la ejecución programática”, según se indica en el siguiente cuadro:
RUT OFERENTE LINEA PRECIO FINAL*
76.199.648-7 BAHEN CONSULTORÍA S.A. 1 $ 34.500.000
3 $ 81.380.000
4 $ 49.400.000
Precio, según lo declarado en el Anexo N° 4 $ 165.280.000
ARTÍCULO CUARTO: DECLÁRESE DESIERTA la línea N°2, por cuanto no existen ofertas susceptibles de adjudicar.
ARTÍCULO QUINTO: ESTABLÉZCASE que el mecanismo de resolución de consultas, respecto de la adjudicación de oferta de este proceso, será por escrito al correo electrónico preguntas@junaeb.cl, en un plazo de 3 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación publicada en el portal, debiendo indicar a lo menos ID de la licitación, nombre o razón social y RUT del oferente.
ARTÍCULO SEXTO: IMPÚTESE los gastos que irrogue la adjudicación de los servicios a las siguientes clasificaciones presupuestarias “09.09.01.24.01.239”, “09.09.03.24.01.257” y “09.09.01.22.11.999”.
ARTÍCULO SÉPTIMO: PUBLÍCASE el informe técnico e informe final de la comisión evaluadora conjuntamente con la presente resolución, en el portal Mercado Público, bajo el ID de la licitación pública ID 85-51-LQ19, y en el portal de transparencia activa de la institución, de conformidad con lo mandatado por el artículo 23 N°5 de la ley N° 21.125.
ANÓTESE Y PUBLÍQUESE LOS RESULTADOS EN EL PORTAL DE MERCADO PÚBLICO.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
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Unidad de Compra
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
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R.U.T.
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60.908.000-0
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Dirección
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MONJITAS 565 - PISO 6 - SANTIAGO CENTRO
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Comuna
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Santiago Centro
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región Metropolitana de Santiago
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Marcelo Figueroa
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Cargo
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Jefe de Proyecto
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Teléfono
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56-02-26302613
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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85-51-LQ19
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Nombre de Adquisición
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Apoyo al control de la ejecución programática
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
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Descripción
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Controlar los procesos involucrados en la ejecución de programas de JUNAEB, a través del apoyo en la realización de actividades operativas y financieras ligadas a la institución.
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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15/11/2019 14:42
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Fecha de Cierre
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9/12/2019 15:01
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 165.280.000
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 165.280.000
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Análisis de valores de mercado
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Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.
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Comisión Evaluadora
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| 12.484.905-5 | Lorna Villalobos | Asesora Comercial |
| 13.466.008-2 | Beatriz Márquez | Depto. Administración y Finanzas |
| 15.634.333-1 | Andrea Cristina Lulion Valdés | Jefa Departamento de Compras y Licitaciones |
| 13.156.999-8 | Claudia Pamela Arancibia Fagalde | Profesional de Compras |
| 10.902.563-1 | José Luis Orlandini | |
| 13.900.121-4 | Carolina Chavarria Rubilar | Comprodor |
| 18952236-3 | Daniela Palacios Vega | Profesional Departamento de Logística |
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Resultado de la Adjudicación
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