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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
3453-2-LE25
Adjudicación Informada en portal el
22/1/2025 10:14
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En
Cerrillos,
21-01-2025
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Nro de
Resolución
63
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Vistos
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1.- El artículo 1º y 11º de la Ley Nº 18.928, que fija normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Cor-porales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas.
2.- El artículo 40º del Decreto Nº 95, pu-blicado en el Diario Oficial con fecha 22.07.2006, del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba el Reglamento de la Ley N° 18.928, sobre Adquisiciones de Bie-nes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas”.
3.- Lo señalado en la ley Nº 19.886 sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, la cual fue modificada por la ley Nº 21.634 que moderniza la Nº ley 19.886 y otras leyes para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probi-dad y transparencia e introducir principios de economía circular en las com-pras del Estado.
4.- Lo establecido en el Decreto N° 661, de fecha 12.12.2024, que aprueba el Reglamento de la ley Nº 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios y de-ja sin efecto el Decreto supremo Nº 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda.
5.- El Documento electrónico N.C.U 214857677, el 23.09.2024, de la Dirección Nacional de Personal, en donde se dispone el traslado de La Coronel Pamela Luisa Carvallo Quero, a la Plana Mayor de la Escuela de Formación de Carabineros, como Directora.
6.- El acta de entrega, de fecha 24.12.2024, mediante la cual se dispone la entrega provisoria de la Escuela de Formación de Carabineros, a cargo del Teniente Coronel Sr. José Vielma Vidal, quien asume como Director Subrogante.
7.- La Resolución N° 7, de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trá-mite de Toma de Razón.
8.- Lo establecido en la Resolución Nº 14, de fecha 29.12.2022, publicada en el Diario Oficial, el 09.01.2023, de la Contraloría General de la República, que determina los Montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corres-ponda, la segunda.
9.- Lo señalado en la Resolución Exenta Nº 341, de 09.05.2022, de la Dirección Nacional de Logística, que delega la facultad para realizar adquisiciones de bienes muebles y celebrar los contratos respectivos y contratación de servicios, a través de Convenio Marco por montos iguales o inferiores a 1.000 Unidades Tributarias Mensuales, y para los restantes procedimientos de contratación, por sumas iguales o inferiores a 500 unidades tributarias mensuales, a esta Unidad de Compra.
10.- La Resolución Exenta Nº 9, de fecha 06.01.2025, de la Escuela de Formación de Carabineros, dependiente de la Dirección de Educación, Doctrina e Historia, que Autoriza a Licitación Pú-blica y Aprueba Bases Administrativas y Anexo Nº 1 Criterios y Metodología de Evaluación, para la ADQUISICIÓN DE ALMOHADA PARA LOS CARABI-NEROS ALUMNOS DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN DE CARABINEROS.
11.- La apertura electrónica de las Ofer-tas, de fecha 16.01.2025, ID N.º 3453-2-LE25.
12.- La evaluación desarrollada para de-terminar el cumplimiento de las Ofertas presentadas a la licitación, efectuada por la Escuela de Formación de Carabineros, la cual se enmarcó dentro de los parámetros establecidos en el proceso licitatorio y de conocimiento público.
13.- El Informe Técnico de Matriz, co-rrespondiente al Anexo Nro.1 Criterios y Metodología de Evaluación, de cum-plimiento de las ofertas, el Acta de Evaluación y la respectiva Acta de Adjudi-cación de la Comisión Evaluadora.
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Considerando
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a) Lo consignado en el Acta de Aper-tura Electrónica de las Ofertas, aludida en el numeral 9 de los vistos, en la que consta la presentación de las siguientes ofertas:
1.- RAMON DAVID VERA GUINEO., RUT: 9.528.011-0.
2.- MOBILIARIO FYR LTDA., RUT: 76.060.360-0.
3.- COMERCIALIZADORA EXPRESSVIRTUAL,. RUT: 76.511.768-2.
4.- COMERCIAL FÉNIX LDA., RUT: 76.029.126-9.
5.- SEGES SPA., RUT: 76.429.758-K.
6.- HERALDO CASTO PALMA,. RUT: 6.092.291-8.
7.- STATUS SPA., RUT: 77.393.671-4.
8.- MADERERA LAGO VILLARICA LTDA., RUT: 78.616.370-6.
9.- COMERCIAL MIRAFLES SPA., RUT: 76.568.435-8.
10.- COMERCIALIZADORA TITANIUM SPA., RUT 76.909.089-4.
11-. GOLMAX SPA., RUT: 76.817.867-4.
12.- INMOBILIARIA INNOVA SPA., RUT: 76.924.082-9.
b) Que, se procedió a aceptar la oferta presentada por las empresas:
1.- RAMON DAVID VERA GUINEO., RUT: 9.528.011-0.
2.- MOBILIARIO FYR LTDA., RUT: 76.060.360-0.
3.- COMERCIALIZADORA EXPRESSVIRTUAL,. RUT: 76.511.768-2.
4.- COMERCIAL FÉNIX LDA., RUT: 76.029.126-9.
5.- HERALDO CASTO PALMA,. RUT: 6.092.291-8.
6.- MADERERA LAGO VILLARICA LTDA., RUT: 78.616.370-6.
7.- COMERCIAL MIRAFLES SPA., RUT: 76.568.435-8.
8.- COMERCIALIZADORA TITANIUM SPA., RUT 76.909.089-4.
c) Que, se procedió a rechazar las si-guientes ofertas presentada por las empresas:
1.- SEGES SPA., RUT: 76.429.758-K; Oferta rechazada por no cum-plir con el puntaje minino de los requerimientos técnicos, según lo es-tipulado en el punto 2.1 requerimientos técnicos del anexo nro. 01 cri-terios y metodología de evaluación, “Aquella propuesta que cumpla con todo lo exigido en el Anexo N° 7, posterior a la revisión de ficha técnica y demás antecedentes proporcionados por el proveedor, ob-tendrá un 30% en la Matriz de porcentajes. Por el contrario, aquella propuesta que no cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas exigidas por los Requerimientos Técnicos, será calificada conforme a puntaje obtenido de acuerdo a su nivel de cumplimiento alcanzado, el cual deberá ser igual o superior al 90% de calidad téc-nica, de no ser así, la oferta será eliminada en forma inmediata en la apertura electrónica, por incumplimiento a las especificaciones técnicas, sin continuar con la evaluación de la misma.”
2.- GOLMAX SPA., RUT: 76.817.867-4; Oferta rechazada por no cumplir con el puntaje minino de los requerimientos técnicos, según lo estipulado en el punto 2.1 requerimientos técnicos del anexo nro. 01 criterios y metodología de evaluación, “Aquella propuesta que cumpla con todo lo exigido en el Anexo N° 7, posterior a la revisión de ficha técnica y demás antecedentes proporcionados por el proveedor, ob-tendrá un 30% en la Matriz de porcentajes. Por el contrario, aquella propuesta que no cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas exigidas por los Requerimientos Técnicos, será calificada conforme a puntaje obtenido de acuerdo a su nivel de cumplimiento alcanzado, el cual deberá ser igual o superior al 90% de calidad téc-nica, de no ser así, la oferta será eliminada en forma inmediata en la apertura electrónica, por incumplimiento a las especificaciones técnicas, sin continuar con la evaluación de la misma.”
3-. INMOBILIARIA INNOVA SPA., RUT: 76.924.082-9; Oferta recha-zada por no cumplir con lo estipulado en el punto 12 de las Bases ad-ministrativas "Entrega de Muestra", el cual es un requisito de admisi-bilidad, el no cumplir con este punto será causal excluyente de evalua-ción, siendo eliminada la oferta en la apertura electrónica de las ofertas.
d) En el proceso de apertura electró-nica, según consta en el informe de la Comisión Evaluadora Nro. 2 de fecha 21.01.2025, en relación a la letra a), de los Considerandos, de la presente Re-solución Exenta.
e) Que, según consta en el informe de la Comisión Evaluadora Nro. 2, las ofertas en competencia fueron evaluadas, conforme a los siguientes criterios de evaluación Requerimientos técnicos 30%, Oferta Económica 30%, Plazo de Entrega 25%, Garantía 5% y Com-portamiento Contractual 10%.
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Resuelvo
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.- ADJUDIQUESE, al proveedor que a continuación se señala, el monto que se indica y con los porcentajes obtenidos, según consta en el Informe de la Co-misión Evaluadora Nro. 2 de fecha 21.01.2025, conforme lo siguiente:
ADQUISICIÓN DE ALMOHADAS PARA LOS CARABINEROS ALUMNOS DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN DE CARABINEROS.
• MADERERA LAGO VILLARICA LTDA., RUT: 78.616.370-6., por un precio neto de $ 8.065.260.-, precio total I.V.A., incluido de $ 9.597.659 (nueve millones quinientos noventa y siete mil seiscientos cincuenta y nueve pesos).
La presente adjudicación es motivo de la ponderación obtenida conforme a los siguientes Criterios de Evaluación:
Requerimientos técnicos : 27 porciento.
Oferta Económica : 30 porciento.
Plazo de entrega : 25 porciento.
Garantía : 5 porciento.
Comportamiento Contractual: 10 porciento.
PUNTAJE OBTENIDO : 97 porciento.
II. IMPÚTASE, el gasto que irroga la pre-sente adquisición a la Cuenta Remuneración Alumnos, Rubro Nro. 2 de la Escuela de Formación de Carabineros de Chile.
III.- PUBLÍQUESE la presente resolución exenta en el sistema de información de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Alvaro Hernan Uribe Blatter
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Cargo
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supervisor
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Teléfono
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56-22-92221381
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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3453-2-LE25
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Nombre de Adquisición
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ADQUISICIÓN DE ALMOHADA PARA LA ESFOCAR
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
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Descripción
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ADQUISICIÓN DE ALMOHADA PARA LOS CARABINE-ROS ALUMNOS DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN DE CARABINEROS
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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6/1/2025 18:25
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Fecha de Cierre
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16/1/2025 12:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 8.065.260
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 8.065.260
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Análisis de valores de mercado
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Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.
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Resultado de la Adjudicación
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